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APENDICE III

ENMIENDA DEL MANDATO DEL COMITE DEL CODEX
SOBRE METODOS DE ANALISIS Y TOMA DE MUESTRAS

(presentada a la Comisión para su adopción)22

Enmendar el párrafo (d) del Mandato del Comité (Manual de Procedimiento del Codex Alimentarius, octava edición, pág. 147) como sigue (suprimir el texto tachado e incorporar el texto en cursiva):

d)    examinar, modificar, en caso necesario, y sancionar, cuando así proceda, los proyectos de métodos de análisis y muestreo propuestos por los Comités (de productos) del Codex, con la salvedad de que los métodos de análisis y muestreo para los residuos de plaguicidas o de medicamentos veterinarios en los alimentos, la evaluación de la calidad microbiológica e inocuidad de los alimentos, y la evaluación de especificaciones de aditivos alimentarios y los métodos claborados por el Comité Mixto FAO/OMS de Expertos gubernamentoles sobre el Código de Principios referentes a la Leche y los productos lácteos no entrarán en el mandato de este Comité;

22 ALINORM 95/4, párr. 37.


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