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CAPÍTULO 3 PAÍSES IMPORTADORES Y POLÍTICAS COMERCIALES DEL BANANO


3.1 Introducción

En el período de 1985 a 2002 se observaron muchos avances en las políticas comerciales que afectaron a la economía mundial del banano. Tal vez las más importantes fueron el inicio de las negociaciones de la Ronda Uruguay para liberalizar el comercio internacional en 1986, la apertura al comercio mundial de las economías socialistas a comienzos de los noventa y la creación de un Mercado Único Europeo en 1992. En gran parte de este capítulo se tratan los cambios en las políticas de la CE, ya que éstas han tenido importantes consecuencias para el comercio mundial del banano. Además, las reglas y reglamentaciones de la OMC provocaron muchos cambios en las políticas comerciales comunitarias, que se produjeron en el momento en que las economías socialistas se abrieron al mercado mundial. Se hace también breve referencia en este capítulo a las políticas de importación en las antiguas repúblicas socialistas y en otros países importadores significativos, incluidos los Estados Unidos y Japón.

3.2 La Unión Europea

Las importaciones de banano se concentran en dos mercados principales: los Estados Unidos (un mercado libre) y la Unión Europea. En el período de 1985 a 2000, los EE.UU. y la CE se hicieron cada uno con un promedio del 32 por ciento del total de las importaciones mundiales de banano, mientras que el tercio restante del comercio mundial fue para Japón (9%), Europa oriental (6%), América del Sur y Canadá (8%), Oriente Medio (5%) y otros países asiáticos y de Oceanía (5%). En esta sección se estudian los cambios producidos en las políticas de importación de banano en la CE durante el período de 1985 a 2002.

1985 - 1992

Antes de la creación del Mercado Único Europeo, las políticas de importación de banano en la Comunidad Europea variaban considerablemente entre los distintos países. Las importaciones estaban exentas de impuestos en Alemania, donde los precios eran menores y el consumo per cápita era superior al de ningún otro país comunitario. Bélgica, Dinamarca, Irlanda, Luxemburgo y los Países Bajos aplicaban derechos arancelarios del 20 por ciento a las importaciones de terceros países (principalmente bananos de la zona dólar). Francia, España, Grecia y Portugal eran (y son) productores de bananos, pero también importaban desde países ACP y abastecedores de la zona dólar bajo licencias y con derechos aduaneros del 20 por ciento. Por último, Italia y el Reino Unido recibían suministros de países ACP[22], y los bananos de la zona dólar estaban limitados por un contingente con sujeción a un arancel externo común del 20 por ciento.

Antes de 1992 los precios minoristas en los mercados más libres eran menores que en los sumamente protegidos, y éste era el resultado previsto de las políticas dirigidas a elevar los precios al productor de los abastecedores preferidos. Sin embargo, estas políticas resultaban costosas tanto para los consumidores de la CE como para los productores no preferidos. Borrell y Yang realizaron una estimación para el año 1992 del costo de este régimen: los consumidores de la CE en mercados nacionales protegidos se enfrentaban a unos precios que eran dos veces superiores a los de los mercados abiertos; los consumidores de la CE en mercados restringidos pagaban más en márgenes de mercadeo que, por ejemplo, en Alemania; y los aranceles comunitarios y los precios mundiales más bajos tenían como consecuencia costos adicionales para los exportadores de América Latina. Llegaron a la conclusión de que el sistema era ineficaz ya que de una cifra estimada de 1 600 millones de dólares EE.UU. pagada en exceso por los consumidores, sólo 300 millones se iban a los abastecedores preferidos (Borrell y Yang 1990). Este análisis fue puesto en entredicho por algunos delegados de países ACP durante la reunión del Grupo Intergubernamental sobre el Banano en noviembre de 1992, ya que no llegaba a tener en cuenta las realidades prácticas del mercado bananero (transmisión imperfecta del precio y el carácter dinámico del comercio del banano, además de la subestimación de los beneficios para los países ACP). Sin embargo, las conclusiones generales con respecto al bienestar del consumidor y el productor eran iguales a las presentadas por la FAO y otros analistas (FAO 1992).

1993-1996

Con la creación del Mercado Único Europeo en 1993 y, en virtud del Reglamento (CEE) 404/93 del Consejo la Unión Europea del 13 de febrero de 1993, la CE puso en práctica la Organización Común de Mercados en el Sector del Plátano (COMB - régimen comunitario para el banano relativo a su importación, venta y distribución). La Organización Común de Mercados en el Sector del Plátano respetaba el Convenio de Lomé de 1975, haciendo extensivo a todos los Estados miembros las políticas proteccionistas que existían antes de crear el Mercado Único Europeo, incluido el acceso preferencial para 48 de sus antiguas colonias (Borrell 1999). En suma, la política consistía en permitir a los proveedores internos comunitarios exportar bananos exentos de derechos a cualquier Estado miembro de la CE (con la concesión también de pagos compensatorios), en establecer contingentes definidos para el acceso exento de derechos de los bananos procedentes de países ACP, en imponer un sistema de licencias de importación para volúmenes específicos de bananos de la zona dólar y en limitar las importaciones complementarias de bananos de la zona dólar mediante la aplicación de derechos arancelarios excesivamente elevados. Además, la Organización Común de Mercados en el Sector del Plátano establecía también normas en materia de calidad y comercialización.

El régimen establecía el siguiente sistema de importación de bananos de contingentes arancelarios:

Las importaciones fuera de cupo procedentes de países terceros estaban sujetas a un arancel de 850 Ecus por tonelada, y de 750 Ecus para las procedentes de países ACP exportadores de banano no tradicionales y de territorios productores comunitarios.

Además, y con objeto de evitar la pérdida de ingresos por parte de los productores de banano comunitarios, se concedieron pagos de compensación para un máximo de 854 000 toneladas producidas internamente en caso de que los precios descendiesen por debajo de los costos de producción. Se asignaron cupos específicos para las distintas regiones comunitarias, y casi el 50 por ciento se dirigió a las Islas Canarias.

Se eliminaron las barreras internas comunitarias al comercio para permitir la libre circulación de bananos y, a raíz de la redistribución de la oferta, los precios al por menor en los distintos países convergieron: aumentaron un 8 por ciento en Alemania y disminuyeron un 11 por ciento en Francia y un 6 por ciento en el Reino Unido. La aplicación de la Organización Común de Mercados en el Sector del Plátano tuvo también consecuencias inmediatas en el comercio mundial del banano. Coincidió con un año en el que las exportaciones mundiales crecieron un 2,3 por ciento, mientras que las importaciones a la CE se redujeron de 3,4 millones de toneladas en 1992 a 3,3 millones de toneladas en 1993. Los excedentes de banano de 1993 afectaron a los precios en todo el mundo. En los Estados Unidos los precios al por menor descendieron un 7 por ciento. En Europa, el banano que no pudo llegar a la CE se desvió a Europa oriental y la antigua Unión Soviética, que estaban en proceso de apertura de sus economías. Las importaciones a estos mercados se incrementaron más del doble en los primeros años tras la puesta en marcha de la Organización Común de Mercados en el Sector del Plátano (Paggi et al. 1998), y los envíos de suministros, que solían hacerse a través de Europa occidental, pasaron a realizarse directamente a los puertos rusos (FAO 1994).

Algunos analistas llegaron a la conclusión de que la Organización Común de Mercados en el Sector del Plátano no resultaba eficaz a la hora de mantener altos los precios internos de los abastecedores comunitarios preferentes, hundía los precios mundiales y reducía los ingresos de divisas generados por el banano en los países en desarrollo (Borrell 1999). La Organización Común de Mercados en el Sector del Plátano fue muy cuestionada desde el principio. Un grupo del GATT determinó en enero de 1994 que incumplía la cláusula relativa a la nación más favorecida del Artículo I del GATT, que puede interpretarse como que las partes contratantes como la CE no pueden establecer discriminaciones entre las partes contratantes del GATT, en particular entre países ACP y de la zona dólar exportadores de banano (Pelzman 1999). Pese a esta decisión, cuatro de los cinco países de América Latina que habían establecido el grupo prefirieron llegar a un acuerdo con la CE. Este acuerdo se conoce como el Acuerdo Marco sobre los Plátanos. Está establecido en el Reglamento del Consejo (CEE) 3290/94 del 22 de diciembre de 1994. Los cuatro países de América Latina (Colombia, Costa Rica, Nicaragua y Venezuela) acordaron no llevar adelante la aprobación del informe del grupo del GATT indicado, ni continuar presentando denuncias durante la duración del régimen, a cambio de ciertas modificaciones del reglamento. El Acuerdo Marco sobre los Plátanos aumentó el volumen del contingente arancelario de la nación más favorecida (NMF) y disminuyó los aranceles dentro del contingente a 75 ECU comerciales por tonelada. Parte del cupo (49,3 por ciento) se dividió en porcentajes del contingente arancelario específicos según los países que se asignaron a los cuatro países de América Latina: Costa Rica recibe el 23,4 por ciento, Colombia el 21 por ciento, Nicaragua el 3 por ciento y Venezuela el 2 por ciento. Además, se permitió a estos cuatro países emitir certificados de exportación de hasta el 70 por ciento de su contingente específico con el claro objetivo de modificar la distribución de la renta contingentaria NMF a su favor. El 51,6 por ciento restante del contingente arancelario se reservó para la República Dominicana (55 000 toneladas), Belice (15 000 toneladas), Côte d'Ivoire (7 500 toneladas), Camerún (7 500 toneladas) y otros países (5 000 toneladas). Dos consecuencias inmediatas del Acuerdo Marco fueron la reducción de las «ventajas» y de las cuotas de mercado de la CE de los países ACP tradicionales (FAO 2001c).

1999-2002

Con la creación de la OMC en 1995 y de nuevos procedimientos de arreglo de controversias, el Acuerdo Marco fue nuevamente cuestionado, esta vez por Guatemala, Honduras, México y los Estados Unidos. Ecuador se unió a los demandantes en 1996. El grupo especial de la OMC dictaminó que la CE no cumplía sus obligaciones internacionales y que necesitaría regularizar su régimen bananero para enero de 1999. De forma más precisa, el régimen modificado no cumplía las normas de la OMC en tres aspectos. En primer lugar, los derechos de importación preferencial para el banano de países ACP seguían estableciendo una discriminación ante otros miembros de la OMC y eran superiores a los que la CE podía conceder a países ACP en virtud de las exenciones permitidas por la OMC. En segundo lugar, la distribución del contingente arancelario entre los países abastecedores en América Latina se basó en cantidades de referencia de fecha vencida y no representativas. En tercer lugar, la distribución de las licencias de importación seguía estando basada en el antiguo sistema discriminatorio. Los cambios más importantes en el Acuerdo Marco aplicados por la CE en 1999 incluyeron el abandono del sistema de adjudicación de licencias por tipo de operador (licencias A/B/C), el análisis de la asignación de contingentes a los países de acuerdo con su actuación en el período 1994-96, y la eliminación de las asignaciones de cupo a exportadores ACP tradicionales (y permitir que las licencias fuesen comerciables entre los operadores). Como resultado de este acuerdo, Ecuador, Colombia, Costa Rica y Panamá podían ahora hacerse con una parte correspondiente al 90 por ciento de las importaciones de banano de la zona dólar en la CE. Además, debido a la ampliación estos países podían exportar volúmenes superiores a años anteriores[25]. En los países ACP, el acuerdo tuvo como consecuencia el hundimiento de las importaciones de banano procedentes del Caribe, pero se registró un ligero aumento de las procedentes de África. Esto podría deberse a la gran competencia entre países derivada de la eliminación de las asignaciones de contingente fijadas para cada país y de las licencias de comercialización entre operadores. En este nuevo contexto de competencia comercial, los países africanos se beneficiaron más que los del Caribe por sus costos de producción más bajos.

El 11 de abril de 2001, y tras ocho años de controversias que le costaron a la CE millones de dólares de derechos arancelarios de retorsión de los Estados Unidos, la Comunidad Europea y EE.UU. llegaron a un acuerdo en su largo conflicto sobre el régimen bananero. Se mantienen algunas de las propuestas presentadas en noviembre de 1999 y en octubre de 2000, entre las que figuran el proceso en dos etapas para la liberalización del mercado comunitario del banano por el que el sistema actual de contingentes arancelarios iría seguido, no más tarde del 1º de enero de 2006, de un sistema exclusivamente arancelario (seguiría otorgándose una preferencia arancelaria a los países ACP hasta el año 2008). Otros cambios importantes introducidos fueron:

Diez «países candidatos al ingreso» (8 países de Europa central y oriental[26], Malta y Chipre) se incorporarán a la Comunidad Europea en mayo de 2004. Según Eurostat, el total de sus importaciones alcanzó un nivel máximo de 703 000 toneladas en 1999, pero ha descendido desde entonces. Polonia representa casi la mitad de estas importaciones, seguida a distancia por la República Checa, Hungría y Eslovaquia. Los demás países candidatos al ingreso importan cada uno menos de 30 000 toneladas anuales.

Cuadro 21 Importaciones netas de banano en los países candidatos al ingreso 1996-2002


1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

Importaciones
(miles de toneladas)

602

582

599

703

592

559

523

Promedio móvil
(3 años)



595

628

631

618

558

Fuente: Eurostat 2003

La Comisión Europea ha señalado dos principios básicos de la ampliación en lo que se refiere a la Organización Común de Mercados en el Sector del Plátano (DG AGRI 2003a). En primer lugar, la ampliación debería asegurar el suministro suficiente de bananos a los consumidores comunitarios, de conformidad con las normas de la OMC. En segundo lugar, debería incorporarse el acervo comunitario («acquis communautaire»), lo que significa que las importaciones de banano de los nuevos Estados miembros deberían estar reguladas por la Organización Común de Mercados en el Sector del Plátano (DG AGRI 2003b). Sin embargo, esta opinión no es compartida por todos los países candidatos a la adhesión. Algunos de ellos han mostrado sus reservas sobre la Organización Común de Mercados en el Sector del Plátano en dos aspectos: su conformidad con las normas de la OMC y el elevado costo de la gestión de un sistema de licencias de importación. Además, algunos gobiernos muestran su preocupación ante el aumento del precio al por menor del banano a raíz de un sistema de contingentes arancelarios, lo que reducirá el consumo dado el poder adquisitivo inferior de sus ciudadanos en relación con los de la CE. Por ello, han señalado su preferencia de incorporarse al mercado comunitario del banano a partir de 2006, cuando haya un sistema basado únicamente en aranceles.

Por último, en febrero de 2001 la CE puso en marcha la iniciativa denominada «Todo menos Armas» (EBA) que garantiza el acceso exento de derechos a todos los productos producidos y exportados en los países menos adelantados (PMA), excepto armas y munición. Se hizo una excepción provisional para el banano, el azúcar y el arroz, para los cuales el acceso exento de derechos está siendo incorporado gradualmente. A partir de 2006, el banano producido en los PMA tendrá un acceso al mercado exento de derechos. Sin embargo, no es probable que esta medida tenga consecuencias significativas a corto plazo, ya que todos los PMA productores de banano de calidad para la exportación pertenecen al grupo de países ACP que disfruta ya de un acceso al mercado exento de derechos. Los elevados costos de transporte podrían desanimar a algunos de los países productores menos adelantados de Asia a realizar suministros a la CE, como por ejemplo, Bangladesh.

Figura 28 CE: proporción del mercado interno de banano según el origen (2000-2002)

Fuente: Comisión Europea 2003

Figura 29 CE: producción interna e importaciones según el origen (1990-2002)

Fuente: Comisión Europea, 2003

3.3 Los Estados Unidos de América

Los Estados Unidos son el mayor importador de banano del mundo con una cantidad estimada de 3,91 millones de toneladas en 2002. Un 10 por ciento de esta cantidad se reexporta a Canadá, y el resto se consume en los Estados Unidos. Los bananos proceden casi todos de países de América Latina, y las importaciones de otras partes del mundo se consideran insignificantes. América Central es el proveedor más importante con una cuota de mercado del 60 por ciento, que pertenece casi exclusivamente a las empresas transnacionales.

Las importaciones han crecido de forma constante desde comienzos de los años sesenta (Figura 30), pero comienzan a mostrar signos de desaceleración. De 1970 a 1984 crecieron a un ritmo del 2,6 por ciento, y en los 16 años siguientes (1985-2001) a una tasa ligeramente inferior del 2,45 por ciento. El consumo per cápita en los últimos 16 años se incrementó un 1,7 por ciento anual debido, entre otras cosas, al constante crecimiento anual de los ingresos per cápita (2,1 por ciento) y a la reducción de los precios al por menor del banano en términos reales (-1,3 por ciento anual)[27].

Figura 30 Los Estados Unidos: importaciones de banano 1961-2001

Fuente: FAOSTAT

Figura 31 Los Estados Unidos: importaciones de banano según el origen (2000-2002)

Fuente: U.S. Census Bureau, Dirección de Comercio Exterior

Los precios al por menor en los EE.UU. son más bajos que en la CE debido a que no hay aranceles o restricciones cuantitativas a la importación, así como a los costos de transporte más bajos. De 1985 a 2001, los precios al por menor en Francia fueron de media un 75 por ciento (y en Japón un 88 por ciento) más altos que en los EE.UU. La FAO observó que los precios de importación de los EE.UU. fluctuaron notablemente durante el período 1970-2000 (FAO 2001b). No se determinaron indicios o muestras de discontinuidades de la estructura en la serie, si bien se observó que la volatilidad de los precios, medida por la variación de los precios durante su tendencia a largo plazo, iba en aumento. En la previsión del comercio mundial del banano hasta el año 2010, la FAO observó también que las elasticidades ingreso y precio de la demanda fueron inferiores a las de los nuevos mercados, y pronosticó que la tasa de crecimiento futura de las importaciones de los EE.UU. sería inferior a la de los años noventa. Esta proyección se basa en parte en el descenso del crecimiento demográfico previsto esta década y en el elevado nivel actual de consumo per cápita, que se considera cercano a los niveles de saturación (FAO 2003a).

3.4 Japón

Japón es el tercer mercado de importación de banano más importante del mundo con un promedio de casi un millón de toneladas en el período de 2000 a 2002. Debido a su situación geográfica, el mercado japonés del banano ha estado dominado por Filipinas, aunque Ecuador ha desempeñado una función cada vez más importante durante los noventa. Las exportaciones ecuatorianas a Japón crecieron de 75 000 toneladas en 1986 a 210 000 en 2000, año en que alcanzaron una cuota de mercado del 20 por ciento. En el año 2000, Filipinas y Ecuador representaban el 95 por ciento de todas las importaciones japonesas de banano.

Figura 32 Japón: importaciones de banano 1985-2001

Japón, al igual que los Estados Unidos, no tiene restricciones cuantitativas sobre las importaciones de banano, pero aplica un arancel general de temporada a la importación correspondiente al 50 por ciento entre octubre y marzo, y al 40 por ciento de abril a septiembre. En consonancia con la OMC, existe el compromiso de reducir estos aranceles al 40 y al 25 por ciento, respectivamente. No obstante, en la práctica todas las importaciones de banano en Japón tienen un derecho arancelario preferencial del 20 por ciento (de octubre a marzo) y del 10 por ciento (de abril a septiembre). Este arancel se otorga a la mayoría de países en desarrollo, incluidos la mayoría de países exportadores de banano de América Latina, Asia y el Caribe. Las importaciones procedentes de los PMA tienen un acceso exento de derechos, pero los volúmenes son insignificantes.

3.5 Federación de Rusia

Con la apertura del comercio en las antiguas repúblicas socialistas de Europa se ha manifestado un cambio importante en el comercio mundial a comienzos de los años noventa. Aunque entre la población de la Federación de Rusia no había una larga tradición de consumo de banano, esta fruta ha llegado a ser una de las más populares en los últimos años, representando un tercio del consumo total de fruta (FAO 1999a). Las importaciones de banano en la Federación de Rusia aumentaron de 13 000 toneladas en 1992 a un millón de toneladas en 1997. En Rusia, el 97 por ciento del total de las importaciones en 1997 provenía de tres países latinoamericanos: Ecuador (61 por ciento), Colombia (23 por ciento), y Costa Rica (10 por ciento), si bien el 3 por ciento restante procedía de Filipinas. El envío de suministros, que se hacía a través de Europa occidental durante los ochenta, pasó a realizarse directamente a los puertos rusos a principios de los noventa. Grandes compañías, capaces de adquirir cargamentos enteros de banano, han ido haciéndose cada vez más con este mercado y las importaciones de banano desde Europa han prácticamente cesado.

En agosto de 1998 una fuerte crisis económica castigó a la Federación de Rusia afectando a todas las importaciones, incluidas las de banano, que se redujeron de un millón de toneladas en 1997 a 580 000 en 1998 (Figura 33). La situación económica se ha estabilizado algo desde entonces, y las importaciones de banano se han recuperado de forma moderada hasta una cantidad estimada de 730 000 toneladas en 2002. La crisis ha demostrado que la demanda de bananos en la Federación de Rusia tiene elasticidad con respecto a los precios. A finales de 1997, el precio del kilo de banano equivalía al 41 por ciento del precio del kilo de carne bovina. En julio de 1998 había subido al 46 por ciento y en noviembre al 71 por ciento. La demanda se redujo un 53 por ciento después de que en julio-noviembre de 1998 se duplicasen los precios en rublos. Se considera que el mercado ruso puede ofrecer buenas perspectivas a largo plazo en consonancia con la recuperación prevista de la economía.

Figura 33 La Federación de Rusia y China: importaciones de banano 1992-2000

Fuente: FAOSTAT

3.6 China

China es uno de los países productores de banano más importantes del mundo. Su participación en el comercio mundial de banano fue importante en el pasado, cuando en calidad de exportador realizó envíos correspondientes a 400 000 toneladas en 1964. Sin embargo, las exportaciones han disminuido de forma constante desde entonces y a finales de los noventa el país se volvió un importador neto.

La producción aumentó de forma rápida en un período de tiempo relativamente corto. De 1960 a 1984 la producción de banano de China se estancó, pero a partir de 1985 ha crecido a un ritmo cercano al 9 por ciento anual. La producción de banano ha aumentado de 500 000 toneladas en 1994 a 5,6 millones de toneladas en el año 2002, y este aumento no muestra indicios de ir a menos. El consumo interno de banano entre 1985 y 2000 también creció de forma considerable, cerca del 10 por ciento anual. Las importaciones de banano fueron mínimas entre 1985 y 1993, pero en tres años aumentaron de 93 000 toneladas en 1994 a más de 500 000 toneladas en 1996, año en que se estancaron e incluso disminuyeron en los dos últimos años (se estiman 374 000 toneladas en 2002).

Teniendo en consideración el tamaño de su población y el crecimiento económico alcanzado en los últimos años, China tiene posibilidades de convertirse a largo plazo en un participante de importancia en la economía mundial del banano. Sin embargo, no podemos predecir si realizará esta función como importador o como exportador de banano. Las limitaciones en la infraestructura de las carreteras y puertos en el sur, inclusive instalaciones de almacenamiento en frío y maduración, dificultan el crecimiento de las importaciones. Además, las mejoras de los sistemas de carreteras en el norte han impulsado a los comerciantes a comprar de la creciente producción interna antes que del extranjero. El descenso de las importaciones en los últimos años se debe, en cierto modo, a la demanda interna que cada vez se ve más satisfecha por una creciente producción interna. Si se mantienen las tendencias actuales, China se convertirá en un exportador neto de banano a finales de la década.

3.7 Otros países importadores (FAO 2001d)

Existen distintos regímenes de importación en los países importadores restantes, entre los que se encuentran uno o la combinación de los siguientes: contingentes, aranceles a la importación, impuestos internos, y barreras técnicas. Un caso significativo de barreras técnicas es la aplicación de restricciones fitosanitarias por parte de Australia para proteger su producción interna de las enfermedades potenciales que traen los bananos procedentes de Filipinas.

Entre los países que sólo aplican al banano derechos de importación se encuentran Noruega, Nueva Zelandia, Bulgaria, Chile, China, Chipre, Egipto, Hungría, Malta, la República de Corea, la Federación de Rusia, Arabia Saudita y Suiza. En Noruega y Nueva Zelandia, ambos con elevados niveles per cápita de consumo de banano, se grava con los mismos derechos ad-valorem al banano que al resto de frutas. Los aranceles varían desde el reducido 5 por ciento ad valorem de la Federación de Rusia a la tasa combinada aplicable del 41,2 por ciento en Chipre y los 1 213 dólares EE.UU. por tonelada a las importaciones procedentes de países no pertenecientes a la CE. En un escalafón inferior se encuentran Perú (25 por ciento), Hungría (14-25 por ciento), Arabia Saudita (12 por ciento), Polonia (0-20 por ciento, más un impuesto sobre el valor añadido), Chile (10 por ciento) y Bulgaria (7-10 por ciento). En la parte superior están Egipto (60 por ciento), la República de Corea (70 por ciento) y China (25-40 por ciento).

Algunos países como Túnez y Marruecos no sólo aplican derechos elevados, sino también impuestos internos y otras restricciones importantes. Túnez, donde los derechos son del 100 por cien ad valorem, exige que las importaciones tengan licencia. Marruecos aplica restricciones a las importaciones de banano pero concede periódicamente licencias cuando la producción interna no es suficiente para satisfacer la demanda interna.

Entre los países que no imponen la obtención de licencias, pero que aplican derechos de importación e impuestos internos figuran Argelia, Argentina, Japón, Polonia y Uruguay. Estos derechos de importación oscilan entre niveles específicos muy reducidos y derechos ad valorem en Uruguay, donde las frutas y hortalizas importadas están sujetas a un impuesto interno sobre el valor agregado del 23 por ciento, a derechos del 45 por ciento en Argelia. Por último, en Libia las importaciones se canalizan a través de una única organización de importaciones que adecua los volúmenes de importación a la demanda.


[22] Los países exportadores de banano tradicionales de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) son Costa de Marfil, Camerún, Santa Lucía, Jamaica, Belice, San Vicente y las Granadinas, Dominica, Suriname, Somalia, Granada y Cabo Verde. Los exportadores ACP de banano no tradicionales son la República Dominicana y Ghana.
[23] Las licencias se asignaron según la cuota de mercado en las diferentes etapas de la cadena bananera
[24] Los países ACP tradicionales son aquéllos que exportaron bananos a la CE en 1993
[25] La ampliación de la CE en 1995 introdujo a Austria, Finlandia y Suecia, y una cantidad complementaria de 353 000 toneladas.
[26] Estos países son la República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia.
[27] El crecimiento anual de la población en los EE.UU. entre 1985 y 2000 fue inferior al uno por ciento.

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