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Comité de Pesca (NFI-701)

Período de sesiones anteriores y documentos

COFI - 35.º período de sesiones - septiembre de 2022
COFI - 34.º período de sesiones - febrero de 2021
COFI - 33.° período de sesiones - julio de 2018
COFI - 32.° período de sesiones - julio de 2016
COFI - 31.° período de sesiones - junio de 2014
COFI - 30.º período de sesiones - julio de 2012
COFI - 29.º período de sesiones - febrero de 2011
COFI - 28.º período de sesiones - marzo de 2009
COFI - 27.º período de sesiones - marzo de 2007
COFI - 26.º período de sesiones - marzo de 2005
COFI - 25.º período de sesiones - marzo de 2003
COFI - 24.º período de sesiones - febrero de 2001
COFI - 23.º período de sesiones - febrero de 1999
COFI - 22.º período de sesiones - marzo de 1997

Marco jurídico
Artículo de la Constitución

Artículo V

Origen

Establecido por la Conferencia en su 13.º período de sesiones (1965, Resolución 13/65) como Comité del Consejo.

Reglamento

Aprobado en el primer período de sesiones (1966) y enmendado en los períodos de sesiones segundo (1967), 11.º (1977), 30.° (2012) y 31.° (2014).
Ver Textos Fundamentales, vol. I - sección I, Reglamento del Comité de Pesca

Categoría Cat.1
Objeto

El mandato del Comité, según se dispone en el Artículo XXX del Reglamento General de la Organización, comprende lo siguiente:

  • examinar los programas de trabajo de la Organización en el sector de la pesca y estudiar su ejecución;
  • efectuar exámenes generales periódicos de los problemas pesqueros de carácter internacional y estudiar sus posibles soluciones mediante programas nacionales, intergubernamentales y de la FAO;
  • examinar, además, las cuestiones concretas sobre pesca sometidas al Comité por el Consejo o el Director General, o que hayan sido incluidas por el Comité en su programa a petición de un Estado Miembro, de conformidad con el Reglamento del Comité, y hacer las recomendaciones que estime pertinentes;
  • considerar la conveniencia de preparar y someter a los Estados Miembros un convenio internacional, en virtud del Artículo XIV de la Constitución, para lograr la eficaz colaboración y consulta en pesca, a escala mundial;
  • informar al Consejo o asesorar al Director General, según corresponda, sobre las cuestiones examinadas por el Comité.
Secretario Sr. Audun Lem, a.i, NFI
Composición Abierto a todo Estado Miembro que notifique por escrito al Director General su deseo de ser miembro del Comité y su propósito de participar en la labor del mismo. La notificación puede hacerse en cualquier momento, pero a más tardar 10 días antes de la fecha de comienzo del período de sesiones. La calidad de miembro adquirida en su virtud se considerará válida a menos que el miembro no haya estado representado en dos períodos de sesiones consecutivos del Comité, o haya notificado su intención de retirarse del mismo.
Presidente Sr. Mohammed A. Alghamdi (Arabia Saudita)
Número de miembros 115
Lista de Estados miembros
  • Afganistán
  • Alemania
  • Angola
  • Arabia Saudita
  • Argelia
  • Argentina
  • Australia
  • Azerbaiyán
  • Bangladesh
  • Bélgica
  • Bolivia (Estado Plurinacional de)
  • Botswana
  • Brasil
  • Burkina Faso
  • Cabo Verde
  • Camerún
  • Canadá
  • Chad
  • Chequia
  • Chile
  • China
  • Chipre
  • Colombia
  • Congo
  • Costa Rica
  • Côte d'Ivoire
  • Croacia
  • Cuba
  • Dinamarca
  • Dominica
  • Ecuador
  • Egipto
  • El Salvador
  • Emiratos Árabes Unidos
  • Eritrea
  • Eslovaquia
  • España
  • Estados Unidos de América
  • Estonia
  • Eswatini
  • Etiopía
  • Federación de Rusia
  • Filipinas
  • Finlandia
  • Francia
  • Gabón
  • Ghana
  • Guatemala
  • Guinea
  • Guinea Ecuatorial
  • Guyana
  • Honduras
  • Hungría
  • India
  • Indonesia
  • Irán (República Islámica del)
  • Irlanda
  • Islandia
  • Italia
  • Japón
  • Jordania
  • Kenya
  • Kuwait
  • Letonia
  • Liberia
  • Libia
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Madagascar
  • Malasia
  • Maldivas
  • Malí
  • Malta
  • Marruecos
  • Mauritania
  • México
  • Myanmar
  • Nicaragua
  • Nigeria
  • Noruega
  • Nueva Zelandia
  • Omán
  • Países Bajos (Reino de los)
  • Pakistán
  • Panamá
  • Paraguay
  • Perú
  • Polonia
  • Portugal
  • Qatar
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • República Centroafricana
  • República de Corea
  • República Dominicana
  • República Popular Democrática de Corea
  • República Unida de Tanzanía
  • Rumania
  • Senegal
  • Seychelles
  • Singapur
  • Sri Lanka
  • Sudáfrica
  • Sudán
  • Suecia
  • Suiza
  • Tailandia
  • Türkiye
  • Uganda
  • Unión Europea (Organización Miembro)
  • Uruguay
  • Venezuela (República Bolivariana de)
  • Viet Nam
  • Yemen
  • Zambia
  • Zimbabwe
Idiomas Árabe, chino, español, francés, inglés y ruso
Símbolo del documento COFI
Frecuencia del período de sesiones

Normalmente, una sesión cada dos años, convocado con antelación suficiente al que celebra el Consejo antes de los períodos ordinarios de sesiones de la Conferencia. Si es necesario, el Comité puede celebrar más períodos de sesiones (párrs. 4 y 5 del Artículo XXX, RGO).

Dirección División de Pesca y Acuicultura (NFI)
Contacto

[email protected]

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Comité de Pesca

Primera reunión Junio de 1966
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