COAG/2005/INF/2


COMITÉ DE AGRICULTURA

19º período de sesiones

Roma, 13-16 de abril de 2005

Preparación para situaciones de emergencia nuclear


1. El accidente ocurrido en la central nuclear de Chernobyl puso de manifiesto los efectos y las consecuencias a largo plazo de un importante escape transfronterizo de material radioactivo. Unos mecanismos reglamentarios más eficaces, la capacitación de los encargados de las operaciones y modificaciones en el diseño han mejorado la seguridad de las centrales nucleares. Sin embargo, subsisten preocupaciones en materia de inocuidad y seguridad con respecto al control de las fuentes radioactivas. A pesar que se ha prestado gran atención a este problema desde septiembre de 2001, muchos países carecen todavía de programas, recursos y marcos jurídicos para responder de forma apropiada a la amenaza de situaciones de emergencia nuclear o radiológica.

2. Al 31 de agosto de 2004, había 439 reactores nucleares en funcionamiento en 30 países y se estaban construyendo otros 26 en 10 países1. Se estima que los cinco Estados que poseen armamento nuclear tienen 16 500 ojivas operativas y un total de 36 500 activas e inactivas2. Esos países disponen de sistemas institucionales de seguridad para protegerlas contra el robo y el uso con aviesas intenciones. Sin embargo, preocupa la posible utilización de un dispositivo de dispersión radiológica o ‘bomba sucia’ que podría contaminar terrenos y/o instalaciones. Los materiales radioactivos para fabricar esos dispositivos pueden obtenerse en una gran variedad de lugares menos seguros, como por ejemplo industrias, hospitales, laboratorios médicos y de investigación, universidades y depósitos de desechos. Teniendo en cuenta la ansiedad generalizada de la opinión pública acerca de los materiales nucleares en cualquiera de sus formas, la mera amenaza de utilización de materiales radioactivos podría ser un poderoso instrumento terrorista. Lo mismo puede decirse de los ataques contra instalaciones nucleares o de reelaboración de combustible nuclear o contra envíos de materiales nucleares.

3. Los efectos inmediatos (dentro de las 24 horas) y a corto plazo (en un período de un mes) de una emergencia nuclear pueden mitigarse efectivamente si existen planes para hacer frente a esas situaciones en las esferas de la alimentación y la agricultura. Los científicos estiman que, de los 2000 casos de cáncer de tiroides que se registraron entre los niños contaminados después del accidente de Chernobyl, el 90 por ciento podrían haberse evitado si se hubiera prohibido el consumo de leche contaminada. Mediante el control de la ingestión de hortalizas frescas contaminadas se habría conseguido una disminución ulterior del 50 por ciento, con lo que el número de casos de cáncer de tiroides se habría reducido a 100. Es por lo tanto fundamental que los Estados miembros planifiquen con antelación el modo en que los productos más contaminados3 serán retirados del mercado y/o almacenados en lugares idóneos para su eliminación o destrucción mediante los procedimientos apropiados.

4. A medio o largo plazo, el mantenimiento de unas condiciones de vida y de trabajo aceptables en las zonas contaminadas exigirá la aplicación de estrategias prácticas y eficaces en función de los costos para restablecer y manejar las tierras agrícolas y los productos alimenticios contaminados. Estas estrategias han de tener en cuenta una gran variedad de factores: el calendario y la naturaleza de las medidas correctivas; factores específicos de cada lugar, como las propiedades del suelo, los sistemas radiculares y los usos de la tierra; la cantidad y composición de los radionucleidos liberados (en particular, los de larga duración); las vías de exposición a los radionucleidos para cada grupo de población; y el costo y la duración de la aplicación de medidas correctivas. Se deberá estudiar de antemano la viabilidad de estas estrategias y la posibilidad de que sean aceptadas por los interesados.

5. En las Normas de seguridad sobre preparación e intervención en caso de emergencia nuclear o radiológica4 se indican como niveles para una acción genérica los niveles de orientación establecidos por la Comisión del Codex Alimentarius para los radionucleidos presentes en alimentos que son objeto de comercio internacional después una contaminación accidental. Las autoridades competentes deberán especificar de antemano los niveles de intervención que han de utilizarse en situaciones de emergencia. En caso de que se supere, o se prevea que se superará, el nivel máximo admisible, se deberán adoptar las oportunas medidas correctivas. La Comisión FAO/OMS del Codex Alimentarius es el organismo encargado de establecer normas internacionales para proteger la salud humana y facilitar el comercio internacional de productos alimenticios. Los actuales niveles de orientación del Codex para los radionucleidos en alimentos objeto de comercio internacional aplicables después de una contaminación nuclear accidental5, que se aplican durante el año siguiente a un accidente nuclear, están siendo revisados para que abarquen una variedad mayor de situaciones y puedan utilizarse como niveles genéricos de intervención durante un año o más después de un suceso nuclear o radiológico6.

6. La FAO es parte plena en dos convenciones: i) la relativa a la notificación7, en virtud de la cual el país que sufre el accidente debe notificarlo y facilitar información a los países potencialmente afectados y al OIEA, que ha de transmitir la notificación y facilitar información a sus países miembros y a las organizaciones internacionales; y ii) la relativa a la asistencia8, que permite a cualquier gobierno pedir al OIEA y/o a otras partes asistencia urgente, con inclusión de evaluación y asesoramiento; asistencia sobre el terreno, con inclusión de vigilancia; y tratamiento médico. El OIEA presta/organiza la asistencia a través de ERNET9 y de las organizaciones internacionales competentes, entre ellas la FAO. El Plan de Acción conjunto de las organizaciones internacionales para hacer frente a situaciones de emergencia en caso de radicación es un documento de alto nivel en el que se describe el marco interinstitucional para la preparación e intervención en emergencias nucleares efectivas, potenciales o percibidas y se especifican las funciones y responsabilidades de cada una de esas organizaciones. Las disposiciones prácticas acordadas entre la FAO y el OIEA con respecto a la notificación, el intercambio de información y el suministro de ayuda técnica en las esferas de la alimentación y la agricultura durante una emergencia nuclear o radiológica e inmediatamente después se describen en el Acuerdo de Cooperación FAO/OIEA, que entró en vigor el 25 de abril de 2003. De conformidad con este Acuerdo, el Director de la División Mixta FAO/OIEA (AGE) es el punto de alerta designado de la FAO.

7. Para cumplir sus compromisos, la FAO ha emprendido una serie de iniciativas orientadas a reforzar el apoyo a sus Estados miembros en caso de sucesos de este tipo:

8. Dado que la responsabilidad de proteger la vida, la propiedad, el medio ambiente y la calidad de vida en su territorio corresponde en último término a los Estados miembros, es fundamental que cuenten con planes de preparación y planifiquen el modo de intervenir y asignar recursos eficazmente en caso de emergencia nuclear. Las investigaciones y estudios monográficos se han limitado hasta ahora a los países afectados por el accidente de Chernobyl y a los países desarrollados. Ahora es necesario centrar la atención en los países en desarrollo. Aunque se reconoce que las contramedidas agrícolas diferirán de un país a otro, en función de su capacidad nacional, la reglamentación vigente, los sistemas de producción y la ubicación de las centrales nucleares, la FAO puede ayudar a sus Estados miembros a elaborar una estrategia orientada a promover y mejorar la preparación para cualquier accidente nuclear en las esferas de la alimentación y la agricultura. Hasta la fecha, los mecanismos principales han sido talleres sobre contramedidas agrícolas prácticas, organizados por la AGE, y la información facilitada en el sitio Web de la AGE10. Materiales armonizados de enseñanza a distancia complementarán de manera creciente esos métodos.

9. En resumen, ha habido un desplazamiento de las prioridades, que han pasado de la recuperación a la preparación, haciéndose más hincapié en la necesidad de protegerse de antemano de una emergencia nuclear. En la actualidad, hay sólo 92 Estados que son partes en la Convención sobre la pronta notificación y 89 Estados que son partes en la Convención sobre asistencia, es decir, menos de la mitad de los Estados miembros de la FAO. Por lo tanto, la ratificación de las convenciones sobre pronta notificación y asistencia por todos los Estados miembros de la FAO y el OIEA es una primera medida importante para reforzar la preparación con respecto a una emergencia nuclear internacional. La medida siguiente es la aplicación de planes nacionales de preparación para situaciones de emergencia que reduzcan al mínimo las diferencias existentes a nivel regional en materia de inocuidad de los alimentos y seguridad.

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1 http://www.iaea.org/programmes/a2/index.html

2 http://projects.sipri.se/nuclear/world.pdf

3 En el caso de Chernobyl, estos productos fueron la leche, las hortalizas frescas, los hongos y las bayas.

4 http://www-pub.iaea.org/MTCD/publications/PDF/Pub1133_scr.pdf

5 Programa Conjunto FAO/OMS de Normas Alimentarias, Comisión del Codex Alimentarius, volumen 1 (1991), sección 6.1 (CAC/GL 5-1989)

6 ftp://ftp.fao.org/codex/ccfac36/fa36_35e.pdf

7 Convención sobre la pronta notificación de accidentes nucleares (http://www.iaea.org/Publications/Documents/Conventions/cenna.html)

8 Convención sobre asistencia en caso de accidente nuclear o emergencia radiológica (http://www.iaea.org/Publications/Documents/Conventions/cacnare.html)

9 La Red de respuesta de emergencia del OIEA (ERNET) está formada por equipos de intervención en situaciones de emergencia, que tienen su sede en diversos Estados Miembros y aprovechan la capacidad regional en ese ámbito.

10 http://www.iaea.org/programmes/nafa/dx/emergency/index.html