CL 128/LIM/2




Consejo


128º período de sesiones

Roma, 20-25 de junio de 2005

INVITACIONES A ESTADOS NO MIEMBROS PARA ASISTIR A REUNIONES DE LA FAO



1. En los párrafos B-1 y B-2 de la “Declaración de principios acerca de la concesión de la calidad de observador a los Estados”1 se señala que los Estados que, aun no siendo Estados Miembros o Miembros Asociados de la FAO, sean Miembros de las Naciones Unidas, de cualquiera de sus organismos especializados o del Organismo Internacional de Energía Atómica, podrán, si lo solicitan y a reserva de lo previsto en el párrafo B-4, ser invitados por la Conferencia o el Consejo a hacerse representar por un observador en un período de sesiones de la Conferencia o del Consejo. Esos Estados no miembros podrán, si lo solicitan y previa aprobación del Consejo, asistir a reuniones regionales o técnicas de la Organización.

2. En casos de urgencia, sin embargo, cuando no se disponga de tiempo suficiente para consultar al Consejo, el Director General podrá invitar a los Estados no miembros que lo soliciten a enviar un observador a esas reuniones.

I. INVITACIONES AL 128º PERÍODO DE SESIONES DEL CONSEJO (PARA DECISIÓN)

3. El 25 de mayo de 2005 se recibió una petición de la Federación de Rusia para asistir en calidad de observador al 128º período de sesiones del Consejo (Roma, 20 a 25 de junio de 2005). El 27 de mayo de 2005 se cursó la invitación correspondiente, a reserva de la aprobación del Consejo.

4. El Director General pide al Consejo que apruebe la admisión de la Federación de Rusia como observador en su 128º período de sesiones.

II. ASISTENCIA DE ESTADOS NO MIEMBROS A REUNIONES DE LA FAO YA CELEBRADAS (PARA INFORMACIÓN)

5. El Director General informa al Consejo de que, desde la celebración de su 127º período de sesiones, atendiendo a peticiones recibidas al efecto, se han cursado invitaciones a las reuniones siguientes:

FEDERACIÓN DE RUSIA

1 Véase Textos fundamentales de la FAO, Volumen II, Sección L (Apéndice).