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INFORME SOBRE LAS CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS REUNIONES CONJUNTAS FAO/OMS SOBRE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS CELEBRADAS EN 1998 Y 1999 (Tema 4 del programa)[3]

11. El Comité tomó nota de las consideraciones generales que figuraban en el informe de la JMPR de 1999, a saber, el aumento del volumen de trabajo de los participantes de la JMPR, el uso de la expresión “límites máximos de residuos para vigilancia”, el examen de las recomendaciones planteadas en una reunión informal de armonización del JECFA y la JMPR, el avance en las estimaciones de la ingestión dietética aguda, observaciones en torno a un taller de la OCDE sobre la elaboración de requisitos mínimos en materia de datos de residuos para estimar LMR y tolerancias de importación, cuestiones relativas a estudios sobre los efectos de la elaboración en los residuos, la sensibilidad de los lactantes y niños a los plaguicidas, la pertinencia de las especificaciones de plaguicidas para las evaluaciones de la JMPR, la evaluación estadística de los datos de residuos, y cuestiones relacionadas con el examen periódico de datos sobre residuos de compuestos actualmente sometidos a un nuevo registro nacional. El debate de algunas de estas cuestiones se aplazó a temas posteriores del programa.

12. El Comité tomó nota de las recomendaciones relativas a la carga de trabajo de los participantes de la JMPR y animó a los gobiernos a que reconocieran formalmente la labor que los científicos realizaban para ésta como una contribución nacional al sistema del Codex/FAO/OMS, y que se cercioraran de que se les facilitara tiempo y recursos suficiente para finalizar la labor que estaban realizando para la Reunión Conjunta.

13. El Comité apoyó también el planteamiento adoptado por la JMPR de sustituir el término de “LMRV” por una nota a pie de página destinada a señalar los plaguicidas en que las ingestiones dietéticas estimadas en una o más dietas regionales podían exceder la IDA.

14. El observador de CI planteó varias cuestiones relativas a la sensibilidad de lactantes y niños a los plaguicidas, manifestando que el examen de la JMPR en torno a este tema era muy superficial en comparación con un informe de 1993 de la Academia Nacional de Ciencias (NAS) de Estados Unidos, Plaguicidas en las dietas de lactantes y niños. En opinión de CI, el punto de vista de la JMPR contradecía las conclusiones de dicho informe y otros buenos análisis científicos sobre el tema. Sus afirmaciones no eran transparentes y el informe no proporcionaba ninguna base para sus conclusiones. También se cuestionó la suposición de la JMPR de que, en base a la información disponible, el uso rutinario de otros factores de seguridad además de los utilizados corrientemente no estaba justificado; se consideró que esto era un asunto que tenían que decidir los encargados de la gestión de riesgos y no los evaluadores de riesgos. CI creía que las conclusiones de la JMPR carecían de autoridad y méritos científicos para servir de base a decisiones del CCPR sobre la sensibilidad de lactantes y niños a la exposición a plaguicidas.

15. La Secretaría Mixta de la OMS contestó que la JMPR estaba de acuerdo con la conclusión del informe de la NAS de que lactantes y niños podían asimilar las sustancias químicas de forma diferente a los adultos, por lo cual esta cuestión debería examinarse con gran atención, y que de haber efectuado un examen análogo era probable que la JMPR hubiera llegado a conclusiones semejantes. La JMPR evaluaba plaguicidas individuales, actividad diferente a la del grupo que elaboró el informe de la NAS, y la transparencia del proceso de la JMPR reside en tales evaluaciones individuales, donde se examinan estudios y se proporcionan referencias. La JMPR concluyó que, en base a la información disponible sobre los numerosos plaguicidas que habían sido evaluados, desde un punto de vista científico no era necesario aplicar sistemáticamente un factor de seguridad adicional. La IDA siempre se basaba en el punto final pertinente más sensible, y en algunos casos en efectos relativos al desarrollo. Cuando era necesario se aplicaban factores de seguridad más elevados. La Secretaría Mixta estaba de acuerdo en que la adición de factores como precaución adicional sería una herramienta de gestión de riesgos y no era responsabilidad de la JMPR. Como era habitual, la JMPR mantendría sometida a examen esta cuestión y examinaría nuevos datos pertinentes tan pronto como se dispusiera de ellos, para garantizar que se aplicaran los factores de seguridad adecuados y asegurarse de que la IDA representara “ningún riesgo apreciable”. El presidente recordó al Comité que la práctica habitual de la JMPR al elaborar nuevos métodos y principios era ir progresando de año en año en un proceso iterativo con el CCPR, citando como ejemplo la elaboración de la dosis de referencia aguda.

16. En torno al progreso de los métodos para estimar la ingestión dietética aguda, la Secretaría Mixta por la FAO explicó que la JMPR había examinado por primera vez en 1999 la ingestión a corto plazo estimada internacional (ICPEI). También aconsejó que los cálculos de la ICPEI del Anexo IV del informe de la JMPR de 1999 fueran corregidos y se adjuntaran como Corrigendum al informe de la JMPR relativo al año 2000, y que el sitio Web de la FAO se actualizara lo antes posible.

17. En principio el Comité aprobó la recomendación de la JMPR de 1999 de que se elaboraran especificaciones para los plaguicidas antes de que la JMPR evaluara un compuesto. La Secretaría Mixta por la FAO aclaró que los calendarios de evaluación no eran independientes. El Comité reconoció que se tardaría algún tiempo antes de que esta recomendación fuera aplicada completamente. No obstante, la Federación Mundial de Protección Fitosanitaria (GCPF) planteó algunas preocupaciones prácticas sobre posibles retrasos en el establecimiento de LMR debido a que normalmente las especificaciones técnicas se elaboraban en una etapa posterior del proceso, y manifestó su inquietud respecto de los compuestos de los cuales se apoyaba su examen por la JMPR pero no existía compromiso alguno de elaborar especificaciones de la FAO.

18. El Comité tomó nota de la petición de la JMPR de que se proporcionaran directrices sobre cómo abordar las BPA propuestas o modificadas al realizar exámenes periódicos. Reconociendo el procedimiento actual de la JMPR de estimar los LMR sobre la base de las BPA aprobadas (reflejadas en las etiquetas), el Comité acordó que este procedimiento debería mantenerse, pero que los países deberían aportar información detallada sobre la situación de registro en el momento de proponer la inclusión de un compuesto en las listas prioritarias, y de nuevo cuando se programara el examen del compuesto por la JMPR.

19. El Comité observó que en 1999 la JMPR ya había utilizado cálculos estadísticos de residuos pertinentes para ayudar a estimar los niveles máximos de residuos. Sin embargo, la JMPR indicó que la estimación del nivel máximo de residuos por el método de identificar los residuos más elevados procedentes del uso de plaguicidas conforme a las BPA había sido y seguía siendo eficaz para decidir un LMR apropiado, pero que la introducción de NMRE para estimar la ingestión dietética crónica y el desarrollo de procedimientos para determinar tales NMRE significaban que el conjunto de datos de residuos por incluir era mucho más claro.


[3] Residuos de plaguicidas en los alimentos – 1998 (Documento de la FAO sobre la producción y protección de las plantas 148, 1999) y 1999 (Documento de la FAO sobre la producción y protección de las plantas 153,1999); CRD 8 (observaciones de la Federación Mundial de Protección Fitosanitaria), CRD 16 (observaciones de la Unión Internacional de Asociaciones de Consumidores), CRD 21 (observaciones de la Comunidad Europea)

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