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PRIMERA LECTURA DE PROYECTOS DE NORMAS ULTIMADOS

66. La Comisión consideró en primera lectura los siguientes proyectos de normas ultimados, redactados antes de que la Comisión se hubiera constituído:

Principios generales: 2 textosVéaseApéndiceE. 1–2
Toma de muestras""F.
Principios generales para el uso de aditivos""G.
Listas iniciales autorizadas de sustancias conservadoras y emulsionantes: 4 textos""H. 1–4
Setas comestibles: 2 textos""I. 1–2
Frutas y hortalizas frescas: 18 textos*""K. 1–18
Cacao en grano""L.
Aceite de oliva""M.

* Para el subíndice de las 18 normas que figuran en el Apéndice K, véase página 2.

La Comisión decidió trasladar estos textos a los gobiernos para que éstos hagan observaciones detalladas antes de que la Comisión los considere en segunda lectura en su próximo período de sesiones.

67. El Comité Ejecutivo, en su primera reunión, celebrada en Roma el 3 de julio de 1963, solicitó que se incluyera la cuestión relativa a la fijación de las fechas límites para recibir las observaciones de los gobiernos en forma de addendum al Informe del primer período de sesiones de la Comisión, en la hipótesis de que el Informe de ésta se envíe oficialmente a los gobiernos a primeros de agosto. Debe pedirse que las observaciones de los gobiernos se envíen a la Secretaría no más tarde del 29 de febrero de 1964. De esta forma los gobiernos dispondrán de tiempo suficiente, y también la Secretaría para la traducción y el envío de las observaciones recibidas bastante antes de que se celebre el segundo período de sesiones de la Comisión y, en cualquier caso, con dos meses, como mínimo, de antelación a dicha fecha. Las observaciones de los gobiernos que se reciban demasiado tarde para que puedan traducirse y tramitarse oficialmente, se enviarán en el idioma original solamente a los puntos nacionales de contacto del Codex, pero no se hará distribución oficial. En relación con cada envío oficial de documentos se enviará una carta de la Secretaría a los puntos nacionales de contacto del Codex, notificándoles dicho envío.

68. Respecto a las normas para frutas y hortalizas, enumeradas anteriormente, preparadas por la Comisión Económica Europea, la Comisión observó que desde entonces se había ultimàdo otra norma sobre frutos cítricos, y pidió que se añadiera a las que actualmente se someten a los gobiernos. En vista del considerable interés que se ha despertado en los países de ultramar por ciertos frutos regulados por estas normas, y de la labor de la OCDE en relación con su plan para la aplicación de dichas normas, la Comisión solicitó de la Secretaría que envíe a la OCDE todas las observaciones que los gobiernos hayan hecho sobre las mismas, e invitó a la OCDE a que facilite su opinión sobre ellas para que sea considerada en el próximo período de sesiones de la Comisión.


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