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8.  ESTRATEGIAS OFICIALES DE ORDENACION

8.1  Introducción

Es significativo que los expertos de pesca (incluidos los economistas) insistan en la importancia a efectos de ordenación de dos de los conceptos que sirven de base a los sistemas de ordenación tradicional. Son los de acceso limitado y participación local. En determinadas circunstancias, algunos de esos mismos expertos señalan también el valor de las épocas de veda (Bhukaswan, 1980, pág. 51).

Los economistas en ordenación de recursos naturales han explicado una y otra vez las razones de por qué históricamente las pesquerías comerciales maduras suelen entrar en un período de descenso, que se corresponde con nuestra cuarta fase (Crutchfield, 1982; Pearse, 1980). Esta “pauta depresiva” harto común (en palabras de Crutchfield) está provocada por una afluencia de pescadores a una pesquería de propiedad común en la que pueden hacerse beneficios (o conseguir un nivel de vida de subsistencia durante los años malos). Al ser más los pescadores que compiten por un recurso limitado, la capitalización excesiva (Marr, 1976) puede darse en masas mayores de aguas dulces (incluidos los grandes lagos naturales y artifciales de Africa y algunos grandes ríos como el Amazonas). Aun cuando no sea así, bajan las capturas por esfuerzo unitario, los ingresos por persona y los niveles de vida de los pescadores.

Las soluciones al problema han de implicar un acceso limitado; “económicamente hablando, la ordenación racional de la pesca exige la transformación del bien común mediante algún tipo de sistema de acceso limitado para así poder optimizar los beneficios netos que se obtienen de la pesquería” (MacKenzie, 1983, iii). Por lo que respecta a la participación local mediante la revitalización y adaptación de sistemas tradicionales de ordenación y la creación de nuevas instituciones, ya hemos citado una serie de expertos pesqueros que propugnan ese enfoque, que vincularía la participación local y el acceso limitado dando a las comunidades pesqueras un mayor control sobre una pesquería restringida (Kapetsky, 1982; Christy, 1983; y Panayotou, 1983). Por lo que respecta a las epocas de veda (y zonas cerradas), Bhukaswan señala su utilidad para varias pesquerías de aguas dulces (embalses en particular) en Asia (1980, pág. 51–2), mientras que Welcomme (1980, pág. 12) sugiere que “el control de la temporada de pesca” puede ser la más segura de las técnicas actuales de ordenación propugnadas por los gobiernos para los grandes ríos.

Frente a esto, es deprimente observar que pocos organismos gubernamentales (incluidos departamentos de pesca) insisten en algunos de estos aspectos (con la excepción parcial de las épocas de veda) como modalidades importantes de ordenación para las pesquerías fluviales. Lo mismo que los pescadores, al ser parte del problema, deben intervenir en su solución, lo propio sucede con los organismos gubernamentales, que siguen insistiendo en medidas reglamentarias como las restricciones de artes de pesca, que reducen la eficacia económica de las unidades pesqueras. Además, no sólo no se pueden hacer cumplir en la práctica salvo en condiciones especiales, sino que también el empleo de personal de pesca para fines de aplicación coercitiva socaba su eficacia como agentes de extensión y compiladores de datos.

Medidas reglamentarias tan predominantes suelen derivar directamente de restricciones impuestas a las pesquerías tradicionales por las administraciones coloniales o influidas por ellas. En términos generales, se proyectaron para proteger la pesca más que para aumentar los niveles de vida de las comunidades pesqueras. Técnicas, como las del cebo envenenado, que eran pocos familiares a los funcionarios coloniales o que culturalmente les resultaban repugnantes quedaron prohibidas sin estudiar sus repercusiones reales. Aunque muchas veces se los llama ahora ayudantes pesqueros, los funcionarios de grado inferior en contacto directo con los pescadores se denominaban literalmente “guardas de pesca” en las antiguas colonias británicas, mientras que sus homólogos en los departamentos de bosques y fauna silvestre eran llamados a menudo “guardas de caza” y “guardas forestales”. Su relación con las comunidades locales era fácil que fuera de contraposición, teniendo que proteger la caza, la pesca y los bosques de la gente del lugar mediante una serie de prohibiciones de aplicación rígida, entre las cuales, en el caso de la pesca, las más comunes eran las restricciones de artes de pesca. Y, como hemos visto, en lugar de apoyarlos y darles una base jurídica se restringieron los derechos de acceso limitado que tenían las comunidades pesqueras locales a los recursos pesqueros, de los que dependían. Incluso varias técnicas de intensificación como “las pesquerías en parques” solían verse con cierta suspicacia (Welcomme, 1980, pág. 194).

Aunque hoy día una mayor disposición a hacer nuevas experiencias, hay mucha más continuidad con el pasado colonial por lo que respecta a formas de ver la ordenación de las pesquerías fluviales y otras pequeñas pesquerías que están sujetas a cambio. Y ello a pesar de que informe trás informe se subraya la irracionalidad económica de muchas de las actuales técnicas de ordenación, amén de la imposibilidad de los países de las zonas tropicales de hacerlas cumplir. Los problemas de hacer cumplir las normas son subrayados por los informes y cartas recientes de expertos que se ocupan del desarrollo de las pequeñas pesquerías en varios países africanos, asiáticos y latinoamericanos. Hemos recibido, en respuesta a nuestra petición de que nos facilitaran información más actualizada, varias contestaciones de las que reproducimos aquí una muestra:

Gambia: “Falta” una información de base suficiente para formular estrategias tipo vedas de estaciones y de zonas. El depender de medidas predominantes “estipulando un tamaño mí”nimo de malla es algo ineficaz debido a varios factores”, en particular la escasez de personal, la inaccesibilidad de las pesquerías y los múltiples cometidos del personal de pesca con sus funciones de “recaudador de impuestos o de agentes judiciales”, lo que lleva a que los pescadores “pierdan su confianza y respeto en el personal pesquero”.

Uganda: “Los departamentos de caza, pesca y montes siguen impedidos por la falta de equipo… Los lagos, sobre todo el tan acosado Kyoga, están siendo explotados por una población desesperada, que crece a un ritmo de 3,5 % anual”.

Centro Africa: “Es evidente que los departamentos de pesca no tienen el personal necesario para hacer cumplir los reglamentos”.

Indonesia: “No hay básicamente aplicación coercitiva de norma alguna (con la notable excepción de la prohibició” n de la pesca de arrastre…). Mi opinión es que la participación a nivel local es indispensable para el cumplimiento de las normas… Sospecho que la falta de cumplimiento se debe aquí sólo en parte a la carencia del personal correspondiente… Decir a un pobre pescador que no debe utilizar un determinado tamaño red o un determinado tamaño de malla no tiene pura y simplemente sentido. Está tratando de ganarse la vida”.

Cuenca amazónica: Los indios de la Amazonia por ejemplo se beneficiarían de la legalización y protección de sus tierras tradicionales (y de sus recursos correspondientes), pero en la mayoría de las zonas no se ha aplicado esa legalización…”

Costa Rica: Aunque está prohibida por la ley la pesca continental con fines comerciales, entre los problemas existentes figuran “la pesca ilegal que es destructiva porque utilizan métodos como explosivos, cebos envenenados, cal, arbaleta, tarraya, etc. la pesca comercial ilegal (y) la falta de apoyo logístico y de personal” para el Departamento de vida silvestre.

Honduras: “Ante todo quiero hacerles saber que, debido a lo bajo del presupuesto para el sector no se ha podido llevar a cabo un programa de ordenación de la pesca en nuestro país”.

Mirando al futuro, es importante que los departamentos de pesca adopten un nuevo enfoque ante la ordenación de las pesquerías locales, donde actúen con las comunidades locales para ayudarles a aumentar la producción y elevar sus niveles de vida. Estos dos objetivos pueden llegar a ser sólo compatibles si se combina un acceso limitado con una participación local favorecida oficialmente y una variedad de otras técnicas de ordenación que se estudian en el capítulo final de este informe. Aun cuando las actuales técnicas de ordenación estuvieran a la altura de su cometido (y hay escasísimas pruebas de que así sea), la mayoría de las administraciones públicas de las zonas tropicales no poseen los recursos financieros y de personal necesarios para aplicarlas. Por ese solo motivo, el cumplimiento coercitivo, para que tenga éxito, ha de contar con la comprensión y el decidido respaldo de las propias comunidades pesqueras.


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