COFI:FT (Cat. 1)
Origen
Establecido por el Comité de Pesca (COFI) en su 16º período de sesiones (1985), de conformidad con el Artículo XXX-10 del Reglamento General de la Organización y el Artículo VII del Reglamento del COFI.
Objeto
El mandato del Subcomité, tal como lo ha establecido el COFI, es el siguiente:
El Subcomité servirá de foro para celebrar consultas sobre los aspectos técnicos y económicos del comercio internacional de pescado y productos pesqueros, comprendidos los aspectos pertinentes de la producción y el consumo. En particular, la labor del Subcomité comprenderá:
a) exámenes periódicos de la situación y las perspectivas de los principales mercados de productos pesqueros, que abarquen todos los factores que repercuten en ellos;
b) sobre la base de estudios especiales, el análisis de problemas concretos del comercio de pescado y las posibles soluciones;
c) el examen de medidas idóneas para fomentar el comercio internacional de pescado y productos pesqueros y la formulación de recomendaciones para aumentar la participación de los países en desarrollo en este comercio, incluidos los servicios relativos al comercio;
d) en cooperación con la Comisión del Codex Alimentarius FAO/OMS, la formulación de recomendaciones para el fomento de normas internacionales de calidad y la armonización de los procedimientos y normas de control e inspección de la calidad;
e) consultas y formulación de recomendaciones para el fomento de productos pesqueros económicamente viables, incluidos métodos de elaboración, la mejora de productos y la fabricación de productos terminados en países en desarrollo.
Primera reunión
Octubre de 1986.
Composición
Abierto a todos los Estados Miembros de la Organización. Los Estados que no sean miembros de la Organización, pero que lo sean de las Naciones Unidas, de cualquiera de sus organismos especializados o del Organismo Internacional de Energía Atómica, podrán ser admitidos como miembros del Subcomité por el Consejo de la Organización.
Asistieron a la sexta reunión los Miembros siguientes:
| Albania Alemania Antigua y Barbuda Brasil Bulgaria Canadá |
Comunidad Europea (Organización Miembro) Côte d'Ivoire Croacia Dinamarca Dominica |
Eslovaquia España Estados Unidos de América Estonia Filipinas Gabón |
Gambia Georgia Guinea Ecuatorial Hungría Indonesia Irán, Rep. Islámica del |
| Italia Japón Kenya Letonia Lituania Marruecos México Moldova, República de |
Namibia Noruega Nueva Zelandia Omán Perú Portugal Reino Unido República Checa |
Rumania Sierra Leona Siria Sudáfrica Sudán Suecia Tailandia |
Tanzanía, República Unida de Túnez Turquía Uruguay Yemen |
Observadores: Belarús, Federación de Rusia, Ucrania.
Idiomas de trabajo
Árabe, español, francés e inglés.
Reglamento
El del COFI.
Periodicidad de las reuniones
1986, 1988, 1990, 1993, 1996, 1998.
Labor realizada en 1998-99
El Subcomité siguió vigilando las últimas novedades en el comercio mundial de pescado y su cooperación con el Fondo Común para los Productos Básicos en su calidad de organismo internacional de productos básicos para los productos pesqueros . Debatió y aprobó las propuestas relativas al inicio de un examen científico de los criterios de las listas de la CITES para las especies de peces explotados comercialmente en gran escala y al estudio de la factibilidad y viabilidad de elaborar directrices técnicas no discriminatorias y aplicables en todo el mundo para el ecoetiquetado de pescado y productos pesqueros. También se examinaron otras cuestiones pertinentes del comercio mundial, el medio ambiente y el desarrollo sostenible.
CPAP (Cat. 1)
(denominada anteriormente Comisión de Pesca del Indo-Pacífico (CPIP))
(Artículo XIV de la Constitución)
Origen
Establecida en virtud de un Convenio elaborado en Baguio, Filipinas, en febrero de 1948, que entró en vigor el 9 de noviembre de 1948. La Conferencia de la FAO, en su cuarto período de sesiones (1948) aprobó la creación de este organismo con el título de "Consejo de Pesca del Indo-Pacífico" (CPIP). El Convenio fue enmendado por el CPIP en su noveno período de sesiones (1961) para ajustarlo a los principios aprobados por la Conferencia de la FAO en su noveno período de sesiones (1957, Resoluciones 43/57 y 46/57) respecto a tales órganos. Estas enmiendas fueron aprobadas por la Conferencia de la FAO en su 11º período de sesiones (1961, Resolución 27/61).
En su 17ª reunión (1976), el CPIP cambió su título y enmendó de nuevo el Convenio con el fin de modificar las funciones del órgano de manera que éste pudiera tomar medidas relacionadas directamente con la administración y el desarrollo de la pesca en el área de su competencia. Estas enmiendas fueron aprobadas por el Consejo de la FAO en su 72º período de sesiones (1977, Resolución 4/72).
El 107º período de sesiones del Consejo (Roma, 15-24 de noviembre de 1994) cambió el nombre del CPIP por el indicado más arriba y aprobó las enmiendas del Acuerdo relativas a sus funciones. El Consejo de la FAO enmendó y aprobó posteriormente el Acuerdo en su 112º período de sesiones de junio de 1997.
Objeto
Promover la utilización completa y apropiada de los recursos acuáticos vivos mediante el desarrollo y la ordenación de las operaciones de pesca y de piscicultura, y mediante el fomento de las actividades afines de elaboración y mercadeo, de conformidad con los objetivos de sus miembros. En el Artículo IV del Convenio se establecen las funciones siguientes:
Primera reunión
Marzo de 1949.
Composición
Los Estados Miembros y Miembros Asociados de la Organización que acepten el Acuerdo de conformidad con el Artículo X del mismo. Por mayoría de dos tercios de los miembros de la Comisión podrá admitirse como miembros a otros Estados que sean Miembros de las Naciones Unidas, de cualquiera de sus organismos especializados o del Organismo Internacional de Energía Atómica.
Su composición actual es la siguiente:
| Australia Bangladesh Camboya China Corea, República de |
Estados Unidos de América Filipinas Francia India Indonesia |
Japón Malasia Myanmar Nepal Nueva Zelandia Pakistán |
Reino Unido Sri Lanka Tailandia Viet Nam |
Idiomas de trabajo
Francés e inglés.
Reglamento
Aprobado provisionalmente en la primera reunión (1949), revisado en la novena reunión (1961) y enmendado en la 12ª (1966), la 16ª (1974), la 17ª (1976), la 18ª (1978) y la 25ª (1996).
Periodicidad de las reuniones
Normalmente bienal.
Órganos auxiliares
Comité de la CPAP sobre Pesca Marina (FI-779) (francés e inglés) (1)
- Todos los Estados que son miembros de la Comisión.
Comité de la CPAP sobre Acuicultura y Pesca Continental (FI-710) (1)
- Todos los Estados que son miembros de la Comisión (francés e inglés).
Labor realizada en 1998-99
En 1998-99, se celebraron la 67ª reunión del Comité Ejecutivo de la CPAP, la 26ª reunión de la Comisión en la que se examinó la labor realizada por la CPAP durante el período 1948-98 y el Simposio de la CPAP sobre utilización del pescado en la Región de Asia y el Pacífico. La Comisión creó cuatro grupos especiales de trabajo para que se ocuparan de cuestiones técnicas relacionadas con el acopio de datos, la acuicultura rural, la seguridad alimentaria y aspectos jurídicos y repercusiones financieras de la futura orientación de la CPAP. Estos grupos de trabajo se reunieron en 1999 y presentaron sus informes a la Comisión, por conducto del Comité Ejecutivo, para que los examinara en su 68ª reunión de julio de 2000.
Teniendo en cuenta que el Consejo de la FAO suprimió la Comisión de Pesca para el Océano Indico (CPOI) en junio de 1999 (Resolución 1/116), el Consejo decidió además que la CPAP absorbiera las funciones del anterior Comité de la CPOI para el Fomento y la Ordenación de la Pesca en el Golfo de Bengala. También se están ejecutando en la Subregión otros programas sobre ordenación pesquera.
CGPM (Cat. 1)
(Artículo XIV de la Constitución)
Origen
Establecida en virtud de un Convenio suscrito en Roma el 24 de septiembre de 1949 y aprobado por la Conferencia de la FAO en su quinto período de sesiones (1949), que entró en vigor el 20 de febrero de 1952. El Convenio fue enmendado por el CGPM en su primera reunión extraordinaria (1963), con la aprobación posterior de la Conferencia en su 12º período de sesiones (1963, Resolución 39/63), modificado otra vez en la 13ª reunión del CGPM (1966), con la aprobación subsiguiente del Consejo de la FAO en su 70º período de sesiones (1976, Resolución 3/70), y enmendado recientemente por la 22ª reunión (Roma, 1997) con la aprobación posterior del Consejo de la FAO en noviembre de 1997.
Objeto
Promover, en el Mar Mediterráneo y el Mar Negro, el desarrollo, la conservación, la explotación racional y la mejor utilización de los recursos marinos vivos; mantenerse al corriente de los aspectos económicos y sociales de la industria pesquera y recomendar la adopción de medidas para su desarrollo; estimular, recomendar y cuando proceda, realizar actividades de capacitación, extensión, investigación y desarrollo en todos los aspectos de la pesca, incluida la protección de los recursos marinos vivos (Artículo III del Convenio).
Primera reunión
Julio de 1952.
Composición
Los Estados Miembros y Miembros Asociados de la Organización que acepten el Acuerdo de conformidad con el Artículo XI del mismo. Por mayoría de dos tercios de los miembros de la Comisión podrá admitirse como miembros a otros Estados que sean Miembros de las Naciones Unidas, de cualquiera de sus organismos especializados o del Organismo Internacional de Energía Atómica.
Su composición actual es la siguiente:
| Albania Argelia Bulgaria Chipre Comunidad Europea (Organización Miembro) |
Croacia Egipto España Francia Grecia Israel Italia |
Japón Líbano Libia Malta Marruecos Mónaco Rumania |
Siria Túnez Turquía Yugoslavia |
Idiomas de trabajo
Árabe, español, francés e inglés.
Reglamento
Aprobado en la primera reunión extraordinaria (1963) y enmendado en la 13ª reunión (1976) y de nuevo en la 22ª reunión (1997).
Periodicidad de las reuniones
Anual a partir de 1997 (el Presidente de la Comisión convoca las reuniones).
Órganos auxiliares
Comité Científico Consultivo (FI-720) (Árabe, español, francés e inglés) (1)
(anteriormente denominado Comité sobre Ordenación de la Pesca)
- Miembros de la Comisión.
Comité de Acuicultura (FI-719) (Francés e inglés).
- Miembros de la Comisión.
Labor realizada en 1998-99
En cumplimiento de una recomendación de la primera reunión del Comité de Acuicultura de la CGPM, se organizó en Roma una Consulta sobre la aplicación del Artículo 9 del Código de Conducta de la FAO para la Pesca Responsable en la Región del Mediterráneo (19-23 de julio de 1999). En la Consulta se aprobó un Plan de Acción para la aplicación de los principios del Código.
Comité Científico Consultivo
El Comité Científico Consultivo (CCC), de reciente creación, se reunió dos veces en Roma en el período 1998-99. La primera reunión se celebró en marzo de 1999 y estuvo dedicada principalmente a la estructuración y el método de trabajo del Comité y a la determinación de las prioridades de su futuro programa de trabajo. La segunda reunión (junio de 1999) se ocupó de cuestiones técnicas relacionadas con la definición de las unidades de ordenación, la valoración del grado de conocimiento sobre el estado de las diferentes especies y poblaciones y la conservación de los peces inmaturos.
Durante el período en cuestión, se organizó una reunión extraordinaria de la Comisión en Alicante, España (7-9 de julio de 1999) para examinar la escala de las contribuciones a un presupuesto autónomo. La 24ª reunión de la CGPM se celebró también en Alicante, inmediatamente después de la reunión extraordinaria (12-15 de julio de 1999). En esta 24ª reunión se examinaron las recomendaciones formuladas por el CCC y se indicaron actividades que habían de realizar los órganos auxiliares de la CGPM.
COPESCAL (Cat. 1)
(Artículo VI-1 de la Constitución)
Origen
Establecida por el Consejo en su 70º período de sesiones (1976, Resolución 4/70).
Objeto
Promover, coordinar y secundar los estudios pesqueros y limnológicos nacionales y regionales, así como los programas de investigación y desarrollo que conduzcan al aprovechamiento racional de los recursos pesqueros continentales; ayudar a los Estados Miembros a establecer las bases científicas para la adopción de medidas normativas y de otra naturaleza; prestar asistencia en el fomento de la acuicultura, pesca de recreo, capturas, mercadeo y utilización del pescado; estimular la enseñanza y la capacitación; prestar asistencia a los miembros en la formulación de programas nacionales y regionales para ayudarles a lograr los objetivos indicados en los estatutos.
Primera reunión
Marzo de 1979.
Composición
Abierta a todos los Estados Miembros y Miembros Asociados a los que presta servicios la Oficina Regional para América Latina y el Caribe que notifiquen al Director General su deseo de ser admitidos como miembros.
Su composición actual es la siguiente:
| Argentina Bolivia Brasil Chile Colombia Costa Rica |
Cuba Ecuador El Salvador Guatemala Honduras Jamaica |
México Nicaragua Panamá Paraguay Perú República Dominicana |
Suriname Uruguay Venezuela |
Idiomas de trabajo
Español e inglés.
Reglamento
Aprobado en la primera reunión (1979).
Periodicidad de las reuniones
1979, 1981, 1983, 1986, 1988, 1991, 1995, 1998.
Labor realizada en 1998-99
Realizó estudios regionales y recomendó medidas para mejorar la comercialización de productos pesqueros en América Latina y el Caribe; promovió la cooperación entre Estados Miembros para la ordenación del bagre migratorio en el Amazonas y apoyó el fomento de la acuicultura en la Región. Prestó asistencia a los Estados Miembros en la formulación de proyectos regionales sobre comercialización de pescado y ordenación del bagre migratorio en el Amazonas y estableció una red regional para el intercambio de información sobre acuicultura rural.
CAEPC (Cat. 1)
(Artículo VI-1 de la Constitución)
Origen
Establecida por el Consejo en su 26º período de sesiones (1957, Resolución 2/26).
Objeto
Fomentar el mejoramiento de la pesca continental, y asesorar a los Estados Miembros y a la FAO en los asuntos relativos a este sector.
Primera reunión
Abril de 1960.
Composición
Participación abierta a todos los Miembros de la región europea.
Su composición actual es la siguiente:
| Albania Austria Bélgica Bulgaria Croacia Chipre República Checa Dinamarca Estonia |
Comunidad Europea (Organización Miembro) Finlandia Francia Alemania Grecia Hungría Islandia Irlanda |
Israel Italia Letonia Lituania Luxemburgo Países Bajos Noruega Polonia Portugal |
Rumania Eslovaquia España Suecia Suiza Turquía Reino Unido Yugoslavia |
Idiomas de trabajo
Francés e inglés
Reglamento
Aprobado en la primera reunión (1960) y modificado en la 20ª (1998).
Periodicidad de las reuniones
Bienal.
Órganos auxiliares
Subcomisión I - Biología y ordenación
Subcomisión II - Acuicultura
Subcomisión III - Protección de los recursos acuáticos
Subcomisión IV - Cuestiones sociales y económicas
La mayor parte de los órganos auxiliares de la CAEPC se reúnen, en caso necesario, durante las sesiones plenarias de ésta. Los expertos fueron designados por los Estados Miembros y actuaron a título personal. Los trabajos se realizaron habitualmente por correspondencia, o los grupos de trabajo se reunieron ocasionalmente en forma oficiosa a petición del convocador.
Labor realizada en 1998-99
La 20ª reunión de la Comisión, junto con el Simposio sobre el agua para la pesca continental y la acuicultura sostenibles, se celebró en Carvoeiro, Portugal, del 23 de junio al 1º de julio de 1998. El informe del Simposio se publicó en el Suplemento del Informe de Pesca de la FAO Nº 580. Algunos documentos presentados en el Simposio se publicaron en un número especial de Fisheries Management and Ecology, Volumen 7 (1-2). El Simposio siguiente sobre Pesca y sociedad Perspectivas sociales, económicas y culturales de la pesca continental, se celebró en Budapest, Hungría, en junio de 2000.
En septiembre de 1998 se celebró una reunión del Grupo Especial de Trabajo sobre pesca con electricidad En septiembre de 1999 tuvieron lugar reuniones de los Grupos Especiales de Trabajo sobre la anguila y sobre la gestión de la salud. También se celebró una reunión del Comité Ejecutivo en Roma, los días 14 y 15 de junio de 1999.
COREPESCA (Cat. 1)
(Artículo XIV de la Constitución)
Origen
Establecida por el Director General en cumplimiento de la Resolución 1/117 aprobada por el Consejo en su 117º período de sesiones (1999).
COREPESCA reemplaza de hecho, por lo que concierne a la zona geográfica, al anterior Comité para el Desarrollo y la Ordenación de los Recursos Pesqueros de los Golfos, órgano auxiliar de la Comisión de Pesca para el Océano Índico (CPOI), que fue suprimido por la CPOI en su 11ª reunión en febrero de 1999.
Objeto
Promover el desarrollo, la conservación, la ordenación racional y la utilización mejor de los recursos marinos vivos, así como el desarrollo sostenible de la acuicultura en la zona de la que se ocupa la Comisión. A tal efecto, la Comisión mantendrá en examen el estado de esos recursos, especialmente su abundancia y nivel de explotación, así como el estado de las pesquerías basadas en los mismos; formulará y recomendará medidas apropiadas para la conservación y ordenación racional de los recursos marinos vivos y asegurará la aplicación de estas recomendaciones; mantendrá en examen los aspectos económicos y sociales de la industria pesquera y recomendará medidas encaminadas a su desarrollo; estimulará, recomendará, coordinará y, según proceda, realizará actividades de capacitación y extensión en todos los aspectos de la pesca; recomendará, coordinará y, según proceda, realizará actividades de investigación y desarrollo, incluidos proyectos de cooperación en el sector de la pesca y la protección de los recursos marinos vivos; reunirá, publicará y difundirá información sobre los recursos marinos vivos explotables y las pesquerías basadas en dichos recursos; promoverá programas de acuicultura y fomento de la productividad de las pesquerías; y realizará otras actividades que sean necesarias para cumplir esos objetivos.
Primera reunión
Esta previsto que se celebrará durante el bienio 2000-2001.
Composición
Abierta a todos los Estados Miembros y Miembros Asociados de la FAO que son Estados o Miembros Asociados ribereños situados principal o parcialmente dentro de la zona; los Estados o Miembros asociados cuyas embarcaciones se dediquen a la pesca en la zona y las organizaciones regionales de integración económica de la que sea miembro cualquiera de los Estados antes mencionados y a la que dicho Estado haya transferido competencia, en el ámbito de lo previsto en el Acuerdo por el que se establece esta Comisión.
Su composición actual es la siguiente:
| Arabia Saudita, Reino de Bahrein |
Emiratos Árabes Unidos Irán, Rep. Islámica del |
Iraq Kuwait |
Omán Qatar |
Observadores: Secretarios del CCG, ROPME, ICLARM, AOAD, AFFP, KISR, BCSR, Universidad Rey Abdel Aziz.
Idiomas de trabajo
Árabe e inglés.
Reglamento
Se aprobará en la quinta reunión de la Comisión.
Órganos auxiliares
La Comisión podrá establecer comités temporales, especiales o permanentes para estudiar asuntos relacionados con los fines de la Comisión e informar sobre ellos, y grupos de trabajo para estudiar problemas técnicos específicos y hacer recomendaciones al respecto.
Labor realizada en 1998-99
El Acuerdo por el que se establece la Comisión entrará en vigor a partir de la fecha de recibo por el Director General del tercer instrumento de aceptación.
IOTC (Cat. 1)
(Artículo XIV de la Constitución)
Origen
Establecida por el Director General de acuerdo con la decisión de la Conferencia en su 27º período de sesiones (1993).
Objeto
Promover la cooperación con miras a garantizar, mediante una ordenación adecuada, la conservación y utilización óptima del atún y especies afines, mantener en observación las condiciones y tendencias de las poblaciones y reunir, analizar y difundir información científica, estadísticas de capturas y esfuerzo y otros datos relacionados con la conservación y ordenación de los recursos pesqueros y con la pesca de las poblaciones en cuestión; alentar, recomendar y coordinar actividades de investigación y desarrollo respecto de los recursos pesqueros y pesquerías, incluidas las actividades relacionadas con la transferencia de tecnología, la capacitación y la promoción; la adopción de medidas de ordenación para asegurar la conservación de los mencionados recursos pesqueros y promover el objetivo de su utilización óptima; mantener en observación los aspectos económicos y sociales de la pesca basado en dichos recursos, teniendo presente, en particular, los intereses de los Estados ribereños en desarrollo.
Primera reunión
Diciembre de 1996.
Composición
Abierta a todos los Estados Miembros y Miembros Asociados de la FAO o, por mayoría de dos tercios de sus Miembros, a cualesquiera otros Estados que no sean miembros de la FAO, pero lo sean de las Naciones Unidas o de cualquiera de sus organismos especializados o del Organismo Internacional de Energía Atómica, y que sean Estados Miembros o Miembros Asociados ribereños situados total o parcialmente dentro de la zona; los Estados Miembros y Miembros Asociados cuyas embarcaciones se dediquen a la pesca en la zona de las especies mencionadas en el Acuerdo y las organizaciones regionales de integración económica de las que sea miembro cualquiera de los Estados mencionados anteriormente en los párrafos i) o ii) y a las que dicho Estado haya transferido competencias en cuestiones comprendidas en el ámbito de este Acuerdo.
Su composición actual es la siguiente:
| Australia China Comunidad Europea (Organziación Miembro) |
Corea, República de Eritrea Francia India Japón |
Madagascar Malasia Mauricio Pakistán Reino Unido |
Seychelles Sri Lanka Sudán Tailandia |
Idiomas de trabajo
Francés e inglés.
Reglamento
Aprobado en la segunda reunión de la Comisión (1997).
Periodicidad de las reuniones
Anual.
Órganos auxiliares
Comité Científico Permanente (FI-734a) (francés e inglés)
- Cada Miembro de la Comisión designa un representante, y un suplente en caso necesario. El representante podrá estar acompañado de expertos y asesores. La Comisión podrá invitar también a expertos para que participen a título personal.
- La Comisión podrá establecer también Subcomisiones para que se ocupen de una o más de las poblaciones de especies a que se refiere el Acuerdo por el que se establece la Comisión.
- Grupos de Trabajo sobre marcado, datos y estadísticas, atunes tropicales, atunes de aguas templadas, atunes neríticos e istiofóridos.
Labor realizada en 1998-99
Se estableció la Secretaría de la Comisión en Seychelles, se nombró al personal y se iniciaron actividades técnicas. Durante el bienio se celebraron dos reuniones del Comité Científico y una de la Comisión, así como una Consulta de Expertos y dos reuniones de Grupos de Trabajo. La Comisión aprobó cada año su presupuesto y su escala de cuotas, y adoptó resoluciones relativas en particular a los siguientes asuntos: normas obligatorias sobre presentación de informes estadísticos y políticas y procedimientos sobre confidencialidad de los datos; ordenación de la capacidad pesquera y reducción de las capturas de patudos inmaturos; medidas contra las actividades de embarcaciones de pesca con palangre en gran escala que enarbolan pabellones de conveniencia; elaboración de un plan de control e inspección para la IOTC; y condición de las partes no contratantes que cooperan con la Comisión.
COPACO (Cat. 1)
(Artículo VI-1 de la Constitución)
Origen
Establecida por el Consejo en su 61º período de sesiones (1973, Resolución 4/61).
Objeto
Secundar las actividades de cooperación internacional para conservar, explotar y aprovechar los recursos vivos, especialmente de camarones, del Atlántico Centro-Occidental.
Primera reunión
Octubre de 1975.
Composición
Participación abierta a todos los Estados Miembros y Miembros Asociados que notifiquen al Director General su deseo de ser considerados miembros.
Su composición actual es la siguiente:
| Antigua y Barbuda Bahamas Barbados Belice Brasil Colombia Corea, República de Cuba Dominica |
España Estados Unidos de América Francia Granada Guatemala Guinea Guyana Haití |
Honduras Jamaica Japón México Nicaragua Países Bajos Panamá Reino Unido |
Saint Kitts y Nevis San Vicente y las Granadinas Santa Lucía Suriname Trinidad y Tabago Venezuela |
Idiomas de trabajo
Español, francés e inglés.
Reglamento
Aprobado en la primera reunión (1975). Enmendado en la segunda reunión (1978).
Periodicidad de las reuniones
1975, 1978, 1980, 1983, 1985, 1987, 1990, 1995, 1999.
Órganos auxiliares
Comité para el Desarrollo y la Ordenación de la Pesca en las Antillas Menores (FI-766) (francés e inglés) (1)
- Abierto a los Estados ribereños de la zona que sean miembros de la Comisión.
Grupo Asesor Científico (CAC) (SLAC-749)
- El CAC actúa como órgano asesor de la Comisión y de sus grupos especiales de trabajo. Sus miembros son expertos (que actúan a título personal) seleccionados por el Director General.
Labor realizada en 1998-99
En su novena reunión (septiembre de 1999), la Comisión suprimió los Grupos de Trabajo sobre evaluación de recursos pesqueros marinos y sobre economía y planificación pesqueras. Al suprimir esos dos Grupos de Trabajo, la Comisión hizo las recomendaciones siguientes con respecto a la reestructuración y el modo de funcionamiento de la COPACO:
- Grupo Especial de Trabajo sobre el camarón y recursos pesqueros de peces de fondo en la plataforma de Brasil-Guyanas;
- Grupo Especial de Trabajo sobre la langosta Panulirus argus;
- Grupo Especial de Trabajo sobre el pez volador.
Se convocaron cinco reuniones de los Grupos de Trabajo, centradas en la pesca responsable, para aumentar los conocimientos sobre la pesca del camarón y los peces de fondo, el pez volador y la langosta en la Región, y para impartir capacitación en la evaluación de poblaciones de peces tropicales. Los grupos de trabajo propusieron también opciones en materia de ordenación para esas pesquerías.
COPACO (Cat. 1)
(Artículo VI-2 de la Constitución)
Origen
Establecido por el Director General, en virtud de la decisión adoptada por el Consejo en su 48º período de sesiones (1967, Resolución 1/48), para sustituir a la Comisión Regional de Pesca para el África Occidental, que había sido suprimida por la Conferencia en su 14º período de sesiones (1967).
Objeto
La finalidad del Comité será fomentar la utilización óptima de los recursos acuáticos vivos de la zona delimitada en el párrafo 1 supra, mediante la ordenación y desarrollo apropiados de la pesca y las operaciones pesqueras, el fomento de la acuicultura en aguas salobres marinas y la mejora de las actividades de elaboración y comercialización conexas, de conformidad con los objetivos de sus miembros.
En el 102º período de sesiones del Consejo (Roma, 9-20 de noviembre de 1992) se aprobó un nuevo mandato.
Primera reunión
Marzo de 1969.
Composición
Estados Miembros y Miembros Asociados elegidos por el Director General entre los Estados Miembros y Miembros Asociados de África cuyos territorios son ribereños del Océano Atlántico, desde el Cabo Espartel hasta la desembocadura del río Congo, y otros Estados Miembros y Miembros Asociados que pesquen o lleven a cabo investigaciones en la zona marítima en cuestión o que tengan otros intereses en las pesquerías de la misma y cuya aportación a las actividades del Comité la considere esencial o aconsejable el Director General.
Su composición actual es la siguiente:
| Benin Camerún Cabo Verde Comunidad Europea (Organización Miembro) Congo, República Democrática del Congo, República del Corea, República de |
Côte d'Ivoire Cuba España Estados Unidos de América Francia Gabón Gambia Ghana Grecia |
Guinea Guinea-Bissau Guinea Ecuatorial Italia Japón Liberia Marruecos Mauritania Nigeria Noruega |
Países Bajos Polonia Rumania Santo Tomé y Príncipe Senegal Sierra Leona Togo |
Angola, Canadá, Portugal, el Reino Unido y Rusia asisten en calidad de observadores.
Idiomas de trabajo
Español, francés e inglés.
Reglamento
Aprobado en la primera reunión (1969) y modificado en la quinta (1977).
Periodicidad de las reuniones
1969, 1971, 1972, 1974, 1977, 1979, 1981, 1982, 1984, 1986, 1988, 1992, 1995, 1998.
Órganos auxiliares
Subcomité Científico sobre Evaluación Pesquera - RAFR-710 (español, francés e inglés)
- Abierto a todos los miembros del CPACO cuyos territorios limitan con el Atlántico centro-oriental
Labor realizada en 1998-99
En su 14ª reunión, celebrada en Nouakchott, Mauritania, del 6 al 9 de septiembre de 1998, el CPACO suprimió sus cuatro órganos auxiliares, de conformidad con la Resolución 13/97 de la Conferencia, y convino en dotarse de una estructura más sencilla, integrada por el Comité y un Subcomité Científico, para los cuales se elaboraron el mandato y el programa de trabajo que habría de ejecutarse entre reuniones. El Comité acordó también esforzarse en promover de manera gradual ese órgano hasta el nivel de Comisión en virtud del Artículo XIV de la Constitución de la FAO.
A pesar de la supresión de sus órganos auxiliares, el CPACO siguió vigilando el estado de los recursos pesqueros marinos en la Región por medio de los grupos especiales de trabajo.
CPCA (Cat. 1)
(Artículo VI-2 de la Constitución)
Origen
Establecido por el Director General, en virtud de la decisión adoptada por el Consejo en su 56º período de sesiones (1971, Resolución 1/56).
Objeto
Fomentar, coordinar y secundar los reconocimientos pesqueros y los programas de investigación y desarrollo nacionales y regionales, encaminados al aprovechamiento racional de los recursos pesqueros continentales; prestar asistencia a los miembros para sentar la base científica que permita adoptar medidas de regulación y otras; prestar ayuda en el establecimiento de la piscicultura y en la mejora de poblaciones; facilitar el empleo de las embarcaciones, equipos y técnicas más eficaces; estimular la enseñanza y capacitación; ayudar a los miembros a formular programas que faciliten la consecución de las finalidades a que se alude en los estatutos.
Primera reunión
Noviembre/diciembre de 1972.
Composición
Estados Miembros y Miembros Asociados africanos elegidos por el Director General por su gran interés en el desarrollo de la pesca continental en África y su posible contribución al cumplimiento eficaz de las funciones del Comité.
Su composición actual es la siguiente:
| Benin Botswana Burkina Faso Burundi Camerún Chad Congo, República del Congo, República Democrática del Côte d'Ivoire Egipto Eritrea |
Etiopía Gabón Gambia Ghana Guinea Kenya Lesotho Madagascar Malawi Malí |
Mauricio Níger Nigeria República Centroafricana Rwanda Senegal Sierra Leona Somalia |
Sudán Swazilandia Tanzanía, República Unida de Uganda Zambia Zimbabwe |
El Reino Unido asiste a las reuniones en calidad de observador.
Idiomas de trabajo
Francés e inglés.
Reglamento
Aprobado en la primera reunión (1972) y enmendado en la tercera (1977) y la quinta (1983).
Periodicidad de las reuniones
1972, 1975, 1977, 1980, 1983, 1985, 1987, 1990, 1994 y 1997.
Órganos auxiliares
De conformidad con la Resolución 13/97 de la Conferencia de la FAO en su décimo período de sesiones de 1997, el CPCA suprimió cinco de sus siete órganos auxiliares, dejando los dos siguientes:
Subcomité para la Protección y el Fomento de la Pesca en la Zona Saheliana (FI-787) (francés e inglés) (1)
- Países sahelianos que son miembros del CPCA (Burkina Faso, Chad, Gambia, Guinea, Malí, Níger, Nigeria y Senegal) y otros países cuyos territorios estén situados total o parcialmente en la zona del Sahel.
Subcomité para el Lago Tanganica (FI-712) (francés e inglés) (1)
- Estados miembros del CPCA que son ribereños del Lago Tanganica (Burundi, República Unida de Tanzanía, Zaire y Zambia).
Labor realizada en 1998-99
Constituyó el principal foro para mantener consultas e intercambiar experiencias sobre la pesca continental en el África subsahariana; promovió el fomento de la acuicultura y siguió fomentando la creación de un organismo autónomo para ordenar los recursos pesqueros del Lago Tanganica (análogo a la Organización de Pesca del Lago Victoria)-
En el bienio 1998-99 no se celebró ninguna reunión del CPCA. Sin embargo, en su octava reunión, el Subcomité del CPCA para el Lago Tanganica aprobó un Plan general para la ordenación pesquera y un esbozo de programa para su aplicación. El Subcomité aprobó también un nuevo mandato en la octava reunión.
CAIP (Cat. 3)
(Artículo VI-2 de la Constitución)
Origen
Establecido por el Director General, en virtud de la decisión adoptada por la Conferencia en su 11º período de sesiones (1961), como Comité Asesor en Investigaciones de los Recursos Marinos (CAIRM). Estatutos revisados por el Consejo en 1993 para cambiar su nombre por CAIP y modificar sus objetivos y mandato.
Objeto
Estudiar y asesorar al Director General sobre la formulación y ejecución del programa de trabajo de la Organización en relación con todos los aspectos de la investigación pesquera, incluida la conservación y ordenación de los recursos pesqueros marinos y continentales, incrementando la productividad íctica con el acrecentamiento de los recursos silvestres y mediante la acuicultura, mejorando los medios de transformar los recursos pesqueros en alimentos humanos, y el estudio de la dinámica de las comunidades pesqueras y de las consecuencias socioeconómicas de las políticas pesqueras de los gobiernos. Se presta especial atención a los aspectos pesqueros de la investigación oceanográfica y a los efecto del cambio ambiental en la sostenibilidad de la pesca. En virtud del acuerdo del Director General y de conformidad con la Resolución 15, adoptada en el segundo período de sesiones de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental de la UNESCO, el Comité actúa también como órgano asesor de dicha Comisión en los aspectos pesqueros de la oceanografía.
Primera reunión
1997.
Composición
Integrado como máximo por 13 expertos en pesca, nombrados a título personal por el Director General de la FAO. Cuando actúe como órgano asesor de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental, previas consultas entre la FAO y la COI, el Director General podrá, con arreglo a las recomendaciones presentadas por la Mesa de la COI, nombrar a uno o dos miembros más, de conformidad con la Resolución 15.
Idioma de trabajo
Inglés.
Reglamento
Aprobado en la primera reunión (1963) y revisado en la 11ª (1985). Revisado por el Consejo en 1993 para ampliar su ámbito de aplicación, de manera que abarque tanto la pesca continental como los recursos marinos.
Periodicidad de las reuniones
1997, 1999. Se ha propuesto celebrar la tercera reunión en el año 2000; a partir de entonces se reunirá cada bienio.
Órganos auxiliares
Se establecerán cuando sean necesarios, con sujeción a la disponibilidad de fondos.
Labor realizada en 1998-99
El Comité examinó su labor desde la primera reunión, emprendió una evaluación de los programas de la FAO relacionados con la investigación pesquera y estableció las actividades del Comité para el período entre reuniones (1999-2000). El Comité subrayó la importancia de elaborar un Plan de Acción internacional para la presentación de informes sobre la situación y las tendencias en la pesca, como medio para mejorar el asesoramiento prestado al Director General y al Departamento de Pesca (COFI) mediante la visión más actualizada y precisa posible de las perspectivas para mantener o aumentar la producción pesquera.
CWP (Cat. 1)
(Artículo VI-2 de la Constitución)
Origen
Establecido por la Conferencia en su décimo período de sesiones (1959, Resolución 23/59) como "Grupo de Trabajo Permanente sobre Estadísticas de Pesca en la Zona del Atlántico Septentrional". El Consejo, en su 51º período de sesiones (1968, Resolución 1/51) cambió su título por el de Grupo Coordinador de Trabajo sobre Estadísticas de Pesca en el Atlántico. El Consejo, en su 108º período de sesiones (1995), cambió este título por el actual y revisó sus estatutos.
Objeto
El Grupo Coordinador de Trabajo sobre Estadísticas de Pesca (CWP) tiene por objeto i) someter a un examen permanente las necesidades de estadísticas pesqueras para la investigación, la formulación de políticas y la administración, ii) llegar a un acuerdo sobre conceptos, definiciones, clasificaciones y metodologías normalizados para el acopio y cotejo de estadísticas pesqueras, y iii) formular propuestas para la coordinación y simplificación de las actividades estadísticas entre las organizaciones intergubernamentales pertinentes.
Primera reunión
Mayo de 1960.
Composición
Está integrado por expertos nombrados por organizaciones intergubernamentales que se ocupan de las estadísticas pesqueras. Las organizaciones que participarán inicialmente son las siguientes:
Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos del Antártico (CCRVMA)
Comisión para la Conservación del Atún del Sur
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)
Comisión del Atún para el Océano Índico (IOTC)
Comisión Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico (CICAA)
Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM)
Comisión Ballenera Internacional (CBI)
Organización para la Conservación del Salmón del Norte del Atlántico (NASCO)
Organización de Pesquerías del Atlántico Norte (OPAN)
Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE)
Comisión para el Pacífico Sur
Oficina Estadística de la Comunidad Europea (UE/Eurostat).
Las organizaciones participantes podrán admitir a otras organizaciones intergubernamentales que tengan competencia en materia de estadísticas pesqueras, así como retirarse del Grupo de Trabajo.
Cada una de las organizaciones participantes podrá nombrar hasta cinco expertos, de acuerdo con sus respectivos procedimientos internos.
Idioma de trabajo
Inglés.
Reglamento
En su 16ª reunión (1995), el Grupo de Trabajo aprobó un nuevo reglamento.
Periodicidad de las reuniones
1960, 1961, 1963, 1965, 1967, 1969, 1971, 1974, 1977, 1980, 1982, 1985, 1987, 1990, 1992, 1995, 1997, 1999.
Labor realizada en 1998-99
Durante el período examinado, el CWP prosiguió su tarea de coordinar los programas sobre estadísticas pesqueras entre las organizaciones participantes y de elaborar reglas y normas para las estadísticas pesqueras internacionales, tanto en su 18ª reunión como a través de actividades entre reuniones. En particular, se adoptaron criterios perfeccionados para asignar una nacionalidad a las capturas, reiterando el principio de que la responsabilidad fundamental con respecto a la presentación de datos sobre capturas corresponde al Estado del pabellón. También se formularon recomendaciones relativas a la aplicación de las Directrices publicadas recientemente para la recopilación habitual de datos sobre capturas pesqueras, a la clasificación de productos pesqueros destinados al comercio internacional, a las modificaciones de las fronteras en las principales zonas estadísticas, a la normalización de la presentación de informes sobre actividades pesqueras y de datos sobre capturas a través de los sistemas de vigilancia de buques y a las políticas y prácticas de difusión de estadísticas. Las actividades entre reuniones se centraron en la supresión de las discrepancias entre las bases de datos de los organismos mediante la adopción convenida de los datos más fiables. Dos organizaciones, la Comisión para la Conservación del Atún del Sur y la Comisión del Atún para el Océano Índico, se incorporaron al CWP durante el bienio.