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Documento de Trabajo sobre el Establecimiento de Directrices para la Aplicación y el Fomento de Sistemas de Garantía de la Calidad (Tema 10 del programa)[19]

59. El Comité tomó nota de que su mandato estipulaba entre sus actividades la de "elaborar directrices para la aplicación, según y cuando corresponda, de sistemas de garantía de la calidad, con el fin de asegurar que los productos alimenticios se ajusten a los requisitos, y fomentar el reconocimiento de estos sistemas para facilitar el comercio de productos alimenticios en el marco de acuerdos bilaterales/multilaterales entre países"[20]. Este tema había sido examinado por el Comité en varias ocasiones, sobre todo en la cuarta y quinta reuniones, pero sin lograr grandes avances[21]. Al presentar el documento, el Sr. Dean observó las inquietudes expresadas anteriormente por los países de que la orientación del Codex al respecto debería evitar la promoción de cualquier sistema de garantía de la calidad en particular. La manera competitiva en que se promovían y comercializaban sistemas privados y opuestos era otra inquietud para las autoridades de control alimentario. Señaló asimismo que se necesitaba aclarar la relación entre los sistemas de garantía de la calidad, el sistema de HACCP y otros sistemas de gestión de la inocuidad de los alimentos.

60. El Comité tomó nota de las opiniones de varias delegaciones respecto de que se necesitaba mayor información y orientación sobre este tema, pero que ello no debía estar relacionado con ningún sistema privado o comercial específico de garantía de la calidad. Por otra parte, tomó nota también de las opiniones de las delegaciones que estimaban que se disponía de suficiente información, incluso considerable, y que no era necesario que la Comisión emprendiera ninguna labor en este sector.

61. Tras tomar nota de esta división de opiniones, el Comité acordó que no sería oportuno solicitar un mandato para emprender la elaboración de directrices tal como se proponía en el documento de trabajo. No obstante, convino en que sería conveniente mantener este tema en el programa del Comité y en que se preparara un nuevo documento de trabajo para que fuera examinado en la próxima reunión. El gobierno de Australia se ofreció para coordinar la preparación de dicho documento.


[19] CX/FICS 98/9 (Preparado por un consultor de la FAO, Sr. John Dean).
[20] Manual de Procedimiento de la Comisión del Codex Alimentarius, 10a edición (1997), página 140.
[21] ALINORM 97/30, párrs. 14-18; ALINORM 97/30A, párrs. 18-21.

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