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Convertirse en un observador del Codex

 


Organizaciones observadoras

  • Las organizaciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales que tengan relaciones oficiales con la FAO o la OMS deberán rellenar el formulario de solicitud y se les concederá la condición de observadores.
  • Las organizaciones intergubernamentales que no tengan relaciones oficiales con la FAO o la OMS deberán rellenar el formulario de solicitud, que será examinado por la Secretaría del Codex y las oficinas jurídicas de la FAO y de la OMS. Se podrán formular otras preguntas al solicitante durante este proceso.
  • Las organizaciones no gubernamentales que no tengan relaciones oficiales con la FAO o la OMS deberán rellenar el formulario de solicitud y presentar la información pertinente detallada en el mismo. La organización deberá estudiar el texto relativo a la participación de las ONG antes de realizar la solicitud a fin de comprobar que cumple los requisitos. La solicitud será evaluada por la Secretaría del Codex y las oficinas jurídicas de la FAO y de la OMS, así como por el Comité Ejecutivo de la Comisión del Codex Alimentarius, que presentará una recomendación al respecto a los Directores Generales de la FAO y de la OMS.

El Manual de procedimiento de la Comisión del Codex Alimentarius ayuda a las delegaciones nacionales y organizaciones internacionales que asisten como observadoras a participar eficazmente en el trabajo del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias. Establece las reglas de procedimiento básicas, los procedimientos para la elaboración de normas del Codex y textos afines, y las definiciones y directrices esenciales para el funcionamiento de los comités del Codex. También otorga la membresía de la Comisión del Codex Alimentarius.

En esta 30.ª edición del Manual de procedimiento del Codex se continúa trabajando hacia la armonización del lenguaje, especialmente en lo que respecta al uso de sinónimos terminológicos, lo que establece un precedente para otros materiales escritos del Codex.