CL 127/INF/15


Consejo

127º período de sesiones

Roma, 22-27 de noviembre de 2004

PREPARATIVOS PARA LA REUNIÓN
MINISTERIAL DE LA FAO SOBRE LA PESCA
(12 de marzo de 2005)

INTRODUCCIÓN

1. En el 32º período de sesiones de la Conferencia de la FAO, celebrado del 29 de noviembre al 9 de diciembre de 2003, varios Estados Miembros hicieron referencia a las tendencias adversas que seguía el sector pesquero mundial y a sus repercusiones negativas sobre los medios de vida y la seguridad alimentaria. Varios Estados Miembros subrayaron la necesidad de aplicar plenamente el Código de Conducta para la Pesca Responsable (CCRF) y otros instrumentos internacionales pertinentes y de hacer frente al problema de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). En consecuencia, en el mismo período de sesiones de la Conferencia, se solicitó al Director General que convocara reuniones de alto nivel, preferiblemente a nivel ministerial, para tratar estas cuestiones y estudiar la eficacia de los acuerdos internacionales que las regulan.

2. En respuesta a la petición de la Conferencia, el Director General, en una comunicación del 1º de junio de 2004, notificó a todos los Estados Miembros de la FAO su intención de convocar una Reunión Ministerial sobre la pesca el sábado 12 de marzo de 2005 en la sede de la Organización.

ANTECEDENTES

3. Hasta la fecha, la FAO ha convocado dos reuniones ministeriales sobre la pesca, la primera en 1995 y la segunda en 1999. Mediante estas reuniones, se ha contribuido en medida considerable a la configuración de los debates y las políticas relativos al sector pesquero internacional. La Reunión Ministerial sobre la pesca, celebrada en marzo de 1995, examinó la situación del sector pesquero en el mundo y el seguimiento realizado por la FAO a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD) en relación con el sector pesquero. El resultado ayudó a configurar el Código de Conducta para la Pesca Responsable, que fue aprobado por unanimidad por la Conferencia en octubre de 1995. La segunda Reunión Ministerial trató, entre otros asuntos, del modo de ajustar la capacidad pesquera en función de la situación y las características de las poblaciones de peces, así como del desarrollo sostenible de la acuicultura, ambos en el marco de la aplicación del Código de Conducta para la Pesca Responsable. La Reunión facilitó ulterior orientación política para la labor de la FAO relativa al sector pesquero en el contexto del Marco Estratégico de la FAO para los años 2000-2015 que, en aquel momento, se encontraba en proceso de elaboración. Así, quedó patente que la celebración de reuniones ministeriales en conjunción con los períodos de sesiones del Comité de Pesca (COFI) era beneficiosa para ambas reuniones.

REUNIÓN MINISTERIAL SOBRE LA PESCA DE 2005

4. La Reunión Ministerial sobre la pesca se celebrará el 12 de marzo de 2005, inmediatamente después del 26º período de sesiones del COFI, que tendrá lugar del 7 al 11 de marzo de 2005. La Reunión brindará una excelente oportunidad para celebrar un diálogo internacional a alto nivel sobre la ordenación responsable de los recursos pesqueros mundiales. Al celebrarse la Reunión en conjunción con el período de sesiones del COFI, podrá examinar las recomendaciones del Comité y estudiar de qué modo pueden aplicarse a nivel regional y nacional.

5. El tema propuesto para la Reunión Ministerial es “La lucha contra la pesca INDNR y el fomento del seguimiento, control y vigilancia (SCV) como elementos clave para el desarrollo sostenible del sector pesquero”.

6. La pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR) representa un obstáculo grave para alcanzar el objetivo de una explotación pesquera sostenible a largo plazo, que se pedía, entre otros documentos, en el Capítulo 17 del Programa 21, el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO de 1995, los objetivos de desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas, el Plan de Aplicación de Johannesburgo y el Plan de acción internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (PAI-Pesca INDNR) aprobado por el Comité de Pesca de la FAO en 2001.

7. El seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras es un instrumento clave para luchar contra la pesca INDNR. Si bien los métodos tradicionales de SCV continúan siendo válidos, se han ido adoptando con celeridad las nuevas tecnologías y se han empleado las redes de comunicación telefónica por satélite, seguras y fiables, para los sistema de localización de buques vía satélite (SLB). El SCV es obligatorio en numerosas pesquerías principales y su uso se está extendiendo rápidamente tanto en países desarrollados como en países en desarrollo. Otros conceptos nuevos que incorpora el SCV y que sirven como instrumento para luchar contra la pesca INDNR son la certificación de las capturas, los programas de documentación del comercio, el seguimiento por satélite (por radar y espectro visual) y los diarios de a bordo electrónicos. Estas nuevas tecnologías ofrecen asimismo la oportunidad de adoptar medidas de ordenación pesquera en tiempo real.

8. Se ha progresado considerablemente en el fomento del SCV como elemento integral y principal de la aplicación de planes de ordenación de la pesca y de la lucha contra la pesca INDNR. No obstante, es obvio que aún queda mucho por hacer, tal como se señaló en la Conferencia de la FAO, en su 32º período de sesiones en 2003. Por consiguiente, los ministros tendrán la oportunidad de formular recomendaciones clave encaminadas a reforzar la cooperación internacional en el ámbito de la ordenación pesquera y, en particular, a fomentar el SCV como elemento integral y principal de la aplicación de planes de ordenación de la pesca, a indicar las futuras medidas para luchar contra la pesca INDNR y a aumentar la aportación de la pesca a la mitigación de la pobreza y a la seguridad alimentaria. También se espera que la Reunión Ministerial estimule la voluntad política y sirva para movilizar los recursos económicos necesarios para asegurar una aplicación eficaz del SCV y de los instrumentos de ordenación conexos para la eliminación de la pesca INDNR.

9. La documentación de referencia preparada por la Secretaría de la FAO se pondrá a disposición de los países para que les sirva de apoyo en sus deliberaciones, tanto en el 26º período de sesiones del COFI como en la Reunión Ministerial sobre la pesca.