Este código trata solamente sobre aquellos productos refrigerados envasados que se formulan y elaboran de manera que dependan de manera crítica del mantenimiento de la integridad de la cadena de frío para su inocuided, calidad y sanidad.
Los alimentos envasados refrigerados a los que se refieren las directrices de este código son productos que:
Son tratados térmicamente o procesados empleando otras tecnologías para reducir la población microbiológica original;
Pueden usarse barreras complementarias al tratamiento térmico u otras tecnologías y refrigeración para retardar o prevenir la proliferación de microorganismos indeseables;
Son envasados, no necesariamente en forma hermética, antes o después del proceso (por calor u otros tratamientos de conservación);
Son poco ánidos, es decir, con un pH > 4, 6 y actividad de agua elevada aw > 0,92;
Se deben mantener refrigerados durante su permanencia en almacén para retardar o prevenir la proliferación de microorganismos indeseables;
Tienen una duración prolongada en almacén de más de 5 días1;
No necesariamente pueden requerir calentarse antes del consumo;
Esto incluye pero no se limita a:
Se excluyen:
Los alimentos que contienen uno o más ingredientes que están excluidos y uno o más ingredientes que estén incluidos estarán afectados por este código (ver apéndice II - Ejemplos - 3, ensalada combinada.)