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PARTE X

EXAMEN DE LAS NORMAS EN EL TRAMITE 5 DEL PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACION DE NORMAS DEL CODEX

126. La Comisión examinó, en el Trámite 5, las Normas que se indican a continuación.

a) Productos del cacao y chocolate

Ante la falta de información procedente de los gobiernos sobre: a) valores para las diferentes categorías de manteca de cacao previstas en la norma, y b) el cacao en grano de calidad inferior a la exigida en la norma que debe utilizarse en la fabricaoión del chocolate y de los productos del cacao, y en vista de que esta norma tiene varias disposiciones sobre las cuales el Comité no ha adoptado todavía una posición definitiva, la Comisión decidió que la norma volviera al Trámite 4 del Procedimiento.

b) Frutas y hortalizas elaboradas

La Comisión acordó pasar al Trámite 6 del Procedimiento las normas sobre uvas pasas elaboradas, concentrado de tomate elaborado, peras en conserva y mandarinas en conserva. Las delegaciones de Yugoslavia y Portugal reservaron sus posiciones a propósito de la disposición que permite el empleo de determinados colorantes en el Proyecto de normas para las peras en conserva. La delegación de Yugoslavia reservó su posición a propósito del valor relativo al SO2 en el proyecto de norma para las uvas pasas elaboradas. La delegación del Japón sostuvo que, aunque estaba de acuerdo con la decisión de la Comisión de pasar las normas mencionadas al Trámite 6, sería necesario introducir algunas enmiendas y corregir un error de redacción en el Proyecto de norma para las mandarinas en conserva. La delegación del Japón expresó el deseo de que se hagan estas modificaciones en una fase posterior.

c) Pescado y productos pesqueros

La Comisión decidió que las normas para a) filetes congelados rápidamente de solla y b) filetes congelados rápidamente de gallineta, pasen al Trámite 6 del Procedimiento, dando instrucciones al Comité para que no las pase al Trámite 8 del Procedimiento hasta que no haya resuelto satisfactoriamente los problemas sobre los defectos. Las delegaciones de Australia y del Canadá formularon reservas sobre la sección relativa al ámbito de aplicación de estas normas, por opinar que todos los filetes congelados de pescado de las dos especies mencionadas deben ajustarse a la norma.

d) Productos cárnicos elaborados

La Comisión decidió que las normas para los jamones enlatados, la carne enlatada tipo “corned beef”, la carne enlatada tipo “luncheon” y la carne picada enlatada, pasen al Trámite 6 del Procedimiento. La Comisión tomó nota de que quedaban todavía por resolver varias cuestiones, en particular las relativas al método de valoración del contenido de carne de los productos cárnicos y a los métodos de análisis que han de emplearse. La Comisión dio instrucciones al Subcomité para que no pase tales Normas al Trámite 8 del Procedimiento hasta que no se hayan resuelto satisfactoriamente estas cuestiones.

e) Espinacas y frambuesas congeladas rápidamente

La Comisión, habiendo observado que las normas para las espinacas congeladas rápidamente y para las frambuesas congeladas rápidamente se ajustaban al tipo de norma aprobado para los guisantes (arvejas) congelados rápidamente, acordó que ambas normas pasaran al Trámite 6 del Procedimiento. La Comisión acordó que el Grupo Mixto CEPE/Codex de Expertos en la Normalización de Alimentos Congelados Rápidamente tenga muy en cuenta, cuando examine estas dos normas, las decisiones que haya tomado la Comisión respecto a la Norma para los guisantes (arvejas) congelados rápidamente.

f) Alimentos para regímenes especiales

La Comisión decidió que la norma para los alimentos pobres en sodio pase al Trámite 6 del Procedimiento.

g) Residuos de plaguicidas

La Comisión decidió que las tolerancias para los residuos de plaguicidas indicadas en el Apéndice VII de ALINORM 70/24 pasen al Trámite 6 del Procedimiento. La Comisión recomendó que cuando el Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas estudie tales tolerancias, establezca definiciones más precisas de los productos cuyos residuos son objeto de control. La Comisión señaló a la atención del Comité la modificación que había hecho en el texto de algunas de las tolerancias en el Trámite 8 ya aprobadas, respecto a ciertos residuos de la leche y de los productos lácteos.

h) Higiene

La Comisión acordó pasar al Trámite 6 del Procedimiento el Código de Prácticas de Higiene para las Nueces de Arbol. La delegación de Trinidad y Tabago preguntó si el Código se aplicaba a los cocos. La delegación de los Estados Unidos de América dijo que se daba por supuesto que el Código no se aplicaba a los cocos. La Comisión acordó que el Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos examine nuevamente la sección relativa al ámbito de aplicación, a fin de cerciorarse de que el ámbito de aplicación del Código no ofrece ninguna duda.

i) Carne - Descripción de los métodos de corte de las unidades comerciales de canales, medias canales y cuartos de canal en el comercio internacional

La delegación de Argentina manifestó que los proyectos de descripción de los métodos de corte contenían varios errores de poca importancia. La Comisión decidió que las descripciones de los métodos de corte pasaran al Trámite 6 del Procedimiento. Tomó nota de que los “cortes-pistola” no estaban incluídos en los proyectos de descripciones, pero convino en que el Comité podría recomendar que se omitieran los Trámites 6, 7 y 8 en el caso de los “cortes-pistola”, lo que permitiría que las descripciones de los métodos de corte, incluídos los “cortes-pistola”, fueran aprobadas por la Comisión en el Trámite 8 simultáneamente.


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