(presentada a la Comisión para su adopción)22
Enmendar el párrafo (d) del Mandato del Comité (Manual de Procedimiento del Codex Alimentarius, octava edición, pág. 147) como sigue (suprimir el texto tachado e incorporar el texto en cursiva):
d) examinar, modificar, en caso necesario, y sancionar, cuando así proceda, los proyectos de
métodos de análisis y muestreo propuestos por los Comités (de productos) del Codex, con
la salvedad de que los métodos de análisis y muestreo para los residuos de plaguicidas o de
medicamentos veterinarios en los alimentos, la evaluación de la calidad microbiológica e
inocuidad de los alimentos, y la evaluación de especificaciones de aditivos alimentarios y los
métodos claborados por el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos gubernamentoles sobre el
Código de Principios referentes a la Leche y los productos lácteos no entrarán en el mandato
de este Comité;