COMITÉ DE PROBLEMAS DE PRODUCTOS BÁSICOS

GRUPO INTERGUBERNAMENTAL SOBRE EL BANANO

15ª reunión

Roma, 7-9 de mayo de 1997

ESTABLECIMIENTO DE UN SUBGRUPO SOBRE FRUTAS TROPICALES

INTRODUCCION

1. El Comité de Problemas de Productos Básicos (CPPB), en su 61º período de sesiones celebrado del 25 al 28 de febrero de 1997, deliberó detenidamente sobre el cometido y funcionamiento de los grupos intergubernamentales sobre productos básicos, así como sobre la necesidad de una cooperación internacional en materia de frutas tropicales. La finalidad del presente documento es informar al Grupo Intergubernamental (GIG) sobre el Banano acerca de las decisiones, tomadas por su organismo principal, que tienen un efecto directo sobre la estructura y el funcionamiento del Grupo.

II. DECISIONES QUE INFLUYEN EN LA ESTRUCTURA DEL GIG

2. Tras reconocer la importancia de las frutas tropicales en relación con la mejora de la nutrición, los ingresos de exportación y la seguridad alimentaria en los países en desarrollo, el CPPB "decidió pedir al Grupo Intergubernamental sobre el Banano que estableciera provisionalmente un Subgrupo sobre Frutas Tropicales" y "...acordó que el Subgrupo sobre Frutas Tropicales se fundiera posteriormente con el Grupo Intergubernamental sobre el Banano en un único Grupo, con subgrupos separados que se ocuparan respectivamente del banano y las frutas tropicales"1.

3. Asimismo, el Comité "decidió que era necesario realizar un examen en profundidad del mandato y estructura de su sistema de grupos intergubernamentales de productos básicos, con vistas a racionalizar y fortalecer las funciones y el ámbito de aplicación de los mismos a fin de obtener los máximos beneficios de su actividad. Dicho examen podría incluir la reestructuración del sistema de GIG, que entrañaría también la decisión antes citada de fundir el Grupo Intergubernamental sobre el Banano con el Subgrupo sobre Frutas Tropicales. Por ello, el Comité recomendó que el cometido y funcionamiento de los GIG se volvieran a examinar en su 62º período de sesiones teniendo plenamente en cuenta las conclusiones y orientaciones del Consejo y la Conferencia con respecto al examen en curso de todos los órganos estatutarios"2.

III. REPERCUSIONES DE CARACTER FINANCIERO Y ADMINISTRATIVO

4. El CPPB examinó las repercusiones de carácter administrativo y financiero de los distintos enfoques de la cooperación en materia de las frutas tropicales, basándose en el documento CCP: 97/18. Llegó a la conclusión de que la labor sobre las frutas tropicales debería planificarse de modo que la Secretaría pudiese ejecutar el programa necesario en los límites de los recursos disponibles. El Comité subrayó que los costos adicionales de esta labor deberían compensarse "con economías, inclusive la reducción de la frecuencia de las reuniones del Grupo Intergubernamental sobre el Vino y Productos de la Vid, y otras medidas como la celebración de reuniones conjuntas de otros grupos intergubernamentales"3.

5. Mientras tanto, antes de que el Subgrupo sobre Frutas Tropicales se funda con el Grupo Intergubernamental sobre el Banano, el Gobierno de Tailandia ofreció hospedar una reunión del Subgrupo, probablemente en abril de 1998. El CPPB agradeció esta invitación.

6. La primera reunión del Grupo Intergubernamental unificado, compuesto por los Subgrupos sobre el Banano y Frutas Tropicales, se convocaría, por lo tanto, aproximadamente dentro de dos años, probablemente a mediados de 1999. Por consiguiente, esta reunión probablemente se celebraría después del 62º período de sesiones del CPPB en el cual se examinarán en profundidad el funcionamiento y ámbito de aplicación de todos los GIG. Si así fuese, el Informe del Subgrupo provisional sobre Frutas Tropicales se presentaría directamente al CPPB, en su 62º período de sesiones, en espera de las disposiciones finales relativas a la estructura del Grupo Intergubernamental.

IV. CONCLUSIONES

7. A consecuencia de las decisiones del CPPB, es necesario que ahora el Grupo Intergubernamental sobre el Banano establezca un órgano auxiliar, el Subgrupo sobre Frutas Tropicales (SGFT). El SGFT funcionará con el mismo Reglamento que el Grupo Intergubernamental sobre el Banano, y éste deberá preparar y aprobar sus funciones. La Secretaría ha preparado el borrador adjunto de las funciones (Apéndice) para que el Grupo lo examine. Estas funciones reflejan de cerca las del Grupo Intergubernamental sobre el Banano, si bien se hace mayor hincapié en la elaboración de los datos y la información sobre el mercado, que están relativamente menos desarrolladas para las frutas tropicales que para los bananos.

8. Se pide al Grupo que establezca el Subgrupo sobre Frutas Tropicales. En ese caso, podría examinar las funciones anexas como base para definir el mandato del Subgrupo.

APENDICE

BORRADOR DE FUNCIONES DEL SUBGRUPO SOBRE FRUTAS TROPICALES

1. El Subgrupo servirá de foro para consultas y estudios sobre los aspectos económicos de la producción, comercialización, comercio y consumo de frutas tropicales.

2. La esfera de competencia del Subgrupo comprenderá:

3. El Grupo considerará cuál es la mejor manera de abordar las dificultades especiales existentes o previstas y presentará informes o recomendaciones, o ambas cosas, a este respecto al Grupo Intergubernamental sobre el Banano.

1 Informe del 61º período de sesiones del CPPB, CL 112/6, párr. 19.

2 Ibid., párr. 23.

3 Ibid., párr. 20.