En la Conferencia de noviembre de 2005 los gobiernos de los Estados Miembros de la FAO dedicaron una parte importante de su tiempo a examinar y debatir las propuestas de reforma del Director General. Como conclusión, la Conferencia apoyó varios elementos clave del plan:
- la simplificación de los procedimientos administrativos y financieros, incluido el establecimiento de un “Centro de Servicios Compartidos” para la Sede y las regiones,
- los primeros pasos hacia una reestructuración orgánica en la Sede,
- la utilización de una región geográfica con carácter experimental para aplicar las propuestas de mayor descentralización, así como el establecimiento de una nueva oficina subregional en otra región.
Muchos de los cambios autorizados para la Sede ya estaban tomando efecto a 1º de enero de 2006. Para la mejora de la descentralización con carácter experimental, se eligió a África con sus subregiones. Se determinó que los países de Asia central quedasen cubiertos por una nueva oficina subregional. Las oficinas de la FAO en TODAS las regiones del mundo se beneficiarán de la simplificación de los procedimientos administrativos, de un refuerzo de la facultad de adoptar decisiones y de otras mejoras.
Para el bienio 2006-2007, se elaboró un Programa de Labores y Presupuesto revisado en correspondencia con el nivel presupuestario y la estructura de capítulos aprobados. Los Comités del Programa y de Finanzas lo aprobaron en mayo de 2006.
Entretanto, prosigue el impulso de la reforma. En diciembre de 2005, el Director General consultó a los Estados Miembros. Se llegó a la conclusión de que se podrían presentar propuestas de reforma modificadas a los Comités del Programa y de Finanzas para sus períodos de sesiones de septiembre de 2006, así como al Consejo de la FAO en noviembre. Durante el primer semestre de 2006 el Director General se dirigió a cada una de las Conferencias regionales de la FAO en relación con las propuestas de reforma para recabar sus opiniones.
A la luz de las orientaciones aportadas por las Conferencias Regionales y los Comités del Programa y de Finanzas en mayo, así como de las discusiones internas, se elaboró un nuevo documento con las líneas generales de aplicación de las decisiones de la Conferencia y propuestas del Director General, para la adopción de una decisión por el Consejo en noviembre de 2006, tras los períodos de sesiones de septiembre de los Comités del Programa y de Finanzas.
Aplicación de las Decisiones de la Conferencia y Propuestas del Director General
En su 131º período de sesiones de noviembre de 2006, el Consejo tomó nota de los términos de las decisiones ya aprobadas por la Conferencia por medio de la Resolución 6/2005 sobre las reformas y del proceso de consultas intergubernamentales en 2006, incluido el ciclo de Conferencias Regionales de la FAO. En particular, tomó nota de la decisión de la Conferencia de autorizar la aplicación de las recomendaciones de la evaluación independiente de la descentralización y de la respuesta de la administración, en las que se incluía el traslado de la Oficina Regional para Europa. Tomó asimismo nota de la decisión de la Conferencia de establecer el Centro de Servicios Compartidos como medio de conseguir mayores aumentos de la eficiencia. El Consejo se mostró de acuerdo con la evaluación de los Comités del Programa y de Finanzas en el sentido de que las propuestas del Director General1 se ajustaban a las decisiones previas adoptadas a este respecto por los órganos rectores2 . El Consejo autorizó asimismo al Director General a proceder a la reestructuración en la Sede, como se indica en la Sección V del documento CL 131/18, e hizo notar que algunos Miembros habían expresado reservas sobre la necesidad de llevar a cabo dicha reestructuración en este momento.
El Consejo aprobó en principio el establecimiento de una nueva Oficina Subregional en América Latina; las modalidades de aplicación serán abordadas por un grupo de trabajo convocado por la Secretaría, con la participación de los países interesados, y serán sometidas a la decisión final del Consejo en 2007.
El Consejo tomó nota del deseo manifestado por los Estados del Consejo de Cooperación en el Golfo y Yemen de establecer una Oficina Subregional en la región y subrayó la necesidad de seguir estudiando la cuestión para presentar al Consejo una propuesta concreta.
El Consejo puso de relieve el hecho de que el objetivo general de las reformas consistía en mejorar la eficiencia y la eficacia de la Organización, así como su capacidad de prestar servicios a los Miembros. Reiteró que el proceso de reformas en curso en la FAO y el resultado de la EEI deberían apoyarse mutuamente, y que la aplicación de las reformas no debería perjudicar la aplicación del resultado de la EEI.
El Consejo expresó la esperanza de que prosiga la aplicación de las decisiones ya citadas, dentro del presupuesto aprobado y en el contexto de un plan financiero. El Consejo recordó que la Resolución 6/2005 de la Conferencia – Reformas en la Organización – había subrayado que la EEI y las propuestas de reforma del Director General deberían apoyarse mutuamente. Invitó a su Presidente Independiente a convocar de forma informal, si lo estimaba necesario entre reuniones del Consejo, al Grupo de Amigos del Presidente a debatir los temas relativos al seguimiento de la EEI para la preparación de las reuniones del Consejo. Los encuentros con el Grupo de Amigos del Presidente estarían abiertos a todos los Miembros de la Organización, con un grupo básico de representantes por región. El Presidente del CC-IEE puso de relieve que, según se establece en el Anexo V del informe del CC-EEI, el Grupo de Amigos del Presidente podría desempeñar un papel destacado en la creación de un consenso sobre los esfuerzos complementarios que se están desarrollando en la aplicación de las reformas en la FAO propuestas por el Director General, las observaciones y recomendaciones futuras de la EEI y las reformas conexas del sistema de las Naciones Unidas, incluido el resultado de las negociaciones acerca de las recomendaciones del Grupo de Alto Nivel sobre la Coherencia del Sistema de las Naciones Unidas. 1 : CL 131/18.
2 : CL 131/7, párrafo 67, y CL/131/12, párrafo 19.
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