Committee on World Food Security

Making a difference in food security and nutrition

SECTION 3: THE FOUNDATIONS AND OVERARCHING FRAMEWORKS

Existen diversos marcos generales que proporcionan principios y estrategias fundamentales para el logro de la seguridad alimentaria y la nutrición. Entre estos pueden citarse el Plan de Acción de la CMA y la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial , la Declaración Final de la CMSA de 2009 , las Directrices voluntarias sobre el derecho a la alimentación, las Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques, los Principios para la inversión responsable en la agricultura y los sistemas alimentarios y el Marco de acción para la seguridad alimentaria y la nutrición en crisis prolongadas, así como el PIDESC, por el que se estableció el derecho humano a una alimentación adecuada, y todo el derecho internacional pertinente para la seguridad alimentaria, la nutrición y los derechos humanos. Los siguientes marcos revisten especial importancia debido a la relación particular que guardan con la seguridad alimentaria y la nutrición.

 

 

3.01  LA AGENDA 2030 PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE

En septiembre de 2015, 193 países aprobaron la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, comprometiéndose así a reorientar el mundo hacia una vía sostenible y resiliente en la que nadie se quede atrás. La Agenda 2030 es universal, aplicable a todos los países sea cual sea su nivel de desarrollo, y su finalidad es basarse en los Objetivos de Desarrollo del Milenio y completar lo que estos no consiguieron. Compromete a todos los países y partes interesadas a centrar su atención en las personas, el planeta, la prosperidad, la paz y las alianzas y a cumplir sus 17 objetivos y 169 metas, que forman un todo integrado e indivisible y establecen un equilibrio entre las tres dimensiones del desarrollo sostenible: la económica, la social y la medioambiental. Los objetivos y metas buscan la realización de los derechos humanos de todos, y muchos de ellos atañen a cuestiones debatidas en el CSA, especialmente el ODS 2: “Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible”. La Agenda 2030 es responsabilidad de los países, pero el éxito de su aplicación dependerá de la capacidad de estos para movilizar el apoyo de todas las partes interesadas a los objetivos y sus formas de ejecución. En este sentido, la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo reconoce la importante contribución de las decisiones y recomendaciones del CSA con miras a redoblar los esfuerzos para erradicar el hambre y la malnutrición. Asimismo, la Agenda 2030 reafirma de manera explícita el importante papel y el carácter inclusivo del CSA, que ha decidido situar la promoción de la Agenda en el centro de su labor, así como contribuir, dentro de su mandato, al marco de seguimiento y examen temático de la misma.

 

 

3.02  LAS DIRECTRICES VOLUNTARIAS EN APOYO DE LA REALIZACIÓN PROGRESIVA DEL DERECHO A UNA ALIMENTACIÓN ADECUADA EN EL CONTEXTO DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA NACIONAL (DIRECTRICES VOLUNTARIAS SOBRE EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN)

Las Directrices voluntarias sobre el derecho a la alimentación proporcionan un marco general para la consecución de los objetivos de la seguridad alimentaria y la nutrición. En ellas se hace un llamamiento a fin de que el derecho a una alimentación adecuada sea el objetivo principal de las políticas, programas, estrategias y leyes en materia de seguridad alimentaria; los principios de los derechos humanos (participación, rendición de cuentas, no discriminación, transparencia, dignidad humana, empoderamiento y estado de derecho) deberían orientar las actividades dirigidas a mejorar la seguridad alimentaria; además, las políticas, programas, estrategias y leyes han de fomentar la habilitación de los titulares de derechos y la responsabilidad de los titulares de obligaciones, reforzando de ese modo las nociones de derechos y obligaciones en contraposición a la caridad y la benevolencia. 

3.03 LOS CINCO PRINCIPIOS DE ROMA PARA UNA SEGURIDAD ALIMENTARIA MUNDIAL SOSTENIBLE

Los cinco Principios de Roma para una seguridad alimentaria mundial sostenible, aprobados en noviembre de 2009 por la CMSA celebrada en Roma, proporcionan una estrategia poderosa esencial para coordinar las medidas tomadas por todas las partes interesadas en los planos mundial, regional y nacional, adoptando el planteamiento de doble componente para reducir el hambre. 

Principio 1: Invertir en planes nacionales que tengan por finalidad canalizar recursos hacia asociaciones y programas bien diseñados y basados en resultados.

Principio 2: Fomentar la coordinación estratégica en los planos nacional, regional y mundial para mejorar la gobernanza, promover una mejor asignación de los recursos, evitar la duplicación de esfuerzos y determinar insuficiencias en las respuestas.

Principio 3: Fomentar un planteamiento dual amplio de la seguridad alimentaria que comprenda: 1) medidas directas destinadas a las personas más vulnerables para hacer frente inmediatamente al hambre; y 2) programas sostenibles a medio y largo plazo sobre agricultura, seguridad alimentaria, nutrición y desarrollo rural a fin de eliminar las causas fundamentales del hambre y la pobreza, entre otros medios a través de la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada.

Principio 4: Asegurar un papel importante del sistema multilateral mediante la constante mejora de la eficiencia, capacidad de respuesta, coordinación y eficacia de las instituciones multilaterales.

Principio 5: Garantizar un compromiso sustancial y duradero de todos los asociados de invertir en la agricultura y la seguridad alimentaria proporcionando de forma oportuna y previsible los recursos necesarios para planes y programas plurianuales.

3.04  LAS DIRECTRICES VOLUNTARIAS SOBRE LA GOBERNANZA RESPONSABLE DE LA TENENCIA DE LA TIERRA, LA PESCA Y LOS BOSQUES EN EL CONTEXTO DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA NACIONAL (DIRECTRICES VOLUNTARIAS SOBRE LA TENENCIA)

Las Directrices voluntarias sobre la tenencia fueron aprobadas por el CSA en su 38.º período (extraordinario) de sesiones, en mayo de 2012. Las Directrices voluntarias proporcionan una referencia y orientación para mejorar la gobernanza de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques, con el objetivo de lograr la seguridad alimentaria para todos y apoyar la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional (véase la Sección 4.8).

3.05  LOS PRINCIPIOS DEL CSA PARA LA INVERSIÓN RESPONSABLE EN LA AGRICULTURA Y LOS SISTEMAS ALIMENTARIOS

Los Principios del CSA para la inversión responsable en la agricultura y los sistemas alimentarios fueron aprobados por el Comité en su 41.º período de sesiones, en octubre de 2014.

Los Principios abordan todos los tipos de inversiones en la agricultura y los sistemas alimentarios —públicas, privadas, grandes y pequeñas— y a lo largo de estos, desde la producción, la elaboración, la comercialización, la venta al por menor y el consumo, hasta la eliminación de los productos. Proporcionan un marco que todas las partes interesadas pueden utilizar a la hora de impulsar la inversión en la agricultura y los sistemas alimentarios mediante la formulación de políticas y programas nacionales, marcos reglamentarios, programas de responsabilidad social de las empresas y acuerdos o contratos individuales (véase la Sección 4.2).

3.06  EL MARCO DE ACCIÓN PARA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Y LA NUTRICIÓN EN CRISIS PROLONGADAS

El Marco de acción para la seguridad alimentaria y la nutrición en crisis prolongadas fue aprobado por el CSA en su 42.º período de sesiones, en octubre de 2015.

En él se describe cómo hacer frente a las manifestaciones críticas de inseguridad alimentaria y desnutrición y fomentar la resiliencia en situaciones de crisis prolongadas de una manera que se adapte a los desafíos específicos de estas situaciones, que evite agravar las causas subyacentes y que, cuando sea posible, contribuya a aportarles una solución. Con este marco se pretende orientar la elaboración, la aplicación y el seguimiento de políticas y medidas encaminadas a mejorar la seguridad alimentaria y la nutrición en situaciones de crisis prolongadas.

3.07  ALIANZA MUNDIAL DE COOPERACIÓN EFICAZ PARA EL DESARROLLO 

La Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda al desarrollo y el Programa de Acción de Accra se basan en cinco principios centrales, aplicables a aquellos países que los han suscrito:

 

  • Apropiación: Los países en desarrollo deben dirigir sus propias políticas y estrategias de desarrollo y administrar su propia labor de desarrollo sobre el terreno.
  • Alineación: Los donantes deben ajustar firmemente sus ayudas a las prioridades esbozadas en las estrategias nacionales de desarrollo de los países en desarrollo.
  • Armonización: Los donantes deben coordinar mejor su labor de desarrollo entre sí a fin de evitar la duplicación y los altos costos de transacción para los países pobres.
  • Gestión en función de los resultados: Todas las partes en la relación de ayuda deben poner más atención en los resultados de la ayuda, en la diferencia tangible que esta supone para la vida de los pobres.
  • Mutua responsabilidad: Los donantes y los países en desarrollo deben rendirse cuenta mutuamente de manera más transparente por su utilización de los fondos de ayuda y deben rendir cuenta a sus ciudadanos y parlamentos por la repercusión de su ayuda.

La Alianza de Busan para una cooperación eficaz al servicio del desarrollo establece los principios que constituyen la base para una cooperación eficaz en materia de desarrollo entre los donantes y los países en desarrollo. Tales principios comprenden el control de las prioridades de desarrollo por los países en desarrollo, la prioridad centrada en los resultados, alianzas de desarrollo integradoras y la transparencia y la rendición de cuentas mutuas. Las áreas de atención especial son el fomento del desarrollo sostenible en las situaciones de conflicto y fragilidad, la alianza en refuerzo de la capacidad de resistencia y para reducir la vulnerabilidad frente a la adversidad, la cooperación Sur-Sur y triangular para el desarrollo sostenible, la lucha contra la corrupción y los flujos ilícitos, el sector privado y el desarrollo, y la financiación para el cambio climático. 

3.08 EL MARCO AMPLIO PARA LA ACCIÓN ACTUALIZADO DE LAS NACIONES UNIDAS)

El Marco Amplio para la Acción Actualizado representa el enfoque coordinado de todo el sistema de las Naciones Unidas para respaldar la adopción de medidas nacionales que conduzcan al desarrollo de medios de vida rurales sostenibles y resistentes y a la seguridad alimentaria y la nutrición. Como tal, no es un instrumento multilateral o intergubernamental. El Equipo de tareas de alto nivel del Secretario General sobre la seguridad alimentaria y nutricional mundial elaboró el primer Marco Amplio para la Acción en julio de 2008, que se actualizó en 2010 y quedó complementado mediante una versión resumida del Marco Amplio Actualizado en 2011.

Este Marco resumido presenta 10 principios clave para la acción. En concreto: adoptar un planteamiento de doble componente para la seguridad alimentaria y la nutrición; adoptar un enfoque integral; centrar las actividades en los pequeños productores y, especialmente, las mujeres; prestar una mayor atención a la capacidad de resistencia de los medios de vida de los hogares; realizar más y mejores inversiones en la seguridad alimentaria y nutricional; otorgar importancia a la apertura y el correcto funcionamiento de los mercados y el comercio; el valor de las alianzas de múltiples partes interesadas y sectores; lograr un compromiso político sólido y una buena gobernanza; formular estrategias dirigidas por los países con apoyo regional; y rendir cuentas respecto de los resultados.

3.09  ESULTADOS DE LA SEGUNDA CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE NUTRICIÓN

En noviembre de 2014, los Estados Miembros de la FAO y la OMS se comprometieron a acabar con el hambre y la malnutrición en todas sus formas en la Segunda Conferencia Internacional sobre Nutrición (CIN2) “reafirmando el derecho de todas las personas a tener acceso a alimentos sanos y nutritivos suficientes, en consonancia con el derecho a una alimentación adecuada y con el derecho fundamental de toda persona a no padecer hambre”. La Declaración de Roma sobre la Nutrición y el Marco de acción de la CIN2 fueron aprobados por los gobiernos participantes en la Conferencia. En la Declaración de Roma se destaca que, para combatir con eficacia la malnutrición en todas sus formas, se requieren políticas intersectoriales y holísticas, así como medidas coordinadas de diferentes actores en todos los niveles, y se pide al sistema de las Naciones Unidas, incluido el CSA, que intensifique sus esfuerzos y potencie la colaboración y cooperación internacionales al respecto. La Declaración se complementa con un Marco de acción que comprende un conjunto de opciones en materia de políticas y estrategias voluntarias para su consideración por los gobiernos, en cooperación con otras partes interesadas, con miras al cumplimiento de los compromisos contraídos en la CIN2 y la presentación de informes sobre los progresos realizados. Ambos documentos fueron aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante su Resolución 70/259 . En la misma resolución se proclamó el período 2016-2025 como el Decenio de Acción sobre la Nutrición y se pidió a la FAO y a la OMS que dirigieran su aplicación, en colaboración con el PMA, el FIDA y el UNICEF, con la participación de mecanismos de coordinación como el Comité Permanente de Nutrición del Sistema de las Naciones Unidas y plataformas de múltiples partes interesadas como el CSA, y en consulta con otras organizaciones y plataformas internacionales y regionales.

3.10  EL ACUERDO DE PARÍS, APROBADO EN LA 21.ª CONFERENCIA DE LAS PARTES EN LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO

El Acuerdo de París fue aprobado en diciembre de 2015 en la 21.ª Conferencia de las Partes (COP 21) en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Esto representa un consenso mundial sobre la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y las medidas destinadas a mitigar el cambio climático y favorecer la adaptación al mismo y establece un plan de acción mundial para cumplir el objetivo de mantener el aumento de la temperatura mundial muy por debajo de 2 °C. El Acuerdo entró en vigor en noviembre de 2016 y reconoce la prioridad fundamental de salvaguardar la seguridad alimentaria y acabar con el hambre y la particular vulnerabilidad de los sistemas de producción de alimentos a los efectos adversos del cambio climático.

3.11 OTROS MARCOS Y DOCUMENTOS

Algunos otros documentos, instrumentos, directrices y programas proporcionan principios y estrategias que pueden ser pertinentes para el logro de la seguridad alimentaria. Se trata de los siguientes:

 

  • La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), de 1989.
  • El Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, de 1981. 
  • La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de 1979. 
  • La Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, de 1993. 
  • La Plataforma de Acción de Beijing para garantizar los derechos de la mujer, de 1995. 
  • Los Convenios 87, 98 y 169 de la OIT. 
  • La Evaluación internacional del conocimiento, la ciencia y la tecnología en el desarrollo agrícola (IAASTD). 
  • La Declaración Final de la Conferencia Internacional sobre Reforma Agraria y Desarrollo Rural (CIRADR).
  • La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. 
  • La Estrategia para 2016-2020 del Movimiento SUN: "De la inspiración al impacto".
  • Las Directrices voluntarias para lograr la sostenibilidad de la pesca en pequeña escala en el contexto de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza (Directrices PPE).
  • El Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030.