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PARTE II

COMITE EJECUTIVO
INFORMES DEL 14o Y 15o PERIODOS DE SESIONES

9. La Comisión recibió los informes del 14o y 15o períodos de sesiones del Comité Ejecutivo, celebrados en Roma del 17 al 19 de septiembre de 1969 y el 3 de abril de 1970, respectivamente. Al presentar estos informes, el Presidente señaló que la mayoría de los temas importantes estudiados por el Comité Ejecutivo se someterían a la Comisión cuando ésta deliberase sobre los correspondientes temas del Programa. En el Apéndice II del presente Informe se reproduce el Informe del 15o Período de Sesiones

Higiene de la carne

10. Se informó a la Comisión que los Directores Generales de la FAO y de la OMS habían convocado una reunión de un Grupo especial de expertos para que redactasen un primer proyecto de Código de Prácticas de Higiene sobre la Carne; dicha reunión se celebró en la Sede de la OMS, en Ginebra, del 17 al 20 de marzo de 1970. Este Grupo especial de expertos aprobó, en principio, u proyecto inicial de código, que se enviará a los gobiernos para que formulen sus observaciones a la mayor brevedad posible, a fin de que el Comité del Codex sobre la Carne y los Productos Cárnicos 1 los pueda recibir oportunamente para la discusión del proyecto de código (Documento CX/MMP 70/3, Apéndice II) en su próximo período de sesiones, que se celebrará más tarde, en el curso de este año.

Sistema uniforme de signaturas para los documentos del Codex

11. La Comisión aprobó el sistema uniforme de signaturas para los documentos del Codex, recomendado por el Comité Ejecutivo en su 14o Período de sesiones, y que figura como Apéndice III del presente Informe. El Comité Ejecutivo estimó que este sistema de signaturas debía considerarse como una interpretación del inciso (e) del párrafo 9 de las Directrices para los Comités del Codex, que indica la conveniencia de dar números de referencia consecutivos, en una serie apropiada, a todos los documentos de los Comités del Codex. La Comisión senaló que este sistema uniforme de signaturas para los documentos del Codex se incluirá en la próxima edición (3a) del Manual de Procedimiento de la Comisión del Codex Alimetarius.

1 A este Comité se le ha dado el nuevo nombre de “Comité del Codex sobre la Carne” (véase párrafo 177)

Inclusión en las Normas del Codex de especificaciones que no pueden verificarse mediante el simple examen del producto final

12. La Comisión tomó nota de que el Comité Ejecutivo, en su 15o período de sesiones, había acordado que, para incluirlas en las Normas del Codex, eran preferibles siempre que fuera posible, especificaciones para los productos finales que pudieran verificarse, en vez de disposiciones cuya observancia no pudiera verificarse mediante el examen del producto final. La Comisión tomó también nota de que el Comité Ejecutivo había convenido igualmente en que las Normas del Codex podían contener disposiciones tales como las relativas a las condiciones de fabricación y materias primas utilizadas, que no podían determinarse mediante el simple examen del producto final. La Comisión tomó nota, además, de que el Comité Ejecutivo había acordado que este principio se aplicase también a aquellos aspectos de las normas del Codex que no fuesen los criterios de calidad.


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