Derecho a la alimentación

Asegurar el derecho a la alimentación de los pueblos indígenas es fundamental en la lucha contra el COVID-19

News - 09.08.2020

9 de agosto de 2020, Roma- COVID-19 está afectando especialmente la seguridad alimentaria y la nutrición de quienes que ya sufrían desigualdades, discriminación, marginación, falta de reconocimiento e invisibilidad, incluidos los pueblos indígenas. Por ello, es probable que empeoren las situaciones de vulnerabilidad en las que ya se encontraban muchos pueblos indígenas antes del COVID-19, ya que el impacto de la pandemia es mayor en ellos, tanto en la salud como en lo socioeconómico.

“El derecho a la alimentación de los pueblos indígenas depende directamente del reconocimiento y el respeto de sus modos de vida, los sistemas de alimentación indígenas y el conocimiento tradicional, los cuales están profundamente vinculados con los derechos colectivos de las tierras ancestrales, los territorios y los recursos naturales”, señaló Yon Fernández de Larrinoa, jefe del equipo de Pueblos Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).

La pandemia amenaza la capacidad de los pueblos indígenas de acceder a alimentos y suministros de salud, así como su resiliencia y adaptación. Los pueblos indígenas de diferentes regiones señalan el hambre como la principal consecuencia de la crisis del COVID-19. El aislamiento, la lejanía, el bloqueo, la perturbación del comercio y de las cadenas de valor agroalimentarias y la suspensión de las actividades generadoras de ingresos conlleva escasez de alimentos.

Los pueblos indígenas no son vulnerables por sí mismos. Durante miles de años, la manera en la que han gestionado sus territorios les ha permitido preservar los recursos naturales y ponerlos a disposición de las generaciones futuras. Pero el derecho a la alimentación depende de la realización efectiva de otros derechos humanos básicos. Estos no siempre son reconocidos en el caso de los pueblos indígenas, sobretodo la autoidentificación, el desarrollo de la autodeterminación, los derechos de tenencia colectiva y el consentimiento libre, previo e informado. La vulneración de estos derechos resulta en marginación y discriminación.

En el marco del COVID-19, es todavía más necesario escuchar las voces de todos los grupos humanos y culturas para diseñar medidas que, basadas en la diversidad, ayuden a superar la situación actual. “Si las respuestas al COVID excluyen a los pueblos indígenas, los países se encontrarán con un gran problema en vistas a la realización de su derecho a la alimentación”, dijo Juan Carlos García y Cebolla, líder del equipo de derecho a la alimentación de la FAO. El experto destacó que los procesos de políticas que consideran las necesidades de los pueblos indígenas y fomentan una mayor participación ofrecen mejores oportunidades para eliminar el hambre.

“Preservar los sistemas alimentarios de los pueblos indígenas es fundamental para fortalecer la resiliencia y la seguridad alimentaria de los pueblos indígenas", señaló Myrna Cunningham, presidenta del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe (FILAC), durante el seminario sobre COVID-19 y Pueblos Indígenas organizado por la FAO.

Recomendaciones para la realización del derecho a la alimentación

Adoptadas por el Consejo de la FAO en 2004, las Directrices del CSA sobre el derecho a la alimentación ayudan a garantizar que el derecho humano a una alimentación adecuada no sea un objetivo lejano en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias a corto, medio y largo plazo.

Se trata de una guía en áreas de políticas relevantes para promover la seguridad alimentaria, en base a un enfoque de derechos humanos. Se refiere a los pueblos indígenas en relación al acceso a recursos y bienes, recursos financieros o ayuda alimentaria internacional. La Directriz 10 destaca el aspecto cultural de la nutrición, que es muy importante porque la "comida" es indispensable para dar forma a las vidas e identidades de los pueblos indígenas, mientras que la Directriz 8.1 describe el nexo intrínseco para los pueblos indígenas y los pastores entre la tierra, los recursos naturales, el territorio y los medios de vida y su derecho a la alimentación.

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