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10. ACTIVIDADES POSTERIORES

Las recomendaciones principales de la Reunión que requieren actividades posteriores pueden resumirse como sigue:

(a) Los organismos pertinentes deberán incorporar, a la mayor brevedad, sus planes de fomento de la acuicultura a los planes nacionales de desarrollo económico o pesquero de los países participantes en la reunión.

(b) Las administraciones de pesca deberán iniciar los estudios e investigaciones necesarios para recoger información básica adicional que permita revisar y afinar los planes.

(c) Se insta a los gobiernos de la región a asignar áreas de aguas interiores y costeras necesarias para el desarrollo de la acuicultura y a protegerlas de la contaminación ambiental y otros peligros relacionados, mediante la legislación adecuada.

(d) Las administraciones de pesca deberán formular las solicitudes de colaboración bilateral o multilateral adecuadas en base a los planes nacionales de desarrollo y a las necesidades de colaboración externa identificadas. Las solicitudes para la asistencia proveniente del PNUD deberán ser incluidas en el próximo ciclo de programación (1977-81).

(e) Deberán adoptarse medidas lo más pronto posible para establecer el centro regional latinoamericano de acuicultura, el cual estará en estrecho contacto con los centros nacionales escogidos. El Programa de Explotación y Coordinación de la Acuicultura deberá actuar muy pronto para obtener el apoyo de organismos financieros para el proyecto. La selección del sitio para el centro regional deberá hacerse después de un estudio detallado sobre las facilidades y requisitos por un grupo de expertos y en base a las negociaciones con los gobiernos de los países, sede probable del centro. Se solicita a los Gobiernos de Brasil y México, que ofrecieron a sus países como posible sede, conformar el interés que tengan en ello a fin de tomar las medidas pertinentes a determinar el curso de acción a seguir.

(f) Mientras se establece el centro regional, se invita a los organismos de pesca de la región a utilizar las facilidades de capacitación ofrecidas por Brasil y México en sus programas nacionales de formación.

(g) Se invita a los organismos e industrias pesqueras a utilizar los servicios del laboratorio de ictiopatología que el Gobierno de Colombia ha establecido.

(h) La FAO deberá ayudar a organizar programas nacionales de capacitación a través del Programa de Explotación y Coordinación de la Acuicultura y otros proyectos. Se deberá dar alta prioridad a la preparación de textos y otros materiales didácticos adecuados.

(i) El Programa de Explotación y Coordinación de la Acuicultura deberá asesorar a los gobiernos en la preparación de estudios de factibilidad y de proyectos financiables.

(j) Mediante la formación de la Asociación Latinoamericana de Acuicultura se debe facilitar los estrechos contactos entre los acuicultores e instituciones de acuicultura de la región. Los organismos de pesca regionales de FAO en América Latina (CARPAS, WECAFC y la comisión latinoamericano de pesca en aguas interiores que se establecerá en breve) deberán desarrollar, a través de grupos de trabajo, programas activos de cooperación regional.


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