CL 125/4


Consejo

125º período de sesiones

Roma, 26-28 de noviembre de 2003

Informe del 104º período de sesiones del
Comité de Finanzas
Roma, 15-19 de septiembre de 2003

Índice


TRANSFERENCIAS EN EL PROGRAMA Y EL PRESUPUESTO EN EL BIENIO 2002-2003

ASPECTOS FINANCIEROS MÁS SALIENTES Y SITUACIÓN DE LAS CUOTAS CORRIENTES Y ATRASADAS

DOTACIÓN DE PERSONAL EN RELACIÓN CON EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA

INFORME SOBRE LOS DESEMBOLSOS RELACIONADOS CON LOS GASTOS DE APOYO Y SU RECUPERACIÓN

CUENTAS COMPROBADAS: COOPERATIVA DE CRÉDITO DE LA FAO, 2002

INFORME SOBRE LOS PROGRESOS EN LA APLICACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES DEL AUDITOR EXTERNO

PROGRAMA DE TRABAJO DEL AUDITOR EXTERNO PARA 2004-2005

INFORMES DE LA DEPENDENCIA COMÚN DE INSPECCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS:

INFORME ANUAL DE LA DEPENDENCIA COMÚN DE INSPECCIÓN (A/58/34) – PROGRAMA DE TRABAJO DE LA DEPENDENCIA COMÚN DE INSPECCIÓN PARA 2003 (A/58/64)

LA REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN EL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS: OPCIONES PARA LA CREACIÓN DE UNA INSTANCIA SUPERIOR DE APELACIÓN (JIU/REP/2002/5)

ACTIVIDADES GENERADORAS DE INGRESOS DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS (JIU/REP/2002/6)

APLICACIÓN DEL MULTILINGÜISMO EN EL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS (JIU/REP/2002/11)

GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN EN LAS ORGANIZACIONES DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS: SISTEMAS DE INFORMACIÓN PARA LA GESTIÓN (JIU/REP/2002/9)

NECESIDAD DE HACER LLEGAR A LOS DESTINATARIOS FINALES LOS BENEFICIOS DE LOS PROYECTOS DE COOPERACIÓN TÉCNICA RELACIONADOS CON EL AGUA: NECESIDAD DE SALVAR LA DISTANCIA ENTRE EL PLANO NORMATIVO Y EL OPERACIONAL EN EL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS (ESTUDIOS DE CASOS EN DOS PAÍSES DE ÁFRICA) (JIU/REP/2002/4)

INTERVENCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DISTINTAS DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES Y DEL SECTOR PRIVADO EN LAS ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN TÉCNICA: EXPERIENCIAS Y PERSPECTIVAS DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS (JIU/REP/2002/1)

EVALUACIÓN DE LA RESPUESTA DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS EN TIMOR ORIENTAL: COORDINACIÓN Y EFICACIA (JIU/REP/2002/10)

PASIVO DE LOS COSTOS DE ASISTENCIA MÉDICA DESPUÉS DEL CESE EN EL SERVICIO

PLAN DE INCENTIVOS PARA ESTIMULAR EL PAGO PUNTUAL DE LAS CUOTAS: DETERMINACIÓN DEL TIPO DE DESCUENTO

PROGRAMA DE LABORES Y PRESUPUESTO PARA 2004-05

Asuntos relativos a los recursos humanos

RECOMENDACIONES Y DECISIONES DE LA CAPI y del comité mixto DE PENSIONES del personal de las naciones unidas dirigidas a la asamblea general (INCLUIDOS LOS CAMBIOS EN LAS ESCALAS DE SUELDOS Y EN LOS SUBSIDIOS)

Asuntos de Organización

METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA EQUITATIVA

Otros asuntos

FECHA Y LUGAR DEL 105º PERÍODO DE SESIONES

OTRAS CUESTIONES

ANEXO I
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO FINANCIERO

ANEXO II
PRESUPUESTACIÓN DE CAPITAL – RESOLUCIÓN --/03


Asuntos que se señalan a la atención del Consejo

Informe del 104º período de sesiones del Comité de Finanzas

 

Párrafos

INFORMES FINANCIEROS Y PRESUPUESTARIOS

 
- Transferencias en el programa y el presupuesto en el bienio 2002-03 3 - 7
- Aspectos financieros más salientes y situación de las cuotas corrientes y atrasadas 8 - 12
 

ASUNTOS PARA SUPERVISIÓN

 
- Informes de la Dependencia Común de Inspección de las Naciones Unidas:  
  - La reforma de la Administración de Justicia en el sistema de las Naciones Unidas: Opciones para la creación de una instancia superior de apelación (JIU/REP/2002/5) 40
  - Actividades generadoras de ingresos del sistema de las Naciones Unidas (JIU/REP/2002/6) 41
  - Aplicación del multilingüismo en el sistema de las Naciones Unidas (JIU/REP/2002/11) 42
  - Gestión de la información de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas: Sistemas de información para la gestión (JIU/REP/2002/9) 43 - 44
 

ASUNTOS RELATIVOS A LAS POLÍTICAS FINANCIERAS

 
- Pasivo de los costos de asistencia médica después del cese en el servicio 46 - 51
 

ASUNTOS PRESUPUESTARIOS

 
- Programa de Labores y Presupuesto, 2004-2005 53 - 61
- Asignación de cuotas en dos monedas 62 - 71
- Presupuestación de capital 72 - 76
 

ASUNTOS DE ORGANIZACIÓN

 
- Metodología para la determinación de la distribución geográfica equitativa 82 - 87

 

Introducción

1. El Comité presentó al Consejo el siguiente informe de su 104º período de sesiones.

2. Asistieron al período de sesiones los representantes siguientes:

Presidente:

Sr. Humberto Oscar Molina Reyes (Chile)
 

Vicepresidente:

Sr. Anthony Beattie (Reino Unido)

Sra. Ryuko Inoue (Japón)

Sra. Lamya Al-Saqqaf (Kuwait)

Sr. Muhammad Saleem Khan (Pakistán)

Sr. Alassane Wele (Senegal)

Sr. Lothar Caviezel (Suiza)

Sra. Perpetua M.S. Hingi (Tanzanía)

Sr. J. Michael Cleverley (Estados Unidos de América)

Informes financieros y presupuestarios

TRANSFERENCIAS EN EL PROGRAMA Y EL PRESUPUESTO EN EL BIENIO 2002-2003

3. De conformidad con el Artículo 4.5 del Reglamento Financiero, el Comité examinó las transferencias en el programa y el presupuesto en el bienio 2002-2003 propuestas por el Director General. En mayo de 2003 el Comité había examinado las estimaciones anteriores, presentadas en el 36º informe anual sobre la ejecución del presupuesto y las transferencias en el programa y el presupuesto (FC 102/3), que el Consejo ratificó en junio de 2003. El Comité tomó nota de las detalladas explicaciones proporcionadas por la Secretaría en relación con las estimaciones actualizadas de la cuantía probable de las transferencias entre capítulos del presupuesto.

4. El Comité reconoció que el aumento de la transferencia al Capítulo 3 se debía principalmente al incremento de los gastos en concepto de seguridad del personal de campo, como consecuencia de la adopción por la Junta de los jefes ejecutivos del sistema de las Naciones Unidas para la coordinación (CEB) de las Normas mínimas de seguridad en materia de telecomunicaciones (NMST). El Comité estuvo de acuerdo en principio en que se sufragaran con cargo a los atrasos los gastos extraordinarios en equipo que habría que efectuar como consecuencia de los nuevos requisitos de seguridad del personal de campo, en el entendimiento de que se haría todo lo posible por absorber esos gastos en la consignación del Programa Ordinario.

5. El Comité reconoció que otro factor importante que contribuía a la necesidad de transferir fondos al Capítulo 3 del presupuesto era el déficit previsto de los ingresos en concepto de gastos de apoyo, atribuido al cambio continuo del volumen y la combinación de los programas extrapresupuestarios de la Organización, agravado por las dificultades para reducir los gastos de personal de los servicios de apoyo operacional, especialmente en las Subdirecciones Regionales de Operaciones. La Secretaría indicó que se estaban tomando medidas para evitar ese déficit en el futuro, tales como la reducción en el PLP para 2004-2005 de los ingresos en concepto de gastos de apoyo previstos y el inicio de un examen interdepartamental de las operaciones sobre el terreno como resultado del cual se formularían recomendaciones concretas con objeto de adecuar en mayor medida los gastos de apoyo a los ingresos. El Comité de Finanzas pidió a la Secretaría que le presentara, en su período de sesiones de mayo de 2004, un documento de información sobre las tendencias recientes respecto de la recuperación de los gastos de apoyo y los ingresos conexos, sobre las medidas propuestas para reducir el déficit y sobre la metodología de cálculo aplicada.

6. El Comité recibió información más detallada sobre el recurso presentado en nombre del personal del cuadro de servicios generales a fin de que se restableciera el coeficiente lingüístico. A este respecto, observó que las consecuencias del restablecimiento del coeficiente lingüístico en un 4 por ciento se estimaban en 4 millones de dólares EE.UU. por bienio y que dicha cifra se había inmovilizado en caso de que el recurso tuviera éxito.

7. El Comité aprobó las transferencias entre diversos capítulos del presupuesto solicitadas y tomó nota de que las transferencias propuestas podrían sufrir variaciones posteriormente, ya que la cifra final dependería de cuestiones que escapaban al control directo de la Organización, como el efecto de la debilitación del dólar EE.UU. sobre los gastos efectuados en otras monedas y los ingresos percibidos en concepto de gastos de apoyo, que podían resultar directamente afectados por la ejecución del Programa de Campo.

ASPECTOS FINANCIEROS MÁS SALIENTES Y SITUACIÓN DE LAS CUOTAS CORRIENTES Y ATRASADAS

8. El Comité examinó el documento sobre los aspectos financieros más salientes, que abarcaba los 18 primeros meses del bienio en curso, así como un documento de trabajo sobre la situación de las cuotas hasta el 15 de septiembre de 2003.

9. El Comité observó que del examen de los aspectos financieros más salientes podían extraerse las siguientes conclusiones esenciales:

10. Con respecto a las consecuencias que podría tener para la situación financiera de la Organización la liquidación del Programa “Petróleo por alimentos” en el Iraq, se informó al Comité sobre el estado de la ejecución del Programa y las cuestiones de financiación conexas. El Comité tomó nota de que las operaciones realizadas por la FAO en el Iraq en 2003 habían aumentado considerablemente, ya que se había pedido a la Organización que ejecutara programas también en la parte meridional del país. No obstante, como el Programa, tal como estaba constituido, había de concluirse en noviembre de 2003, no se dispondría de suficiente tiempo para que la FAO pudiera destinar todos los recursos restantes del Programa “Petróleo por alimentos” asignados al sector agrícola. Deberían quedar todavía disponibles en esa fecha considerables recursos que ascendían a más de 500 millones de dólares EE.UU. para que pudieran asignarse a entidades de las Naciones Unidas, entre ellas la FAO. Pese a la situación de seguridad, que había determinado una nueva evacuación de personal internacional de la FAO y quedaran solamente cinco funcionarios en el país al 19 de septiembre de 2003, la FAO proseguía su programa desde Roma.

11. Al final de noviembre de 2003, cuando se preveía que se concluiría el Programa “Petróleo por alimentos”, las necesidades de desarrollo del sector agrícola del Iraq serían tales que probablemente la FAO continuaría desempeñando una función cualesquiera que fueran las nuevas disposiciones de sucesión que se establecieran. Se informó también al Comité de que, en el caso de que se concluyera completamente el Programa, el nivel general de recursos extrapresupuestarios de que podía disponer la FAO disminuiría considerablemente. Pero como los gastos administrativos y de gestión en la FAO relativos al Programa “Petróleo por alimentos” estaban plenamente financiados con cargo a este Programa, la suspensión de dicho Programa no comportaría consecuencias financieras para los recursos presupuestarios del Programa Ordinario en 2003.

12. El Comité tomó nota de que las organizaciones del sector público tendían cada vez más a adoptar las normas contables del sector público y/o las Normas Internacionales de Contabilidad, y recomendó que la Secretaría examinara las consecuencias que ello tendría en la preparación y presentación de los estados financieros de la FAO. Se informó al Comité de que la Organización participaba en el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre normas de contabilidad. La labor del Grupo, era permanente y consistía en examinar las más recientes normas internacionales de contabilidad y proyectos para comentarios, así como su aplicación en el ámbito de las Naciones Unidas.

DOTACIÓN DE PERSONAL EN RELACIÓN CON EL DESEMPEÑO DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA

13. El Comité examinó las propuestas que figuraban en el documento FC 104/4 sobre la dotación de personal en relación con el desempeño de las funciones de tesorería y aprobó lo siguiente:

INFORME SOBRE LOS DESEMBOLSOS RELACIONADOS CON LOS GASTOS DE APOYO Y SU RECUPERACIÓN

14. El Comité examinó el informe sobre los desembolsos relacionados con los gastos de apoyo y su recuperación contenido en el documento FC 104/5.

15. El Comité reafirmó el principio de que las actividades extrapresupuestarias debían cubrir los gastos de apoyo indirecto variables que comportaban. Afirmó también que las tasas de gastos de apoyo a los proyectos debían ser equitativas y competitivas.

16. El Comité alentó a la Secretaría a seguir tratando de lograr la plena recuperación de los gastos indirectos variables. Reconoció que la actual diversidad de las tasas de gastos de apoyo a los proyectos reflejaba el principio de que dichas tasas debían representar razonablemente los gastos y de que la estructura de las tasas no debía incidir en la competitividad de la Organización.

17. El Comité aprobó la propuesta de la Secretaría de elevar en medio punto porcentual, de 6 por ciento a 6,5 por ciento, el límite máximo de la tasa relativa a la asistencia de emergencia. El Comité tomó nota de que este aumento se basaba en los resultados de los últimos estudios de medición de costos. El Comité pidió al Auditor Externo que en su comprobación de cuentas prestara atención a esta cuestión.

18. El Comité, observando la importancia y la complejidad de la recuperación de los gastos de apoyo a los proyectos y recordando que un déficit de los ingresos correspondientes a esos gastos de apoyo podía tener repercusiones sobre las transferencias en el programa y el presupuesto, tal como había ocurrido en el bienio 2002-2003, pidió que este tema volviera a examinarse en su período de sesiones de mayo de 2004. A tal efecto, la Secretaría proporcionaría un documento de información sobre las tendencias recientes respecto de la recuperación de los gastos de apoyo y los ingresos conexos, sobre las medidas propuestas para reducir el déficit y sobre la metodología de cálculo aplicada.

19. Por último, el Comité, si bien reconoció la importante función que desempeñaba la Comisión del Atún para el Océano Índico (IOTC), decidió que no estaba en condiciones de aprobar su solicitud de exención del pago de la tasa de gastos de apoyo a los proyectos que se aplicaba actualmente a sus actividades. La decisión del Comité era coherente con el principio básico antes enunciado de que la Organización debía procurar lograr la recuperación total de los gastos indirectos variables relacionados con la realización de las actividades de los proyectos.

20. Sin embargo, el Comité reconoció que no había uniformidad en las tasas de gastos de apoyo a los proyectos aplicadas a las comisiones y tomó nota de que a algunas de ellas, establecidas muchos años atrás, no se cargaban en absoluto tales gastos. Pidió a la Secretaría que preparara una propuesta, que el Comité examinaría en su siguiente período de sesiones, sobre la armonización de las tasas de gastos de apoyo aplicadas a las comisiones de la FAO, que indicara también la viabilidad de introducir el pago de los gastos de apoyo por parte de las comisiones actualmente exentas.

CUENTAS COMPROBADAS: COOPERATIVA DE CRÉDITO DE LA FAO, 2002

21. El Comité tomó nota del documento FC 104/6 i) y aprobó los estados financieros comprobados de la Cooperativa de Crédito de la FAO al 31 de diciembre de 2002.

CUENTAS COMPROBADAS: ECONOMATO DE LA FAO, 2002

22. El Comité tomó nota del documento FC 104/6 ii), titulado ”Cuentas comprobadas – Economato de la FAO, 2002, y aprobó las cuentas en cuestión.

Asuntos para supervisión

INFORME SOBRE LOS PROGRESOS EN LA APLICACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES DEL AUDITOR EXTERNO

23. El Comité examinó los progresos realizados en la aplicación de las recomendaciones del Auditor Externo incluidas en su informe sobre los estados financieros correspondientes al bienio 2000-2001.

24. El Comité observó que, de conformidad con la práctica habitual, en el informe sobre los progresos se incluían las observaciones del nuevo Auditor Externo y que el examen de los progresos realizados en la aplicación de las recomendaciones sería un tema permanente del programa del Comité.

25. El Comité señaló que se estaban aplicando las recomendaciones con arreglo a los plazos sugeridos por el Auditor Externo, o incluso con antelación. No obstante, pidió que en los futuros informes se incluyera una indicación del plazo en que finalizaría la aplicación de las recomendaciones.

26. El Comité confirmó que el informe proporcionaba información útil y tomó nota de que en sus períodos de sesiones futuros se presentarían informes actualizados para su examen.

PROGRAMA DE TRABAJO DEL AUDITOR EXTERNO PARA 2004-2005

27. El Auditor Externo presentó el documento con la selección de las posibles cuestiones que podrían someterse a una comprobación de la eficacia en el uso de los recursos durante el bienio 2004-2005. Indicó que el Auditor Externo tenía dos cometidos principales, a saber, emitir un dictamen sobre los estados financieros y realizar auditorías de las operaciones administrativas y de gestión. Durante el bienio en curso se había asignado el 40 por ciento del tiempo y los recursos a la comprobación de la eficacia en el uso de los recursos y el 60 por ciento restante a las auditorías financieras.

28. El Auditor Externo mencionó que la selección de las cuestiones se basaba en la experiencia adquirida en su trabajo en la FAO, en su importancia material y en los factores de riesgo encontrados, así como en la labor realizada por la Dependencia Común de Inspección (DCI) y la Oficina del Inspector General (AUD) y en las sugerencias del Grupo de Auditores Externos de las Naciones Unidas. Señaló que podrían examinarse las siguientes cuestiones e indicó que tan sólo podría abordarse un máximo de cuatro de esas cuestiones durante el bienio:

29. El Comité preguntó al Auditor Externo acerca de los progresos realizados en las comprobaciones de la eficacia en el uso de los recursos durante el bienio en curso. El Auditor Externo informó al Comité de que de las tres de tales comprobaciones, se habían concluido recientemente los trabajos iniciales sobre comprobaciones del sistema de adquisiciones y del Programa de Cooperación Técnica y que se iniciarían en breve los trabajos de comprobación del proceso de presupuestación.

30. De conformidad con la práctica habitual, las conclusiones de las auditorías se comunicarían por medio de cartas a la administración y los resultados finales de la auditoría se presentarían al Comité de Finanzas en el informe de auditoría detallado, en el que se tendría en cuenta la respuesta de la administración. El Auditor Externo invitó al Comité a indicar las cuestiones que consideraba prioritarias.

31. El Comité mantuvo un debate sobre las cuestiones propuestas e indicó las siguientes prioridades:

32. El Comité pidió además que, en el futuro, las presentaciones incluyeran más detalles sobre las cuestiones propuestas con objeto de aclarar las razones en las que se fundaba la selección de las cuestiones objeto de auditoría. El Auditor Externo estuvo de acuerdo con esta petición.

33. El Comité escuchó el parecer del Asesor Jurídico, solicitado en su período de sesiones de mayo de 2003, sobre si los informes de las comprobaciones de la eficacia en el uso de los recursos podrían presentarse al Comité por separado y gradualmente, a medida que se fueran completando durante el bienio, en lugar de esperar al informe de auditoría detallado. El Asesor Jurídico expresó la opinión de que el Reglamento Financiero de la Organización y la práctica establecida desde hacía largo tiempo preveían la presentación de un único informe y que la presentación de informes separados, por consiguiente, exigiría un cambio de dicho Reglamento.

34. El Comité decidió examinar nuevamente la cuestión de la presentación de informes separados en su período de sesiones de mayo de 2004 y pidió al Asesor Jurídico que investigara soluciones alternativas, a la luz de la introducción de un sistema similar de presentación de informes por separado en el PMA, del sistema de presentación de informes provisionales de la OMS y de la experiencia pertinente de otros organismos de las Naciones Unidas.

INFORMES DE LA DEPENDENCIA COMÚN DE INSPECCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS:

INFORME ANUAL DE LA DEPENDENCIA COMÚN DE INSPECCIÓN (A/58/34) – PROGRAMA DE TRABAJO DE LA DEPENDENCIA COMÚN DE INSPECCIÓN PARA 2003 (A/58/64)

35. El Comité tomó nota del informe, presentado en los documentos CL 125/INF/10 y CL 125/INF/11 respectivamente.

36. Además de examinar los mencionados informes, el Comité sostuvo un debate informativo sobre la relación entre la Dependencia Común de Inspección (DCI) y la FAO. El Comité acogió con satisfacción el hecho de que se le hubiera proporcionado el documento Aclaraciones sobre algunos aspectos de las relaciones FAO/DCI (doc. PC 90/6a), así como el Informe anual y el Programa de trabajo de la DCI. El Comité propuso que en el futuro se proporcionara la información contenida en el documento PC 90/6a a todos los nuevos miembros del Comité de Finanzas.

37. El Presidente de la DCI proporcionó aclaraciones adicionales sobre los siguientes temas, descritos en su Estatuto:

38. Sobre el aspecto presupuestario, la Secretaría indicó que la fórmula aplicada para compartir los gastos de la DCI se derivaba de los gastos consignados en las cuentas comprobadas de las organizaciones participantes. La FAO pagaba a la fecha aproximadamente 440 000 dólares EE.UU. por bienio, lo que representaba el 5,8 por ciento del presupuesto bienal total de la DCI.

39. Al examinar los distintos informes de la DCI, el Comité decidió centrar su atención en los informes que atañían en modo particular a su mandato.

LA REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN EL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS: OPCIONES PARA LA CREACIÓN DE UNA INSTANCIA SUPERIOR DE APELACIÓN (JIU/REP/2002/5)

40. El Comité examinó el informe de la DCI titulado La reforma de la administración de justicia en el sistema de las Naciones Unidas: opciones para la creación de una instancia superior de apelación. El Comité hizo suyas las opiniones del Director General sobre las diversas recomendaciones formuladas por la DCI en el informe, que presentó el Asesor Jurídico. En este sentido, se informó al Comité acerca de la política de prevención del hostigamiento recientemente aprobada por la FAO y de los procedimientos para ocuparse de las quejas por ese motivo por medio de grupos de investigación y de iniciativas de mediación, así como sobre los debates relativos al Estatuto del Tribunal Administrativo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que estaban manteniendo las organizaciones que habían aceptado la jurisdicción de dicho Tribunal y sus respectivas asociaciones de personal, dada su importancia desde el punto de vista de las recomendaciones de la DCI. Se informaría al Comité de Finanzas y al Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, según fuera necesario, de los resultados del proceso.

ACTIVIDADES GENERADORAS DE INGRESOS DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS (JIU/REP/2002/6)

41. El Comité tomó nota del informe de la DCI titulado Actividades generadoras de ingresos del sistema de las Naciones Unidas, presentado en el documento CL 125/INF/13, y confirmó la postura de la Secretaría, que había aprobado todas las recomendaciones con la excepción de la número 8, relativa a los materiales de información pública. El Comité señaló la dificultad de tratar de generar ingresos mediante materiales fundamentalmente destinados a cumplir una función de promoción.

APLICACIÓN DEL MULTILINGÜISMO EN EL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS (JIU/REP/2002/11)

42. El Comité tomó nota del informe de la DCI titulado Aplicación del multilingüismo en el sistema de las Naciones Unidas, presentado en el documento CL 125/INF/14, y confirmó la postura de la Secretaría, que había aprobado todas las recomendaciones.

GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN EN LAS ORGANIZACIONES DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS: SISTEMAS DE INFORMACIÓN PARA LA GESTIÓN (JIU/REP/2002/9)

43. El Presidente de la DCI presentó el informe e indicó que el Director General había hecho suyas todas las recomendaciones excepto la número 2 (que se nombrara un oficial superior para desempeñar la función de oficial jefe de información). En su respuesta a la recomendación 2, el Director General había indicado que el sistema existente en la FAO (el Comité de Gestión y Tecnología de la Información) se ajustaba a las directrices indicadas por la DCI y se consideraba apropiado. La DCI convino con la respuesta, aunque la FAO había rechazado la recomendación 2, porque dicha recomendación debía considerarse a la luz de las circunstancias específicas de cada organización.

44. El Comité observó que, con respecto a la recomendación rechazada, no era necesario formular otras observaciones y aprobó el informe.

NECESIDAD DE HACER LLEGAR A LOS DESTINATARIOS FINALES LOS BENEFICIOS DE LOS PROYECTOS DE COOPERACIÓN TÉCNICA RELACIONADOS CON EL AGUA: NECESIDAD DE SALVAR LA DISTANCIA ENTRE EL PLANO NORMATIVO Y EL OPERACIONAL EN EL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS (ESTUDIOS DE CASOS EN DOS PAÍSES DE ÁFRICA) (JIU/REP/2002/4)

INTERVENCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DISTINTAS DE LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES Y DEL SECTOR PRIVADO EN LAS ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN TÉCNICA: EXPERIENCIAS Y PERSPECTIVAS DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS (JIU/REP/2002/1)

EVALUACIÓN DE LA RESPUESTA DEL SISTEMA DE LAS NACIONES UNIDAS EN TIMOR ORIENTAL: COORDINACIÓN Y EFICACIA (JIU/REP/2002/10)

45. El Comité tomó nota de la información proporcionada en los correspondientes informes de la DCI.

Asuntos relativos a la política financiera

PASIVO DE LOS COSTOS DE ASISTENCIA MÉDICA DESPUÉS DEL CESE EN EL SERVICIO

46. El Comité examinó las cuestiones relacionadas con el pasivo relativo al seguro médico después del cese en el servicio sobre la base del documento FC 104/10, complementado por una presentación realizada por la Secretaría.

47. El Comité confirmó que las disposiciones vigentes para la financiación del pasivo de la asistencia médica después del cese en el servicio (que se limitaban a la asignación con ese fin de los ingresos por inversiones o el valor de las inversiones en exceso de la suma necesaria para financiar el Plan de indemnizaciones por cese en el servicio y el Plan de indemnización del personal) eran claramente insuficientes. El Comité decidió, en consecuencia, que la cuestión necesitaba ser abordada con carácter urgente, por lo que acordó que el pasivo debería empezar a financiarse con cargo al presupuesto de su Programa Ordinario.

48. El Comité convino con la recomendación de que en la resolución relativa al presupuesto para 2004-2005 se incluyera una cantidad de 14,1 millones de dólares EE.UU., equivalente al monto del pasivo que debería amortizarse durante el bienio con arreglo a la valoración actuarial correspondiente, y reconoció que dicha cantidad habría de revisarse en cada bienio posterior y debería ajustarse para que reflejara la valoración más reciente.

49. Si bien reconoció que los beneficios globales del componente de asistencia médica después del cese en el servicio del plan de seguro médico en vigor eran por lo general similares a los de otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, el Comité consideró que sería útil examinar en mayor detalle las condiciones del seguro después del cese en el servicio, en especial para determinar si las prestaciones del seguro médico después del cese en el servicio previstas en el plan eran razonables, si el plan se gestionaba de conformidad con las mejores prácticas, y hasta qué punto las disposiciones para la distribución de los costos en vigor eran razonables.

50. Se informó al Comité de que durante el año 2000 se había preparado un estudio, realizado por consultores independientes, del plan de seguro médico en vigor en la FAO en su conjunto, estudio que abarcó la competitividad e idoneidad de las prestaciones previstas en el plan y el rendimiento del administrador de los planes de seguro médico. Asimismo se informó al Comité de que el Comité de Alto Nivel sobre Gestión, de las Naciones Unidas, tenía previsto estudiar los planes de seguro médico después del cese en el servicio aplicados en todo el sistema de las Naciones Unidas.

51. Teniendo presentes esos elementos, el Comité tomó nota y pidió a la Secretaría que preparara un resumen del informe elaborado por los consultores independientes anteriormente citado, y de las observaciones que pudiera formular el Comité de Alto Nivel sobre Gestión respecto de los planes de seguro médico después del cese en el servicio aplicados en todo el sistema de las Naciones Unidas, y que se incluyera esta cuestión en el programa del período de sesiones de mayo de 2004 del Comité de Finanzas.

PLAN DE INCENTIVOS PARA ESTIMULAR EL PAGO PUNTUAL DE LAS CUOTAS: DETERMINACIÓN DEL TIPO DE DESCUENTO

52. El Comité tomó nota del documento FC 104/11 y se mostró de acuerdo respecto de la aplicación del tipo de 0,33 por ciento propuesto por el Director General para determinar la cuantía del descuento aplicable a cada Estado Miembro que hubiera pagado sus cuotas antes del 31 de marzo de 2003. El descuento devengado se acreditaría con cargo a las cuotas de 2004.

Asuntos presupuestarios

PROGRAMA DE LABORES Y PRESUPUESTO
PARA 2004-05

53. El Comité examinó las propuestas del Director General relativas al Programa de Labores y Presupuesto para 2004-05, contenidas en el documento C 2003/3, prestando particular atención a la sección sobre Recursos y las propuestas relativas a los capítulos 5 (Servicios de apoyo) y 6 (Servicios comunes).

54. El Comité felicitó a la Secretaría por la elevada calidad del documento y acogió con satisfacción la inclusión de información sobre la evaluación de riesgos y los ahorros por eficiencia. El Comité pidió, y la Secretaría concordó, que se hicieran esfuerzos para acelerar la aplicación de enfoques basados en los resultados en los programas no técnicos, que condujeran a la aplicación de nuevas medidas de ahorros por eficiencia.

55. Se informó al Comité de que a mediados de octubre se proporcionaría a los miembros una hipótesis presupuestaria de crecimiento nominal cero (CNC). Tomó nota de que, según se solicitaba en el informe del Consejo, la cuantía del presupuesto de CNC sería de 651,8 millones de dólares EE.UU., lo que determinaría la absorción tanto de los incrementos de costos como de los efectos del tipo de cambio. Se indicó que la información relativa a las repercusiones del CNC en relación con el crecimiento real cero (CRC) se presentarían a nivel de programas y no en forma de presentación detallada por entidades de programas de todo el documento del PLP. Un miembro pidió que el documento sobre CNC reflejara la estructura del PLP. Algunos miembros pidieron que en el documento de CNC se tuvieran en cuenta las posibles repercusiones del sistema de cuotas en dos monedas, señalando que ello excluiría efectivamente la absorción de los efectos del tipo de cambio en la hipótesis de CNC. No obstante, se reconoció que, dado que los patrocinadores de la solicitud del Consejo habían especificado que en el documento de CNC se incluyeran los efectos del tipo de cambio, no sería factible basar el CNC en esta reducción menor, aunque la información contenida en el documento debería permitir apreciar en alguna medida las consecuencias de dicha cuantía menor.

56. Al examinar las repercusiones de los distintos tipos de cambio en el presupuesto, se informó al Comité de que la metodología que se había elaborado como parte del trabajo preparatorio para el sistema de cuotas en dos monedas era mucho más amplia que la técnica preexistente, en que sólo se reconocía el efecto del tipo de cambio de los sueldos del personal con destino en Roma. El Comité tomó nota de que se aplicaría la metodología mejorada para calcular el CNC y para los posibles ajustes del presupuesto al tipo de cambio aprobado.

57. El Comité refrendó el cálculo de los incrementos de costos (34 millones de dólares EE.UU.) así como las hipótesis en que se basaba. Recordó asimismo el debate que había sostenido para recomendar la adición de esta cantidad de 14,1 millones de dólares EE.UU. para financiar la amortización del pasivo en concepto de servicios médicos después del cese en el servicio.

58. El Comité tomó nota de las transferencias de recursos entre programas principales que se habían introducido en el PLP en respuesta a las peticiones de que se reforzaran sectores de actividad, tales como el CIPF, el Codex, Pesca y Montes, así como de los efectos negativos consecuentes en actividades de extensión y capacitación. Varios miembros indicaron la necesidad de mantener un equilibrio entre actividades normativas y operacionales, mientras que otros consideraron que debería hacerse mayor hincapié en las actividades operacionales, en particular, el PCT y todas las actividades que contribuyen a reducir el hambre.

59. El Comité atribuyó particular importancia a la aplicación del Plan de Acción sobre Recursos Humanos (RH). Se le informó de que los recursos adicionales previstos para la aplicación del Plan de Acción sobre RH se estimaban en 2,5 millones de dólares EE.UU. De esta cantidad, en el Plan a Plazo Medio para 2004-09 se habían previsto 1,6 millones. Debido a las limitaciones presupuestarias, en el PLP se habían asignado sólo 550 000 dólares EE.UU. en la hipótesis de crecimiento real y se tuvo que eliminar en la hipótesis de CRC. La mayoría de los miembros del Comité de Finanzas pidió que se proporcionara una cantidad apropiada de fondos para la aplicación del Plan de Acción, y que se protegiera dicha cantidad independientemente de la hipótesis presupuestaria que se aprobara.

60. El Comité tomó nota de la petición de algunos miembros de que se asignaran recursos adecuados para sus regiones y solicitó que se proporcionara información comparando las asignaciones presupuestarias por región en los últimos tres bienios.

61. Los miembros del Comité expresaron opiniones diferentes sobre la cuantía del presupuesto, ya que varios de ellos apoyaron una cuantía presupuestaria de CR o CRC, mientras que otros apoyaron una cuantía de CNC o inferior al CNC.

ASIGNACIÓN DE CUOTAS EN DOS MONEDAS

62. El Comité examinó el informe sobre la asignación de cuotas en dos monedas contenido en el documento FC 104/13.

63. El Comité recordó las opiniones expresadas por el Consejo de que era necesario proteger en la mayor medida posible el Programa de Labores y Presupuesto aprobado contra los efectos de las fluctuaciones de los tipos de cambio y de que el dólar estadounidense seguía siendo la moneda funcional de la Organización.

64. El Comité acogió con satisfacción la información actualizada y las aclaraciones adicionales proporcionadas en el documento. Se consideró que el método alternativo propuesto para la presentación de la asignación de cuotas en dos monedas en el documento del presupuesto representaba una mejora sustancial. El Comité apreció los cuadros presentados (párrafos 9 y 10), que exponían claramente las consecuencias de las fluctuaciones del tipo de cambio en el marco de la metodología de asignación de cuotas en dos monedas.

65. La Secretaría aclaró que tanto en el documento del presupuesto como en la resolución sobre las consignaciones se reflejarían las consecuencias del nuevo tipo de cambio en el presupuesto. El tipo de cambio aplicable en el presupuesto para el bienio en curso se establecería el día de la votación en la Conferencia, de acuerdo con la práctica anterior. Sin embargo, con arreglo al nuevo procedimiento, el tipo de cambio euro/dólar EE.UU. que se proponía adoptar era el tipo a término para dos años, en vigor el 1º de julio del año que precedía al nuevo bienio, es decir, inmediatamente antes de la finalización del documento completo del PLP.

66. Algún miembro hizo referencia a la importancia de que la FAO tratara de absorber en la medida de lo posible el riesgo de las fluctuaciones de los tipos de cambio en la gestión de sus recursos en lugar de transferir dicho riesgo a los Estados Miembros.

67. Un miembro se opuso en principio al concepto de asignación de cuotas en dos monedas, pero no quiso obstaculizar una opinión sobre la que había consenso. Este miembro subrayó la necesidad de garantizar: 1) la transparencia en la manera de reflejar los efectos de las fluctuaciones de los tipos de cambio en el presupuesto de la Organización; y 2) que la cuantía del presupuesto siguiera estando a discreción de los Estados Miembros (es decir, que no hubiera automaticidad).

68. Este miembro sugirió también que aquellos Estados Miembros que apoyaban firmemente la propuesta podrían aportar contribuciones voluntarias para compensar los gastos (entre 150 000 y 250 000 dólares EE.UU.) que supondría para la FAO la puesta en práctica del sistema de asignación de cuotas en dos monedas.

69. Al abordar estas preocupaciones, la Secretaría señaló que “la aplicación del sistema de asignación de cuotas en dos monedas no excluía el hecho de que siguiera estando a discreción por parte de los miembros determinar la cuantía de presupuesto que consideraran adecuada”.

70. Teniendo en cuenta las cuestiones planteadas anteriormente, el Comité recomendó que el Consejo refrendara la adopción de la metodología de asignación de cuotas en dos monedas a partir del bienio 2004-05.

71. El Comité aprobó las revisiones propuestas del Reglamento Financiero y del modelo de resolución sobre las consignaciones (véase el Apéndice) y las remitió al Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos para su ratificación y presentación al Consejo.

PRESUPUESTACIÓN DE CAPITAL

72. El Comité de Finanzas recordó que había examinado esta cuestión en su último período de sesiones y que había pedido a la Secretaría que preparara propuestas revisadas. Examinó el documento, en el que se describía el enfoque revisado para los gastos de planificación y financiación de capital que se definieron como gastos en activos tangibles e intangibles con una vida útil superior al período financiero de dos años de la FAO y que generalmente requerían un nivel de recursos que no podía financiarse con la asignación correspondiente a un solo bienio.

73. El Comité tomó nota de que los presupuestos de gastos de capital de la FAO tendrían su origen en el Marco Estratégico y cada propuesta debería referirse a una o más de las seis estrategias para afrontar cuestiones intersectoriales de toda la Organización, que los Estados Miembros habían refrendado en el Marco Estratégico para 2000-2015. Acogió con satisfacción la adición propuesta de un plan de gastos de capital de seis años de duración en el Plan a Plazo Medio y la subsiguiente inclusión del correspondiente segmento de dos años en el Capítulo 8 del Programa de Labores y Presupuesto.

74. El Comité tomó nota de que las cuestiones planteadas en el último período de sesiones habían sido abordadas convenientemente, por lo que refrendó la propuesta de que se estableciera un Servicio de gastos de capital, para someterla al examen del Consejo. Dicho Servicio estaría integrado por dos elementos independientes pero mutuamente relacionados:

75. El Comité refrendó asimismo el proyecto de texto del Artículo 6.10 del Reglamento Financiero propuesto (véase el Anexo) para su presentación al Consejo por conducto del Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos.

76. Además, el Comité apoyó en principio la aprobación por la FAO de un concepto de introducción de un cargo al usuario por la prestación de servicios de inversión de capitales como una fuente de financiación de bienes de capital, y convino en que la Secretaría preparara un estudio en el que se examinaran modalidades precisas para tal régimen de imposición de cargos.`

Asuntos relativos a los recursos humanos

INFORME ACERCA DE LA MARCHA DE LOS TRABAJOS SOBRE CUESTIONES RELATIVAS A LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS (INCLUIDAS LAS RECOMENDACIONES DE LA DEPENDENCIA COMÚN DE INSPECCIÓN SOBRE CUESTIONES RELATIVAS A LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS)

77. El Comité acogió con satisfacción el informe preparado por la Secretaría sobre la iniciativa emprendida y los objetivos previstos en relación con la gestión de los recursos humanos.

78. Tras reconocer que los recursos humanos constituyen un bien vital de la Organización, el Comité subrayó la importancia de asignar suficientes recursos para realizar las iniciativas descritas en el plan de acción del informe. A este respecto, consideró que deberían proporcionarse los recursos necesarios para asegurar la aplicación oportuna del Sistema Oracle de gestión de los recursos humanos (HRMS), que constituía un elemento fundamental en la gestión eficaz de los recursos humanos de la Organización.

79. El Comité recomendó además que:

80. Dada la importancia fundamental que atribuía a las cuestiones de gestión de recursos humanos, el Comité decidió continuar siguiendo de cerca las iniciativas de la Organización en este sector y pidió a la Secretaría que presentara en su siguiente período de sesiones un informe de los progresos realizados sobre esta cuestión en un formato análogo al presentado en el documento FC 104/15.

RECOMENDACIONES Y DECISIONES DE LA CAPI Y DEL COMITÉ MIXTO DE PENSIONES DEL PERSONAL DE LAS NACIONES UNIDAS DIRIGIDAS A LA ASAMBLEA GENERAL (INCLUIDOS LOS CAMBIOS EN LAS ESCALAS DE SUELDOS Y EN LOS SUBSIDIOS)

81. El Comité tomó nota del documento FC 104/16 relativo a las recomendaciones y decisiones de la CAPI y del Comité Mixto de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas dirigidas a la Asamblea General, incluidos los cambios en las escalas de sueldos y en los subsidios.

Asuntos de Organización

METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA EQUITATIVA

82. El Comité tomó nota con aprecio del informe proporcionado por la Secretaría sobre la metodología para determinar la distribución geográfica equitativa (documento CL 124/15 Add.1).

83. Tras reconocer que las cuestiones relativas a la metodología de la distribución geográfica eran complejas, el Comité observó que muchas otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas habían abordado ya esta cuestión. Consideró, por consiguiente, que sería conveniente mantener la coherencia en el ámbito del sistema de las Naciones Unidas.

84. Con respecto a las tres opciones presentadas, la mayoría de los Miembros del Comité se mostraron favorables a la Opción nº 21, mientras que otros expresaron la preferencia por la Opción nº 32.

85. Habida cuenta de lo expuesto, el Comité consideró que tal vez el Consejo podría examinar tal vez la conveniencia de establecer un grupo de trabajo para examinar:

86. Un miembro, tras expresar su apoyo para una evaluación de la distribución geográfica sobre una base equitativa, consideró que era prematuro todavía para llegar a una decisión sobre la metodología. Antes la Secretaría debía presentar medidas específicas para corregir los desequilibrios existentes respecto de la situación geográfica.

87. Por último, el Comité acordó que era necesario adoptar medidas concretas adicionales abordando al mismo tiempo la cuestión de la infrarrepresentación de determinados Estados Miembros y de algunas regiones, independientemente de la opción que hubiera de seleccionarse. En consecuencia, se pidió a la Secretaría que presentara al Comité en su siguiente período de sesiones un informe respecto de las medidas concretas adicionales que hubieran de adoptarse sobre esta cuestión.

Otros asuntos

FECHA Y LUGAR DEL 105º PERÍODO DE SESIONES

88. Se informó al Comité de que el 105º período de sesiones se tenía previsto celebrar en Roma del 6 al 7 de octubre de 2003. Además, se informó al Comité de que el 106º período de sesiones se había previsto provisionalmente celebrar en Roma del 10 al 14 de mayo de 2004. Las fechas definitivas del período de sesiones se decidirían en consulta con el Presidente.

OTRAS CUESTIONES

Marco de supervisión para la utilización de los fondos extrapresupuestarios

89. El Comité recordó que, en ausencia de un marco normativo concertado por los órganos rectores para la utilización de los fondos extrapresupuestarios, algunos Estados Miembros habían manifestado preocupación en cuanto al alcance de las actividades que se llevaban a cabo con cargo a dichos recursos. En consecuencia, el Comité pidió que para el período de sesiones de mayo de 2004 se preparara un documento sobre un marco de supervisión para la utilización de los fondos extrapresupuestarios. Se observó que este documento también debía presentarse al Comité del Programa.

Informe de la DCI sobre el examen de la gestión y la administración en la FAO: Plan de acción

90. El Comité tomó nota de la información proporcionada en el documento PC 90/6 b)/FC 104/INF/20 a) recordando que su debate sustantivo sobre las recomendaciones de la DCI pertinentes a la labor del Comité se había realizado ya en relación con otros temas del programa.

Uso de los atrasos

91. El Comité pidió que se le proporcionara un documento sobre el uso de los atrasos en su período de sesiones de mayo de 2004. Mientras tanto, recibió la siguiente síntesis verbal de la situación:

92. La cantidad de 92,7 millones de dólares EE.UU. se había distribuido a su vez de la siguiente forma:

93. La Resolución 6/2001 autorizaba desembolsos hasta 50,7 millones de dólares EE.UU., por lo que había sido necesario reajustar los gastos propuestos hasta el límite inferior de 44,9 millones de dólares EE.UU. Este ajuste se había finalizado y las direcciones responsables habían completado sus planes de gastos anuales para el período 2003-2005. Se habían efectuado las asignaciones relativas a 2003 y habían comenzado los desembolsos.

94. Tal como se había pedido, para el período de sesiones de mayo se elaboraría un informe más detallado.

Contribución relacionada con la Declaración del Japón acerca del Informe sobre la Ejecución del Programa

95. Se señaló a la atención del Comité la petición formulada por el Japón en el 123º período de sesiones del Consejo de que en el Informe sobre la Ejecución del Programa, 2000-01 se proporcionara información financiera adicional. El Comité tomó nota de que la Secretaría se ocuparía por separado de dicha petición.

96. El delegado del Japón reiteró el interés por el Informe sobre la Ejecución del Programa (PIR) e indicó la necesidad de un enfoque más orientado a los resultados y que tuviera en la debida cuenta los aspectos financieros. El delegado observó también que un análisis financiero de la eficacia en función de los costos por programas podría ser útil al establecer prioridades. Se informó al Comité de que el PIR relativo a 2000-01 era el último que se presentaba en la forma actual, y que en su siguiente período de sesiones el Comité del Programa examinaría una propuesta que tuviera más en cuenta el nuevo modelo de programa.

97. Con respecto a la propuesta del Japón de una mayor participación del Comité de Finanzas en el establecimiento de las prioridades, se observó que este aspecto formaba parte del mandato del Comité del Programa, que estaba dedicando esfuerzos considerables a esta esfera de su labor. La Secretaría convino en proporcionar al delegado del Japón la documentación de referencia correspondiente.

 

ANEXO I

PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO FINANCIERO

Artículo V
Provisión de fondos

5.1 Las consignaciones de un ejercicio económico, habida cuenta de los ajustes pertinentes que se efectúen conforme a lo dispuesto en el párrafo 5.2, serán financiadas mediante las contribuciones anuales de los Estados Miembros y Miembros Asociados. Las cuotas de los Estados Miembros se calcularán con arreglo a la escala de prorrateo determinada por la Conferencia, escala en que no se incluirán las cuotas de los Miembros Asociados. Las cuotas de los Miembros Asociados se calcularán en lo posible con arreglo a la misma base que las cuotas de los Estados Miembros, reduciéndose la cantidad así obtenida en cuatro décimos, habida cuenta de la diferencia de condición jurídica entre los Estados Miembros y los Miembros Asociados, y se acreditarán a Ingresos Diversos. En espera de la recaudación de todas estas cuotas, las consignaciones podrán ser financiadas con cargo al Fondo de Operaciones.

5.2 Se ajustará el importe de las cuotas asignadas a los Estados Miembros y Miembros Asociados para cada ejercicio económico habida cuenta de:

  1. los Ingresos Diversos previstos para el ejercicio económico a que se refiera la cuota que se trata de determinar;
  2. los créditos que devenguen los Estados Miembros como consecuencia de la aplicación del párrafo 6.1(b) del presente Reglamento;
  3. las consignaciones de créditos suplementarios respecto a las cuales no se haya asignado previamente una cuota a los Estados Miembros y Miembros Asociados.

5.3 Para determinar la contribución anual de los Estados Miembros y Miembros Asociados se dividirá la cuota fijada a cada uno para el ejercicio económico en dos plazos de la misma cuantía, uno de los cuales será pagadero el primer año civil del ejercicio económico y el otro en el segundo año.

5.4 Al comienzo de cada año civil el Director General deberá:

  1. comunicar a los Estados Miembros y Miembros Asociados el importe de sus obligaciones en concepto de contribución anual al presupuesto;
  2. comunicar a los Estados Miembros el importe de sus obligaciones en concepto de anticipos al Fondo de Operaciones;
  3. pedir a los Estados Miembros y a los Miembros Asociados, según corresponda, que se sirvan hacer efectivo el importe de todas sus cuotas y anticipos.

5.5 El importe de las contribuciones y de los anticipos deberá considerarse como adeudado y pagadero íntegramente dentro de los 30 días siguientes al recibo de la comunicación del Director General mencionada en el precedente párrafo 5.4, o el primer día del año civil al cual correspondan, según cuál sea el plazo que venza más tarde. El 1º de enero del siguiente año civil se considerará que el saldo que quede por pagar de esas contribuciones y anticipos lleva un año de mora.

5.6 Las contribuciones anuales al presupuesto serán calculadas en parte en dólares de los Estados Unidos y en parte en euros. Cada bienio la Conferencia determinará la parte proporcional del presupuesto pagadera por todos los Estados Miembros y Miembros Asociados en dólares de los Estados Unidos y en euros, respectivamente. A menos que los montos de las cuotas se reciban simultáneamente y en su totalidad en las monedas en las que se han fijado, se concederá un crédito por cada pago parcial con respecto a las contribuciones debidas en proporción a las cuotas especificadas en ambas monedas. Las contribuciones anuales al presupuesto serán calculadas en dólares de los Estados Unidos de América. En la medida en que la Conferencia, después de averiguar en qué moneda se proponen los Estados Miembros y Miembros Asociados hacer el pago de sus cuotas en el ejercicio económico siguiente, estime que los ingresos previstos en dólares resultarán insuficientes para cubrir los gastos que en esa moneda tenga que hacer la Organización conforme a las disposiciones de la Conferencia, ésta determinará la parte proporcional de las cuotas que han de pagar en dólares estadounidenses aquellos Estados Miembros y Miembros Asociados que no hagan efectivas sus contribuciones enteramente en esa moneda. Cada Si un Estado Miembro o y Miembro Asociado pagará el resto una parte de su cuota anual en una moneda distinta del dólar de los Estados Unidos o del euro en liras o en su propia moneda que, para los efectos del pago de las cuotas a la Organización, será responsabilidad de ese Miembro asegurar la libre convertibilidad de esa moneda en dólares de los Estados Unidos de América y/o en euros. deberá ser libremente convertible en liras, recayendo en cada gobierno contribuyente la responsabilidad de asegurar dicha convertibilidad. Los tipos de cambio aplicables a esa cuota al pago parcial o a los pagos en otras monedas tal como se describe en este párrafo serán los tipos de mercado del euro y del la lira al dólar de los Estados Unidos con relación a la moneda de pago al dólar en el primer día de operaciones cambiarias del mes de enero del año civil al que corresponda la contribución, o bien al tipo del día en que se efectúe el pago, debiendo aplicarse el más favorable para la Organización el más alto de los dos.

5.7 Las obligaciones de los Estados Miembros y los Miembros Asociados, incluso las cuotas atrasadas, seguirán siendo pagaderas en la moneda en que debieron abonarse el año correspondiente.

5.7 Las obligaciones (de los Estados Miembros y Miembros Asociados) en euros que se consideren pagos atrasados de conformidad con el Artículo 5.5 del Reglamento Financiero se convertirán en dólares de los Estados Unidos al tipo más beneficioso para la Organización aplicándose el tipo previsto en el presupuesto del año en que se ha de pagar la cuota o el tipo medio operacional de las Naciones Unidas del año al que corresponda la cuota o el tipo operacional de las Naciones Unidas vigente el 31 de diciembre del año al que corresponda la cuota. Esos pagos atrasados se considerarán posteriormente pagaderos en dólares de los Estados Unidos de América. A los efectos de la determinación de la pérdida de los derechos de voto en la Conferencia, la pérdida del derecho a ser elegido o la pérdida del escaño en el Consejo tal como se prevé en los Textos Fundamentales de la Organización, las contribuciones debidas por los dos años civiles precedentes se calcularán sobre la misma base indicada anteriormente. Los pagos recibidos con cargo a los atrasos en monedas libremente convertibles distintas del dólar de los Estados Unidos se convertirán utilizando el tipo de cambio del mercado de la moneda contra el dólar de los Estados Unidos de conformidad con lo dispuesto en la última frase del Artículo 5.6 del Reglamento Financiero.

5.8 Todo Estado que sea admitido como Miembro y todo territorio o grupo de territorios que sea admitido como Miembro Asociado deberá pagar una contribución para el presupuesto del ejercicio económico en que ingrese de manera efectiva. Esta cuota será fijada por la Conferencia y comenzará a correr en el trimestre en que se acepte la solicitud de admisión. De acuerdo con el párrafo 6.2 (b) (ii), todos los Estados Miembros de nuevo ingreso tendrán que hacer anticipos al Fondo de Operaciones.

5.9 Los Estados no miembros de la Organización que lo sean de los grupos intergubernamentales sobre productos; subcomités, grupos de trabajo auxiliares y grupos de estudio creados por el Comité de Pesca; o de los organismos establecidos por convenciones o acuerdos concertados en virtud del Artículo XIV de la Constitución, contribuirán a los gastos que ocasionen a la Organización las actividades de tales grupos u organismos, en la cuantía que determine el Director General, salvo que la Conferencia o el Consejo acuerden otra cosa.

5.10 El Consejo podrá, en cualquiera de sus períodos de sesiones, aconsejar al Director General sobre las medidas que sea conveniente adoptar para activar el pago de las cuotas. El Consejo podrá someter a la consideración de la Conferencia las recomendaciones que a este respecto estime pertinentes.

Modelo de resolución para su aprobación por la Conferencia
(todas las cifras son hipotéticas)

Consignaciones presupuestarias para 2004-05

LA CONFERENCIA

Habiendo examinado el Programa de Labores y Presupuesto presentado por el Director General:
1. Aprueba una consignación presupuestaria neta total de 721 678 000 dólares EE.UU. para el ejercicio económico de 2004-2005
a) Los créditos se consignan para los fines siguientes:
  $EE.UU.
Capítulo 1: Política y dirección generales 58 196 000
Capítulo 2: Programas técnicos y económicos 318 437 000
Capítulo 3: Cooperación y asociaciones 145 642 000
Capítulo 4: Programa de Cooperación Técnica 103 411 000
Capítulo 5: Servicios de apoyo 54 286 000
Capítulo 6: Servicios comunes 41 106 000
Capítulo 7: Imprevistos 600 000
Consignación total (neta) 721 678 000
Capítulo 8: Transferencia al Fondo de Nivelación de Impuestos 96 960 000
Consignación total (bruta) 818 638 000
 
b) Las consignaciones (brutas) aprobadas en el párrafo a), más una cantidad de 14 100 000 dólares EE.UU. para financiar la amortización de la Asistencia médica después del cese en el servicio, se financiarán mediante las asignación de cuotas a los Estados Miembros, previa deducción de Ingresos Diversos en la cuantía de 9 195 000 dólares EE.UU., resultando así un presupuesto de cuotas de 823 543 000 dólares EE.UU. para los Estados Miembros.
 
c) Al establecer los importes efectivos de las cuotas que han de pagar los distintos Estados Miembros, la de cada uno de ellos se reducirá en la cantidad que figure en su haber en el Fondo de Nivelación de Impuestos, con la salvedad de que el haber de un Estado Miembro que perciba impuestos sobre los sueldos, emolumentos e indemnizaciones cobradas de la FAO por funcionarios, se reducirá en los importes estimados de los impuestos que reembolse la FAO al funcionario. Se ha retenido a tal efecto la suma estimada de 5 millones de dólares EE.UU.
 
d) Las cuotas que correspondan a los Estados Miembros en 2004 y 2005 se pagarán de conformidad con la escala que apruebe la Conferencia en su 32º período de sesiones; dichas cuotas, una vez deducida la cantidad que figura en el haber de los Estados Miembros en el Fondo de Nivelación de Impuestos, arrojan un total neto pagadero de 731 583 000 dólares EE.UU.
 
e) Las cuotas se establecerán en dólares EE.UU. y en euros como sigue: 381 390 000 dólares EE.UU. y 397 947 000 euros, que representan el 52,0 por ciento pagadero en dólares EE.UU. y el 48,0 por ciento en euros.
 
f) Las consignaciones expuestas se han calculado al tipo aplicado para el presupuesto de 1 euro = ________ (insértese el nuevo tipo aplicado) dólares EE.UU.
 

 

ANEXO II

PRESUPUESTACIÓN DE CAPITAL
– RESOLUCIÓN --/03

La Conferencia,

98. Tomando nota de las recomendaciones de los expertos y de la Dependencia Común de Inspección de que la Organización introduzca la presupuestación de capital.

99. Reconociendo la conveniencia de integrar la planificación de los gastos de capital en el marco de planificación actual;

100. Decide:

    1. establecer un Servicio de gastos de capital consistente en un capítulo presupuestario independiente y una Cuenta de gastos de capital;
    2. designar el Capítulo 8 del Programa de Labores y Presupuesto a efectos de determinar y autorizar gastos de capital;
    3. reasignar el Capítulo 8 actual: Transferencia al Fondo de Nivelación de Impuestos a un Capítulo 10 nuevo; y
    4. establecer una Cuenta de gastos de capital mediante la siguiente adición del Artículo 6.10 al Reglamento Financiero de la Organización:

Proyecto de artículo del Reglamento Financiero sobre el establecimiento una Cuenta de gastos de capital

6.10 Se establecerá:

    1. una Cuenta de gastos de capital que se utilziará para la gestión de las actividades que conllevan gastos de capital, las cuales se definen como sigue:
      1. gastos en activos tangibles e intangibles con una vida útil superior al período financiero de dos años de la FAO, y
      2. que generalmente requieren un nivel de recursos que no puede financiarse con la asignación correspondiente a un solo bienio.
    2. Las fuentes de los fondos serán las siguientes:
      1. consignaciones del Programa Ordinario aprobadas por la Conferencia,
      2. contribuciones voluntarias, y
      3. reembolsos en concepto de cargos a los usuarios por la prestación de servicios de inversión de capitales.
    3. La utilización de la Cuenta se autorizará en virtud del Capítulo 8 mediante la aprobación de la Resolución de la Conferencia sobre las consignaciones (Artículo 4.1 del Reglamento Financiero) o por medio de la aplicación del Artículo 4.5 del citado Reglamento en lo que se refiere a las transferencias presupuestarias.
    4. El saldo del Capítulo 8 del presupuesto al final de cada período financiero se transferirá a la Cuenta de gastos de capital para su utilización en un período financiero sucesivo”.

______________________

1 Esta opción se basaba en tres factores (condición de miembro, población y contribución) e incluía un sistema de ponderación según los grados.

2 Esta opción era fundamentalmente la misma que la Opción nº 2, pero no incluía el sistema de ponderación según los grados.