Grupo de trabajo electrónico conjunto CCPR/CCRVDF (CCPR-CCRVDF)
| FAO/OMS ID No: | CX-737 |
| Signatura del documento: | CX/PR-RVDF |
| Mandato: | El grupo de trabajo electrónico conjunto (EWG): i. examinará el trabajo ya realizado de manera cooperativa entre el Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos (CCRVDF) y el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas (CCPR), e identificará, y cuando sea posible priorizará, las áreas de posible colaboración futura entre el CCRVDF y el CCPR, así como la forma en que esta podría llevarse a cabo (por ejemplo, de manera conjunta, en paralelo, etc.), con el fin de facilitar el examen por ambos comités de los compuestos de doble uso y la posible armonización de los límites máximos de residuos (LMR). Esto podría incluir reflexiones sobre una mejor sincronización del trabajo entre el CCPR y el CCRVDF, así como sobre la colaboración entre el CCPR/CCRVDF y la Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas (JMPR)/el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA); ii. proporcionará una actualización de sus conclusiones preliminares al CCRVDF y al CCPR; iii. elaborará una lista de compuestos de doble uso como plaguicida y medicamento veterinario para los cuales no se haya establecido ningún LMR del Codex o solo uno, y para los cuales los países miembros proporcionarán la información necesaria para completar dicha lista; iv. identificará los compuestos de doble uso que tengan diferentes LMR del Codex para un producto comestible similar de origen animal y recomendará, caso por caso, uno o varios LMR armonizados para el/los compuesto(s) y el/los producto(s) afectados. El EWG podrá recomendar que el CCRVDF/CCPR considere seleccionar el valor de LMR más alto; y v. examinará las cuestiones relativas a los descriptores alimentarios armonizados que deban utilizarse por el JECFA/JMPR. |
| Estatuto: | Activo |
| Gobierno hospedante: |


