Página precedente Indice Página siguiente


III. LA PARTICIPACION CAMPESINA EN PAISES DE AMERICA CENTRAL


1. Caracterización de los campesinos marginados y tipología de las organizaciones campesinas
2. Actividades de promoción de organizaciones campesinas
3. Aspectos jurídicos
4. Aspectos institucionales

1. Caracterización de los campesinos marginados y tipología de las organizaciones campesinas

Existen en la población rural grupos que poseen características comunes que permiten individualizarlos como grupos de campesinos marginados. Ellos deben enfrentarse con limitaciones para lograr un mejoramiento en su productividad e ingresos, hacen un uso intensivo de la mano de obra familiar, tienen escasa superficie de tierra para explotar y acceso casi nulo a los servicios de extensión y a los insumos, mercados y servicios.

En general, los campesinos marginados se ven obligados a buscar empleo y fuentes de recursos en otras partes, ya sea en forma independiente o como asalariados al no resultarles suficientes los ingresos que obtienen de sus actividades agrícolas. La mayor parte del trabajo realizado fuera de la finca es asumido por las mujeres.

Muchos campesinos marginados realizan actividades artesanales, y comerciales e industriales en pequeña escala, por ejemplo, transformación de productos agropecuarios y forestales, venta de alimentos en la calle, etc.

Se distinguen dos grandes categorías de campesinos marginados:

a) pequeños agricultores (minifundistas o trabajadores por cuenta propia), que pueden ser propietarios, arrendatarios, aparceros, poseedores de tierras en zonas fronterizas, ocupantes sin titulo y asignatarios de predios familiares en procesos de reforma agraria;

b) campesinos sin tierra y trabajadores (jornaleros) agropecuarios y forestales, cuyos ingresos proceden del trabajo temporal siendo, en la mayor parte de los casos, trabajadores migrantes con condiciones laborales muy bajas 1/.

1/ Ver Cuadro 3 en Anexo.
Dentro de estas categorías, aunque especialmente en la segunda de ellas, se encuentran las mujeres y los jóvenes rurales, que con los indígenas ocupan los niveles más altos de pobreza. Gran parte de minifundistas son también jornaleros en las estaciones agrícolas con bajo nivel de trabajo 2/.
2/ En Guatemala, por ejemplo, las unidades agrícolas menores de 1,4 Ha sólo generan el 24% del ingreso familiar y en Honduras las explotaciones menores de 7 Hs. generan el 73% de los ingresos familiares.
Los campesinos, en general, se encuentran agrupados en organizaciones de base, que revisten diversas formas. Entre ellas:
a) juntas comunales, comités pro desarrollo, clubes de madres, asociaciones de mujeres y jóvenes, grupos "ad hoc" constituidos para resolver determinados problemas, etc.;

b) asociaciones intercomunales y provinciales de campesinos o ligas campesinas de hombres y mujeres, que en representación de los intereses de los campesinos luchan por el acceso a la tierra, al crédito y a otros servicios;

c) asociaciones de campesinos de carácter sindical o sindicatos de trabajadores rurales a niveles local o comunal, provincial, nacional o internacional formando federaciones y confederaciones, e impartiendo servicios amplios a sus miembros (capacitación, asistencia legal y servicios especiales para las mujeres, en algunos casos).

d) cooperativas, en su mayor parte surgidas de los procesos de reforma agraria y constituidas por minifundistas.

Desde el punto de vista de sus integrantes, pueden distinguirse:
a) asociaciones de indígenas: constituidas por grupos tribales u organizaciones de naturaleza ancestral, basadas en la organización familiar y comunitaria, practicando en general una agricultura de subsistencia, con dificultades de acceso a los medios de producción y a los servicios sociales, de crédito y de extensión;

b) asociaciones de mujeres: muy restringidas a causa del contexto socio-político y cultural y de ciertas disposiciones que regulan las cooperativas o asociaciones y sindicatos que excluyen a las mujeres de los procesos colectivos de toma de decisiones;

c) asociaciones de jóvenes: no obstante el apoyo y promoción por parte de los servicios de extensión, de las ONG, y en general de las organizaciones de prestación de servicios, este tipo de asociaciones son aún débiles debido en gran parte a las estructuras tradicionales de autoridad.

2. Actividades de promoción de organizaciones campesinas

Existen gran cantidad de actividades que desarrollan organismos internacionales, regionales y nacionales para promover la participación campesina. La Comisión Centroamericana del Medio Ambiente y Desarrollo (CCAD) apoyada por los presidentes de los países de la región 1/ se ocupa de la aplicación del Plan de Acción Forestal en los Trópicos (PAFT), que la FAO coordina 2/. La estrategia del PAFT para la mejor utilización de los recursos forestales, se basa en estimular la participación activa de la población rural mediante actividades de capacitación e información técnica y en sensibilizar al personal dirigente nacional e internacional.

1/ Esta Comisión fue ratificada mediante Convenio por los Presidentes de la subregión el 12 de diciembre de 1989.

2/ Aprobado en 1985 por el Comité de Desarrollo Forestal en los Trópicos, integrado por la FAO, el Banco Mundial, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Instituto Mundial de Recursos.

El Plan de Acción para el Desarrollo Agrícola y Rural en América Latina y el Caribe 3/, en cuanto a los cambios en las políticas macroeconómicas y de desarrollo, indica la necesidad del funcionamiento de sindicatos que representen efectivamente los intereses gremiales de sus miembros y la existencia y funcionamiento adecuados de cooperativas así como de industrias de procesamiento, artesanales y de servicios locales.
3/ Aprobado por la 20a. Conferencia Regional de la FAO para América Latina y el Caribe, Recife, Brasil, 2-8 de octubre de 1988.
La FAO y otras agencias del Sistema de las Naciones Unidas ejecutan proyectos de participación popular, talleres o seminarios regionales y llevan a cabo estudios de casos vinculados al tema. Al respecto cabe señalar la realización en Centro América de un taller coordinado por la FAO con sindicatos internacionales que trató sobre la promoción de la participación en el desarrollo forestal y agroforestal y la generación de empleo para los campesinos y trabajadores rurales, a través de iniciativas y servicios de sus propias asociaciones a nivel nacional y local 4/.
4/ FAO, Taller regional FAO/Sindicatos Internacionales, 14-18 de mayo de 1990, Siguatepeque, Honduras.
Además, es digna de destacar la acción que desarrollan las ligas campesinas y otras asociaciones campesinas de carácter sindical. En su mayor parte estas organizaciones no están registradas y en algunos casos no cuentan con apoyo estatal. No obstante ello realizan tareas de promoción y capacitación para la organización de hombres, mujeres y jóvenes rurales.

En general, las asociaciones de campesinos marginados no se encuentran formalmente registradas o reconocidas en las estructuras gubernamentales, ya sea por indiferencia de los grupos dominantes hacia ese sector, o por la rigidez del sistema legislativo y administrativo. Existen gran número de organizaciones sindicales de campesinos marginados, pero en muchos casos carecen de autonomía y no constituyen estructuras productivas estables. Al no estar registradas estas organizaciones no reciben apoyo estatal. No obstante, cabe destacar su importante tarea de capacitación a campesinos marginados y mujeres rurales, en particular.

Las cooperativas agrícolas creadas en el contexto de la reforma agraria son las que reciben mayor atención por parte de las legislaciones. No obstante, este tipo de cooperativas no ha logrado inserirse plenamente entre los campesinos marginados del desarrollo agrícola y rural y en muchos casos no son estructuras autónomas y productivas estables.

En cuanto a las comunidades que integran grupos étnicos de campesinos, a pesar de ser parte de las respectivas naciones, han sido excluidas de la cultura, economía y política nacionales.

En lo que respecta a la mujer rural, cabe señalar que ella ha tenido una participación muy limitada en las cooperativas agrícolas y no ha podido remediar las desventajas que los sistemas socio-culturales le han impuesto. Las organizaciones campesinas y sindicatos rurales representan un potencial enorme para la capacitación de la mujer. La participación femenina en estas organizaciones genera bases para un mayor acceso a la tierra y otros recursos mejorando el nivel de vida familiar y comunal. Por otra parte, existen en varios países organizaciones de mujeres a nivel de base que colaboran a una mayor participación femenina en el sector agrícola y rural.

Los jóvenes rurales constituyen el grupo más desfavorecido no encontrándose organizados en cuanto a sus actividades agrícolas. Sólo existen algunas entidades patrocinadas por la Iglesia que apoyan iniciativas de jóvenes rurales. En general, se observa que las organizaciones campesinas ofrecen un canal de participación y algunas organizaciones sindicales rurales y cooperativas realizan tareas de capacitación de agrupaciones juveniles.

3. Aspectos jurídicos


3.1 Organizaciones campesinas. Referencia especial al sector forestal
3.2 Organizaciones comunitarias indígenas
3.3 Organizaciones de mujeres y jóvenes rurales

3.1 Organizaciones campesinas. Referencia especial al sector forestal

La CMRADR recomendó, entre otras medidas, la eliminación de las barreras que se oponen a la libre asociación de la población rural en organizaciones de su elección y que se ratifiquen y apliquen los Convenios Nos. 87 y 141 y la Recomendación No. 149 de la OIT 1/.

1/ Convenio No. 87 de 1948 sobre libertad sindical y protección del derecho sindical, ratificado por la mayor parte de los países del área. Convenio No. 141 de 1975 sobre organizaciones de trabajadores rurales y su papel en el desarrollo económico y social y Recomendación N. 141 del mismo año que sugiere con cierto detalle los medios por los que los gobiernos deberían favorecer el desarrollo de las organizaciones de trabajadores rurales y los servicios que dichas organizaciones podrían prestar a sus afiliados.
Las Constituciones de los países de la subregión reconocen, respetan y promueven la libertad de asociación y el derecho a constituir organizaciones sociales 2/. Sin embargo, en el sector rural el reconocimiento constitucional de las asociaciones de campesinos marginados no se aplica plenamente. Existen numerosas asociaciones de trabajadores rurales que no se encuentran oficialmente reconocidas y por lo tanto no están registradas. Por otra parte, sus líderes, dirigentes y miembros suelen estar afectados por situaciones de violencia.
2/ Constituciones de Costa Rica (Art. 25), El Salvador (Arts. 7 y 47) y Guatemala (Arts. 62 y 102 k).
La estructura agraria dual (latifundio-minifundio), la falta de titulación de las tierras adjudicadas, el régimen de subsidios excesivos, son entre otras, las causas que determinaron que las cooperativas de la reforma agraria quedaran sometidas a limitaciones y a la dependencia o paternalismo del Estado, que resultó muy perjudicial especialmente en sus etapas de consolidación.

La crisis de los años 80 dio origen al surgimiento de diversos tipos de organizaciones, de alcance local, regional y nacional, entre ellas se hallan las asociaciones de producción (cooperativas de producción, empresas de autogestión, proyectos productivos comunitarios, etc.) asociaciones, ligas o sindicatos campesinos y diversas formas de organizaciones comunales rurales.

En COSTA RICA la Ley de Tierras y Colonización estimuló la formación de asentamientos campesinos, empresas comunitarias de autogestión campesina, cooperativas y otras formas asociativas dedicadas a actividades agrarias y agroindustriales, entre ellas, las regiones de desarrollo 1/.

1/ Decreto N. 782 cit., Art. 30.
Las formas asociativas costarricenses han presentado, en general, problemas administrativos, de planificación y de toma de decisiones, lo que incide en la baja producción. Estos problemas se deben en gran parte a la falta de titulación de las tierras asignadas, a la falta de capacitación técnica y gerencial de los miembros de las organizaciones, al excesivo control gubernamental, a precios poco atractivos en los granos básicos, etc.

La Ley Forestal de COSTA RICA 2/ trata sobre la integración de la población a los beneficios del recurso forestal, disponiendo al respecto, que la Dirección General Forestal, en coordinación con las instituciones correspondientes, promoverá la organización de los campesinos en asociaciones.

2/ Ley N. 7032, 18 de abril de 1986, Título V, Arts. 107 a 114.
En el sector agroforestal costarricense hay programas de desarrollo comunal con estímulos a la reforestación con el fin de favorecer las organizaciones campesinas forestales de ámbito regional y nacional. Asimismo existe un programa de ayuda patrocinado por los Países Bajos, en el marco del Plan de Acción Forestal en los Trópicos (PAFT). Pero, en general cabe destacar la débil participación campesina organizada para el aprovechamiento y transformación del bosque natural. Predomina, por el contrario, el grupo empresarial de madereros privados de quienes dependen los campesinos. Ese grupo constituye un factor relevante en el proceso de deforestación. Existe una preocupación por las áreas naturales protegidas pero no se observa un componente de participación campesina en las mismas.

En EL SALVADOR la implantación del proceso de reforma agraria a partir de 1980 produjo un fuerte movimiento de organización rural al adoptarse como modelo de trabajo el asociativo o cooperado. Se incentivó así la organización campesina, tanto con orientación cooperativa como gremial. La Ley Básica de la Reforma Agraria y disposiciones complementarias otorgan la adjudicación con carácter preferente a las asociaciones cooperativas agropecuarias y asociaciones comunitarias campesinas u otras formas de organización de trabajadores agropecuarios 1/.

1/ Decreto N. 153, 5 de marzo de 1980, Art. 18; Decreto N. 842, 28 de octubre de 1981, Art. 10 y Decreto N.207, 22 de diciembre de 1980.
Los beneficiarios de las adjudicaciones conforme a la legislación salvadoreña, son las organizaciones integradas por campesinos sin tierra (asalariados, arrendatarios, subarrendatarios, aparceros o colonos), pudiendo formar parte de estas organizaciones los campesinos que poseen tierras en cantidad insuficiente para satisfacer sus necesidades. En casos especiales hubo asignaciones a grupos familiares o solidarios de campesinos. Pero la demora en la entrega de títulos de propiedad ha provocado incertidumbres y existen fallas en la cogestión del Estado con las organizaciones de beneficiarios. Las asociaciones de campesinos están amparadas por la Ley de Asociaciones Agropecuarias 2/.
2/ Decreto-Ley N. 67, 3 de julio de 1984.
El gobierno salvadoreño ha manifestado su interés en el desarrollo forestal, encontrándose en trámite la aplicación del PAFT. Asimismo existen proyectos que buscan la conservación sostenible de los recursos naturales y el desarrollo en actividades conjuntas de la administración pública y los asentamientos humanos 3/.
3/ Proyecto FAO/PNUD, ELS/86/005, "Apoyo Agroforestal a Comunidades Rurales de Escasos Recursos", extendido en la subregión por los resultados óptimos obtenidos.
La Ley de Transformación Agraria de GUATEMALA contempla la adjudicación preferente a patrimonios agrarios colectivos, concebidos como empresas agrícolas de producción 4/. La mayor parte de los asentamientos entregados antes de 1980 eran en forma individual (parcelas), generando ventas especulativas y el fenómeno de la concentración de tierras. Estas experiencias llevaron a efectuar entregas asociativas en forma de patrimonio familiar mixto, consistente en la adjudicación individual a cada miembro de un grupo seleccionado y en área común para productos de agroexportación, ganadería, bosques comunales para extracción de leña, etc. Pero las áreas individuales degeneraron en procesos de ventas con lo que se sustituyó el patrimonio familiar mixto por el patrimonio agrario colectivo, como unidad de producción con administración y comercialización comunitaria, con una organización similar a la de las cooperativas. El sistema de patrimonio agrario colectivo consiste en la entrega de tierras pro indiviso, pero presenta dificultades en su aplicación al carecer el grupo beneficiario de personalidad jurídica.
4/ Decreto N. 1551, 6 de octubre de 1962, Art. 77.
Las empresas campesinas asociativas en GUATEMALA tienen personalidad jurídica desde su inscripción en el Registro gozando asimismo de exenciones impositivas. La tierra es adjudicada en copropiedad indivisible de sus miembros, declarándose de utilidad pública y beneficio social la creación de los patrimonios agrarios colectivos 1/.
1/ Decreto-Ley N. 67, 6 de julio de 1984 (Arts. 1 y 2).
En el sector forestal las organizaciones guatemaltecas se dirigen a asegurar que las tierras forestales, divididas en pequeños lotes se agrupen en unidades mayores para hacer posible un uso más racional de los recursos y disponer de materia prima suficiente para una industrialización regional futura. Se trata de promover la participación organizada para la venta de madera en rollos a molinos y aserraderos y mejorar el nivel de empleo y de vida rural 2/. Existen proyectos dirigidos a conjugar la colonización agraria con el manejo de reservas forestales y se encuentra en examen por el Gobierno un Plan Nacional de Acción Forestal.
2/ Ley Forestal, Decreto N. 58, 21 de junio de 1974.
En HONDURAS las organizaciones campesinas se sustentan en el Código Civil, que las reconoce como asociaciones civiles con personería jurídica 3/. Estas organizaciones jugaron un papel importante en el proceso de reforma agraria, dividido en tres etapas. En la etapa inicial (1962 a 1971) la Ley postuló como forma de adjudicación la pequeña propiedad de tipo familiar y el Instituto Nacional Agrario (INA) adoptó como política el apoyo a la organización campesina y a formas asociativas de producción, que en general eran cooperativas 4/. Este periodo fue importante porque sentó las bases de la organización campesina de tipo gremial y para la producción mediante el desarrollo de cooperativas campesinas.
3/ Código Civil, 1 de diciembre de 1898.
4/ Decreto N. 2, 26 de septiembre de 1962.
En la etapa intermedia (1972-1977) aparece el asentamiento campesino, forma de empresa comunitaria tradicional 5/ para convertirse luego, con la actual Ley de Reforma Agraria en empresa asociativa campesina 6/.
5/ Decreto N. 8, 26 de diciembre de 1972.
6/ Decreto N. 170, 30 de diciembre de 1974.
En la tercera etapa (a partir de 1978) el Gobierno se concentró más en la extensión de títulos de tenencia sobre las tierras ya distribuidas y en programas de colonización, aunque en realidad no se ha dado la debida prioridad al otorgamiento de títulos.

El propósito de la reforma agraria de HONDURAS de convertir al campesino en empresario, propietario y trabajador, no se concretó y, por el contrario surgieron nuevas modalidades económico-sociales que mantienen al campesino en posición de subordinado y dependiente.

En el sector forestal hondureño la fase extractiva es desarrollada principalmente por empresarios privados y en menor proporción por cooperativas.

La Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal (COHDEFOR) ha implantado el Sistema Social Forestal, que trata de establecer un vínculo entre el campesino y el bosque mediante inversiones pequeñas al alcance y manejo de los campesinos, uso intensivo de mano de obra y tecnología simple. Se trata de la promoción de cooperativas agroforestales a las que se les da derecho a explotar la resina o la leña con el asesoramiento de COHDEFOR. Pero la legislación forestal 1/ no favorece a las microempresas siendo los agricultores excluidos del aprovechamiento de la madera para aserrío y como consecuencia no tienen interés en mantener y cuidar el bosque.

1/ Ley N. 103 de 1974 de creación de COHDEFOR y Decreto N. 85, 10 de febrero de 1972, Ley Forestal (decreto N. 85, 10 de febrero de 1972).
El gobierno hondureño aprobó un PAFT nacional pero existen limitaciones en cuanto al marco institucional, a la financiación local y a la preparación de proyectos. La FAO ayudó a través de la COHDEFOR a elaborar un sistema integrado de utilización racional de los recursos forestales funcionando con éxito una unidad de demostración en Chaguita Grande, Departamento de Comayagua, donde se creó una pequeña empresa forestal para la producción de madera, obtención de energía derivada de la madera, fabricación de carbón vegetal y recogida de resina.

La Ley de Reforma Agraria de NICARAGUA trata sobre la adjudicación de tierras a familias, cooperativas y otras formas asociativas, a titulo gratuito 2/.

2/ Decreto N. 782, 19 de julio 1981, Art. 9 y reglamento a la ley de Reforma Agraria del 16 de octubre de 1981.
El sector cooperativo nicaragüense ha logrado transformar los antiguos cafetales en parcelas de granos básicos, pues la política de precios para estos granos más bien decincentivó su producción. La reforma agraria resultó una reforma de la tenencia con miras a un proceso de acumulación acelerada en el sector agro-industrial, no existiendo espacio para una política en favor del campesino. A partir de 1986 se dispone la entrega masiva de tierras en forma individual a familias campesinas, aunque a pesar de ello, la participación de los trabajadores rurales en la reforma agraria es reducida.

En Nicaragua la participación popular se manifiesta en varios niveles: desde los grupos tutelados de alto contenido paternalista hasta algunas formas de autogestión. La tipología de las cooperativas comprende: trabajo asociado, autogestión y empresas de escala (masivas).

La Ley de Cooperativas Agrarias nicaragüense considera a estas organizaciones como una forma superior de organización del trabajo que impulsa el espíritu de solidaridad y cooperación, superando las relaciones de competencia y explotación entre los hombres. Se forma a partir de la asociación voluntaria de pequeños y medianos productores, que se unen para llevar a cabo actividades relacionadas con la explotación agrícola y/o o pecuaria 1/.

1/ Decreto N. 826, 17 de septiembre de 1981, Art. 2.

3.2 Organizaciones comunitarias indígenas

Las formas de organizaciones indígenas que existen en la actualidad son heredadas de la etapa precolombina. La comunidad indígena es la forma más típica, caracterizada por su cohesión interna, el trabajo comunitario, la preservación de los rasgos culturales tradicionales, una activa relación interfamiliar y por mantener una economía de subsistencia rigiéndose por normas no escritas aceptadas plenamente por los comuneros. Si bien los países han reconocido legalmente la existencia de las comunidades, en la práctica no se las apoyó respetando su idiosincracia, ya que se trató de imponerles estructuras organizativas foráneas y modelos de desarrollo resistidos por ellas.

En COSTA RICA, la Ley de Tierras y Colonización considera en forma especial la adjudicación de tierras a comunidades indígenas 2/. En virtud de otra ley se declararon reservas de los indígenas las tierras ocupadas por éstos 3/. Pero, no obstante estas disposiciones, han continuado las ocupaciones ilegales de tierras pertenecientes a los indígenas y se observa en COSTA RICA la carencia de políticas y programas que permitan a estos grupos marginados incorporarse al desarrollo de empresas agrarias.

2/ Ley N. 2825, 14 de octubre de 1961, Arts. 76 a 80.
3/ Ley N. 6172 de 1977.
Los indígenas de EL SALVADOR viven en comunidades pequeñas, con una economía de subsistencia en la que predominan los cultivos prehispánicos. Muchos de sus integrantes alquilan la fuerza de trabajo en las plantaciones de café, algodón, azúcar, etc.

El GUATEMALA la organización indígena se caracteriza por las relaciones interfamiliares de producción, trabajo y distribución, integrándose formas de propiedad colectiva e individual. Las estructuras de organización social se basan en la reciprocidad, la participación y la tradición y en el mantenimiento de una matriz cultural singular que recoge elementos del entorno natural e histórico en que se han desarrollado. La Constitución tutela a las comunidades indígenas, sus tierras y cooperativas agrícolas u otras formas de tenencia comunal o colectiva de propiedad agrícola 1/.

1/ Constitución Política, 31 de mayo de 1985, Arts. 66 a 70.
Las comunidades indígenas de HONDURAS están protegidas por la Constitución 2/. Desde la época colonial los grupos indígenas son desplazados de las tierras fértiles viéndose obligados a ocupar tierras no aptas para la agricultura.
2/ Constitución Política, 20 de enero de 1982, Art. 346.
La Constitución de NICARAGUA reafirma el carácter multiétnico, multicultural y multilingüístico de las comunidades. En el Capitulo VI establece los derechos de las comunidades de la Costa Atlántica, reconociendo las formas comunales de propiedad de las tierras y el goce, uso y disfrute de las aguas y bosques. El texto constitucional dispone asimismo que deben dictarse leyes destinadas a promover acciones que aseguren que ningún nicaragüense sea objeto de discriminaciones, por razón de lengua, cultura y origen 3/.
3/ Constitución Política, 19 de noviembre de 1986, Arts. 8, 11, 89 a 91.
La Ley de Reforma Agraria nicaragüense, a su vez establece la adjudicación de tierras a las comunidades indígenas 4/.
4/ Decreto N. 782, 19 de julio de 1981, Art. 30.

3.3 Organizaciones de mujeres y jóvenes rurales

Las Constituciones de los países del área establecen la igualdad de las personas ante la Ley, sin discriminaciones, entre otras, por razones de sexo 5/. Pero a pesar de estas disposiciones las mujeres tienen escaso acceso a la tierra y al capital, insumos, créditos, servicios, información y tecnología y se enfrentan con discriminaciones y barreras institucionales que crean diferencias salariales con respecto a los hombres. Las actividades desarrolladas por las organizaciones y grupos femeninos expresan la proyección de papeles tradicionales, en razón de la falta de otras alternativas de generación de ingresos. Pero esta actitud va modificándose y se manifiesta más el interés de las mujeres por organizarse, sea en agrupaciones de mujeres o formando parte como miembros de asociaciones de campesinos, sindicatos rurales y cooperativas, aunque en general las organizaciones femeninas de base son aún débiles para influir en la formulación de políticas.

5/ Constituciones de Costa Rica (Arts. 33, 60, 71), El Salvador (Arts. 3 y 38), Guatemala (Arts. 4, 47 y 102), Honduras (Arts. 60 y 178.6) y Nicaragua (Arts. 27 y 82).
En cuanto a la juventud rural, gran parte de ella no disfruta de la participación plena y de la integración en las actividades de las asociaciones campesinas y sindicales rurales o de las cooperativas de sus respectivos países, por ejemplo en cuanto a la educación y empleo.

En COSTA RICA el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), al asignar tierras a los agricultores incurrió en prácticas discriminatorias en perjuicio de la mujer, facilitadas por la falta de reglamentación de la Ley de Tierras y Colonización. El nivel remunerativo de la mujer que trabaja es inferior al del hombre, encontrándose además en desventaja en cuanto al acceso a recursos, insumos y servicios en general.

En cuanto a la juventud rural en COSTA RICA existen problemas de subempleo y los jóvenes que trabajan no reciben salarios que les permitan satisfacer sus necesidades básicas. La promoción de organizaciones juveniles está regulada por una ley que trata sobre las cooperativas juveniles como asociaciones voluntarias de jóvenes organizadas democráticamente, sean cooperativas escolares o estudiantiles 1/.

1/ Ley N. 6756, 30 de abril de 1982 y Reglamento de Cooperativas Juveniles.
La mujer campesina en EL SALVADOR permanece casi totalmente invisible en los análisis de la situación del país, a pesar de que su papel en la agricultura ha debido acrecentarse ante los conflictos armados que determinaron que la mujer asuma en muchos casos la jefatura del hogar por ausencia del marido.

En GUATEMALA, la legislación civil mantiene el esquema social por el que se asigna al hombre labores del ámbito público y a la mujer las tareas propias del ámbito privado relacionadas con la supervivencia familiar. En consecuencia, a la mujer rural se le presentan obstáculos para incorporarse al mundo laboral. La Ley de Transformación Agraria mantiene la idea del "hombre jefe de familia", lo que en la práctica significa que la mujer queda eliminada del acceso al patrimonio familiar agrario. En caso de pérdida de bienes de dicho patrimonio, cualquier hijo del beneficiario tiene derecho a pedir se le adjudique el mismo cumpliendo ciertos requisitos. Esta facultad corresponde sólo a los hijos y no incluye a la cónyuge o conviviente 1/.

1/ Ley N. 1551 cit. Art. 114.
La Ley General de Cooperativas de GUATEMALA establece para la integración de las cooperativas tener capacidad y cumplir los requisitos establecidos en los estatutos no existiendo impedimiento para el ingreso de las mujeres 2/.
2/ Decreto N. 82-78 de 1978.
En HONDURAS la mujer campesina representa aproximadamente el 49% de la población total del país del cual el 51% está constituido por PEA. Las mujeres sólo han recibido limitados beneficios del proceso de reforma agraria. La calidad de miembro de los asentamientos se restringe a los jefes de familia y la reforma agraria no ha previsto el acceso de la mujer a la tierra en la que pueda producir alimentos para el consumo familiar y la venta. En general, las mujeres que trabajan en el campo son consideradas como mano de obra familiar no remunerada, que no se incluye en la PEA.

La Ley de Reforma Agraria de NICARAGUA es la primera ley en América Latina que establece explícitamente a las mujeres como beneficiarias de la reforma agraria. No se requiere que los beneficiarios sean jefes del hogar e incluye, entre los objetivos de la reforma agraria la incorporación de las mujeres campesinas en las cooperativas agrarias. Ni el sexo ni la posición familiar constituyen limitaciones para ser beneficiarias 3/. La Ley de Cooperativas Agrarias a su vez dispone que las mujeres y los hombres deben integrarse bajo las mismas condiciones y con iguales derechos y deberes 4/. El Reglamento a esta ley indica que las cooperativas de producción impulsarán la incorporación plena de las mujeres a las tareas productivas de la cooperativa, incorporándolas como miembros en las mismas condiciones que los hombres 5/.

3/ Decreto N. 782 cit.
4/ Decreto N. 826 cit.
5/ Reglamento General de la Ley de Cooperativas Agrarias, 13 de abril de 1982.

4. Aspectos institucionales


4.1 La organización de los campesinos. Referencia especial al sector forestal
4.2 La organización en las comunidades indígenas
4.3 La organización de la mujer y el joven rural

4.1 La organización de los campesinos. Referencia especial al sector forestal


4.1.1 Sector público
4.1.2 Sector privado

4.1.1 Sector público

El aparato estatal, incluido el que tiene responsabilidades y acciones relacionadas con la participación campesina, en los países del área, se caracteriza, en general, por su centralismo, que consiste en el fortalecimiento de los órganos centrales en desmedro de las instancias locales que ven reducidas sus capacidades de gestión autónomas. El sistema de planificación adoptado por los gobiernos es complejo por la cantidad de organismos e instituciones con competencia y funciones a veces no bien definidas.

Las instituciones no apoyan la participación de las mujeres y de los jóvenes y en muchos casos son ellos reacios a incorporarse a las organizaciones.

Existe una burocracia que lleva a la duplicidad de funciones, a la dispersión de autoridad entre los órganos y hay concentración de autoridad a los niveles superiores, con una actitud paternalista de los funcionarios, lo que obstaculiza la prestación de servicios a los pequeños agricultores. No existen mecanismos de trabajo concertado y complementario entre los diferentes organismos y las organizaciones existentes para actuar en un programa sólido de desarrollo empresarial agrario y de promoción y consolidación de la pequeña empresa campesina.

En COSTA RICA el Sector Agropecuario y de Recursos Naturales Renovables está bajo la dirección y coordinación del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y lo integran los organismos y programas con actividades en esas áreas especificas. El MAG cuenta con un cuerpo asesor, el Consejo Nacional Sectorial Agropecuario y de Recursos Naturales Renovables y con la Secretaria Ejecutiva de Planificación Sectorial y de Recursos Renovables 1/.

1/ Ley No. 7064, 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria y de Recursos Naturales Renovables.
El programa nacional de desarrollo rural costarricense, formulado por la Dirección General de Investigación y Extensión Agrícola, descansa en los centros cantonales y sus niveles nacional y regional y asiste en los aspectos vinculados con la organización popular. A su vez, el Departamento de Organización Campesina y Asesoría Empresarial, organismo centralizado dentro del MAG, tiene por funciones el fomento de la incorporación, participación, decisión y dirección de la familia campesina, en modelos de organización socio-empresariales adecuados a su realidad, objetivos y posibilidades. El Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), dependiente de este Departamento, presta asistencia técnica a pequeñas microempresas campesinas complementando sus funciones con la Caja Agraria, en favor de los beneficiarios del crédito bancario.

En el sector forestal de COSTA RICA los aspectos relacionados con la organización campesina son competencia del Departamento de Desarrollo Forestal Campesino (DECAFOR), organismo centralizado dependiente de la Dirección General Forestal (DGF) del Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas.

En 1990 fue creado en COSTA RICA el Programa del Sector Social Productivo, como una de las vias para la asistencia y fomento a niveles de mini y pequeña empresa. El Programa se ocupa de la promoción, establecimiento y desarrollo de proyectos, iniciativas individuales, empresarias y formas asociativas con objetivos económicos y productivos generadores de ingreso y empleo y permitiendo el acceso a nuevas oportunidades de recursos y factores productivos. La coordinación del Programa está a cargo de la Primera Vicepresidencia de la República y comprende ocho subprogramas, los de micro y pequeña empresa y sector informal, desarrollo cooperativo y autogestionario, desarrollo empresarial agrícola e indígena, iniciativa productiva del sindicalismo-solidarismo y otras organizaciones laborales, iniciativa productiva comunal y municipal, pequeña empresa turística y capacitación vinculada a los objetivos de los subprogramas y al potencial de empleo.

El Sector Público Agropecuario de EL SALVADOR está formado por el Despacho Ministerial, integrado por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y los Viceministros de Agricultura y Desarrollo Rural y de Extensión Agropecuaria, la Oficina Sectorial de Planificación Agropecuaria, unidades de asesoría específica y apoyo administrativo y órganos colegiados de consulta, unidades ejecutoras centralizadas y descentralizadas. Entre estas últimas, el Instituto Salvadoreño de Transformación Agraria (ISTA), la Financiera Nacional de Tierras Agrícola y Ganadera (FINATA) y el Instituto Salvadoreño de Fomento Cooperativo (INSAFOCOOP).

Entre las unidades centralizadas se encuentran el Ministerio de Planificación y Coordinación del Desarrollo Económico y Social, la Dirección General de Desarrollo Rural, el Departamento de Asociaciones Agropecuarias y bajo dependencia del Ministerio del Interior, la Dirección de Desarrollo de la Comunidad.

En 1981 se estableció en EL SALVADOR el Subsistema de Planificación de Empresas Asociativas de Producción como complemento del Sistema Nacional de Planificación.

En GUATEMALA el Sector Público Agropecuario y de Alimentación está formado por entidades centralizadas, autónomas bajo coordinación del Ministerio de Agricultura y Alimentación (MAGA). Entre las dependencias centralizadas del MAGA se halla la Unidad Sectorial de Planificación Agropecuaria y de Alimentación y entre las descentralizadas el Instituto Nacional de Transformación Agraria, el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola y el Instituto Nacional de Cooperativas (INACOP).

Las instituciones que preconizan las acciones de organización de la población rural guatemalteca son la Dirección de Desarrollo de la Comunidad y el Comité de Reconstrucción Nacional, que planteó un esquema de organización a partir de unidades de base para articularse funcionalmente en una estructura municipal, departamental y nacional.

En el sector forestal de GUATEMALA, bajo dependencia del MAGA se encuentra la Dirección General de Bosques y Vida Silvestre (DIGEBOS), la Subsecretaría de Cooperativas Forestales, cuya Unidad Evaluación y Promoción es responsable directa del desarrollo y promoción de las cooperativas forestales, en estrecha colaboración con el Departamento de Cooperación de la Agricultura del MAGA. El Plan de Acción Forestal en los Trópicos para Guatemala (PAFTG) está bajo dependencia del Vicepresidente y su Consejo Asesor está integrado, entre otras instituciones, por la DIGEBOS. El PAFTG deberá ser el instrumento de coordinación interinstitucional que fije políticas que le permitan al sector forestal incrementar su aporte al desarrollo económico y social del país.

En HONDURAS las entidades que intervienen en todos los asuntos vinculados con actividades de las organizaciones campesinas, en el Sector Público Agropecuario son, entre otras, el Consejo Superior de Planificación Económica, el Banco Nacional de Desarrollo Agropecuario (BANADESA), el Instituto Nacional Agrario (INA), dependiente del Presidente de la República, la Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal (COHDEFOR), el Instituto Hondureño de Cooperativas (IHDECOOP) y la División de Desarrollo Campesino.

La Unidad de Promoción y Capacitación Campesina para la Reforma Agraria, dependiente del INA, realiza importantes actividades de organización y capacitación para la formación de empresas asociativas.

En el sector forestal, la COHDEFOR es la empresa autónoma estatal que se encarga de la extracción y comercialización de los productos forestales. A ella le corresponde asignar las áreas y volúmenes que se extraerán del bosque por cada unidad productiva.

La Administración Forestal del Estado (AFE) ejecuta y desarrolla desde 1987 la nueva política denominada "Areas de Manejo integrado" (AMI) con participación directa y activa de la población de las comunidades rurales, compatibilizando planes, programas y proyectos de desarrollo forestal del Estado con planes, programas y proyectos de desarrollo de la comunidad. Además, la Escuela Nacional de Ciencias Forestales (ESNACIFOR) colabora en la organización y desarrollo de eventos como los Talleres Regionales.

No existe en HONDURAS debida coordinación entre INA y COHDEFOR para la consolidación y explotación racional de los recursos por parte de los grupos campesinos asentados en las zonas forestales en parcelas agrícolas. Los aserraderos más grandes son los que se apoderaron de las mayores extensiones de bosques para su explotación en perjuicio de los pequeños campesinos.

En NICARAGUA el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) es de carácter normativo, el Instituto de Recursos Naturales y del Ambiente (IRENA) y el Instituto Nicaragüense de Reforma Agraria (INRA) son de carácter específico. Los tres organismos son autónomos e independientes. Existen además el Instituto Agrario Nicaragüense, el Instituto de Fomento Nacional y el Departamento Forestal de la Dirección de Recursos Naturales Renovables del MAG.

A pesar de ser el INRA un organismo autónomo que se halla institucionalmente en condiciones de enfrentar la problemática agraria, existen dos factores limitantes: la falta de ley orgánica y la indefinición de su presupuesto.

Bajo protección del gobierno nicaragüense se hallan las Cooperativas Agrícolas Sandinistas (CAS), de trabajo asociado, las Cooperativas de Crédito y Servicio (CCS), el Colectivo de Trabajadores (CT) y las Cooperativas de Surco Muerto (CSM), que son empresas colectivas en el dominio de la tierra pero de trabajo individual al interior de ellas.

4.1.2 Sector privado

El sector privado, en el ámbito rural de los países de América Central, está constituido por medianas y grandes empresas agrícolas, agropecuarias, forestales, agro-industriales, micro-empresas campesinas, empresas artesanales, de servicios y de comercio.

La mayor parte de la población rural son campesinos marginales quienes para su subsistencia, dependen no solo de sus actividades agrícolas sino adicionalmente de ingresos de trabajos como jornaleros o como independientes en el contexto de las microempresas.

Las micro empresas campesinas pueden ser agrícolas o no agrícolas. Estas micro empresas se componen de un promedio de 25 personas y pueden tener distintos tipos de organización informales a nivel familiar o comunal. Una gran parte de las microempresas están integradas por mujeres campesinas, bajo nivel de ingresos y están localizadas en o cerca de la vivienda.

Los ingresos obtenidos de las micro empresas no son un componente exclusivo para la subsistencia familiar (alimentación, costos de educación, medicinas etc.) pero ayudan directamente a la producción agrícola (financiamiento de insumos, infraestructura post cosecha, transformación y comercialización de productos agrícolas).

Las microempresas de campesinos marginados y particularmente de las mujeres, son parte de sector económico informal y no están plenamente reconocidas en las legislaciones y los planes de los gobiernos. Por tal razón estas micro empresas carecen de políticas y servicios adecuados para desarrollar su potencial económico. Faltan medidas para facilitar sus acceso al crédito, tecnología apropiada, servicios de comercialización, capacitación técnico y gerencial etc.

Existe un gran potencial económico a nivel local, nacional y de exportación para las micro empresas en el sector agroforestal, por ejemplo, viveros de árboles frutales, plantas ornamentales, medicinales, y para cosméticos, pinturas y otras actividades forestales como producción de leña, forraje, frutas.

Las asociaciones de campesinos de base son las principales entidades, que organizan a los campesinos marginados y promueven para sus miembros servicios sociales y económicos. Estas ligas campesinas, sindicatos de trabajadores rurales y otros tipos de asociaciones de campesinos son promotores de empleo y de ingresos mediante las microempresas agrícolas, agroforestales y no agrícolas.

Para la realización de actividades asociativas se presentan obstáculos legales y administrativos por falta de una política de desarrollo participativa a nivel nacional y a nivel descentralizado. Además las asociaciones de campesinos necesitan asistencia en el campo de la capacitación técnica y gerencial para responder a todas las necesidades.

Existen diferentes tipos de ONG, de carácter técnico o financiero, que asisten a las organizaciones campesinas y que constituyen entidades de apoyo a los grupos de campesinos, en el campo de la capacitación, de la asistencia técnica y gerencial y de la financiación de las microempresas.

Existen en COSTA RICA organizaciones de segundo grado que nuclean a las cooperativas, entre ellas, la Federación de Cooperativas de Producción Agraria y Servicios Múltiples R.L. (FECOPA) y la Federación Nacional de Cooperativas de Mercadeo Agropecuario R.L. (FEDEAGRO) .

En lo que respecta al movimiento sindicalista costarricense, hay sindicatos y uniones campesinas afiliadas a la Federación de Sindicatos Agrarios Nacionales (FESIAN), a la Federación Nacional Campesina (FENAC) a la Unión Nacional de Pequeños y Medianos Productores Agropecuarios (UPANACIONAL), a la Federación Nacional Sindical Agropecuaria (FENSA-CSTC), a la Federación de Trabajadores de Plantaciones (FENTRAP) y a la Federación Campesina Costarricense (FECC).

Existen además en COSTA RICA las asociaciones de desarrollo comunal, de tipo integral o especifico surgidas como una necesidad para centralizar las acciones de diferente tipo desarrolladas a nivel comunal, por la acción de entidades gubernamentales. En el sector forestal es digna de destacar la acción que desarrolla el Comité Agrícola de Hojancha (CACH) con la participación de diversas organizaciones locales, habiendo establecido un vivero municipal y firmado convenios con los productores para propiciar la siembra de árboles en terrenos de los agricultores. Como ejemplo de ONG puede citarse el Instituto Centroamericano de Estudios Sociales (ICACES), centro de formación y capacitación que actúa en la subregión organizando cursos de formación sindical y prestando asesoría técnica a las organizaciones populares. Existen además, organizaciones voluntarias, que son grupos formales o informales sin fines de lucro y con el propósito de contribuir al bienestar de los grupos más pobres. Las instituciones religiosas y la Unión Solidarista Costarricense son organizaciones de este tipo.

Las comisiones cantonales de desarrollo rural de EL SALVADOR agrupan a los campesinos de los sectores tradicional y reformado para participar en acciones de beneficio comunal que fomenten el desarrollo social. La Dirección de Desarrollo de la Comunidad propicia la organización de asociaciones comunales de carácter empresarial para fines específicos de producción 1/.

1/ Decreto N. 56, 2 de octubre de 1978, Art. 30 c).
El movimiento salvadoreño de organizaciones de trabajadores agropecuarios consta de diversas organizaciones nacionales: la Central Campesina Salvadoreña (CCS), la Asociación de Trabajadores Agropecuarios y Campesinos de El Salvador (ATACES) y de organizaciones de base: ligas o uniones campesinas y cooperativas al no permitir la legislación laboral a los sindicatos.

Las asociaciones de campesinos y se hallan nucleadas en federaciones con cobertura regional, a su vez reunidas en confederaciones, como la Confederación de Federaciones de Reforma Agraria Salvadoreña (CONFRAS) y la Confederación de Asociaciones Cooperativas de El Salvador (COACES), con cobertura nacional.

En el sector no reformado (tradicional) de EL SALVADOR existen más de 300 microempresas agropecuarias y de comercialización en beneficio de unos 6000 campesinos, conforme datos del Ministerio de Agricultura y Ganadería de 1989. Además de estas entidades puede mencionarse a Techno-Sere, como una ONG integrada con capitales de Estados Unidos y que constituye una organización de base con fines no lucrativos que desarrolla programas de asistencia técnica y capacitación en beneficio de grupos de la población de más bajos ingresos, por ejemplo, miembros de cooperativas de reforma agraria y del sector tradicional (no reformado), federaciones de agricultores, etc., en los sectores agrícola y agroindustrial. Los beneficiarios son hombres y mujeres marginados del desarrollo económico. Otra ONG que trabaja activamente es la Asociación para la Organización y Educación Empresarial Femenina de El Salvador, que capacita grupos de mujeres a fin de participar y poner en marcha microempresas.

En GUATEMALA existen los comités comunales que constituyen la forma de organización local típica estimándose que había más de 1600 en 1986, repartidos en cinco comités por municipio 2/. La mayoría de los comités carecen de personalidad jurídica pero tienen el mérito de ser creados por los propios pobladores. Estos comités fueron promovidos para ejecutar sus respectivos programas de acción y promover formas parciales de organización centradas en grupos de interés referentes al campo de su competencia.

2/ FAO, La Participación Campesina en el Desarrollo Rural, Santiago, Chile, 1988.
El movimiento cooperativo guatemalteco es promovido como una alternativa al sindicalismo 1/. Entre las organizaciones cooperativas federadas se halla la Federación de Cooperativas Agrarias (FEDECOAG). A su vez la Confederación Guatemalteca de Federaciones Cooperativas (CONFECCOP) agrupa a diez federaciones.
1/ Ley Orgánica de Cooperativas, 18 de julio de 1979.
En cuanto a las organizaciones de base, existen ligas campesinas y sindicatos, que agrupan campesinos independientes, entre ellos el Movimiento Campesino Independiente (MCI), la Central Nacional Campesina (CNC), el Sindicato de Trabajadores Bananeros de Izábal, la Unión Nacional Autónoma de Campesinos (UNAC), el Comité de Unión Sindical (CUS), etc. Asimismo pueden mencionarse entre las organizaciones de segundo grado la Federación Autónoma Sindical (FASGUA) y la Central de Trabajadores Federados (CTF).

Entre las ONG guatemaltecas pueden mencionarse los Asesores para el Desarrollo (ASEPADE), que prestan consultoría a organizaciones populares y agencias de desarrollo; el Instituto de Investigación y Formación Cooperativista Elías Villegas Reyes, que actúa en la subregión y el Instituto Hondureño de Desarrollo Rural (IHDER), centro de promoción y capacitación rural para autogestión de empresas campesinas y cogestión de proyectos de producción agropecuaria para comunidades campesinas. La Fundación El Centavo, es un organismo no lucrativo que tiene una actitud solidaria con los sectores rurales de escasos recursos. Esta fundación obtiene y canaliza recursos humanos, técnicos y materiales en apoyo de programas y proyectos comunitarios.

Las formas de organización registradas formalmente en HONDURAS representan el 15% de la población campesina total tomando diferentes nombres según la organización gremial de que se trata. Educan a sus miembros en la práctica del cooperativismo y del trabajo colectivo.

Existen alrededor de una decena de federaciones de segundo grado, que agrupan a diversos tipos de empresas, asociaciones, grupos y otras formas de organización de carácter agropecuario y que se denominan "organizaciones campesinas" incluyendo desde cooperativas, asentamientos hasta pequeños grupos organizados más bien con fines sociales que económicos. La Asociación Campesina Nacional (ACAN) es de carácter profesional y fundamenta sus acciones hacia la bonificación del trabajo en el campo (campesinos sin tierra o beneficiarios de adjudicaciones).

La mayoría de los pequeños campesinos de las zonas deprimidas no pertenecen a cooperativas y los que pertenecen a ellas tienen problemas de titulación de tierras, de excesivo control gubernamental, de falta de capacitación etc.

A la Federación de Cooperativas de la Reforma Agraria (FECORAH), le siguen la Asociación Nacional de Campesinos y Agricultores (ANACH), la Unión Nacional de Campesinos (UNC), y la Confederación Nacional de Trabajadores del Campo (CNTC) que nuclean ligas de campesinos y comunidades agrarias.

Por otra parte existen el Sindicato de Trabajadores de la Compañía Agrícola y Ganadera del Sula (SITRACOAGS), el Sindicato Unificado de Trabajadores de la Standard Fruit Company (SUTRAGFCO), el Sindicato de Trabajadores de la Empresa Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal (SITRECOHDEFOR), federada a la Federación Sindical de Trabajadores Nacionales de Honduras (FESITRANH) y el Sindicato de Trabajadores derivados de la Madera SA (SITRADERI-MASA), afiliado a la FESITRANH.

En 1985 existían doce sindicatos en el ámbito forestal, reconocidos legalmente por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, contando con 2953 trabajadores sindicalizados y 31928 no sindicalizados, existiendo una proporción de 11 trabajadores no sindicalizados por cada trabajador sindicalizado. La organización sindical en el subsistema forestal cubre el 9% del total de trabajadores afiliados hasta 1985 1/. Inicialmente los grupos establecidos por COHDEFOR fueron organizados y asistidos para la actividad de resinación, pero por diversos factores (inestabilidad de los precios de la resina, escasez del recurso forestal, etc.) estos grupos se fueron dedicando a otras actividades, como el aserrío manual.

1/ Molina Chocano, G. y ot.: "Generación de empleo e integración campesina al desarrollo forestal y agro-forestal en Honduras", Siguatepeque, Honduras, 1990.
En HONDURAS, además de las organizaciones campesinas de base dedicada a la formación de grupos para el mejoramiento de aldeas o barrios marginados, se hallan los patronatos, juntas vecinales y comités de acción cívica.

El CARE es una ONG con fuerte crecimiento hacia el manejo integrado de los bosques. Otras ONG importantes son la Asociación Hondureña de Ecología, la Fundación Cuero y Salado, el Comité para el Mejoramiento y Conservación del Medio Ambiente, la Asociación San José Obrera, la Asociación de Promoción Humana, etc. Aproximadamente 650.000 hondureños están involucrados en actividades que desarrollan las ONG anualmente.

En NICARAGUA las dos organizaciones rurales auspiciadas y apoyadas por el Gobierno son la Unión Nacional de Agricultores y Ganaderos (UNAG) y la Asociación de Trabajadores del Campo (ATC). ATC es de origen proletario rural, organizada en sindicatos que se ocupan de los asuntos vinculados con labores temporales y permanentes en las fincas privadas y del Estado. UNAG fue creada en 1981 comprendiendo campesinos cooperativizados y sector no cooperativo e incluso medianos productores. Esta organización ha impulsado formas de organización productiva, entre ellas el proyecto "Las Tiendas Campesinas" que con el apoyo de las ONG ha logrado ya establecer 183 tiendas en el país demonstrando el potencial organizativo y de gestión de los pequeños y medianos productores. Durante 1988 la UNAG logró incrementar la construcción de nuevas tiendas campesinas, el número de asociaciones de productores por rubros, el apoyo solidario a las ONG y el fortalecimiento de sus lazos con el movimiento cooperativo centroamericano en actividades de la FAO en el campo de proyectos de participación popular.

Otras organizaciones rurales son la Confederación General de Trabajadores (CGT), que cuenta con la Unión Nacional de Campesinos (UNC); cooperativas multisectoriales, dos Federaciones de Cooperativas de Ahorro y Crédito y la Unión de Productores Agropecuarios de Nicaragua (UPANIC), apoyados por el Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP) integrada con productores de todos los estratos de tenencia.

4.2 La organización en las comunidades indígenas


4.2.1 Sector público
4.2.2 Sector privado

4.2.1 Sector público

En COSTA RICA existe dentro del Programa del Sector Social Productivo el sub-programa sobre desarrollo indígena. En HONDURAS se ocupan de la población indígena la Secretaria de Planificación (SECPLAN), el Ministerio de Agricultura y Turismo, las Municipalidades y la Universidad Nacional. Los Ministerios de Economía, de Trabajo y de Gobernación y Justicia intervienen en el otorgamiento de personalidad jurídica a estas organizaciones.

4.2.2 Sector privado

En COSTA RICA algunas asociaciones como la ANAI, que nuclea indígenas vienen aplicando nuevas metodologías en ayuda de los pequeños agricultores mediante la generación de tecnología apropiada, prestación de servicios y mejoramiento de la capacidad de organización.

En EL SALVADOR existen algunas organizaciones que los representan, como la Asociación Nacional Indígena (ANIS), la Asociación Democrática de Trabajadores Agropecuarios Indígenas Salvadoreños (ADTAIS) y la Asociación Salvadoreña Indígena Democrática (ASID).

El grupo étnico más numeroso de GUATEMALA es el Garifona integrado por 300.000 personas, que habita en la Costa Atlántica del país.

4.3 La organización de la mujer y el joven rural


4.3.1 Sector publico
4.3.2 Sector privado

4.3.1 Sector publico

En los subprogramas de desarrollo empresarial agrícola e indígena de COSTA RICA se da atención especial al desarrollo empresarial de la mujer y del joven.

Desde 1980 existe en COSTA RICA la Oficina de la Mujer dependiente del Ministerio de Bienestar Social, con competencia en temas sobre desarrollo empresarial femenino. La Dirección Nacional de la Juventud, dependiente del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, desarrolla actividades vinculadas con la organización y participación juveniles.

Los aspectos institucionales de la participación de la mujer y del joven rural no han sido suficientemente tratados en EL SALVADOR ocupándose la Procuraduría General de la República de las acciones vinculadas con la mujer y un Departamento del Ministerio de Cultura y Comunicaciones es responsable de la promoción de la juventud.

Existen en HONDURAS la Secretaría de Planificación (SECPLAN), el Ministerio de Cultura y Turismo, las Minicipalidades y la Universidad Nacional, que se ocupan de la situación de la población indígena del país. Los Ministerios de Economía, de Trabajo y de Gobernación y Justicia intervienen en el otorgamiento de personalidad jurídica a estas organizaciones. La Unidad de Cooperación Técnica con la Mujer y el Joven Rural es una instancia de coordinación y dinamización de las políticas respectivas.

Las ONG trabajan a través de programas de acción o proyectos para lograr la participación de campesinos, y en especial de mujeres o jóvenes.

4.3.2 Sector privado

La participación de la mujer costarricense en organizaciones vinculadas a la producción y al desarrollo comunal (cooperativas, asociaciones de desarrollo, empresas de autogestión, etc.) es débil, ocupando puestos de poca relevancia en la toma de decisiones.

En EL SALVADOR sólo un 40% de la población femenina aparece incorporada en forma efectiva a la fuerza de trabajo agropecuario a pesar que el 70% del tiempo útil de las mujeres rurales es dedicado a las tareas agrícolas y de procesamiento de alimentos. Gran parte de las actividades rurales de la mujer no son compensadas con salario y cuando lo recibe es en menor suma que la que percibe el hombre por igual tarea. Existen algunos grupos organizados de mujeres que trabajan en actividades vinculadas con pequeños proyectos productivos (hortícolas, cría de peces, elaboración de pan dulce, etc.) que elevaron las condiciones de vida de la familia rural. Otra ONG que trabaja activamente es la Asociación para la Organización y Educación Empresarial Femenina de EL SALVADOR, que capacita grupos de mujeres para participar y poner en marcha microempresas.

En cuanto a los jóvenes rurales salvadoreños, existen en alta proporción (aproximadamente 36%) de la población y sufren también discriminaciones en el trabajo y los salarios que perciben.

En GUATEMALA la mayor parte de los asociados cooperativistas son hombres (80%) pero hay ciertas cooperativas formadas exclusivamente por mujeres, entre ellas las que se dedican a la producción artesanal, básicamente las textiles y otros productos que requieren mayor delicadeza en su elaboración.

En la actividad agrícola en general y por ende en las cooperativas de tal tipo, el trabajo de la mujer, como parte del trabajo familiar involucrado, principalmente en el minifundio, adquiere una importancia relevante, en especial en los procesos vinculados a la cosecha, a la comercialización y eventualmente en ciertas labores especificas del cultivo o la crianza. Pero a pesar de ello hay poca participación femenina en las decisiones de importancia de su comunidad. Por otra parte, es escasa e incipiente la preparación de líderes femeninos. Los bajos niveles educativos y culturales dificultan la incorporación femenina al desarrollo.

Dentro de la adversidad del contexto, la participación femenina en el movimiento cooperativo guatemalteco alcanza cada día mayor impulso.

El Proyecto PRODERO, de Desarrollo Rural de la Región Occidental de Honduras apoyado por el FIDA (Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola) ha formado y sostenido más de 100 grupos de mujeres sobre un total de cerca de 500 grupos de pequeños agricultores.

El proceso de revalorización del papel de la mujer en la familia y en la comunidad mediante su participación en grupos informales comenzó en la década del 60. A través de los grupos de base atendidos por promotores campesinos vinculados a asociaciones o federaciones de mujeres campesinas se catalizan recursos aislados para realizar pequeños proyectos sociales y productivos. Existen aproximadamente mil grupos femeninos dedicados en su mayoría al cultivo de granos básicos y están afiliados a organizaciones nucleadas en la Federación Hondureña de Mujeres Campesinas (FEHMUC) y en la Asociación Nacional de Mujeres Campesinas (ANACH-ANAMUC). La primera de ellas aspira a que los medios de producción sean propiedad y estén bajo control de las trabajadoras mediante formas de vida comunitaria. Pero no existe un órgano nacional que represente al sector femenino rural.

Existen además en HONDURAS organizaciones de apoyo, integradas por sectores poblacionales específicos, como clubes de amas de casa, que luchan por el mejoramiento de las condiciones sociales del hogar (salud, nutrición) y clubes juveniles promovidos por el Ministerio de Recursos Naturales. Los clubes de amas de casa se proyectaron en el campo productivo de alimentos para autoconsumo y venta de excedentes pasando a un plano empresarial, es decir, de pequeñas empresas asociativas de mujeres.

La población rural joven hondureña es algo más del tercio de la población total del país que vive en caseríos, pueblos y aldeas rurales. Su situación es dramática por el subempleo, el desempleo, la falta de capacitación y en general, el deterioro de sus condiciones de vida.

La participación de la mujer rural es un objetivo bien definido de las políticas nacionales de NICARAGUA en cuanto al acceso a la tierra y a los servicios rurales. Fueron las cooperativas de producción (CAS) las que dieron por primera vez a la mujer rural la oportunidad de tener acceso a la tierra, créditos con tasas preferenciales, máquinas, insumos y precios de garantía para productos de consumo interno y de exportación. Las socias dejan de ser obreras para convertirse en propietarias de medios de producción colectiva con la garantía del empleo la mayor parte del año. Además, siembran productos de consumo básico para el abastecimiento familiar, mejorando así sus condiciones de vida.

A pesar de las condiciones legales favorables, la mujer participa en las cooperativas sólo en un 6% y esta participación no es en las mismas condiciones que el hombre ya que su trabajo es menos valorizado por la situación socioeconómica imperante y las concepciones tradicionalistas. La Asociación de Mujeres Nicaragüenses (AMNLAE) apoya la entrada de campesinas en la reforma agraria y en las cooperativas.


Página precedente Inicìo de página Página siguiente