C 2001/INF/17-Sup.1


Conferencia

31º período de sesiones

Roma, 2-13 de noviembre de 2001

TRATADOS MULTILATERALES DEPOSITADOS EN PODER DEL DIRECTOR GENERAL

(Situación al 5 de noviembre de 2001)

Índice


I. INTRODUCCIÓN

II. CONVENIOS Y ACUERDOS CONCERTADOS EN VIRTUD DEL ARTÍCULO XIV DE LA CONSTITUCIÓN DE LA FAO

III. CONVENIOS Y ACUERDOS CONCERTADOS FUERA DEL MARCO DE LA FAO RESPECTO DE LOS CUALES EL DIRECTOR GENERAL EJERCE FUNCIONES DE DEPOSITARIO


 

I. INTRODUCCIÓN

1. Tras la publicación del documento C 2001/INF/17, se han registrado lugar las siguientes novedades hasta el 5 de noviembre de 2001.

II. CONVENIOS Y ACUERDOS CONCERTADOS EN VIRTUD DEL ARTÍCULO XIV DE LA CONSTITUCIÓN DE LA FAO

Convención Internacional de Protección Fitosanitaria

2. El 2 de octubre de 2001 y el 22 de octubre de 2001, los Gobiernos de los Estados Unidos de América y Canadá depositaron un instrumento de adhesión al nuevo texto revisado de la Convención.

Enmiendas al Acuerdo para el Establecimiento de una Comisión de Lucha contra la Langosta del Desierto para la Región Oriental de su Área de Distribución del Asia sudoccidental

3. En su 121º período de sesiones, el Consejo de la FAO aprobó enmiendas Al Acuerdo, denominado actualmente "Acuerdo para el Establecimiento de una Comisión de la FAO para la lucha contra la Langosta del Desierto en el Asia Sudoccidental".

Acuerdo para el Establecimiento de una Comisión de Lucha contra la Langosta del Desierto en la Región Occidental

4. El 30 de octubre de 2001, el Gobierno de la República del Níger depositó un instrumento de adhesión al Acuerdo.

Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura

5. El 2 de noviembre de 2001, la Conferencia de la FAO aprobó el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura con arreglo al Artículo XIV de la Constitución de la FAO. El Tratado estará abierto a la firma en la Sede de la FAO hasta el 4 de noviembre de 2002.

III. CONVENIOS Y ACUERDOS CONCERTADOS FUERA DEL MARCO DE LA FAO RESPECTO DE LOS CUALES EL DIRECTOR GENERAL EJERCE FUNCIONES DE DEPOSITARIO

Centro para los Servicios de Información y Asesoramiento sobre la Comercialización de los Productos Pesqueros en América Latina y el Caribe

6. El 26 de septiembre de 2001, el Gobierno de Costa Rica depositó una notificación de retiro del Centro. El retiro surtirá efecto pasado un año después de la fecha en que el Director General haya recibido la notificación por escrito, es decir, el 26 de septiembre de 2002.

Acuerdo por el que se establece la Organización Internacional para el Desarrollo de la Pesca en Europa Oriental y Central

7. El 12 de octubre de 2001, el Embajador de Rumania ante la FAO, en nombre de su Gobierno, firmó definitivamente el Acuerdo, lo que permitió que éste entrara en vigor en dicha fecha.