POLÍTICA ALIMENTARIA Y NUTRICIÓN


FAO/OMS/NU (Cat. 3)

Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Nutrición (ESN-704)

(Artículo VI-2 de la Constitución)

Origen

Establecido en 1948.

Objeto

Se estableció en un principio para asegurar la colaboración en las esferas de la nutrición que interesan mutuamente a la FAO y a la OMS. En la actualidad se ocupa especialmente de los problemas nutricionales de interés para ambas organizaciones.

Primera reunión

Diciembre de 1949.

Composición

De 10 a 12 expertos.

Idioma de trabajo

Inglés.

Reglamento

Reglamento General de la Organización.

Periodicidad de las reuniones

1962, 1966, 1970, 1974, 1990.

Labor realizada en 1998-99

No se celebró ninguna reunión durante el bienio.

FAO/OMS/FA (Cat. 3)

Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (ESN-705)

(Artículo VI-2 de la Constitución)

Origen

Establecido en 1955.

Objeto

Estudiar los aspectos químicos, toxicológicos y de otra índole de los aditivos, los contaminantes y los residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos, en relación con su inocuidad para el consumo humano, e informar al respecto.

Primera reunión

Diciembre de 1956.

Composición

De 15 a 25 expertos en todas las materias relacionadas con la evaluación de la inocuidad de las sustancias.

Idioma de trabajo

Inglés.

Reglamento

Reglamento General de la Organización.

Pattern of Sessions

Anual. (Durante el bienio 1996-97 se celebraron cuatro reuniones.)

Labor realizada en 1998-99

El Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios proporciona orientación científica al Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos y al Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos. En su 51ª y 52ª reuniones, el JECFA evaluó más de 500 aditivos alimentarios, incluidos unos 435 aromatizantes y tres contaminantes (el plomo, el metilmercurio y la zearalenona) y llevó a cabo evaluaciones de la ingesta de cinco aditivos alimentarios concretos. Actualizó los principios que rigen el establecimiento y la revisión de especificaciones para establecer IDA, criterios microbiológicos para aditivos alimentarios, aromatizantes, vitaminas y minerales, preparados enzimáticos derivados de organismos modificados genéticamente y ensayos sobre límites para metales pesados. Evaluó la inocuidad de las sustancias utilizadas como aditivos alimentarios de preparados enzimáticos, aromatizantes, colorantes alimentarios, agentes de glaseado, conservantes, edulcorantes, espesantes y aditivos alimentarios varios, y publicó especificaciones nuevas o revisadas para la identidad y pureza de los aditivos evaluados. Examinó un informe de expertos de la OMS sobre los criterios científicos para incluir o excluir determinados alimentos y productos alimenticios como alérgenos alimentarios, previa solicitud del Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos, y examinó la alergenicidad de los aceites de maní y soja. Se prepararon dos monografías sobre especificaciones de los aditivos alimentarios evaluados.

En su 50ª y 51ª reuniones, el JECFA evaluó 29 medicamentos veterinarios, ocho de ellos por vez primera. Entre los medicamentos evaluados se incluyeron agentes bloqueantes beta-adrenérgicos, agentes antihelmínticos, agentes antimicrobianos, agentes antiprotozoarios, glucocorticosteroides, insecticidas utilizados como medicamentos veterinarios, materiales de producción pecuaria y tranquilizantes. Se establecieron 16 ingestas diarias admisibles (IDA), incluidas dos IDA colectivas y una dosis de referencia aguda. Se asignó a una sustancia una IDA "no especificada". Se recomendaron 175 límites máximos para residuos (LMR) y 23 nuevos LMR temporales, y no se prorrogaron 9 LMR temporales. Se publicaron dos monografías sobre residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos.

ALINORM (Cat. 1)

Comisión FAO/OMS del Codex Alimentarius (CX-701)

(Artículo VI-1 de la Constitución)

Origen

La Comisión del Codex Alimentarius fue creada por la Conferencia de la FAO en su 11º período de sesiones de 1961. En cumplimiento de las recomendaciones de la Conferencia de la FAO, del Consejo Ejecutivo de la OMS en su 29º período de sesiones y de la Conferencia FAO/OMS sobre Normas Alimentarias celebrada en 1962, la Comisión se ha encargado de la aplicación del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias.

Objeto

La Comisión está encargada de presentar propuestas a los Directores Generales de la FAO y de la OMS, y éstos la consultarán sobre las cuestiones relativas a la ejecución del Programa Conjunto FAO/OMS de Normas Alimentarias, cuya finalidad es:

  1. proteger la salud de los consumidores y asegurar prácticas leales en el comercio de los productos alimenticios;
  2. promover la coordinación de todos los trabajos sobre normas alimentarias realizados por organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales;
  3. determinar el orden de prioridades; iniciar y dirigir la preparación de proyectos de normas a través de las organizaciones competentes y con ayuda de las mismas;
  4. ultimar las normas elaboradas a que se refiere el párrafo c) y una vez aceptadas por los gobiernos, publicarlas en un Codex Alimentarius como normas regionales o mundiales en unión de las normas internacionales ya ultimadas por otros organismos, con arreglo al anterior párrafo b), siempre que sea factible;
  5. reformar las normas publicadas, según proceda, a la luz de las circunstancias.

Primera reunión

Junio/julio de 1963.

Composición

Participación abierta a todos los Estados Miembros y Miembros Asociados de la FAO y de la OMS que se interesen por las normas alimentarias internacionales. Forman parte de la Comisión los Estados que hayan notificado al Director General de la FAO o de la OMS su deseo de que se les considere miembros de ella. Su composición actual es la siguiente:

Albania
Alemania
Angola
Antigua y Barbuda
Arabia Saudita,
  Reino de
Argelia
Argentina
Armenia
Australia
Austria
Bahrein
Bangladesh
Barbados
Bélgica
Belice
Benin
Bhután
Bolivia
Botswana
Brasil
Brunei Darussalam
Bulgaria
Burkina Faso
Burundi
Cabo Verde
Camboya
Camerún
Canadá
Chad
Chile
China
Chipre
Colombia
Congo, República del
Congo, República Democrática del
Corea, República de
Costa Rica
Côte d'Ivoire
Croacia
Cuba
Dinamarca
Dominica
Ecuador
Egipto
El Salvador
Emiratos Árabes
   Unidos
Eritrea
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estados Unidos de
  América
Estonia
Etiopía
Federación de Rusia
Fiji
Filipinas
Finlandia
Francia
Gabón
Gambia
Georgia
Ghana
Granada
Grecia
Guatemala
Guinea
Guinea Ecuatorial
Guinea-Bissau
Guyana
Haití
Honduras
Hungría
India
Indonesia
Irán, Rep.
  Islámica del
Iraq
Irlanda
Islandia
Islas Cook
Islas Salomón
Israel
Italia
Jamaica
Japón
Jordania
Kenya
Kiribati
Kuwait
La ex República
  Yugoslava de
   Macedonia
Lao, República Democrática Popular
Lesotho
Letonia
Líbano
Liberia
Libia
Lituania
Luxemburgo
Madagascar
Malasia
Malawi
Malta
Marruecos
Mauricio
Mauritania
México
Micronesia, Estados
  Federados de
Moldova,
  República de
Mongolia
Mozambique
Myanmar
Namibia
Nepal
Nicaragua
Níger
Nigeria
Noruega
Nueva Zelandia
Omán
Países Bajos
Pakistán
Panamá
Papua Nueva
  Guinea
Paraguay
Perú
Polonia
Portugal
Qatar
Reino Unido
Rep. Pop. Dem. de Corea
República Centroafricana
República Checa
República Dominicana
Rumania
Rwanda
Saint Kitts y Nevis
Samoa
Santa Lucía
Senegal
Seychelles
Sierra Leona
Singapur
Siria
Sri Lanka
Sudáfrica
Sudán
Suecia
Suiza
Suriname
Swazilandia
Tailandia
Tanzanía, República
  Unida de
Togo
Tonga
Trinidad y Tabago
Túnez
Turquía
Uganda
Uruguay
Vanuatu
Venezuela
Viet Nam
Yemen
Yugoslavia
Zambia
Zimbabwe

Idiomas de trabajo

Alemán, árabe, chino, español, francés e inglés.

Reglamento

La Comisión, en sus períodos de sesiones tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, 21º y 23º, aprobó enmiendas que fueron ratificadas por la FAO y la OMS de acuerdo con sus respectivos reglamentos. El Reglamento de la Comisión aparece publicado en su Manual de Procedimiento.

Periodicidad de las reuniones

El Artículo VI-1 exige que cada año se celebre en principio un período ordinario de sesiones. En la práctica, la Comisión se reúne cada 24 meses. El último período de sesiones se celebró en junio de 1999.

Órganos auxiliares

Véanse las páginas 73-94.

Labor realizada en 1998-99

La Comisión aprobó el nuevo Reglamento para subrayar el carácter consensual de su proceso decisorio, prever el reconocimiento de la Región del Cercano Oriente y modificar la función de los Coordinadores Regionales del Codex. Estableció tres nuevos Grupos Especiales de Acción sobre los alimentos obtenidos por medios biotecnológicos, la alimentación animal y los jugos de frutas y hortalizas. Suprimió tres Comités inactivos del Codex. Aprobó un Plan a Plazo Medio hasta el año 2002 e inició el proceso de preparación de un Plan para 2003-2007. Estableció principios relativos a la participación de organizaciones internacionales no gubernamentales en su labor. La Comisión aprobó 31 normas, directrices o textos afines del Codex nuevos o revisados, entre ellos las Directrices sobre la producción, elaboración, etiquetado y comercialización de alimentos orgánicos; modificó 5 normas vigentes; aprobó las condiciones para la utilización de 46 aditivos alimentarios en los alimentos; aprobó 358 especificaciones para la identidad y pureza de aditivos alimentarios; aprobó 374 límites máximos para residuos de sustancias químicas agrícolas y veterinarias, y retiró 27 normas y 252 límites máximos para residuos que estaban anticuados o habían sido sustituidos por recomendaciones más recientes.

(Cat. 1)

Comité Ejecutivo de la Comisión del Codex Alimentarius (CX-702)

Origen

Establecido en virtud del Artículo III del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius.

Objeto

Actuar en nombre de la Comisión como su órgano ejecutivo y hacer propuestas a la Comisión sobre orientación general y el programa de trabajo de la misma; estudiar problemas especiales y ayudar a la realización del programa aprobado por la Comisión.

Primera reunión

Julio de 1963.

Composición

El Presidente, tres Vicepresidentes de la Comisión y otros siete miembros, elegidos por la Comisión de entre los miembros de ésta, procedentes cada uno de las regiones de Africa, Asia, Europa, América Latina, el Cercano Oriente, América del Norte y el Pacífico Sudoccidental.

Idiomas de trabajo

Árabe, chino, español, francés e inglés, según soliciten los miembros.

Periodicidad de las reuniones

Dos cada 18-24 meses. La última reunión se celebró en junio de 1999.

Labor realizada en 1998-99

Formuló propuestas a la Comisión del Codex Alimentarius con respecto a los idiomas que había de utilizar el Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias; redactó el Plan a Plazo Medio 1998-2002 con miras a su aprobación por la Comisión; hizo recomendaciones sobre la labor de la Comisión en el sector de los nuevos alimentos y la biotecnología y colaboró en la ejecución del programa de trabajo de la Comisión.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre la Leche y los Productos Lácteos (CX-703)

Origen

Anteriormente se llamó Comité FAO/OMS de Expertos Gubernamentales sobre el Código de Principios referentes a la Leche y los Productos Lácteos. El Comité se estableció antes de crearse la Comisión del Codex Alimentarius, pero posteriormente se integró en la estructura de la Comisión. En 1993 el Comité se convirtió en Comité del Codex en virtud del Artículo IX-1(b) (i) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Nueva Zelandia.

Objeto

Elaborar normas, códigos y textos afines de alcance mundial para la leche y los productos lácteos.

Primera reunión

Septiembre de 1958 en calidad de Comité FAO/OMS de Expertos Gubernamentales sobre el Código de Principios referentes a la Leche y los Productos Lácteos. Primera reunión en Roma, del 28 de noviembre al 2 de diciembre de 1994, como CCMMP.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada 18 meses. La última reunión se celebró en mayo de 1998.

Labor realizada en 1998-99

Recomendó ocho normas revisadas y una nueva norma para los productos lácteos. Examinó otras normas y otras cuestiones relativas a los productos lácteos que son objeto de comercio internacional.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Contaminantes de los Alimentos (CX 711)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Países Bajos.

Objeto

  1. ratificar o establecer niveles máximos o de referencia para los diferentes aditivos alimentarios y para los contaminantes (incluidos los contaminantes ambientales), y para las sustancias tóxicas que están naturalmente en todos los productos alimenticios y piensos;
  2. preparar listas prioritarias de aditivos alimentarios y de contaminantes para su evaluación toxicológica por parte del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios;
  3. recomendar especificaciones de identidad y pureza de los aditivos alimentarios para su adopción por la Comisión;
  4. examinar métodos de análisis para su determinación en los alimentos; y
  5. estudiar y elaborar normas o códigos relativos a otros asuntos afines como el etiquetado de los aditivos alimentarios cuando se venden como tales y la irradiación de los alimentos.

Primera reunión

Mayo de 1964.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Cada 12-18 meses aproximadamente de 1964 a 1987 y cada 12 meses de 1988 hasta ahora. La última reunión se celebró en marzo de 1998.

Labor realizada en 1998-99

Prosiguió la elaboración de normas generales del Codex para los aditivos alimentarios y para los contaminantes y las toxinas en los alimentos, anteproyectos de niveles máximos para las aflatoxinas M1 en la leche y el maní y distintos códigos de prácticas y directrices relativos a la contaminación de los alimentos por contaminantes químicos ambientales y de otro tipo.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Higiene de los Alimentos (CX-712)

Origen

Artículo IX-1(a) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Estados Unidos de América.

Objeto

  1. redactar disposiciones básicas sobre higiene de los alimentos aplicables a todos los alimentos. (El término "higiene" abarca, cuando es necesario, especificaciones microbiológicas para los alimentos y la correspondiente metodología);
  2. i) considerar, enmendar, cuando sea necesario, y sancionar las disposiciones sobre higiene preparadas por los Comités del Codex sobre Productos que figuran en las normas del Codex sobre Productos; y ii) considerar, enmendar, cuando sea necesario, y sancionar las disposiciones sobre higiene preparadas por los Comités del Codex sobre Productos que figuran en los Códigos de Prácticas del Codex, a menos que, en casos específicos, la Comisión haya decidido otra cosa; o iii) redactar disposiciones sobre higiene aplicables a productos alimenticios o grupos de productos específicos, estén o no comprendidos en el mandato de un Comité del Codex sobre Productos; y
  3. considerar los problemas concretos de higiene que le haya recomendado la Comisión.

Primera reunión

Mayo de 1964.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Cada 12 a 18 meses. La última reunión se celebró en octubre de 1999.

Labor realizada en 1998-99

El Comité finalizó y adelantó para su aprobación el Anteproyecto de Principios y Directrices para la realización de evaluaciones de riesgos microbiológicos, el Proyecto de Código de Prácticas de Higiene para las aguas potables embotelladas/envasadas (distintas de las aguas minerales naturales) y el Proyecto de Código de Prácticas de Higiene para el transporte de alimentos a granel y de alimentos semienvasados. El Comité concluyó también la Enmienda al Código Internacional Recomendado de Prácticas – Principios Generales de Higiene de los Alimentos relativa al lavado y la desinfección. El Comité determinó y aprobó las prioridades que había de tener en cuenta la Consulta Especial de Expertos sobre peligros microbiológicos en los alimentos y propuso que una Consulta FAO/OMS de Expertos examinara y resumiera las evaluaciones de riesgos nacionales y regionales y otros datos pertinentes.

El Comité prosiguió su labor en relación con el Anteproyecto de Código de Prácticas de Higiene para la Leche y los Productos Lácteos y el Anteproyecto de Principios y Directrices para la realización de la gestión de riesgos microbiológicos, así como con dos códigos para las frutas y hortalizas frescas precortadas y sus productos. Asimismo convino en determinar los problemas que entrañaba la elaboración de orientaciones apropiadas sobre la aplicación de los principios de HACCP al redactar de nuevo el documento de debate sobre la aplicación del HACCP en empresas pequeñas o menos adelantadas y distribuirlo para recabar nuevas observaciones, y acordó abordar la cuestión de Listeria de dos modos: remitiéndola a la Consulta de Expertos sobre evaluación de peligros microbiológicos en los alimentos y elaborando el Anteproyecto de Directrices para combatir la presencia de Listeria monocytogenes en los alimentos.

El Comité acordó proceder a la elaboración y ulterior examen el Anteproyecto de Directrices para la recuperación higiénica del agua de elaboración en industrias alimentarias y preparar un documento sobre prioridades en que se determinara qué códigos habían sido sustituidos por el Código sobre Principios Generales de Higiene de los Alimentos y qué códigos podían combinarse en el momento de revisarlos.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Etiquetado de los Alimentos (CX-714)

Origen

Artículo IX-1(b) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Canadá.

Objeto

Redactar disposiciones sobre etiquetado aplicables a todos los alimentos; estudiar, enmendar, cuando sea necesario, y sancionar los proyectos de disposiciones concretas sobre etiquetado propuestas por los Comités del Codex que están encargados de la redacción de normas sobre productos, o contenidas en los códigos de prácticas y en las directrices; estudiar los problemas específicos de etiquetado que la Comisión le someta, y analizar los problemas relacionados con la publicidad de los alimentos, especialmente los relativos a las afirmaciones y las descripciones engañosas.

Primera reunión

Septiembre de 1965.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Cada 12 a 24 meses. La reunión más reciente se celebró en abril de 1999.

Labor realizada en 1998-99

Finalizó las Directrices para la producción, elaboración y comercialización de alimentos producidos orgánicamente (con la excepción de las secciones relativas a la producción pecuaria) y las enmiendas a la Norma General para el Etiquetado de Alimentos Preenvasados (alimentos que pueden causar hipersensibilidad e ingredientes compuestos). Continuó la revisión y ratificación de las disposiciones relativas al etiquetado en normas individuales, códigos de prácticas y directrices. Examinó los aspectos relacionados con el etiquetado de los posibles alérgenos y los alimentos obtenidos por medios biotecnológicos.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Principios Generales (CX-716)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Francia.

Objeto

Estudiar las cuestiones de procedimiento y de carácter general que le someta la Comisión del Codex Alimentarius.

Primera reunión

Mayo de 1964.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

1965, 1967, 1968, 1974, 1976, 1979, 1981, 1986, 1989, 1992, 1994, 1996, 1998, 1999. El Comité se reúne cuando la Comisión le remite problemas para su examen. La última reunión se celebró en noviembre de 1999.

Labor realizada en 1998-99

El Comité acordó una serie de enmiendas al Manual de Procedimiento, a saber: Artículo X del Reglamento para ampliar su ámbito de aplicación a la adopción de normas y subrayar la importancia de la adopción de normas por consenso, criterios para el establecimiento de las prioridades de los trabajos, creación de órganos auxiliares de la Comisión del Codex Alimentarius, disposiciones relativas a la higiene en las relaciones entre comités sobre productos y comités de asuntos generales, y mandato del Comité del Codex sobre la Leche y los Productos Lácteos. Revisó las definiciones de comunicación de riesgos y gestión de riesgos en el Manual de Procedimiento y acordó incluir en él nuevas secciones sobre Principios relativos a la participación de OING en la labor de la Comisión del Codex Alimentarius y funciones principales de los Puntos de Contacto del Codex. Prosiguió los debates sobre medidas orientadas a facilitar el consenso, objetivos en materia de inocuidad de los alimentos y función de la ciencia y otros factores legítimos en relación con el análisis de riesgos.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras (CX-715)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Alemania (1965-71); Hungría desde 1972.

Objeto

  1. Definir los criterios apropiados para los métodos de análisis y muestreo del Codex;
  2. servir de órgano coordinador del Codex con otros grupos internacionales que se ocupan de métodos de análisis y toma de muestras y de sistemas de garantía de calidad para los laboratorios;
  3. especificar, fundándose en las recomendaciones definitivas que le presenten los órganos mencionados en b) supra, métodos de referencia para análisis y toma de muestras que sean apropiados para las normas del Codex y generalmente aplicables a varios alimentos;
  4. examinar, modificar, en caso necesario, y sancionar, cuando así proceda, los métodos de análisis y toma de muestras propuestos por los Comités (de Productos) del Codex. Los métodos de análisis y muestreo para residuos de plaguicidas o medicamentos veterinarios en los alimentos y la evaluación de la inocuidad y la calidad microbiológica de los alimentos, así como de las especificaciones para aditivos alimentarios, no entran en el mandato de este Comité;
  5. elaborar los planes y procedimientos de toma de muestras que se soliciten;
  6. examinar los problemas concretos que sobre toma de muestras y análisis le someta la Comisión o cualquiera de su Comités;
  7. definir procedimientos, protocolos, directrices o textos afines para la evaluación de la eficiencia de los laboratorios de alimentos, así como los sistemas de garantía de calidad para los laboratorios.

Primera reunión

Septiembre de 1965.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada 24 meses. La última reunión se celebró en noviembre de 1998.

Labor realizada en 1998-99

Examinó un enfoque básico de los criterios para seleccionar métodos, la medición de la incertidumbre y la validación de los métodos de laboratorio. Ratificó una serie de métodos de análisis aplicables a las normas del Codex para productos.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas (CX-718)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Países Bajos.

Objeto

Recomendar límites máximos de residuos de plaguicidas y contaminantes ambientales e industriales en determinados productos alimenticios y en ciertos piensos; preparar una lista de prioridades en relación con los residuos de plaguicidas presentes en los productos alimenticios que son objeto de comercio internacional, para su evaluación por la Reunión Conjunta FAO/OMS sobre Residuos de Plaguicidas; recomendar métodos apropiados de toma de muestras y análisis para determinar la presencia de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos con el fin de asegurar la inocuidad de los alimentos que contienen residuos.

Primera reunión

Enero de 1966.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Cada 12 meses. La reunión más reciente se celebró en abril de 1999.

Labor realizada en 1998-99

Recomendó 221 límites máximos para residuos de plaguicidas en ciertos productos agrícolas crudos y revisó los métodos de muestreo recomendados para determinar residuos de plaguicidas. Recomendó que se revocaran límites máximos para residuos en desuso.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Productos del Cacao y Chocolate (CX-708)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Suiza.

Objeto

Elaborar normas alimentarias de alcance mundial para los productos del cacao y para el chocolate.

Primera reunión

Noviembre de 1963.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada dos años. Comité aplazado sine die en 1983. Reactivado en 1996. La última reunión se celebró en noviembre de 1998.

Labor realizada en 1998-99

Prosiguió su labor sobre el Anteproyecto de Norma para el chocolate y sus productos y otros tres Anteproyectos de Normas Revisadas para productos a base de cacao con el fin de simplificarlas en la mayor medida posible.

(Cat. 1)

Comité del Codex Alimentarius sobre Azúcares (CX-710)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Reino Unido.

Objeto

Elaborar normas de alcance mundial para todos los tipos de azúcares y productos del azúcar.

Primera reunión

Marzo de 1964.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Anual hasta 1968; después en 1974. El Comité aplazó sus reuniones sine die en 1978, pero sigue trabajando por correspondencia.

Labor realizada en 1998-99

Recomendó una nueva Norma General para los Azúcares en sustitución de las antiguas normas individuales para los azúcares. Examinó la revisión de la Norma para la Miel.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas (CX-713)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Estados Unidos de América.

Objeto

Elaborar normas de alcance mundial para todos los tipos de frutas y hortalizas elaboradas, incluidos productos secos, con la excepción de las ciruelas secas, y zumos (jugos) de frutas y hortalizas.

Primera reunión

Mayo de 1964.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada 12 a 24 meses. Comité aplazado sine die en 1987. Reactivado en 1998. La última reunión se celebró en marzo de 1998.

Labor realizada en 1998-99

Examinó la revisión de las normas vigentes para las frutas y hortalizas elaboradas con miras a establecer normas más generales para esos productos.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Grasas y Aceites (CX-709)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Reino Unido.

Objeto

Elaborar normas de alcance mundial para grasas y aceites de origen animal, vegetal y marino, inclusive margarina y aceite de oliva.

Primera reunión

Febrero de 1964.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada doce meses. Tras su último aplazamiento en febrero de 1987, se reunió de nuevo en 1993 y 1996. La última reunión se celebró en marzo de 1999.

Labor realizada en 1998-99

El Comité revisó el Código de Prácticas para el transporte de grasas y aceites a granel y la Norma para las grasas y aceites no regulados por normas individuales. También elaboró y adelantó con miras a su adopción final el Proyecto de Norma para los aceites vegetales con denominación y Proyecto de Norma para las grasas animales con denominación y prosiguió su labor en relación con el Proyecto de Norma para los aceites de oliva y aceites de orujo de oliva y con el Anteproyecto de Norma para las grasas para untar. El Comité inició la elaboración de listas de cargamentos previos aceptables y prohibidos que habían de incluirse en el Código de Prácticas para el transporte de grasas y aceites a granel y la Enmienda a la Norma para los aceites vegetales con denominación: el aceite de semillas de girasol con alto contenido de ácido oleico y el aceite de cártamo con alto contenido de ácido oleico.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Higiene de la Carne (CX-723)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Nueva Zelandia (las reuniones se celebran en Londres o en Roma).

Objeto

Elaborar normas de alcance mundial, códigos de prácticas o ambas cosas, según proceda, relativos a la higiene de la carne, excluida la de aves de corral.

Primera reunión

Abril de 1972.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada 18 meses hasta 1974. Reactivado en 1979, suspendió indefinidamente sus reuniones en 1982. Reactivado de nuevo en julio de 1989. La última reunión se celebró en abril de 1993. Aplazó sus reuniones indefinidamente sine die sus reuniones ese mismo año.

Labor realizada en 1998-99

El Grupo no se reunió durante el bienio.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Pescado y Productos Pesqueros (CX-722)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Noruega.

Objeto

Elaborar normas de alcance mundial sobre pescado, crustáceos y moluscos frescos, congelados (incluso congelados rápidamente) o elaborados de otras formas.

Primera reunión

Agosto/septiembre de 1966.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada 12 a 24 meses. La última reunión se celebró en junio de 1998.

Labor realizada en 1998-99

El Comité elaboró y adelantó para su adopción final el Proyecto de Directrices para la evaluación sensorial de pescado y marisco en laboratorios, y continuó la revisión del Anteproyecto de Código de Prácticas para el pescado y los productos pesqueros, que incorpora 14 códigos de prácticas del sector del pescado y los productos pesqueros y la Norma para el arenque salado y el espadín salado. También comenzó la elaboración de un modelo de certificado para el pescado y los productos pesqueros y la norma para los moluscos y el pescado ahumado.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales (CX-720)

Origen

Artículo IX-1(a) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Alemania.

Anteriormente se llamó Comité del Codex sobre Alimentos para Regímenes Especiales (1966-1987)

Objeto

  1. estudiar los problemas nutricionales concretos que le encomiende la Comisión y asesorar a la Comisión sobre cuestiones generales relacionadas con la nutrición;
  2. redactar disposiciones generales, según proceda, en relación con los aspectos nutricionales de todos los alimentos;
  3. elaborar normas directrices o textos afines para alimentos destinados a regímenes especiales, en cooperación con otros comités cuando sea necesario;
  4. examinar, modificar cuando sea necesario y aprobar disposiciones sobre los aspectos nutricionales cuya inclusión se haya propuesto en normas, directrices y textos afines del Codex.

Primera reunión

Mayo de 1966.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Alemán, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada 24 meses. La última reunión se celebró en septiembre de 1998.

Labor realizada en 1998-99

Continuó su labor en relación con la Norma para los alimentos a base de cereales y la Norma para preparados para lactantes, las vitaminas y minerales en alimentos con fines medicinales y las Directrices para vitaminas y minerales; prosiguió su trabajo sobre el examen de las disposiciones relativas a las vitaminas y los minerales en las normas del Codex; finalizó un Cuadro revisado, que contenía disposiciones sobre proteínas y vitaminas y minerales, de condiciones propuestas para las declaraciones relativas al contenido de nutrientes (como parte del Anteproyecto de Directrices sobre declaraciones de propiedades nutricionales y saludables en las etiquetas de los alimentos); prosiguió su revisión de la Norma para alimentos exentos de gluten e inició la revisión de las listas consultivas de compuestos de sales minerales y vitaminas para su utilización en alimentos destinados a lactantes y niños pequeños.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Sopas y Caldos (CX-726)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Suiza.

Objeto

Elaborar normas de alcance mundial para sopas, caldos, "bouillons" y consomés.

Primera reunión

Noviembre de 1975.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Dos sesiones en 1975 y 1976. El Comité se aplazó sine die en 1978. Actualmente realiza su labor por correspondencia.

Labor realizada en 1998-99

Continuó revisando el Anteproyecto de Norma del Codex para los "bouillons" y los consomés.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Aguas Minerales Naturales (CX-719)

Origen

Artículo IX-1(b) (i) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Suiza. El Comité había sido establecido por la Comisión como Comité Regional (para Europa) del Codex.

Objeto

Elaborar normas de alcance mundial para las aguas minerales naturales.

Primera reunión

Febrero de 1966.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

1966, 1967, 1968, 1972, 1996. La última reunión se celebró en noviembre de 1998.

Labor realizada en 1998-99

El Comité continuó su labor en relación con el Anteproyecto de Norma General para las aguas envasadas/embotelladas distintas de las aguas minerales naturales.

(Cat. 1)

Comité Coordinador del Codex para África (CX-707)

Origen

Artículo IX-1(b) ii) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius.

Objeto

El Comité a) define los problemas y necesidades de la región en lo referente a normas alimentarias y control de alimentos; b) promueve los contactos, dentro del Comité, para el intercambio de información sobre las iniciativas de reglamentación propuestas y los problemas que plantea el control de alimentos, y estimula el reforzamiento de las infraestructuras de control alimentario; c) recomienda a la Comisión la elaboración de normas de alcance mundial para productos de interés para la región, especialmente los productos que a juicio del Comité podrían tener un mercado internacional en el futuro; d) elabora normas regionales para los productos alimenticios comercializados en forma exclusiva o casi exclusiva en el marco del comercio intrarregional; e) señala a la atención de la Comisión los aspectos del trabajo de ésta que tengan importancia particular para la región; f) promueve la coordinación de todos los trabajos sobre normas alimentarias regionales realizados por las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en la región; g) desempeña una función de coordinación general para las región y todas las demás funciones que la Comisión le confíe, y h) promueve la aceptación, por los países miembros, de las normas del Codex y de límites máximos para residuos.

Primera reunión

Junio de 1974.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión situados en la región geográfica de África.

Idiomas de trabajo

Árabe, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada dos años. La última reunión se celebró en noviembre de 1998.

Labor realizada en 1998-99

El Comité revisó las Directrices para la formulación de medidas de control de los alimentos que se venden en la vía pública en África. Determinó las principales dificultades con que se enfrentaban los países africanos en relación con el comercio alimentario y convino en seguir examinando esas cuestiones en la próxima reunión, y propuso que los Estados Miembros, incluidos los países en desarrollo, contribuyeran al proceso de análisis de riesgos emprendiendo evaluaciones de la exposición basadas en las modalidades nacionales de alimentación. El Comité propuso también la elaboración de una Norma para los higos secos.

(Cat. 1)

Comité Coordinador del Codex para Asia (CX-727)

Origen

Artículo IX-1b) ii) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius.

Objeto

El Comité a) define los problemas y necesidades de la región en lo referente a normas alimentarias y control de alimentos; b) promueve los contactos, dentro del Comité, para el intercambio de información sobre las iniciativas de reglamentación propuestas y los problemas que plantea el control de alimentos, y estimula el reforzamiento de las infraestructuras de control alimentario; c) recomienda a la Comisión la elaboración de normas de alcance mundial para productos de interés para la región, especialmente los productos que a juicio del Comité podrían tener un mercado internacional en el futuro; d) elabora normas regionales para los productos alimenticios comercializados en forma exclusiva o casi exclusiva en el marco del comercio intrarregional; e) señala a la atención de la Comisión los aspectos del trabajo de ésta que tengan importancia particular para la región; f) promueve la coordinación de todos los trabajos sobre normas alimentarias regionales realizados por las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en la región; g) desempeña una función de coordinación general para la región y todas las demás funciones que la Comisión le confíe, y h) promueve la aceptación, por los países miembros, de las normas del Codex y de límites máximos para residuos.

Primera reunión

Enero de 1977.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión situados en la región geográfica de Asia.

Idiomas de trabajo

Francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada dos años. La última reunión se celebró en diciembre de 1999.

Labor realizada en 1998-99

Prosiguió el intercambio de información sobre las infraestructuras regionales de control de alimentos, la importación y exportación de alimentos, la cooperación técnica, la aplicación del HACCP y el análisis de riesgos y los acuerdos de reconocimiento mutuo. Finalizó las directrices regionales para los puntos de contacto y comités nacionales del Codex. Elaboró una norma para los productos acuosos de coco.

(Cat. 1)

Comité Coordinador del Codex para América Latina y el Caribe (CX-725)

Origen

Artículo IX-1(b) (2) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius.

Objeto

El Comité a) define los problemas y necesidades de la región en lo referente a normas alimentarias y control de alimentos; b) promueve los contactos, dentro del Comité, para el intercambio de información sobre las iniciativas de reglamentación propuestas y los problemas que plantea el control de alimentos, y estimula el reforzamiento de las infraestructuras de control alimentario; c) recomienda a la Comisión la elaboración de normas de alcance mundial para productos de interés para la región, especialmente los productos que a juicio del Comité podrían tener un mercado internacional en el futuro; d) elabora normas regionales para los productos alimenticios comercializados en forma exclusiva o casi exclusiva en el marco del comercio intrarregional; e) señala a la atención de la Comisión los aspectos del trabajo de ésta que tengan importancia particular para la región; f) promueve la coordinación de todos los trabajos sobre normas alimentarias regionales realizados por las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en la región; g) desempeña una función de coordinación general para la región y todas las demás funciones que la Comisión le confíe, y h) promueve la aceptación, por los países miembros, de las normas del Codex y de límites máximos para residuos.

Primera reunión

Marzo de 1976.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión situados en la región geográfica de América Latina y el Caribe.

Idiomas de trabajo

Español e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada dos años. La última reunión se celebró en diciembre de 1998.

Labor realizada en 1998-99

Examinó cuestiones relativas a las importaciones y exportaciones de interés para la Región, la aceptación y utilización de normas, los programas de protección de los consumidores, las actividades relacionadas con el control de la contaminación y con la labor del Codex y la participación de los consumidores, y prosiguió la revisión del Código Regional de Prácticas para la preparación y venta de alimentos callejeros.

(Cat. 1)

Comité Coordinador del Codex para Europa (CX-706)

Origen

Artículo IX-1b) 2) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius.

Objeto

El Comité a) define los problemas y necesidades de la región en lo referente a normas alimentarias y control de alimentos; b) promueve los contactos, dentro del Comité, para el intercambio de información sobre las iniciativas de reglamentación propuestas y los problemas que plantea el control de alimentos, y estimula el reforzamiento de las infraestructuras de control alimentario; c) recomienda a la Comisión la elaboración de normas de alcance mundial para productos de interés para la región, especialmente los productos que a juicio del Comité podrían tener un mercado internacional en el futuro; d) elabora normas regionales para los productos alimenticios comercializados en forma exclusiva o casi exclusiva en el marco del comercio intrarregional; e) señala a la atención de la Comisión los aspectos del trabajo de ésta que tengan importancia particular para la región; f) promueve la coordinación de todos los trabajos sobre normas alimentarias regionales realizados por las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en la región; g) desempeña una función de coordinación general para la región y todas las demás funciones que la Comisión le confíe, y h) promueve la aceptación, por los países miembros, de las normas del Codex y de límites máximos para residuos.

Primera reunión

Julio de 1965.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión situados en la región geográfica europea, incluso Israel, Turquía y la Federación de Rusia.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés (según se solicite).

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada dos años. La última reunión se celebró en mayo de 1998.

Labor realizada en 1998-99

Examinó asuntos relacionados con el intercambio de información sobre la legislación alimentaria y el control de los alimentos, así como cuestiones de importación/exportación y de integración económica en el plano regional. Convino en actualizar periódicamente la información sobre las autoridades nacionales encargadas del control de los alimentos y proseguir la asistencia técnica y la capacitación en la Región. Examinó la manera de aumentar la participación de los consumidores en los planos nacional y regional. Inició la revisión de las normas regionales para la mayonesa y el vinagre.

(Cat. 1)

Comité Coordinador del Codex para América del Norte y el Pacífico Sudoccidental (CX-732)

Origen

Artículo IX-1 b) 2) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius.

Objeto

El Comité a) define los problemas y necesidades de la región en lo referente a normas alimentarias y control de alimentos; b) promueve los contactos, dentro del Comité, para el intercambio de información sobre las iniciativas de reglamentación propuestas y los problemas que plantea el control de alimentos, y estimula el reforzamiento de las infraestructuras de control alimentario; c) recomienda a la Comisión la elaboración de normas de alcance mundial para productos de interés para la región, especialmente los productos que a juicio del Comité podrían tener un mercado internacional en el futuro; d) elabora normas regionales para los productos alimenticios comercializados en forma exclusiva o casi exclusiva en el marco del comercio intrarregional; e) señala a la atención de la Comisión los aspectos del trabajo de ésta que tengan importancia particular para la región; f) promueve la coordinación de todos los trabajos sobre normas alimentarias regionales realizados por las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en la región; g) desempeña una función de coordinación general para la región y todas las demás funciones que la Comisión le confíe, y h) promueve la aceptación, por los países miembros, de las normas del Codex y de límites máximos para residuos.

Primera reunión

Mayo de 1990.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión situados en la región geográfica de América del Norte y el Pacífico Sudoccidental.

Idiomas de trabajo

Francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada dos años. La última reunión se celebró en octubre de 1998.

Labor realizada en 1998-99

Apoyó la creación de un Órgano Asesor Científico sobre los aspectos microbiológicos de la inocuidad de los alimentos, la elaboración de una Norma general para los alimentos obtenidos por medios biotecnológicos para resolver los problemas relativos a la inocuidad y la nutrición que se planteaban respecto a estos productos, el establecimiento por el Comité del Codex sobre Principios Generales de las "funciones esenciales" de los puntos nacionales de contacto del Codex y la elaboración de un texto introductorio sobre el análisis de riesgos en el sistema del Codex. Instó a que se actuara con prudencia en lo concerniente a la inclusión de una referencia a la aplicación del "principio precautorio" en el Codex.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Cereales, Legumbres y Leguminosas (CX-729)

Origen

Artículo IX-1 b) 1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Estados Unidos de América.

Objeto

Elaborar normas o códigos de prácticas de alcance mundial, según proceda, para cereales, legumbres, leguminosas y sus productos.

Primera reunión

Marzo de 1980.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada 18 a 24 meses. El Comité suspendió indefinidamente sus reuniones en su última reunión celebrada en noviembre de 1994.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Proteínas Vegetales (CX-728)

Origen

Artículo IX-1 b) 1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Canadá.

Objeto

Formular definiciones y normas de alcance mundial para los productos de proteínas vegetales derivados de la soja, las semillas de algodón, el maní (cacahuete), los cereales y otras plantas que se destinen al consumo humano, y formular directrices relativas al empleo de productos de proteínas vegetales en el sistema de abastecimiento de alimentos, a los requisitos y la inocuidad nutricionales, al etiquetado y a cualesquiera otros aspectos que puedan ser pertinentes.

Primera reunión

Noviembre de 1980.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada 24 meses. La última reunión se celebró en febrero de 1989 y desde entonces se han suspendido indefinidamente las reuniones del Comité.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Residuos de Medicamentos Veterinarios en los Alimentos (CX-730)

Origen

Artículo IX-1 b) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Estados Unidos de América.

Objeto

Fijar prioridades para el examen de los residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos, recomendar niveles máximos de residuos de esas sustancias, elaborar los códigos de prácticas requeridos, determinar criterios para los métodos analíticos utilizados en la inspección de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos.

Primera reunión

Octubre de 1996.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada 12 meses. La última reunión se celebró en septiembre de 1998.

Labor realizada en 1996-97

Recomendó límites máximos para residuos de 141 medicamentos veterinarios en los alimentos. Examinó el análisis de riesgos, los residuos dejados por las inyecciones en la zona de aplicación y asuntos relacionados con los métodos de análisis.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Frescas (CX-731)

Origen

Artículo IX-1 b) 1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: México.

Objeto

  1. Elaborar normas y códigos de prácticas de alcance mundial aplicables a las frutas y hortalizas frescas.
  2. Celebrar consultas con el Grupo de Trabajo de la CEPE sobre la normalización de productos perecederos, con miras a elaborar normas y códigos de prácticas de aplicación mundial, evitando especialmente toda duplicación de normas o códigos de prácticas y velando por que se adapten al mismo formato amplio.
  3. Celebrar consultas, según convenga, con otras organizaciones internacionales que se ocupan de la normalización de frutas y hortalizas frescas.

Primera reunión

Junio de 1988.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada 18 meses. La última reunión se celebró en marzo de 1999.

Labor realizada en 1998-99

Finalizó proyectos de normas del Codex para pomelos y longanes, los anteproyectos de normas del Codex para las pitahayas amarillas y el tiquisque (blanco y lila) y la revisión de las normas del Codex para las piñas y las papayas. Prosiguió la elaboración de normas del Codex para la naranja, el espárrago y el alquequenje y de un código de prácticas para la inspección y certificación de la calidad de las frutas y hortalizas frescas. Continuó el examen de las secciones relativas al calibrado y los requisitos de madurez para las limas, las toronjas, los pomelos y las naranjas. Se inició la labor de normalización para las manzanas, tomates y uvas de mesa.

(Cat. 1)

Comité del Codex sobre Sistemas de Inspección y Certificación de Importaciones y Exportaciones de Alimentos (CX-733)

Origen

Artículo IX-1 b) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Australia.

Objeto

  1. Elaborar principios y directrices relativos a los sistemas de inspección y certificación de las importaciones y exportaciones de alimentos, con miras a armonizar métodos y procedimientos que protejan la salud de los consumidores, aseguren unas prácticas comerciales equitativas y faciliten el comercio internacional de productos alimenticios.
  2. Elaborar principios y directrices para la aplicación de medidas por parte de las autoridades competentes de los países exportadores e importadores, con el fin de ofrecer garantías, cuando sea necesario, de que los alimentos cumplen con los requisitos establecidos, en particular los requisitos estatutarios relativos a la salud.
  3. Elaborar directrices para la aplicación, según y cuando corresponda, de sistemas de garantía de la calidad, con el fin de asegurar que los productos alimenticios se ajustan a los requisitos, y fomentar el reconocimiento de esos sistemas5 para facilitar el comercio de productos alimenticios en el marco de acuerdos bilaterales/multilaterales entre países.
  4. Elaborar directrices y criterios con respecto al formato, las declaraciones y el idioma de los certificados oficiales que los países puedan exigir, con miras a su armonización internacional.
  5. Formular recomendaciones respecto al intercambio de información relativa al control de las importaciones y exportaciones de alimentos.
  6. Consultar, según sea necesario, con otros grupos internacionales que se ocupan de asuntos relacionados con los sistemas de inspección y certificación de los alimentos.
  7. Examinar otros asuntos que le encomiende la Comisión en relación con los sistemas de inspección y certificación de alimentos.

Primera reunión

Septiembre de 1992.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Aproximadamente cada doce meses. La reunión más reciente se celebró en febrero de 1999.

Labor realizada en 1998-99

Finalizó los proyectos de directrices para la elaboración de acuerdos de equivalencia con respecto a los sistemas de inspección y certificación de las importaciones y exportaciones de alimentos. Inició la elaboración del Anteproyecto de Directrices/Recomendaciones para el control de las importaciones de alimentos, el Anteproyecto de Directrices y Criterios para la forma de presentación de certificados oficiales y normas relativas a la producción y emisión de certificados, el Anteproyecto de Directrices para juzgar la equivalencia de las medidas sanitarias asociadas con los sistemas de inspección y certificación de alimentos y el Anteproyecto de Directrices para la utilización y promoción de sistemas de garantía de la calidad.

(Cat. 1)

Comité Coordinador FAO/OMS para el Cercano Oriente (CX-734)

Origen

Establecido por la Comisión del Codex Alimentarius en su 23º período de sesiones (1999).

Objeto

  1. definir los problemas y necesidades de la región en lo concerniente a las normas alimentarias y el control de los alimentos;
  2. promover dentro del Comité contactos para el intercambio mutuo de información sobre iniciativas propuestas de reglamentación y problemas derivados del control de alimentos, y estimular el fortalecimiento de las infraestructuras de control de los alimentos;
  3. recomendar a la Comisión la elaboración de normas de alcance mundial aplicables a productos de interés para la región, incluidos productos que el Comité considere que podrían tener un mercado internacional en el futuro;
  4. elaborar normas regionales para productos que son objeto, única o casi exclusivamente, de comercio intrarregional;
  5. señalar a la atención de la Comisión cualesquiera aspectos de la labor de ésta que tengan especial importancia para la región;
  6. promover la coordinación de todos los trabajos regionales sobre normas alimentarias realizados por organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales dentro de la región;
  7. desempeñar tareas de coordinación para la región, así como cualesquiera otras funciones que le pueda encomendar la Comisión;
  8. promover la aceptación por los Estados Miembros de normas y límites máximos del Codex para residuos.
      1.  

Primera reunión

Primera reunión en El Cairo, del 29 de enero al 1º de febrero de 2001.

Composición

Abierta a todos los Estados Miembros y Miembros Asociados de la FAO y la OMS que sean miembros de la Comisión del Codex Alimentarius y estén situados en la zona geográfica del Cercano Oriente definida por la FAO o del Mediterráneo oriental definida por la OMS

Idiomas de trabajo

Árabe, francés e inglés.

Periodicidad de las reuniones

Todavía por decidir.

Labor realizada en 1998-99

La Comisión acaba de ser creada y no se reunirá hasta el próximo bienio.

Grupos de Acción Intergubernamentales Especiales

(Cat. 1)

Grupo de Acción Intergubernamental Especial del Codex sobre Zumos (Jugos) de Frutas y Hortalizas (CX-801)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Brasil

Objeto

El Grupo de Acción Especial se encargará de:

  1. revisar y agrupar las normas y directrices vigentes del Codex para los zumos (jugos) de frutas y hortalizas y productos afines, dando preferencia a las normas generales;
  2. revisar y actualizar los métodos de análisis y muestreo para esos productos;
  3. completar su labor antes del 26º período de sesiones de la Comisión (2005).

Primera reunión

Establecido por la Comisión del Codex Alimentarius en su 23º período de sesiones (1999). Se prevé que la primera reunión se celebrará del 18 al 22 de septiembre de 2000.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés, inglés y portugués.

    (Cat. 1)

    Grupo de Acción Intergubernamental Especial del Codex sobre Alimentos Obtenidos por Medios Biotecnológicos (CX-802)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Japón

Objeto

  1. Elaborar normas, directrices u otros principios, según proceda, para alimentos obtenidos por medios biotecnológicos;
  2. Coordinar la labor y colaborar estrechamente, en caso necesario, con los Comités del Codex correspondientes, dentro de los límites de su mandato respectivo, en lo que respecta a los alimentos obtenidos por medios biotecnológicos; y
  3. Tener plenamente en cuenta la labor ya realizada por las autoridades nacionales, la FAO, la OMS, otras organizaciones internacionales y otros foros internacionales pertinentes.

Primera reunión

Establecido por la Comisión del Codex Alimentarius en su 23º período de sesiones (1999). La primera reunión se celebró en marzo de 2000.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.

(Cat. 1)

Grupo de Acción Intergubernamental Especial sobre Alimentación Animal (CX-803)

Origen

Artículo IX-1(b) (1) del Reglamento de la Comisión del Codex Alimentarius. País huésped: Dinamarca.

Objeto

  1. Completar y ampliar el trabajo ya realizado por los Comités del Codex competentes en relación con el Proyecto de Código de Prácticas para la buena alimentación animal;
  2. abordar otros aspectos que son importantes para la inocuidad de los alimentos, como por ejemplo los problemas relacionados con sustancias tóxicas, patógenos, resistencia a los microbios, nuevas tecnologías, almacenamiento, medidas de control, rastreabilidad, etc.; y
  3. tener plenamente en cuenta la labor realizada por los Comités del Codex competentes y por otros organismos internacionales pertinentes, entre ellos la FAO, la OMS, la OIE y la CIPF, y colaborar con ellos.

Primera reunión

Establecido por la Comisión del Codex Alimentarius en su 23º período de sesiones (1999). La primera reunión se celebró en junio de 2000.

Composición

Abierto a todos los miembros de la Comisión.

Idiomas de trabajo

Español, francés e inglés.


5.  Por garantía de la calidad se entiende el conjunto de las medidas planificadas y sistemáticas necesarias para ofrecer una confianza suficiente en que un producto o servicio cumplirá con determinados requisitos en cuanto a su calidad (150-8402 Quality – Vocabulary).

 


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