NIMF N° 19
Publicación N° 19
Abril de 2003

NORMAS INTERNACIONALES PARA MEDIDAS FITOSANITARIAS

DIRECTRICES SOBRE LAS LISTAS
DE PLAGAS REGLAMENTADAS

NIMF N° 19

Secretaría de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación
Roma, 2003
 
Indice

Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no implican, de parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, juicio alguno sobre la condición jurídica o nivel de desarrollo de países, territorios, ciudades o zonas, o de sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras o límites.


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Indice

Aceptación
Aplicación
Revisión y enmienda
Distribución

INTRODUCCIÓN

ÁMBITO
REFERENCIAS
DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
PERFIL DE LOS REQUISITOS

REQUISITOS

1. Fundamento para las listas de plagas reglamentadas

2. Finalidad de las listas de plagas reglamentadas

3. Preparación de listas de plagas reglamentadas

4. Información sobre las plagas enumeradas
4.1. Información mínima
4.2. Información suplementaria
4.3. Responsabilidades de la ONPF

5. Mantenimiento de las listas de plagas reglamentadas

6. Disponibilidad de las listas de plagas reglamentadas
6.1. Disponibilidad oficial
6.2. Solicitudes de listas de plagas reglamentadas
6.3. Presentación e idioma