
A partir del 27 de Julio del 2016, no se podrá ofrecer “comida chatarra” en las escuelas chilenas. Así lo establece una de las principales disposiciones de la Ley 20.606 sobre Composición Nutricional y su Publicidad, medida que junto al nuevo etiquetado de alimentos y la restricción de la publicidad dirigida a menores de 14 años de productos que no son saludables, buscan reducir la obesidad infantil.
Por lo tanto, a partir de la fecha indicada todas las escuelas deberán contar con "Kioskos saludables" para su implementación, el gobierno ha desarrollaron una “Guía de Kioscos y Colaciones Saludables”, material de apoyo a la implementación de la Ley, que será distribuida en las escuelas del país. Este material entrega información sobre las condiciones sanitarias y los alimentos que se pueden vender y entregar al interior de los establecimientos educacionales. Algunos ejemplos de alimentos que no deberán venderse ni entregarse en las escuelas son golosinas, snacks (dulces y salados) y bebidas azucaradas. Por otro lado, algunos alimentos que podrán ser parte de la oferta nutricional son frutas, lácteos sin adición de azúcares, frutos secos, líquidos no azucarados y cereales que cumplan con los límites establecidos por el MINSAL.
Etiquetado de alimentos
La Ley 20.606 también establece el nuevo etiquetado de alimentos, que busca disminuir la alta tasa de obesidad y de consumo de nutrientes críticos (azúcar, sal, grasas saturadas, calorías) y que afectan la salud de la población. Las advertencias propuestas permitirán especialmente que los niños y niñas identifiquen alimentos que tienen niveles de nutrientes críticos superiores a lo permitido y a lo recomendado. Cabe recordar que los alimentos “ALTOS EN” no podrán ofrecer juguetes, concursos, accesorios, adhesivos u otros, porque atraen la atención de los niños y niñas y por supuesto tampoco podrán venderse al interior de las escuelas.




