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Tema 7
LEY DEL MEDIO AMBIENTE

¿Qué es lo que deseamos con el estudio de éste tema?

Cuando terminemos el tema habremos conocido los aspectos más importantes de la Ley del Medio Ambiente.

Veamos lo que conoces sobre el tema. Por favor, responde las preguntas que se encuentran en tu cuaderno de apuntes.

Educatión Amblental para el Tróplco de Cochabamba

Introducción

La Ley del Medio Ambiente tiene por objetivo la protección y la conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población.

La presente ley entiende por desarrollo sostenible, el proceso mediante el cual se satisfacen las necesidades de la actual generación sin poner en riesgo la satisfacción de necesidades de las generaciones futuras. La concepción de desarrollo sostenible implica una tarea global de carácter permanente.

Es deber de todas las personas, naturales o colectivas, que desarrollen actividades susceptibles de degradar el medio ambiente, tomar las medidas preventivas correspondientes, informar a la autoridad competente y a los posibles afectados, evitar daños a la salud de la población, el medio ambiente y los bienes.

Es deber del Estado y la sociedad, coadyuvar, conservar, restaurar y promover el aprovechamiento de los recursos naturales renovables, entendidos como recursos bióticos la flora y fauna y los abióticos como el agua, aire y suelo con una dinámica propicia que les permite renovarse en el tiempo.

Los departamentos o regiones donde se aprovechen recursos naturales deben participar directa o indirectamente de los beneficios de la conservación y/o la utilización de los mismos, de acuerdo a lo establecido por Ley que serán destinados a propiciar el desarrollo sostenible de los departamentos o regiones donde se encuentren.

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El uso de los suelos para actividades agropecuarias y forestales deberá efectuarse manteniendo su capacidad productiva, aplicándose técnicas de manejo que eviten la pérdida o degradación de los mismos, asegurando de esta manera su conservación y recuperación.

Los bosques naturales y tierras forestales son de dominio originario del Estado y su manejo y uso debe ser sostenible. La industria forestal deberá estar orientada a la transformación, comercialización y aprovechamiento adecuado de los recursos forestales, aumentando el valor agregado de las especies aprovechadas y garantizando el uso sostenible del mismo. Las empresas madereras deberán reponer los recursos maderables extraídos del bosque natural mediante programas de reforestación, además del cumplimiento de las obligaciones contempladas en sus planes de manejo.

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El Estado y la sociedad deben velar por la protección, conservación y restauración de la fauna y flora silvestres, tanto acuático como terrestre, consideradas patrimonio del Estado.

Todo el que realice acciones que lesionen, deterioren, degraden, destruyan el medio ambiente o realice actos descritos en el artículo 20, según la gravedad del hecho, comete una contravención o falta, que merecerá la sanción que fija la ley.

Todo el que con o sin autorización cace, pesque o capture, utilizando medios prohibidos como explosivos, substancias venenosas causando daño, degradación de medio ambiente o amenace la extinción de las especies, será sancionado con la privación de libertad de uno a tres años y multa equivalente al cien por cien del valor de los animales pescados, capturados o cazados.

Todo el que tale los bosques sin autorización, para fines distintos al uso doméstico del propietario de la tierra amparado por título de propiedad, causando daño o degradación del medio ambiente será sancionado con dos a cuatro años de pena de privación de libertad y multa equivalente al cien por cien del valor del bosque talado. Si la tala se produce en áreas protegidas o en zonas de reserva con daño o degradación al medio ambiente, la pena privativa de libertad y la pecuniaria se agravarán en un tercio. Si la tala se hace contraviniendo normas expresas de producción y conservación de los bosques la pena será agravada en el cien por cien, tanto la privación de libertad como la pecuniaria.

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ACTIVIDADES

  1. Vamos a escuchar al profesor(a) la explicación sobre la Ley que estamos estudiando.
  2. Posteriormente describiremos en qué aspectos se transgrede la ley en el Trópico de Cochabamba.
  3. Dialogaremos con nuestros compañeros para poder llegar a una conclusión en común.
  4. Anota los aspectos más sobresalientes de las exposiciones de tus compañeros.
  5. Realiza un resumen de lo que en tu parecer ha sido lo más importante del tema.
  6. Finalmente, anota las nuevas palabras que hayas aprendido y el significado de las mismas.

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