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RECOMENDACIONES PARA LA GESTION DE PELIGROS MICROBIOLOGICOS PARA LOS ALIMENTOS QUE SON OBJETO DE COMERCIO INTERNACIOINAL[19] (Tema 11 del programa)

68. Se recordó al Comité que el documento comprendía dos anexos relacionados entre sí: el Anexo 1, consistente en el documento original de debate preparado por la ICMSF y el Anexo 2, consistente en el documento preparado por los Estados Unidos sobre la evaluación de riesgos microbiológicos, que se había examinado en la 29a reunión del Comité.

69. El Observador de la ICMSF indicó que la finalidad era proporcionar orientación sobre el establecimiento de planes de muestro adaptados al grado apropiado de protección de la salud pública, ya que esta esfera no había sido regulada por ninguno de los textos del Codex. El objeto del documento era también ofrecer un punto de partida a los esfuerzos en curso para integrar los documentos existentes y futuros del Codex en una estructura general coherente de análisis de riesgos utilizando el concepto clave de "objetivos de inocuidad de los alimentos". Por otra parte, el Anexo 2 ofrecía una útil reflexión sobre la manera de seguir mejorando las prácticas de evaluación de riesgos dentro del Codex y sus organizaciones principales.

70. Algunas delegaciones apoyaron la estructura de trabajo propuesta por la ICMSF. Muchas delegaciones expresaron la opinión de que el Comité no debía realizar su labor con excesiva rapidez, dada la importancia primordial de la cuestión en el contexto general del análisis de riesgos del Codex. Se señaló también que el análisis de riesgos era una ciencia en desarrollo y que se necesitaba flexibilidad en su aplicación.

71. Muchas delegaciones señalaron que era necesario armonizar el enfoque gradual propuesto en el Anexo 1 con los Principios de gestión de riesgos recomendados por la Consulta FAO/OMS sobre gestión de riesgos (1997). Se observó también que tanto los componentes de la evaluación como los de la gestión de riesgos contenidos en el Anexo 1 se habían formulado en el contexto limitado del análisis de riesgos.

72. El Comité tomó también nota de que el Comité sobre Principios Generales había emprendido la tarea de formular políticas de análisis de riesgos para todo el Codex, incluidas varias definiciones y principios horizontales, mientras que el Comité tenía el mandato de aplicar el análisis de riesgos en su esfera de competencia. Se recalcó que el documento de debate abordaba precisamente temas que la Comisión, en su 22o período de sesiones había pedido que elaboraran los comités pertinentes del Codex. Se insistió en que las actividades en esta esfera debían coordinarse entre los Comités del Codex interesados y que mientras tanto debía invitarse de nuevo a los gobiernos a que enviaran observaciones sobre los Anexos 1 y 2 en el contexto más amplio de la evaluación y gestión de riesgos del Codex, con inclusión de los conceptos expuestos en la Consulta FAO/OMS sobre gestión de riesgos (1997).

Estado de Tramitación de las Recomendaciones para la Gestión de Peligros Microbiológicos para los Alimentos que son Objeto de Comercio Internacional

73. El Comité convino en distribuir el documento de trabajo e invitar a los gobiernos a que enviaran sus observaciones para mayo de 1998, teniendo en cuenta los resultados de las consultas FAO/OMS sobre evaluación de riesgos (1995) y sobre gestión de riesgos (1997). El Comité pidió que estas observaciones de los gobiernos fueran compiladas por la delegación de Francia, en consulta con Italia, Argentina, Australia, Canadá, Dinamarca, Alemania, la India, Japón, Nueva Zelandia, los Países Bajos, Noruega, el Reino Unido, los Estados Unidos y la ICMSF y que el documento de debate se revisara con miras a su examen en la próxima reunión del Comité.


[19] CX/FH 97/10; CRD 7 (Francia).

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