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1. INTRODUCCION

La mayoría de los países, ya se trate de las potencias pesqueras tradicionales o de los países abundantes en recursos, han aceptado ya un nuevo derecho consuetudinario en el que se vuelven a definir los grandes principios de acceso a la explotación de los recursos pesqueros marinos. Este cambio básico del marco jurídico de las pesquerías mundiales ha tenido ya, o puede tener en el futuro de las pesquerías mundiales, tres consecuencias más importantes:

  1. a corto plazo, las nuevas condiciones de participación en las pesquerías, basadas ahora en criterios geográficos, han llevado consigo transferencias de producción que interesan a una parte notable de las capturas mundiales;

  2. a medio plazo, la autoridad que ha adquirido cada país ribereño le brinda la posibilidad de reducir progresivamente la disipación de los beneficios económicos y sociales que era prácticamente inevitable en el régimen anterior de libre acceso a los recursos y de la consiguiente competencia encarnizada;

  3. por último, el descanso de las pesquerías de gran altura debería acelerar la revisión de los modelos de desarrollo que han predominado hasta aquí: habría que conceder más atención a la adopción de los planes de explotación que mejor se ajusten a los distintos marcos y a los intereses nacionales concretos, sobre todo en los países en desarrollo.

Hasta ahora se ha atendido mayormente a los efectos inmediatos. Por ejemplo, se ha hablado mucho de quiénes eran los principales beneficiados y quiénes los más perjudicados con el nuevo régimen. F. Christy (FAO, 1981d) ha analizado esas consecuencias partiendo de una apreciación del valor económico de las capturas por las flotas de gran radio de acción antes de que se dejen sentir los efectos del nuevo régimen (Cuadro 1). Estas capturas representaban entonces en valor, más de la cuarta parte de la producción mundial. La concentración de las actividades de las flotas de altura en las regiones pesqueras, sobre todo aunque no únicamente en los mares templados fríos, hace que, considerados globalmente, los países desarrollados (Canada, Estados Unidos, Islandia, Noruega, etc.) se hayan beneficiado directamente más que los países en desarrollo (salvo los situados en el litoral septentrional y sudoccidental de Africa, Argentina y Uruguay, etc.) del cambio de régimen. Ahora bien, el predominio de los países desarrollados (Japón, URSS y países de Europa oriental, etc.) en el armamento de las flotas de gran altura, hace que sean estos países los que han sufrido casi todo su impacto negativo, pues las capturas fuera de su territorio por parte de los países en desarrollo (Corea, Cuba, Ghana, Tailandia, etc.) sólo representan una proporción bajísima del valor total de las capturas de las flotas pesqueras de gran radio de acción.

Esta comparación se basa en los datos estadísticos de 1972, que es el último año antes de que comenzaran a dejarse sentir los efectos del nuevo régimen del mar. Resulta difícil imaginarse cuál hubiera podido ser la evolución ulterior de la importancia de dichas flotas. Bien es verdad que el aumento del costo energético hubiera perjudicado la ampliación de sus faenas en las regiones marítimas menos pesqueras. En cambio, lo que no es tan evidente es que hayan frenado el despliegue, con otras modalidades, de la pesca de las potencias tradicionales. El relevo tal vez haya consistido en la creación por esos países de flotas locales. Su eficacia superior ha representado probablemente un logro notable en su competición por recursos que siguen todavía siendo en su mayor parte de libre acceso.

Cuadro 1

Estimación del valor de las capturas, salvo túnidosa realizadas en 1972 (antes de que se dejasen sentir los efectos del cambio de régimen) por las flotas de gran radio de acción (estimación tomada de FAO, 1981d)
 Millones de dólares EE.UU.Porcentaje de capturas mundiales
Valor de las capturas de las flotas de gran radio de acción 5 560 25
realizadas frente a los países desarrollados3 70017
- realizadas frente a los países en desarrollo1 8608
- por los países desarrollados1 46025
por los países en desarrollo100-

a Hay que agregar la fracción, desconocida pero notable, de las capturas (US$ 1,2 millonesen total) realizadas por las flotas atuneras de gran altura en las ZEE de otros países

Con todo, estas transferencias de producción representan mal los beneficios o las pérdidas de orden económico que han tenido ya o pueden tener los países interesados. De una parte, las insuficiencias de la ordenación que lleva consigo la competencia especialmente intensiva en las pesquerías internacionales hacen que los beneficios netos obtenidos de la pesca hasta ahora sólo hayan sido, en el mejor de los casos, marginalmente positivos. Por otra parte, hay varios países que, al haberse hecho con el control de recursos superiores a su propio consumo, obtienen ya del nuevo régimen notables beneficios, bien en dinero bajo forma de cánones, o en especies en forma de inversiones, equipo, asistencia, etc., o también de carácter político.

Ahora bien, si los efectos inmediatos del nuevo régimen de los mares en la actividad de las flotas de altura se han dejado sentir de forma desigual, la mayor parte de los países ribereños1 cuentan ahora con posibilidades nuevas para sacar beneficios económicos y sociales de las pesquerías que se hallan bajo su control. La ampliación de la jurisdicción nacional puede permitir, ejerciendo esta nueva autoridad, reglamentar el acceso a la pesca de recursos limitados por naturaleza. Asimismo, podrá corregirse progresivamente la tendencia al despilfarro de los beneficios netos y a la sobreexplotación biológica que lleva consigo la libre competencia.

Al propio tiempo, el declive de las pesquerías internacionales, cuyas peculiaridades y perspectivas han sido la nota característica de las prácticas del desarrollo y de la ordenación durante los últimos decenios, debería favorecer el recurso a modelos de desarrollo y de explotación que se ajusten más a las necesidades, a las oportunidades y a los intereses propios de cada país. Si se estudian las estrategias hasta ahora practicadas resulta, en efecto, que se ha transplantado por lo general a los países del Tercer Mundo el modelo de desarrollo de las pesquerías industriales que es propio de los países adelantados, sin tener en cuenta debidamente las características específicas de aquellos países (abundancia de mano de obra, escasez de capitales, mercados no desarrollados), ni las limitaciones que han venido a repercutir en las perspectivas de la expansión de la pesca (encarecimiento del costo energético, enrarecimiento de los recursos de fácil explotación) (Troadec, en preparación).

Para que las pesquerías puedan contribuir mejor al desarrollo económico nacional, conviene percatarse de las peculiaridades de la pesca y de las condiciones que la propia naturaleza de los recursos impone para su total aprovechamiento. La pesca marítima afecta fundamentalmente a poblaciones que constituyen parte de ecosistemas naturales cuya producción no puede mejorar el hombre, salvo en casos muy concretos y limitados geográfica-ente (acuicultura extensiva). Puede en el mejor de los casos obtener el excedente neto de producción cuyo límite sólo puede tocarse si se logra llevar y mantener los tonelajes capturados y en menor medida, la estructura (por edad y especie) de las capturas dentro de determinados límites. En segundo término, la movilidad de gran parte de los recursos pesqueros impide en la práctica privatizar su explotación asignando a cada operador determinadas fracciones del recurso; esta sigularidad coloca a los pescadores en una situación de concurrencia abierta y permanente para obtener la renta económica neta resultante de su actividad. Si esta competencia no puede dominarse, lleva primeramente a inversiones excesivas y, de ahí al despilfarro progresivo de los beneficios netos terminando luego en la sobreexplotación biológica de los recursos.

1 Independientemente de los problemas de reconversión planteados por la reducción de las flotas de gran altura en las grandes potencias pesqueras mundiales (países de Europa oriental, Corea, Japón, Tailandia. etc.)

En este documento nos proponemos pasar reseña a esta dinámica interna de las pesquerías, analizando las condiciones de explotación que pueden llevar a un aprovechamiento coherente, es decir, de acuerdo con los objectivos fijados para el aprovechamiento del recurso y ver, en un nuevo contexto jurídico, los tipos de reglamentación que mejor puedan colocar y mantener las pesquerías en el estado correspondiente a esos objetivos.


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