La Dependencia Común de Inspección (DCI) se creó con carácter experimental en virtud de la resolución 2150 (XXI) de la Asamblea General, de 4 de noviembre de 1966. El le de enero de 1978 entró en vigor el estatuto de la Dependencia, aprobado por la Asamblea en su resolución 31/192, de 22 de diciembre de 1976. Por esa decisión, la Dependencia pasó a ser un órgano subsidiario de los órganos legislativos de las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas que han aceptado el estatuto de la Dependencia. Esas organizaciones, que a partir de ahora se denominarán "lea organizaciones participantes", se enumeran en el capítulo II del presente informe. La finalidad fundamental de la Dependencia es aumentar la eficiencia del funcionamiento administrativo y financiero del sistema de las Naciones Unidas.
Conforme a su estatuto, la Dependencia, entre otras cosas, constatará que las actividades emprendidas por las organizaciones participantes se desarrollan en la forma más económica posible y que se hace un uso óptimo de los recursos disponibles para llevar a cabo dichas actividades. La Dependencia está formada por 11 Inspectores con experiencia en asuntos administrativos y financieros nacionales e internacionales, incluidas cuestiones de gestión, a los que nombra la Asamblea General aplicando el principio de la distribución geográfica equitativa. Los Inspectores desempeñan sus funciones a título personal por un período de cinco años, renovable por una vez.
Los Inspectores tienen las más amplias facultades de investigación respecto de todos los asuntos que influyen en la eficiencia de los servicios y en la debida utilización de los recursos y pueden realizar averiguaciones e investigaciones sobre el terreno. Además, están facultados para inspeccionar y evaluar las actividades de las organizaciones participantes y formular recomendaciones encaminadas a mejorar la gestión y los métodos y a lograr una mayor coordinación entre esas organizaciones.
En su cuadragésimo octavo período de sesiones, la Asamblea General, en el preámbulo de la resolución 48/221, de 23 de diciembre de 1993, confirmó el estatuto de la Dependencia como único órgano independiente de inspección, evaluación e investigación de todo el sistema.
La Dependencia prepara informes, notas y cartas confidenciales dirigidos a una o mea organizaciones que sean de interés para el sistema de las Naciones Unidas en su conjunto. Además, presenta un informe anual relativo a sus principales actividades durante el año, dirigido a la Asamblea General y a los órganos legislativos de las organizaciones participantes.
El presente informe es el 27° preparado por la Dependencia desde que fue creada.