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PARTE IV

LA NUTRICION Y LA LABOR DE LA COMISION

115. La Comisión tuvo a la vista el documento ALINORM 81/7, que lleva el título arriba indicado y que la Comisión había solicitado en su 13o período de sessiones. Fue presentado el informe por el consultor (Prof R.J.L. Allen, Reino Unido), que lo había redactado, de acuerdo con el mandato establecido por el Comité Ejecutivo en su 27a reunión (ALINORM 81/3, párrafo 29).

116. El informe había sido examinado por el Comité Ejecutivo en su 28a reunión. El Comité Ejecutivo había expresado la opinión de que el informe constituía una base excelente para que la Comisión procediese a un completo estudio de este importante asunto. El Comité Ejecutivo había observado que, a juicio del consultor, la Comisión y sus órganos auxiliares habían prestado la debida atención a los aspectos nutricionales de sus actividades y que no se precisaban cambios radicales.

117. El consultor había formulado una serie de recomendaciones en los párrafos 36 a 50 de su informe referente a las actividades futuras. En el informe, el consultor había planteado la cuestión de la posibilidad de restablecer la idea de una “norma general”. La Comisión observó que el Comité Ejecutivo había recomendado que no se resucitase el asunto de una “norma general”, ya que era mucho lo que se había conseguido en este sector merced a la labor del Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos y el Modelo de Ley Alimentaria FAO/OMS. El Comité Ejecutivo había convenido en recomendar a la Comisión que siguiese de jándose en suspenso la cuestión de la norma general. El Comité Ejecutivo había manifestado también su total acuerdo con las conclusiones del consultor que constan en el párrafo 52 del informe referentes al valor y las limitaciones de las normas alimentarias, y consideró que éstas se habían situado en su debido contexto en lo que respecta a la nutrición.

118. Al presentar el informe el consultor expuso sus principales características. Examinó sucintamente el análisis que se hacía en el informe de la labor de cada uno de los órganos auxiliares de la Comisión y de la medida en que figuraban en esta labor las consideraciones de orden nutricional. Indicó que este análisis le había llevado a la conclusión de que el trabajo pasado y presente de la Comisión había tenido y continuaba teniendo repercusiones nutricionales importantes (párrafo 35 del informe del consultor). Llamó especialmente la atención sobre la función que, a su juicio, podría desempeñar el Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales en cuanto al mayor énfasis que la Comisión pudiera poner en la nutrición, en su programa de trabajo. En su consecuencia, el consultor había propuesto una ampliación del mandato de dicho Comité. En el informe figuraban también secciones sobre otros temas como el enriquecimiento de los alimentos y las recomendaciones relativas a la colaboración con otros servicios de la FAO y la OMS. El consultor concluyó sus observaciones introductorias señalando a la atención de la Comisión las conclusiones y recomendaciones contenidas en los párrafos 53 a 55 de su informe.

119. La Secretaría llamó la atención sobre un documento distribuido como Documento de Sala de Conferencias, con la signatura LIM.2. Contenía este documento un informe sobre un Seminario acerca de “Calidad nutricional y directrices en las normas alimentarias”, celebrado en Londres del 18 al 20 de mayo de 1981. El Seminario había sido organizado por el Comité de Normas Alimentarias de la Unión Internacional de Ciencias Nutricionales. En el informe del Seminario se hacían algunas referencias a la materia de la nutrición y a la labor de la Comisión del Codex Alimentarius. El informe del Seminario tenía por objeto subrayar la importancia que tienen las consideraciones de orden nutricional en la labor de las normas alimentarias.

120. Todas las delegaciones que hablaron sobre este asunto felicitaron al consultor por su excelente trabajo. La delegación de la República Federal de Alemania, que hospeda al Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales, opinaba que el documento del consultor y las recomendaciones que el él figuran debieran ser examinadas primeramente por el Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales, al que se le debería pedir, por ejemplo, su parecer sobre el nuevo título propuesto y la ampliación del mandato del Comité. De esta forma, el Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales podría rendir informe sobre estas cuestiones así como también sobre las consecuencias para la nueva labor del Comité, a la Comisión en su 15o período de sesiones. La delegación de la República Federal de Alemania llamó también la atención sobre la recomendación que aparece en el informe del consultor de que sería conveniente celebrar reuniones anuales del Comité para adaptarse a los nuevos trabajos previstos. La delegación manifestó que, por razones financieras, no era posible que en este momento las autoridades competentes de la República Federal de Alemania indicasen si sería factible aumentar la frecuencia de las reuniones del Comité. Además, la referencia a la creación de un Grupo de Trabajo sobre Nutrición como parte del Comité podría tener también repercusiones financieras y de otro orden. La delegación recordó a la Comisión que el Comité todavía tenía un denso programa de trabajo que realizar con arreglo a su actual mandato. Si el Comité tuviese que emprender los nuevos trabajos que se proponía encomendarle, sería preciso disponer de nuevo su actual orden de prioridades y quizás atribuir cierta prioridad a las nuevas cuestiones propuestas. La delegación de la República Federal de Alemania terminón indicando que la Comisión podría también estudiar el establecimiento de un nuevo Comité que se ocupase específicamente de las cuestiones de nutrición.

121. Con respecto al título de los órganos auxiliares, su mandato y ámbito de actividades, la mayor parte de los Miembros pusieron de relieve que correspondía a la Comisión decidir sobre ello. No obstante, la Comisión llegó a la siguiente conclusión:

  1. La Comisión estimó que en la labor de la Comisión del Codex Alimentarius no se habían descuidado las consideraciones de orden nutricional; por el contrario, el trabajo pasado y presente de la Comisión había tenido y continuaba teniendo repercusiones nutricionales importantes. Por lo tanto, no se precisaba ningún cambio radical en el programa de labores de la Comisión.
  2. La Comisión estaba de acuerdo con la filosofía general y las recomendaciones del informe del consultor.
  3. La Comisión convenía con el Comité Ejecutivo en que debía abandonarse la idea de una “norma general”.
  4. La Comisión se mostraba de acuerdo, en principio, con el nuevo mandato propuesto para el Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales, pero deseaba conocer el parecer del propio Comité sobre ello antes de que la Comisión lo decidiese en su 15o período de sesiones.
  5. El Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales debería informar al próximo período de sesiones de la Comisión acerca de la medida en que podría asumir las más amplias obligaciones que se proponía encomendarle en el documento del consultor, y sobre cuál sería el período de tiempo viable para tratar de los trabajos dimanantes de las obligaciones adicionales propuestas.
  6. El Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales debería informar acerca de los métodos de actuación dentro del nuevo mandato propuesto.
  7. La Comisión aprobó las recomendaciones referentes al apoyo continuado que habrían de prestar los servicios competentes de la FAO, la OMS y el Sistema de las Naciones Unidas en la esfera de la nutrición.
  8. La Comisión estaba de acuerdo con las opiniones expuestas en los párrafos 51 y 52 del informe del consultor referentes al valor y las limitaciones de las normas alimentarias en relación con la política de nutrición.
  9. La Secretaría debería consultar con el Gobierno hospedante (República Federal de Alemania) respecto a cualesquiera cuestiones orgánicas y administrativas que pudiera ser preciso examinar antes de la próxima reunión del Comité.
  10. La Comisión convenía en que el Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales no habría de ser un Comité de aprobación en su más amplio sentido. No se tenía la intención de que el Comité hubiese de analizar automáticamente toda norma o proyecto de norma. Sería cuestión de que cada Comité elaborase normas para decidir por sí había de remitir alguna o todas sus normas al Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales, asistido, si fuese necesario, por las directrices que pudiera formular el Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales.

EXAMEN DEL ACTUAL PROGRAMA DE TRABAJO DE LA COMISION Y DE SUS ORGANOS AUXILIARES, ORIENTACION DE LAS FUTURAS ACTIVIDADES Y CALENDARIO PROVISIONAL DE LAS REUNIONES DEL CODEX PARA 1982/83

122. La Comisión tuvo ante sí el documento ALINORM 81/8 y su Addendum sobre el presente tema. La Comisión tomó nota de que el Comité Ejecutivo, en su 28a reunión, había examinado esos documentos y manifestado su acuerdo general con el análisis que hizo la Secretaría acerca de las labores de los órganos auxiliares de la Comisión.

123. La delegación de los Estados Unidos declaró que, a juicio suyo, se estaba dando cima a las labores tanto del Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas como del Comité del Codex sobre Productos del Cacao y el Chocolate, y que pronto debería pedirse a esos comités que examinen la conveniencia de suspender sus labores sine die. La delegación de los Estados Unidos manifestó también que, si la Comisión decidiese que es necesario elaborar normas internacionales para las legumbres, el Comité del Codex sobre Cereales y Productos de Cereales sería, por el motivo antedicho, el comité más apropiado para llevar a cabo esa tarea. La delegación de los Estados Unidos consideró que la Comisión debería tener presente la necesidad de examinar periódicamente las labores de todos sus órganos auxiliares a fin de determinar cuáles de ellos, según quepa prever, deberían dentro de poco tiempo suspender sus reuniones sine die, a fin de liberar recursos en provecho de otros temas de interés para los Miembros de la Comisión.

124. La delegación de Australia opinó que antes de que transcurra mucho tiempo, los Comités del Codex sobre Productos del Cacao y Chocolate, sobre Grasas y Aceites, y sobre Higiene de la Carne, así como el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos sobre la Leche y los Productos Lácteos deberían estar en condiciones de suspender sus deliberaciones sine die. Más tarde deberían también poder suspender sus reuniones sine die los Comités del Codex sobre Pescado y Productos Pesqueros y sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas, así como el Grupo Mixto CEPE/Codex Alimentarius de Expertos en la Normalización de Zumos (Jugos) de Fruta. La delegación de Australia consideró que sería conveniente que la Comisión elaborase una instrucción general en el sentido de que los órganos auxiliares de la Comisión deberían proceder a un examen constante de sus programas de trabajo y deberían formular recomendaciones a la Comisión respecto de la posible suspensión sine die de sus deliberaciones, cuando estuviesen a punto de dar cima a sus programas de trabajo.

125. La delegación de Nueva Zelandia indicó que estaba de acuerdo con las observacuones de Australia y manifestó la opinión de que el Comité del Codex sobre Productos Cárnicos Elaborados de Reses y Aves debería estar en condiciones de poder suspender sus deliberaciones dentro de un lapso no muy prolongado. La delegación de Nueva Zelandia encareció la importancia de que los Comités tengan en cuenta los criterios en materia de prioridad de los trabajos.

126. La delegación del Reino Unido declaró que estaba de acuerdo con mucho de lo que se había dicho respecto de la necesidad de que los Comités reflexionen acerca de la suspensión de sus deliberaciones al dar cima a sus programas de trabajo. La delegación indicó que la Secretaría del Reino Unido examinaría las labores del Comité sobre Grasas y Aceites, hospedado por el Reino Unido, a fin de determinar cuándo podría resultar conveniente que este Comité considere la suspensión sine die de sus labores.

127. La delegación del Canadá opinó que los Comités del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas, sobre Productos del Cacao y Chocolate, y el Grupo Mixto CEPE/Codex de Expertos en la Normalización de Zumos (Jugos) de Fruta, deberían considerar pronto la conveniencia de suspender sine die sus deliberaciones. Respecto del establecimiento de normas para las legumbres, la delegación del Canadá convino con la delegación de los Estados Unidos en que el Comité del Codex sobre Cereales y Productos de Cereales sería el comité adecuado para realizar esa labor.

128. En relación con el Calendario de las reuniones del Codex 1982/83, la delegación de los Países Bajos señaló a la atención el hecho de que entre el 14o y el 15o período de sesiones de la Comisión habrá de transcurrir un período de dos años. A este respecto, la Secretaría contestó que había limitaciones financieras que debían tenerse en cuenta y, asimismo, que era necesario dejar transcurrir un lapso razonable entre las reuniones de los órganos auxiliares y el período de sesiones de la Comisión, a la que éstos deben rendir informes. La delegación de los Países Bajos pidió a la Secretaría que examine la posibilidad de adelantar unas cuantas semanas la fecha fijada para el período de sesiones de la Comisión, en 1983, a fin de evitar que se celebre en una fecha en la que es probable que mucha gente esté de vacaciones. La Secretaría se comprometió a examinar esta solicitud.

129. La delegación de Suiza encareció la importancia particular que revisten las labores de los Comités sobre Asuntos Generales. A este respecto, la delegación de Suiza consideró que resultaría ventajoso que el Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos y el Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos pudiesen reunirse en semanas consecutivas, a fin de reducir los gastos de viaje de algunas delegaciones. La delegación de Suiza mencionó que en Norteamérica se reúnen cuatro Comités, a saber: i) el Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas, ii) el Comité del Codex sobre Proteínas Vegetales, iii) el Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos y iv) el Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos, y que había que procurar enlazar algunas de estas reuniones entre sí.

130. La delegación de Nueva Zelandia manifestó su acuerdo con los puntos de vista de la delegación de Suiza.

131. La delegación de Ghana declaró que en los países en desarrollo suele disponerse de muy poco personal para asistir a las reuniones de los Comités del Codex. La delegación de Ghana consideró que sería conveniente que se pudiese enlazar entre sí un número mayor de reuniones de los Comités del Codex.

132. La Secretaría indicó que, al fijar las fechas para las reuniones de los Comités del Codex, había que tener en cuenta los deseos de los gobiernos hospedantes acerca de las fechas en que podían facilitarse los servicios adecuados. Sin embargo, tanto los gobiernos hospedantes como la Secretaría procuran en toda la medida de los posible coordinar las reuniones a fin de facilitar la participación de los delegados.

133. La delegación de Austria confirmó la fecha propuesta para la próxima reunión del Comité Coordinador para Europa (del 27 de septiembre al 1o de octubre de 1982). Todavía no se ha decidido si la reunión habrá de celebrarse en Innsbruck o en Viena.

134. Respecto de la fecha provisional para la 17a reunión del Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos (marzo de 1983), la delegación del Canadá indicó que preferiría que se aplazase la 16a reunión hasta noviembre de 1983, pues muy pocos Comités de Productos se reunirían entre la 16a reunión del Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos y el período de sesiones que habrá de celebrar la Comisión en 1983, por lo que no habrá mucho que hacer en materia de aprobaciones. El trabajo de aprobación que resulte necesario podría efectuarse en el 15o período de sesiones de la Comisión. La Comisión estuvo de acuerdo en este cambio de fecha.

CELEBRACION DE REUNIONES DEL CODEX EN PAISES EN DESARROLLO

135. La Comisión tuvo ante sí los documentos ALINORM 81/9 y ALINORM 81/3, en los que figuran las respuestas de diversos gobiernos hospedantes a la pregunta de si estarían dispuestos a celebrar reuniones de sus Comités en países en desarrollo, y, en caso afirmativo, bajo qué condiciones. Como lo señaló el Comité Ejecutivo en su 28a reunión, algunos gobiernos hospedantes indicaron que el traslado de reuniones del Codex a otros sitios planteaba algunos problemas importantes. Otros gobiernos hospedantes manifestaron estar dispuestos, en principio, a prever una disposición de esa índole, a condición de que se cumplieran determinados requisitos. El Comité Ejecutivo había tomado nota de que un punto importante que se planteó es la cuestión de saber si con el traslado de una reunión a un sitio diferente aumentaría en verdad la asistencia de los países en desarrollo. Por ejemplo, si la celebración de una reunión en Africa haría que aumentase la asistencia de los países de Asia y América Latina. El Comité Ejecutivo había manifestado la opinión de que éste era un punto que debería someterse concretamente a la atención de la Comisión, pues reconoció que era importante estudiar con detenimiento este asunto a fin de determinar si la disposición antedicha acarreaba realmente alguna ventaja.

136. También se señaló a la atención de la Comisión el hecho de que el Presidente de la Comisión, cuando presidió la 28a reunión del Comité Ejecutivo, manifestó que quizás los Comités Coordinadores para las diversas regiones podrían desempeñar una función valiosa en el examen de las normas que están elaborando los diversos comités de productos y que revisten particular interés para los Miembros de cada región. El Comité Ejecutivo había considerado que este asunto merecía un mayor examen y que resultaría útil para las deliberaciones de la Comisión.

137. La delegación de Noruega declaró que, en principio, Noruega procuraría atender los deseos de los países en desarrollo si éstos estaban empeñados en que se trasladaran una o varias reuniones del Comité del Codex sobre Pescado y Productos Pesqueros a un sitio distinto. La delegación de Noruega añadió que probablemente sería preferible que las reuniones se celebrasen en países donde existen servicios e instalaciones de la FAO o de la OMS. La delegación de Noruega consideró que un factor que debería tenerse presente es el de si el traslado de una reunión del Codex a un sitio distante redundaría en la disminución de la asistencia de los países que suelen enviar delegaciones a las reuniones del Comité, lo cual se traduciría en una pérdida de la continuidad en la participación y una pérdida en los recursos de expertos.

138. La delegación de los Estados Unidos recordó que, en los primeros años de existencia de los Comités del Codex sobre Higiene de los Alimentos y sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas, se habían adoptado disposiciones para que uno y otro celebrasen una reunión en Roma. Sin embargo, esto no redundó en una mayor participación en las reuniones. Respecto del Comité del Codex sobre Cereales y Productos de Cereales, la delegación de los Estados Unidos opinó que, habida cuenta del amplio interés geográfico por los productos de que se ocupa este Comité y de que ya existe una participación adecuada y creciente, lo preferible es que siga celebrando sus reuniones en los Estados Unidos de América.

139. La delegación de Hungría declaró que, en principio, sería conveniente celebrar una reunión del Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras en un país en desarrollo, aunque tomó nota de las diversas dificultades que podrían surgir en el intento de organizar la celebración de una reunión del Comité en un sitio distinto. La delegación de Hungría consideró que los Comités Coordinadores Regionales deberían estudiar esta cuestión. Asimismo, la delegación consideró que toda propuesta concreta que se formulase podría ser examinada por el Comité Ejecutivo.

140. La delegación de Suiza indicó que, en principio, no se oponía a la celebración de una reunión del Comité del Codex sobre Productos del Cacao y Chocolate en un país en desarrollo. La delegación señaló que el Comité estaba deliberando acerca de productos cuyas materias primas se producen en países en desarrollo. La delegación suiza indicó que, si se le indicase qué países estaban interesados en proporcionar servicios para la celebración de una reunión de este Comité en su territorio, cabría la posibilidad de llegar a algún arreglo. La delegación de Ghana indicó que, dada la importancia del cacao para la economía de su país, éste podría estudiar la posibilidad de hospedar una reunión del Comité del Codex sobre Productos del cacao y chocolate, previa consulta con Suiza, que ostenta la presidencia del Comité.

141. La delegación del Canadá indicó que estaba abierta a la posibilidad de celebrar una reunión del Comité del Codex sobre Proteínas Vegetales en un país en desarrollo interesado. Aunque no excluía la posibilidad de celebrar una reunión del Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos en un país en desarrollo, la experencia indicaba que habría probablemente problemas notables relacionados con el cambio de lugar de celebración de las reuniones de este tipo de comités horizontales o de aprobación. La delegación del Canadá consideró que sería necesario disponer de una lista de sitios posibles, acompañada de información pormenorizada acerca de los servicios de que disponen. Asimismo, si un Comité Coordinador Regional desease que se le pusiera al tanto de las labores de, por ejemplo, el Comité del Codex sobre Proteínas Vegetales, el Presidente de ese comité o el Punto de contacto del Codex en el Canadá, podría ser invitado a asistir y a informar al Comité Coordinador.

142. El Coordinador para América Latina, Dr. A.M. Dovat manifestó que Uruguay, que había facilitado los medios para hospedar a la Segunda Reunión del Comité Coordinador para América Latina, los proporcionaría asimismo para la Tercera Reunión en Montevideo. Expresó el parecer de que era muy importante que los Estados Miembros de las varias regiones intensificasen su participación en la labor de los Comités Coordinadores para dichas regiones. Opinaba también que debería prestarse mayor ayuda económica a los trabajos de los Comités Coordinadores Regionales.

143. También manifestaron sus criterios sobre esta cuestión varias delegaciones de países, como Cuba, Costa de Marfil, Ghana y Nigeria, que no eran hospedantes de Comités del Codex. La mayor parte de las delegaciones estimaban que, aunque pudieran existir inconvenientes financieros y de otra índole, debería hacerse todo lo posible para que algunas reuniones de comités del Codex se celebrasen en países en desarrollo. Creían, no obstante, algunas delegaciones que quizás las Oficinas Regionales de la FAO y la OMS estuviesen en condiciones de dar su ayuda en este asunto con la oportuna asistencia financiera de ambas Organizaciones.

144. Otra de las propuestas fue la de que la Secretaría hiciese un estudio de los servicios de conferencia disponibles en los distintos países en desarrollo. En relación especialmente con los Comités del Codex que examinan las normas para artículos producidos en los países en desarrollo, se insistió en que, para un mejor entendimiento de los problemas que se les planteaban a los países en desarrollo, sería conveniente celebrar reuniones del Codex allí donde los problemas existan. Otra de las ventajas de celebrar reuniones del Codex en los países en desarrollo sería que crearía una mayor conciencia del valor de los trabajos de la Comisión del Codex Alimentarius, que todavía no se apreciaba suficientemente en todas las partes del mundo. Subrayó también que si un país hospedante estaba verdaderamente empeñado en la idea de ayudar a los países en desarrollo, podría hallarse alguna forma de superar las dificultades financieras y de otro orden. Otra de las propuestas formuladas fue la de que, cuando un Comité del Codex se ocupase de productos de singular interés para los países en desarrollo, sería conveniente que se celebrasen reuniones del Comité en los países en que se originan esos productos. Se hizo observar también que la celebración de una reunión del Comité del Codex en un país productor en desarrollo permitiría que otros participantes viesen cómo se elaboran las materias primas. Otra de las sugerencias hechas fue la de que convendría contar con un cálculo aproximado de los gastos que lleva consigo la celebración de una reunión del Codex en otra localidad.

145. La mayor parte de las delegaciones consideraban que la Comisión debía aceptar, en principio, la idea de tratar de celebrar más reuniones en los países en desarrollo. El representante de la Organización Arabe para Normalización y Metrología (ASMO) expuso el criterio de que correspondía a los mismos países en desarrollo el dar a conocer su interés por que se celebren reuniones de determinados Comités del Codex en su país. Estimaba también que las Oficinas Regionales de la FAO o la OMS, o el apropiado Comité Coordinador Regional del Codex, debían alentar a los países en desarrollo que dispusiesen de instalaciones para celebrar reuniones de Comités del Codex.

146. La Comisión llegó a la conclusión de que en las deliberaciones se había mostrado un interés considerable en este asunto, y que, pese a las dificultades financieras y de otro orden, era criterio general que, en principio, debía hacerse cuanto fuese posible para tratar de disponer que varios Comités del Codex se reúnan en los países en desarrollo. Convino la Comisión en que sería necesario obtener más información acerca de las posibilidades de oferta de instalaciones y en qué condiciones. Sería preciso también obtener información respecto a la disponibilidad de intérpretes calificados localmente, pues de lo contrario ésta podría ser la partida más cara de los costes de celebración de las reuniones de los Comités del Codex. También se estuvo de acuerdo en que sería menester determinar las normas de interés para un presunto nuevo país hospedante. A este respecto, la Comisión acordó que sería necesario enviar un cuestionario apropiado a los países en desarrollo. La Comisión aprobó que la Secretaría envíe cartas a los países en desarrollo en las que se formulen las preguntas oportunas y se pida conocer cuáles son los Comités del Codex que tienen especial interés. La Secretaría debería además mantener una estrecha comunicación con los actuales países hospedantes sobre este asunto. Se pidió a la Secretaría que prepare un informe sobre la marcha de los asuntos en relación con este tema, para que el Comité Ejecutivo lo estudie en su próxima reunión.

147. Reconoció la Comisión que podría resultar de mayor interés para los países en desarrollo, y una propuesta más practicable, trasladar a otra localidad las reuniones de algunos Comités de Productos, como por ejemplo, el Comité sobre Productos del Cacao y Chocolate, en vez de las reuniones de los Comités del Codex sobre materias generales. Acaso resultase demasiado difícil el funcionamiento de los Comités sobre materias generales fuera de su normal ubicación, por razón de la extensa documentación precisa y de la necesidad de remitirse a actas y archivos procedentes de reuniones anteriores. La Comisión consideró asimismo de valor tener en cuenta la propuesta de la delegación de Canadá respecto a la sugerencia de que a los Presidentes de algunos Comités del Codex y Puntos de contacto del Codex, se les pudiera invitar a asistir a las reuniones de los Comités Coordinadores y a informar en las mismas.

NORMAS INTERNACIONALES PARA LEGUMBRES Y LEGUMINOSAS

148. El Comité Ejecutivo, en su 27a reunión, había examinado la cuestión de si era necesario establecer normas internacionales del Codex para legumbres y leguminosas. Había recomendado asimismo, que se preparara un documento que pudiera ser examinado por la Comisión en el 14o período de sesiones de ésta.

149. La Secretaría presentó el documento titulado “Examen de la Necesidad de Normas Internacionales para Legumbres y Leguminosas” (ALINORM81/35), que contenía detalles sobre las legumbres más importantes que circulan en el comercio internacional, y sobre las zonas principales donde se cultivan. Se facilitaban también datos sobre producción, consumo y comercio, asi como información sobre el valor nutritivo de estos productos. La conclusión del documento era que, según los criterios para los trabajos de la Comisión, había necesidad de establecer normas internacionales para estos productos que son fuentes importantes de energía y proteínas en la dieta de muchas poblaciones del mundo en desarrollo.

150. La mayoría de las delegaciones que hablaron sobre este tema estuvieron de acuerdo con la conclusión del documento sobre la necesidad de elaborar normas o códigos de prácticas mundiales, según los casos, para estos productos. Varias delegaciones señalaron que sería importante que las normas internacionales que se prepararan tuvieran en cuenta que en muchos países en desarrollo se elaboran estos productos con técnicas sencillas. Se subrayó a este propósito que cualquier norma internacional debería fomentar las exportaciones y no crear dificultades a las exportaciones de los países en desarrollo.

151. Se llamó la atención sobre el hecho de que el Grupo de Trabajo de la CEPE sobre Normalización de alimentos perecederos estaba preparando una recomendación europea para las legumbres. Se subrayó la necesidad de asegurar que los requisitos mínimos de calidad de cualquier propuesta que hiciera la CEPE no entraran en conflicto con los requisitos mínimos de calidad de las eventuales normas del Codex.

152. La delegación de Argentina llamón la atención sobre la conclusión del párrafo 13 e) del documento, de que la zona del Caribe y América Latina continuaba siendo, en conjunto, importadora neta. La delegación indicó que Argentina era un país exportador neto y, por tanto, se daría mejor información si se dijese que la mayoría de los países del Caribe y América Latina continuaban siendo importadores netos.

153. Algunas delegaciones consideraron que sería mejor que la Comisión no adoptara por el momento, la decisión de emprender la elaboración de normas para estos productos. Tales delegaciones hicieron las observaciones siguientes: era insuficiente la información facilitada a la Comisión sobre qué cantidad de estos productos se utiliza para el consumo humano y qué cantidad para la alimentación de animales; no son muy notables los posibles riesgos para la salud relacionados con estos productos; la Secretaría debería enviar una carta circular para obtener más información sobre la cuantía e importancia del comercio de estos productos para el consumo humano, así como sobre cuáles eran los productos que habría que normalizar a nivel regional y cuáles a nivel mundial.

154. En relación con las observaciones precedentes, la Secretaría facilitó ejemplares de un documento de la FAO titulado “Legumbres: situación y perspectivas mundiales”, que había sido preparado por la Dirección de productos básicos y comercio de la FAO para la Asamblea de la Confederación internacional del comercio y la industria de las legumbres, celebrada en Marrakesh, Marruecos, en junio de 1981.

155. Tras examinar a fondo el asunto, la Comisión decidió que se comenzara a trabajar en la elaboración de normas para estos productos. La Comisión pidió al Comité del Codex sobre Cereales y productos de cereales que se encargara de esta tarea. El citado Comité debería determinar sus propias prioridades, incluida la cuestión de cuáles son los productos que han de normalizarse a nivel mundial, y qué productos sería más apropiado normalizar a nivel regional. También sería necesario que la CEPE asegurara que no haya conflictos entre sus normas y las del Codex para estos productos. Por consiguiente el citado Comité del Codex debería examinar el proyecto de recomendaciones de la CEPE para estos productos. La Comisión consideró que podían ser muy útiles para el Comité del Codex sobre Cereales y productos de cereales los conocimientos técnicos de la Confederación internacional del comercio y la industria de las legumbres, y tomó nota con reconocimiento del ofrecimiento del Secretario General de la IPTIC de colaborar con el citado Comité en esta labor.

156. Se estuvo de acuerdo en la necesidad de ampliar el mandato y el título del Comité del Codex sobre Cereales y productos de cereales. A tal efecto, se acordó examinar el mandato revisado de este Comité en el tema del programa que trata de las actividades del Comité del Codex sobre Cereales y productos de cereales (véase párrafos 476–477).


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