Página precedente Indice Página siguiente


1. Etapa 1: Inicio


1.1 Puntos de inicio
1.2 Identificación de un área de ARP
1.3 Información
1.4 Conclusión del inicio

La finalidad de la etapa inicial es identificar las plagas y vías que son de interés y deberían considerarse para el análisis de riesgo en relación con el área de ARP.

1.1 Puntos de inicio


1.1.1 ARP iniciado por la identificación de una vía
1.1.2 ARP iniciado por la identificación de una plaga
1.1.3 ARP iniciado por el examen o revisión de una política

El proceso de ARP puede iniciarse a causa de la:

- identificación de una vía que constituya un posible peligro de plagas
- identificación de una plaga que pueda requerir medidas fitosanitarias
- examen o revisión de las políticas y prioridades fitosanitarias.

1.1.1 ARP iniciado por la identificación de una vía

La necesidad de un ARP nuevo o revisado de una vía concreta puede surgir en las situaciones siguientes:

- incorporación al comercio internacional de un producto básico que anteriormente no se había importado al país (normalmente una planta o producto vegetal, incluyendo plantas genéticamente alteradas) o de un producto básico proveniente de un área nueva o país de origen nuevo

- importación de nuevas especies vegetales con fines de selección e investigación científica

- identificación de una vía distinta de la importación de un producto básico (diseminación natural, material de empaque, correo, basura, equipaje de pasajeros, etc.).

Se puede preparar una lista de plagas que esté lo más posible relacionada con la vía (por ejemplo, que lleva el producto básico) valiéndose de una combinación de fuentes oficiales, bases de datos, documentos científicos y de otro tipo o consultas de expertos. Conviene establecer un orden de prioridades basando en la opinión de expertos sobre distribución y tipos de plagas. Sino se encuentra ninguna plaga cuarentenaria potencial con probabilidades de seguir esa vía, el ARP puede detenerse en este punto.

1.1.2 ARP iniciado por la identificación de una plaga

La necesidad de un ARP nuevo o revisado de una plaga concreta puede surgir en las situaciones siguientes:

- aparición de una situación de emergencia al descubrirse una infestación establecida o un brote de una plaga nueva dentro de un área de ARP

- aparición de una situación de emergencia al interceptarse una plaga nueva en un producto básico importado

- identificación del riesgo de una plaga nueva mediante investigación científica

- introducción de una plaga en un área

- notificación de que una plaga es más perjudicial en un área distinta de su área de procedencia

- intercepción de una plaga en repetidas ocasiones

- presentación de una solicitud para importar un organismo

- identificación de un organismo como vector de otras plagas

- alteración genética de un organismo de manera que identifique claramente su potencial como plaga para las plantas.

1.1.3 ARP iniciado por el examen o revisión de una política

En la mayoría de los casos, la necesidad de un ARP nuevo o revisado derivado de preocupaciones normativas se planteará en las situaciones siguientes:

- adopción de una decisión nacional para examinar reglamentos, requisitos u operaciones fitosanitarios

- examen de una propuesta formulada por otro país o por una organización internacional (ORPF, FAO)

- repercusiones de un tratamiento nuevo o pérdida de un sistema de tratamiento, proceso nuevo o de una nueva información sobre una decisión previa

- surgimiento de una diferencia con respecto a medidas fitosanitarias

- la situación fitosanitaria en un país cambia, se crea un país nuevo o han cambiado los límites políticos.

1.2 Identificación de un área de ARP

El área de ARP deberá definirse con la mayor precisión posible a fin de identificar el área para la cual se necesita la información.

1.3 Información


1.3.1 ARP anteriores

La recopilación de la información es un elemento básico de todas las etapas del ARP. Es importante en la etapa inicial para aclarar la identidad de la plaga o plagas, su distribución actual y su asociación con plantas hospederas, productos básicos, etc. Se recopilará más información cuando se precise para adoptar las decisiones necesarias a medida que prosiga el ARP.

La información para el ARP puede provenir de diversas fuentes. El suministro de información oficial sobre la situación de una plaga es una obligación prevista en la CIPF (Párrafo 1c del Art. VIII) y facilitada por los puntos de contacto oficiales (párrafo 2 del Art. VIII).

1.3.1 ARP anteriores

Deberá también comprobarse si las vías, plagas o políticas se han sometido ya al proceso de ARP, bien sea en el ámbito nacional o internacional. Si existe un ARP, deberá comprobarse su validez, dado que las circunstancias y la información pueden haber cambiado. También deberá estudiarse la posibilidad de utilizar un ARP correspondiente a una vía o plaga análoga, con lo que podría eliminarse, en parte o totalmente, la necesidad de un ARP nuevo.

1.4 Conclusión del inicio

Al final de la Etapa 1 se habrán identificado el punto de inicio, las plagas y las vías de interés y el área de ARP. Se ha recogido la información pertinente y se han identificado las plagas que podrían ser objeto de medidas fitosanitarias, ya sea individualmente o en asociación con una vía.


Página precedente Inicìo de página Página siguiente