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EXAMEN DE PROYECTOS Y ANTEPROYECTOS DE LÍMITES MÁXIMOS PARA RESIDUOS EN LOS ALIMENTOS Y LOS PIENSOS EN LOS TRÁMITES 7 Y 4 (Tema 6 del programa)


- Armonización del establecimiento de LMR para compuestos utilizados como plaguicidas y como medicamentos veterinarios
- Medidas propuestas en caso de que las estimaciones de la exposición dietética excedan la ingestión diaria admisible
- Viabilidad de establecer LMR para cultivos modificados genéticamente y para residuos de metabolitos
- Viabilidad de establecer LMR específicos para alimentos a base de cereales y preparados para lactantes
- Necesidad de un LMRE para canfeclor en el pescado
Proyecto y anteproyecto de límites máximos de residuos en los alimentos y piensos en los Trámites 7 y 4

- Armonización del establecimiento de LMR para compuestos utilizados como plaguicidas y como medicamentos veterinarios[17]

44. El Comité recordó que desde su 29ª reunión le habían preocupado las diferencias en cuanto a la forma en que la JMPR/CCPR y el JECFA/CCRVDF establecían LMR. Recordó también que, en su 22o y 23o períodos de sesiones, la Comisión del Codex Alimentarius había pedido una mayor armonización en el establecimiento de LMR para los compuestos que se utilizaban como plaguicidas y como medicamentos veterinarios. Se había convocado una Reunión informal de armonización entre el JECFA y la JMPR en febrero de 1999 a fin de resolver las diferencias en las definiciones de residuos y cuestiones afines, y para garantizar la armonización y coherencia entre el JECFA y la JMPR. La reunión de armonización había hecho una serie de recomendaciones dirigidas al CCPR, el CCRVDF, la JMPR y el JECFA. Se presentaron a la reunión los resultados del examen de las recomendaciones pertinentes realizadas por la JMPR de 1999 y la 12ª reunión del CCRVDF.

Definiciones de productos

45. El Comité acordó aceptar la recomendación de cambiar, en el texto inglés, la expresión “fatty tissue” por “fat tissue” en las definiciones de carne de mamíferos, grasas de mamíferos y grasas de ave de la Clasificación del Codex de Alimentos y Piensos. El Comité acordó también aceptar la nueva definición de “leche” que figuraba en la Norma General para el Uso de Términos Lecheros, porque había sido adoptada en el 23o período de sesiones.

46. Los textos convenidos de las definiciones anteriores se hallan en el Apéndice V de este informe. El Comité observó que, puesto que estas definiciones revisadas terminarían por incluirse en la Clasificación del Codex de Alimentos y Piensos, volumen 2A del Codex Alimentarius, su elaboración debería ajustarse al Procedimiento de Elaboración del Codex. En vista de que había consenso, el Comité acordó utilizar el Procedimiento Acelerado en espera de que el Comité Ejecutivo aprobara la iniciación de un nuevo trabajo.

47. El Comité analizó brevemente si la definición revisada de “músculo” que estaba examinando el CCRVDF podía utilizarse como definición de “carne” para los fines de este Comité. En general el Comité era de la opinión de que deberían recomendarse LMR para productos alimenticios, tales como la carne, y no para tejidos como el músculo, y por tanto las definiciones debían establecerse para productos alimenticios. Como ambas definiciones, de músculo y de carne, se distribuirían para recabar observaciones en el Trámite 3, se invitó a las delegaciones a que coordinaran sus observaciones al respecto con las homólogas que trabajaban en el ámbito de los medicamentos veterinarios en los respectivos países.

Usos veterinarios

48. En cuanto a los LMR derivados de la aplicación de determinados plaguicidas a animales, el Comité convino en abandonar el uso de la denominación “V” y el texto explicativo “El LMR incorpora los usos veterinarios”, y decidió utilizar una nota a pie de página que dijera “El LMR incorpora los tratamientos externos en animales”.

Otros asuntos

49. El Comité estuvo de acuerdo con la recomendación del CCRVDF de que, en los casos en que la JMPR y el JECFA hubieran recomendado LMR para las mismas sustancias químicas con la misma definición de residuo/marcador en el mismo producto, debería recomendarse el LMR más elevado siempre que la ingestión de residuos no excediera la IDA.

50. El Comité observó que, a fin de evitar la situación de que no existiera un LMR cuando se hubiera suprimido el más elevado de dos LMR diferentes para la misma sustancia química con la misma definición de residuo es el mismo producto, debería mantenerse el LMR más bajo como nota a pie de página de la correspondiente lista de LMR del Comité. En caso de que dos LMR propuestos que se desplazaran simultáneamente en el Procedimiento de Elaboración del Codex, ambos debían adelantarse al Trámite 8 para su adopción a fin de garantizar que se contara con LMR para ambos usos si se suprimiera uno de ellos en el futuro.

51. El Comité observó que cuando surgieran diferencias entre el JECFA y la JMPR en cuanto a la definición de residuo marcador/definición del residuo deberían realizarse esfuerzos de armonización caso por caso. El Comité apoyó la recomendación de que, en el caso de compuestos que eran comunes para la JMPR y el JECFA, se utilizaran las descripciones más específicas de los productos animales para que hubiera mayor armonización.

52. El Comité pospuso el examen de las recomendaciones específicas para determinados compuestos hasta que hubiera examinado dichos compuestos junto con otros LMR para otras sustancias. El Comité tomó nota de todas las demás recomendaciones pertinentes para la labor de este Comité, observando que la mayoría de ellas estaba de acuerdo con la práctica corriente o ya se había aplicado.

- Medidas propuestas en caso de que las estimaciones de la exposición dietética excedan la ingestión diaria admisible[18]

53. La delegación de Australia presentó el documento de examen proponiendo una serie de medidas que podían utilizarse en las situaciones en que la IDEI indicara que podía excederse la IDA.

54. El documento recomendaba dos criterios principales para tales situaciones. El primero se basaba en la mejora de los conocimientos científicos y las estimaciones de la ingestión dietética a nivel internacional. Se delineó un conjunto de recomendaciones más detalladas para mejorar la metodología, que incluían: un uso más adecuado de los estudios de elaboración; niveles de residuos en las partes comestibles; datos nacionales de vigilancia, parte del cultivo tratada y datos de consumo de productos elaborados. Se sugirió también que la JMPR examinara el uso de análisis nacionales y cálculos de la exposición dietética contemporáneos, y que se preguntara a los gobiernos nacionales de las regiones donde se había excedido la estimación de la dieta regional si, en base a sus análisis nacionales, podían apoyar el adelanto de los LMR en cuestión. Se sugirió también que el avance de la ciencia de las estimaciones de la ingestión dietética a nivel internacional permitiría un cálculo de la exposición más realista con vistas a convocar una consulta de expertos cuando fuera el caso.

55. El documento presentaba también un enfoque alternativo, en el sentido de que el Codex podía adelantar los LMR incluso cuando las estimaciones de la ingestión dietética excedieran la IDA y dejar en manos de los gobiernos nacionales la gestión de riesgos en relación con estos LMR.

56. El Comité tomó nota de la conclusión del documento de que tales situaciones podían ser un problema artificial producido por la metodología, puesto que los cálculos a nivel nacional no demostraban preocupación.

57. El Comité apoyó, en general, las recomendaciones de seguir desarrollando la ciencia relacionada con los cálculos de la exposición dietética a nivel internacional y animar a los países a presentar datos pertinentes.

58. El enfoque alternativo propuesto recibió un apoyo limitado; se señaló que podía tener consecuencias con relación al Acuerdo MSF de la OMC y que no muchos países realizaban una evaluación de la exposición dietética con regularidad. De todas maneras el Comité convino en que destacaba la necesidad de reducir la diferencia entre lo que podía hacerse a nivel internacional y nacional.

59. El Comité recordó que en su 29ª reunión había convenido en aplicar un procedimiento para tratar la exposición dietética crónica a fin de hacer frente a la preocupación relacionada con ésta, y examinar su funcionamiento después de tres años[19]. El Comité decidió mantener el procedimiento concertado en vigor con respecto a la preocupación por la exposición crónica. El Comité observó que era necesario avanzar con precaución.

60. El Comité acordó también seguir considerando este tema como un examen del procedimiento, y pedir observaciones a los gobiernos mediante una carta circular sobre los principios subyacentes a las recomendaciones expuestas en los párrafos 22, 41 y 42 del documento. Convino además en que sería prematuro pedir una consulta de expertos sobre la mejora de la evaluación del riesgo dietético crónico. El Comité pidió a Australia que en colaboración con Canadá, Nueva Zelandia, Suecia, los Estados Unidos de América, CI y la GCPF, preparara un documento basado en los debates de esta reunión y las observaciones presentadas en respuesta a la carta circular, con el fin de que se examinara en la próxima reunión del Comité.

- Viabilidad de establecer LMR para cultivos modificados genéticamente y para residuos de metabolitos[20]

61. El Comité recordó que durante el examen de LMR para el AMPA[21], en su última reunión, varias delegaciones habían expresado sus reservas respecto al establecimiento de LMR para residuos de metabolitos derivados del tratamiento con glifosato de un cultivo modificado genéticamente, y habían pedido una política clara en cuanto a la manera de afrontar este tema. El Comité había convenido en que se preparara un breve documento sobre la viabilidad de establecer LMR para cultivos modificados genéticamente y residuos de metabolitos, para examinarlo en la presente reunión.

62. La delegación de Canadá presentó el documento preparado en colaboración con Australia, Sudáfrica, los Estados Unidos de América, la Comisión de la CE, la GCPF y la Secretaría del Codex. Explicó dos posibles situaciones en cuanto a los residuos que podían encontrarse en variedades de cultivos resistentes a los herbicidas: que siguieran la misma ruta metabólica con un cambio del metabolito dominante, o que siguieran una ruta metabólica diferente determinando uno o más metabolitos nuevos. Explicó también los posibles enfoques para abordar estas situaciones, utilizando los casos del amonio glufosinato[22]/NAG[23] y el glifosato/AMPA[24] como ejemplos: (1) cuando el metabolito está incluido en la definición de residuo existente; y (2) cuando el metabolito no está incluido en la definición de residuo. Concluyó que ningún planteamiento parecía aplicable a todas las situaciones y, por tanto, en la actualidad era necesario afrontar cada caso por separado; y propuso opciones sobre cómo proceder con este tema.

63. Varias delegaciones expresaron su punto de vista de que para fines de control no resultaba práctico establecer LMR separados para las variedades convencionales y las modificadas genéticamente, por lo que preferían una sola definición de residuo que incluyera a ambas. Sin embargo, una delegación manifestó que cuando un metabolito de una variedad modificada genéticamente se añadía a la definición de residuo, esa definición debería ser aplicable únicamente a la variedad modificada genéticamente a fin de evitar costos adicionales de validación del método de análisis para todos los productos.

64. El Comité decidió pedir información a los gobiernos a través de una carta circular sobre los siguientes aspectos para poder elaborar una orientación general sobre el desarrollo de los datos de los residuos y la metodología analítica que facilitara la formulación de definiciones de residuo compatibles con las variedades tradicionales y resistentes:

65. El Comité convino en pedir a la JMPR de 2000 que examinara este documento a fin de que el Comité pudiera considerar sus opiniones junto con la información entregada en respuesta a la carta circular indicada anteriormente, que sería compilada por Canadá en la próxima reunión.

66. El Comité acordó que cuando se previera que la definición de residuo existente dejaría de ser aplicable, por ejemplo porque el compuesto de origen ya no representaba un componente mensurable del residuo final, la industria debería examinar la posibilidad de elaborar un método de análisis para el grupo funcional común como base para una medición coherente del residuo final, independientemente de la composición final como en el caso del glufosinato de amonio y el N-acetil-glufosinato. Esto también fue apoyado por la Federación Mundial de Protección Fitosanitaria.

- Viabilidad de establecer LMR específicos para alimentos a base de cereales y preparados para lactantes[25]

67. El Comité recordó que en su última reunión había convenido que en respuesta a la petición del Comité del Codex sobre Nutrición y Alimentos para Regímenes Especiales se prepararía un documento sobre la viabilidad de establecer LMR específicos para los alimentos a base de cereales y preparados para lactantes, y sobre las posible preocupaciones toxicológicas en el caso particular de los niños.

68. La delegación de Alemania presentó el documento preparado en colaboración con EE.UU.; la Unión Internacional de Asociaciones de Consumidores y la Secretaría del Codex, e informó al Comité de que el documento cubría una amplia gama de temas en torno a si los procedimientos actuales de recomendación de IDA y LMR eran apropiados para proteger la salud de los lactantes y niños. La delegación manifestó que los lactantes y niños podían ser más o menos vulnerables a algunas sustancias químicas que los adultos, y que esto era necesario considerarlo en la evaluación de riesgos. La delegación propuso varias opciones para el caso de que fuera intención del Comité proseguir con el establecimiento de IDA para lactantes y niños y LMR para alimentos elaborados. Esas opciones incluían: el establecimiento de un límite común genérico para los productos destinados a lactantes y niños, y la aplicación de un factor de seguridad adicional para cada caso al establecer IDA para los plaguicidas que pudieran tener un mayor efecto tóxico en los lactantes y niños.

69. El Comité decidió que el examen se concentraría en: (1) la petición del CCNFSDU; (2) la idoneidad de la práctica actual de establecimiento de LMR e IDA en relación con la protección de los lactantes y niños.

70. Con respecto a la petición del CCNFSDU, algunas delegaciones indicaron que el documento no abordaba adecuadamente la viabilidad de establecer LMR separados para productos a base de cereales y preparados para lactantes, y cuestionaron la necesidad de establecer LMR para tales productos. Se señaló que no era práctico ni viable establecer LMR separados para un producto no elaborado, uno para adultos y otro para lactantes y niños.

71. El observador de la CE informó al Comité que para proteger la salud de lactantes y niños de corta edad se había adoptado un límite común de 0,01 mg/kg para todos los plaguicidas en alimentos para lactantes y niños listos para el consumo, como medida de precaución temporal en espera de evaluaciones toxicológicas de las sustancias.

72. El Comité observó que no había establecido LMR para productos compuestos. Reconoció que para hacerlo sería necesario desarrollar una nueva metodología a fin de estimar LMR para productos compuestos, y se consideraba que se trataría de una metodología compleja; además podía no constituir una buena base científica para establecer LMR del Codex. El Comité concluyó que en estos momentos no era viable establecer LMR para dichos productos.

73. El Comité no respaldaba el establecimiento de dos LMR para un producto no elaborado, uno para adultos y otro para lactantes y niños, y tampoco logró en esta oportunidad el consenso para establecer para estos productos un límite genérico común (por ejemplo, en el límite de determinación).

74. El Comité observó que la redacción estándar de la disposición relativa a los residuos de plaguicidas no era aplicable a los Anteproyectos de Normas para Alimentos a Base de Cereales para Lactantes y Niños Pequeños y para Preparados para Lactantes, porque para esos productos no se había establecido ningún LMR. En vista de lo anterior, el Comité ratificó el siguiente texto propuesto por el CCNFSDU para la disposición sobre residuos de plaguicidas que había de incluirse en los anteproyectos de normas:

“5.1 Residuos de Plaguicidas

El producto deberá prepararse con especial cuidado, de conformidad con las buenas prácticas de fabricación, a fin de asegurar que los residuos de los plaguicidas que puedan ser necesarios para la producción, almacenamiento o elaboración de las materias primas o de los ingredientes del producto final se eliminen por completo o bien, si ello es técnicamente imposible, se reduzcan la mayor medida posible.”

75. En cuanto a la idoneidad de la práctica actual, el observador de CI instó al Comité a que examinara la protección de los lactantes y niños desde una perspectiva más general, sobre todo porque el documento preparado por Alemania cubría algunos temas que podían ser útil considerar en una consulta de expertos.

76. Como complemento del examen anterior efectuado por la JMPR y teniendo en cuenta las novedades surgidas a nivel nacional, el Comité decidió pedir a la JMPR que al evaluar plaguicidas específicos hiciera observaciones explícitas sobre la idoneidad de la base de datos para evaluar los riesgos que corrían los lactantes y niños. Reconociendo la necesidad de considerar la cuestión de la ingesta acumulativa (mecanismo de acción común), acordó pedir a la JMPR que formulara observaciones sobre el tema cuando tuviera a su disposición la información necesaria.

77. El Comité convino invitar a los gobiernos, mediante una carta circular, a que aportaran información sobre:

78. El Comité opinaba que esta información facilitaría el establecimiento de una lista de plaguicidas que sería necesario examinar de manera especial para la protección de lactantes y niños, determinar si existía la necesidad de una consulta de expertos y, si así era, establecer los temas específicos que ésta debía examinar. La información debería enviarse a los Países Bajos que, en colaboración con la Secretaría del Codex, prepararían un documento para examinarlo en la próxima reunión del Comité.

- Necesidad de un LMRE para canfeclor en el pescado[26]

79. El Comité recordó que en su última reunión había examinado un documento[27] preparado por Alemania sobre la necesidad de un LMRE para canfeclor en el pescado. El Comité había convenido en una carta circular[28] en la que se pedían observaciones a los gobiernos sobre el documento y se solicitaban información sobre los problemas del comercio y la disponibilidad de datos de vigilancia. El Comité recordó también que había estado de acuerdo con las posiciones del CCPR respecto de la estimación de LMRE[29].

80. La delegación de Alemania presentó un nuevo documento[30]. Éste contenía las respuestas del país a las principales cuestiones planteadas en las observaciones que se habían presentado en respuesta a la carta circular, llegando a la conclusión de que la fuente de la contaminación del pescado por canfeclor era el antiguo uso del compuesto como plaguicida; asimismo indicaba que los datos disponibles que podían ser proporcionados a la JMPR eran suficientes para aconsejar una IDTP[31] y LMRE.

81. Varias delegaciones cuestionaron la necesidad de establecer un LMRE para el canfeclor presente en el pescado o la utilidad de tal LMRE, puesto que no había problemas de comercio demostrados ni se habían experimentado problemas de salud importantes en sus países. Varias otras delegaciones manifestaron que era prematuro tomar la decisión de establecer un LMRE, ya que los datos de vigilancia eran demasiado escasos y habría necesidad de elaborar directrices en cuanto a qué congéneres debían ser objeto de análisis y notificación.

82. La delegación de Alemania pidió que los datos toxicológicos, que reunían los requisitos de la OCDE, fueran examinados por la JMPR para asignar una IDTP. Sin embargo, la Secretaría Mixta de la OMS para la JMPR observó que si no era seguro que los estudios toxicológicos eran aplicables a congéneres relacionados con los encontrados como residuos en el pescado, la JMPR era reacia a examinar los datos toxicológicos a menos que se determinara la necesidad de establecer un LMRE.

83. Aunque se reconoció la toxicidad del canfeclor, por una parte, y por otra la existencia de problemas prácticos, como datos de supervisión insuficientes, que había que resolver, el Comité no pudo llegar a un consenso sobre la necesidad de establecer un LMRE para canfeclor en el pescado. Teniendo en cuenta las observaciones formuladas durante la reunión y la pesada carga de trabajo de la JMPR y el CCPR el Comité consideraba este tema de escasa prioridad, por lo que decidió no remitirlo a la JMPR. Recordando la decisión adoptada en su 29ª reunión en relación con el uso de plaguicidas en la acuicultura o la contaminación ambiental del pescado[32], el Comité acordó que consideraría este tema en el futuro cuando se dispusiera de más información.

Proyecto y anteproyecto de límites máximos de residuos en los alimentos y piensos en los Trámites 7 y 4[33]


Captan (007)
Carbarilo (008)
Clorfenvinfos (014)
Clormequat (015)
2,4-D (020)
Dimetoato (027)/Ometoato (055)
Endosulfan (032)
Etoxiquina (035)
Fention (039)
Lindano (048)
Malation (049)
Mevinfos (053)
2-Fenilfenol (056)
Quintoceno (064)
Tiabendazol (065)
Cihexatin (067)
Benomilo (069)/Carbendazim (072)/Tiofanato-metil (077)
Disulfoton (074)
Vamidotion (078)
Amitrol (079)
Quinometionato (080)
Clorotalonilo (081)
Diclofluanida (082)
Dicloran (083)
Fenamifos (085)
Dinocap (087)
Clorpirifos-metil (090)
Carbofuran (096)
Metamidofos (100)
Hidrazida maleica (102)
Fosmet (103)
Ditiocarbamatos (105)
Iprodiona (111)
Forato (112)
Triforina (116)
Aldicarb (117)
Cipermetrina (118)
Permetrin (120)
Amitraz (122)
Azociclotin (129)
Metiocarb (123)
Deltametrin (135)
Procimidona (136)
Bitertanol (144)
Carbosulfan (145)
Cihalotrin (146)
Flucitrinato (152)
Pirazofos (153)
Ciflutrin (157)
Oxidemeton-Metil (166)
Glufosinato-Amonio (175)
Hexitiazox (176)
Abamectin (177)
Miclobutanil (181)
Cletodim (187)
Tebuconazol (189)
Haloxifop (194)
Fenbuconazol (197)
Acido aminometilfosfonico (Ampa) (198)
Kresoxim-metil (199)

84. La delegación de EE.UU. indicó que no podía apoyar el adelanto del proyecto de LMR para plaguicidas organofosfatos y carbamatos antes de conocer el resultado de su proceso de evaluación del riesgo acumulativo. Este punto de vista era compartido por el observador de CI. La CE se oponía al avance de cualquier LMR por encima del límite de determinación debido a preocupaciones sobre la ingestión aguda y/o crónica.

Captan (007)

85. El observador de la CE pidió que la JMPR calculara una DR aguda y observó que se necesitaban estudios de alimentación animal para realizar una evaluación completa del compuesto. La delegación de Tailandia informó al Comité de que se había proporcionado un resumen de datos de BPA sobre las uvas y las fresas. El Comité devolvió el proyecto de LMR al Trámite 6, en espera del examen periódico que debía realizar la JMPR en el año 2000 y teniendo en cuenta las reservas de EE.UU. y la Comunidad Europea con respecto a varios productos.

Carbarilo (008)

86. El Comité observó que ya no se apoyarían los LMR para piensos y frijoles comunes. Se le informó de que las delegaciones de Tailandia y México proporcionarían nuevos datos de residuos e información sobre BPA a la JMPR en el año 2001. El Comité decidió retener todos los CXL temporales en espera de la evaluación toxicológica que efectuaría la JMPR en 2000 y la evaluación de residuos que ésta realizaría en 2001, ya que permanecían en la lista varios usos en cultivos que también se utilizaban como piensos

Clorfenvinfos (014)

87. El Comité observó que el compuesto no sería apoyado para el examen periódico por la JMPR, ya que la BPA del Reino Unido se había revocado para todos los productos de la lista. El Comité examinaría la revocación de los LMR del Codex existentes en su próxima reunión.

Clormequat (015)

88. El Comité devolvió todos los proyectos de LMR al Trámite 6 en espera de la evaluación de nuevos datos, incluidos estudios de alimentación, a cargo de la JMPR de 2000.

2,4-D (020)

89. El Comité decidió retener el LMR general del Codex para los frutos cítricos, puesto que las delegaciones de Sudáfrica, EE.UU. y Uruguay así lo preferían para dar cabida al uso posterior a la cosecha. La delegación de España también prefería un LMR general a límites para productos individuales. Estados Unidos de América y España informaron al Comité de que se proporcionarían ensayos de residuos adicionales a la JMPR. Países Bajos y Sudáfrica no estaban de acuerdo con la evaluación de los datos relativos a los LMR separados propuestos para las naranjas y los pomelos.

Dimetoato (027)/Ometoato (055)

90. Brasil y Tailandia observaron que estaban dispuestos a colaborar en la elaboración de datos de residuos para respaldar los LMR para los frutos cítricos. Teniendo en cuenta las preocupaciones relativas a la ingestión crónica y aguda, el Comité decidió recomendar a la Comisión que revocara todos los LMR que la JMPR de l998 había recomendado suprimir y que no eran respaldados. El Comité adelantó los anteproyectos de LMR al Trámite 5, indicando que antes de seguirlos adelantando se abordaría la exposición dietética crónica y aguda.

91. El Comité mantuvo un intercambio de opiniones sobre si mantener o no el ometoato en la definición del residuo de dimetoato. Observó que el ometoato ya no se utilizaba y su uso no era respaldado. Sin embargo, el Comité también era consciente de que el uso de dimetoato determinaría la presencia de ometoato. En vista de que no se llegó a ningún acuerdo, el Comité decidió mantener la actual definición de residuo para el dimetoato y examinarla de nuevo en su próxima reunión, aplazando a ésta la decisión sobre los LMR pertinentes.

Endosulfan (032)

92. Se informó al Comité de que se presentarían nuevos datos de ensayos de residuos para una gama de productos de Australia y EE.UU.

93. El Comité devolvió el proyecto de LMR al Trámite 6 y el anteproyecto de LMR al Trámite 3. Asimismo mantuvo todos los CXL en espera de la evaluación de residuos que había de realizar la JMPR en el año 2003.

Etoxiquina (035)

94. El Comité examinaría en su próxima reunión la revocación del CXL para las peras, a no ser que se proporcionaran datos toxicológicos suficientes.

Fention (039)

95. Se informó al Comité que se habían proporcionado estudios sobre piensos a la JMPR del año 2000. El Comité convino prorrogar el período de cuatro años para el procedimiento de examen periódico relativo a los LMR para la carne y las leches, en espera del examen que efectuaría la JMPR de 2000.

Lindano (048)

96. Se informó al Comité de que el fabricante enviaría datos sobre el tratamiento aplicado a las semillas y al suelo para una serie de productos de cereales y hortalizas, destinados a la evaluación de residuos que efectuaría la JMPR en 2003. Se pidió que se brindara información detallada sobre los productos específicos que se apoyarían, bastante antes de la próxima reunión.

Malation (049)

97. El Comité fue informado de que se apoyaría el uso en manzanas, brécoles, coles arrepolladas, frutos cítricos, uvas, melocotones (duraznos), frambuesas rojas y negras, y patatas (papas). El Comité consideraría en su próxima reunión la retención del CXL para raíces y tubérculos, en espera de recibir información sobre las patatas, y la revocación de todos los demás CXL según lo recomendado por la JMPR en 1999. La Secretaría Mixta de la FAO informó al Comité que se disponía de nuevos datos de ensayos para usos posteriores a la cosecha en el salvado de trigo sin elaborar, la harina de trigo y la harina integral de trigo.

Mevinfos (053)

(Véase el Anexo II)

2-Fenilfenol (056)

98. El Comité consideraría en su próxima reunión los nuevos anteproyectos de LMR y la retención del CXL para las peras en espera del examen de la JMPR, ya que los cultivadores de Estados Unidos habían convenido proporcionar datos sobre las peras en un momento posterior de este año.

Quintoceno (064)

99. El Comité recomendó a la Comisión que revocara los CXL para las lechugas arrepolladas y las patatas (papas) ya que no se había entregado ningún dato de apoyo a la JMPR de 1998. El Comité acordó prorrogar el período de cuatro años para el procedimiento de examen periódico de todos los otros CXL, en espera de que los LMR correspondientes llegaran al Trámite 8. Países Bajos manifestó preocupación con respecto a las consecuencias reglamentarias de los residuos presentes en cultivos rotatorios.

Tiabendazol (065)

100. El Comité observó que se apoyaba el uso en aguacate (paltas), frutos cítricos, mango, frutas pomáceas y fresas.

101. El Comité devolvió los LMR para los champiñones al Trámite 3 ya que la JMPR del 2000 examinaría una nueva etiqueta basada en las BPA revisadas. El Comité enmendó el proyecto de LMR para carne de vacuno y leches de vaca de 0,05 a 0,1 mg/kg a fin de armonizarlo con los límites máximos para residuos en productos animales resultantes de usos veterinarios (véase el párr. 49) y los adelantó al Trámite 8. El Comité retuvo el LMR, para los despojos comestibles de vacuno en el Trámite 7b y pidió a la JMPR que examinara el LMR, ya que podía ser demasiado bajo a la luz de la suma de analitos individuales incluida en la definición del residuo.

Cihexatin (067)

102. El Comité observó que se apoyaría el empleo en manzanas, frutos cítricos, uvas, melocotones (duraznos), peras y ciruelas, incluidas las ciruelas pasas. Se habían pedido BPA para las nectarinas. El Comité retuvo el proyecto de LMR para melocotones (duraznos) y ciruelas, incluidas las ciruelas pasas, en el Trámite 7B. La revocación/retirada de los restantes CXL y proyectos de LMR para las nectarinas en el Trámite 7C se consideraría el año próximo.

Benomilo (069)/Carbendazim (072)/Tiofanato-metil (077)

103. Con respecto a si era conveniente o no que hubiera tres definiciones de residuos separadas, el Comité decidió mantener la definición actual y volver a considerarla el año que viene. El Comité decidió retener los CXL para el carbendazim en espárragos, aguacates (paltas), apio, café en grano, frijoles comunes (vainas y/o semillas no maduras), lechugas arrepolladas, mango, pimientos, soja (seca), forraje seco de soja, batata, nueces de árbol (macadam), en vista del compromiso de presentar datos. Se pidió que éstos se entregaran por escrito, especificando información precisa.

104. El Comité decidió recomendar a la Comisión que revocara los CXL para las habas (vainas verdes y semillas no maduras), cerezas, berenjenas, lúpulo desecado, melones excepto sandías, maní, forraje seco de maní, patatas (papas), carne de ovino, calabaza de verano, remolacha azucarera, hojas o coronas de remolacha azucarera, colinabo, taro (colocasia) y calabaza de invierno. El Comité suprimió el proyecto de LMR para los champiñones, devolvió todos los otros proyectos de LMR al Trámite 6 y adelantó todos los anteproyectos de LMR al Trámite 5. El tema de la extrapolación de datos sobre melocotones (duraznos) a otras frutas de hueso y del trigo al centeno se examinaría en la próxima reunión.

Disulfoton (074)

105. La IEDI excedía la IDA en todas las dietas regionales. El arroz y el sorgo eran la fuente principal de la ingestión en las dietas regionales, excepto la europea. El fabricante estaba considerando la posibilidad de no respaldar los CXL para el arroz y el sorgo. El Comité decidió considerar la revocación de los CXL para el arroz y el sorgo en su próxima reunión. Asimismo devolvió al Trámite 6 todos los proyectos de LMR para examinarlos el próximo año.

Vamidotion (078)

106. El Comité decidió examinar la revocación del CXL en la próxima reunión, puesto que no había datos de apoyo.

Amitrol (079)

107. El Comité adelantó todos los anteproyectos de LMR al Trámite 5. Tomó nota de las preocupaciones de EE.UU. en cuanto al posible riesgo de cáncer.

Quinometionato (080)

108. El Comité recomendó a la Comisión que revocara todos los CXL porque el compuesto ya no se respaldaba.

Clorotalonilo (081)

109. La delegación estadounidense propuso que el Comité incrementara el proyecto de LMR para bananos de 0,01 a 0,05 mg/kg a fin de dar cabida a los residuos presentes en el producto no ensacado, ya que el límite de cuantificación era de 0,03 mg/kg. El Comité devolvió el proyecto al Trámite 6 y decidió reconsiderarlo en su próxima reunión junto con la enmienda propuesta.

Diclofluanida (082)

110. Como el compuesto no sería respaldado después del 2000 y sería sustituido por la tolilfluanida, el Comité acordó considerar la revocación de los CXL el año próximo y pedir información a los gobiernos sobre el registro de la diclofluanida mediante una carta circular.

Dicloran (083)

111. El Comité observó que había apoyo para el uso en uvas, lechugas arrepolladas, melocotones (duraznos), ciruelas, fresas y tomates. El Comité retuvo por cuatro años los CXL relativos a estos productos de conformidad con el procedimiento de examen periódico.

Fenamifos (085)

112. El Comité señaló las preocupaciones relativas a la ingestión aguda y el hecho de que se consideraría la retirada de los CXL para brécoles, coliflor, café en grano, café en grano tostado, kiwi, naranjas dulces y agrias, patatas (papas), soja, soja seca, remolacha azucarera, batatas, en la próxima reunión a no ser que se dispusiera de nueva información.

Dinocap (087)

113. El Comité pidió a la JMPR: que hiciera observaciones sobre la DR aguda, observando que estaba basada en efectos teratogénicos y podía ser no apropiada para los niños; que efectuara un cálculo de la ingestión, ya que solamente se había realizado para los tomates, y que aclarara que para la fecha de la JMPR de 2000 la definición del residuo incluiría todavía los isómeros y fenoles establecidos por la JMPR de 1998.

114. El Comité adelantó los LMR propuestos al Trámite 5, observando que no se apoyaba el uso en fresas cultivadas en invernaderos.

Clorpirifos-metil (090)

115. El Comité devolvió al Trámite 6 los proyectos de LMR en el entendimiento de que Australia presentaría sus cálculos de ingestión, junto con observaciones al respecto, bastante antes de la próxima reunión a fin de que la Secretaría de los Países Bajos los hiciera circular. Asimismo decidió pedir al grupo de trabajo sobre prioridades que incluyera el compuesto en la Lista Prioritaria para el examen de sustancias por la JMPR con miras al establecimiento de una DR aguda.

Carbofuran (096)

116. El Comité adelantó al Trámite 8 el proyecto de LMR para forraje verde de alfalfa, pulpa seca de cítricos, forraje (verde) de sorgo y paja y forraje seco de sorgo, tomando nota de las reservas de la delegación de EE.UU. y el observador de la CE. El Comité devolvió los otros proyectos de LMR al Trámite 6 en vista de las preocupaciones relativas a la ingestión.

Metamidofos (100)

117. El Comité observó que el metamidofos y el acefato (095) estaban programados para la evaluación toxicológica de la JMPR de 2002 en el marco del programa de examen periódico. El Comité pidió información detallada sobre el apoyo al metamidofos/acefato. El observador de la GCPF indicó que esta entidad presentaría la información pedida con respecto al apoyo para el acefato, compuesto afín. El observador de la CE indicó que la comunidad proporcionaría información sobre el apoyo al metamidofos antes de la próxima reunión.

118. El Comité devolvió el proyecto de LMR al Trámite 6, en vista de las preocupaciones sobre la ingestión. Indicó además que se propondría que los LMR para productos no respaldados por EE.UU. y la CE fueran retirados en la próxima reunión.

Hidrazida maleica (102)

(Véase el Anexo II)

Fosmet (103)

119. El Comité decidió recomendar a la Comisión la revocación de los CXL para forraje seco de alfalfa, forraje (verde) de alfalfa, carne de vacuno, maíz, forraje seco de maíz, forraje verde de maíz, leches, nectarinas, heno o forraje seco de guisantes (arvejas), parras verdes de guisantes (arvejas), guisantes (arvejas) (secos), guisantes (vainas y semillas inmaduras), maíz dulce (maíz en mazorca) y batata. En vista de que se había manifestado apoyo para los arándanos americanos, frutos cítricos, nectarinas, peras y nueces de árbol, los CXL para estos productos se retuvieron por cuatro años bajo el procedimiento de examen periódico.

120. El Comité adelantó el proyecto de CXL para las semillas de algodón y las patatas (papas) al Trámite 8, y devolvió el proyecto de LMR para los albaricoques (damascos) al Trámite 6. El Comité convino que las estimaciones de la ingestión aguda deberían incluir no sólo los LMR propuestos sino también los CXL. Acordó además que este planteamiento debería adoptarse en todos los compuestos que suscitaban preocupaciones de ingestión aguda.

Ditiocarbamatos (105)

121. El Comité adelantó el proyecto de LMR para pacanas, frutas de hueso y fresa al Trámite 8, tomando nota de los comentarios del observador de la CE.

Iprodiona (111)

122. El Comité decidió prorrogar el período de cuatro años en el marco del procedimiento de examen periódico para los tomates, en vista de la evaluación de residuos que efectuaría la JMPR de 2001.

Forato (112)

123. El Comité tomó nota de que habría apoyo para su examen periódico (en 2003 y 2004).

Triforina (116)

124. El Comité consideraría la revocación del CXL para el tomate de árbol en la próxima reunión, ya que había apoyo para todos los productos excepto el mencionado.

Aldicarb (117)

125. El Comité devolvió el proyecto de LMR para las patatas (papas) al Trámite 6 en espera del examen que efectuaría la JMPR en el año 2000.

Cipermetrina (118)

126. Se informó al Comité de que la 12ª reunión del CCRVDF había decidido retirar todos los proyectos de LMR temporales en el Trámite 8, resultantes de usos veterinarios, ya que los datos solicitados no se habían entregado a la 54ª reunión del JECFA.

Permetrin (120)

127. El Comité decidió examinar en su próxima reunión la revocación de todos los LMR del Codex para los productos que no serían respaldados. Solicitó información detallada sobre el apoyo al permetrin (Véase el párr. 160).

Amitraz (122)

128. El observador de la CE advirtió que ésta no podía aceptar la IDA y la DR aguda propuestas por la JMPR en 1998. El Comité pidió a la CE que entregara sus evaluaciones toxicológicas y los resultados del nuevo estudio mecanicista a la Secretaría Mixta de la OMS para la JMPR. La Secretaría Mixta de la OMS informó al Comité de que si la información así lo indicaba se podría programar la reevaluación de la IDA y la DR aguda del compuesto.

Azociclotin (129)

129. El Comité retuvo el proyecto de LMR en el Trámite 7C hasta su próxima reunión, en vista de que no había confirmación respecto del apoyo a los productos. Se pidió que se facilitara información por escrito sobre los productos específicos con bastante antelación respecto de la próxima reunión. El apoyo para las manzanas y uvas estaba confirmado.

Metiocarb (123)

130. El Comité acordó examinar la revocación de todos los CXL en su próxima reunión si no se aportaba información sobre los productos respaldados.

Deltametrin (135)

131. Se informó al Comité de que la 12ª reunión del CCRVDF había decidido retener los anteproyectos de LMR resultantes de usos veterinarios en el Trámite 4.

Procimidona (136)

(Véase el Anexo II)

Bitertanol (144)

132. El Comité examinaría en su próxima reunión la revocación de los LMR del Codex para albaricoques (damascos), forraje verde de frijoles, frijoles comunes (vainas o semillas no maduras), maní y forraje verde de maní.

Carbosulfan (145)

133. El Comité devolvió los proyectos de LMR para la pulpa de cítricos desecada y las naranjas, dulces y agrias al Trámite 6, para examinarlos en su próxima reunión.

Cihalotrin (146)

134. Se informó al Comité de que la 54ª reunión del JECFA había asignado una IDA más baja que la establecida previamente por la JMPR. Las estimaciones de la ingestión, incluidos ambos LMR propuestos por el JECFA y los LMR del Codex adoptados elaborados por el CCPR, no excedían la IDA.

135. La delegación de Alemania observó que la mayoría de los LMR del Codex resultaban del uso de lambdacihalotrin, y que el cihalotrin no sería apoyado para el examen periódico.

Flucitrinato (152)

136. El Comité observó que el flucitrinato ya no era respaldado, por lo que en su próxima reunión consideraría la revocación de todos los CXL.

Pirazofos (153)

137. El observador de CE observó que el pirazofos ya no tenía apoyo en la Comunidad Europea y que los CXL estaban basados en las BPA de la CE. El Comité acordó considerar en su próxima reunión la revocación de todos los CXL.

Ciflutrin (157)

138. Se informó al Comité de que en su 12ª reunión el CCRVDF había decidido retener en el Trámite 7 el proyecto de LRM para la leche resultante de usos veterinarios que este Comité había decidido apoyar en su última reunión, junto con todos los demás proyectos de LMR, puesto que no se había concertado la IDA.

Oxidemeton-Metil (166)

139. El Comité retiró los proyectos de LMR para varios productos porque no había BPA existentes para ellos. Asimismo adelantó los anteproyectos de LMR al Trámite 5 y devolvió los proyectos de LMR al Trámite 6 debido a preocupaciones relativas a la ingestión. Ambos serían examinados en la próxima reunión. El Comité pidió información detallada que apoyara el oxidemeton-metilo.

140. El Comité intercambió opiniones sobre la definición de residuo que había sido confirmada por la JMPR de 1999. Se manifestó que como el demeton-S-metilo ya no era respaldado y no tenía BPA, para no permitir su uso este compuesto sería eliminado de la definición de residuo. Sin embargo, se indicó que el demeton-S-metilo no podía distinguirse del oxidemeton-metilo en los análisis y podía generarse a partir del oxidemeton-metilo durante el proceso analítico. En vista de que no se llegó a ningún acuerdo, el Comité convino como solución de compromiso mantener la definición actual de residuo y aclarar que tanto ésta como los LMR se aplicaban solamente a los residuos resultantes del uso del oxidemeton-metilo, para lo cual se añadiría a la definición de residuo la nota siguiente: “La definición de residuo y los LMR se basan en el uso de oxidemeton-metilo solamente”.

Glufosinato-Amonio (175)

141. El Comité adelantó al Trámite 5 los anteproyectos de LMR para cáscara de almendras, frutas tropicales y subtropicales surtidas de piel no comestible y nueces de árbol recomendado por la JMPR de 1998, en espera de que continuara el debate sobre la política relativa a las definiciones de residuos para los cultivos modificados genéticamente (véanse párrs. 62-66).

Hexitiazox (176)

(Véase el Anexo II)

Abamectin (177)

142. Se informó al Comité de que en su 12ª reunión el CCRVDF había retenido todos los proyectos de LMR en el Trámite 7 debido a las dos definiciones de residuo diferentes para los productos animales propuestas por el JECFA y la JMPR. El Comité decidió remitir la cuestión de la definición de residuo para productos animales a la JMPR del año 2000 con vistas a eliminar de la definición el avermectin B1b y el 8,9-Z-avermection B1b, en aras de la armonización. En espera de los resultados del debate de la JMPR de 2000 el Comité devolvió todos los proyectos de LMR para productos animales al Trámite 6.

143. El Comité adelantó todos los proyectos de LMR para productos de plantas al Trámite 8.

Miclobutanil (181)

(Véase el Anexo II)

Cletodim (187)

144. Se informó al Comité de que la IDA no se excedería en ninguna dieta regional si se incluía en el cálculo el valor de 10 mg/kg para la soja seca. En el informe de la JMPR del 2000 se enmendarían los cálculos de la ingestión.

145. Las delegaciones de Francia, Alemania y los Países Bajos expresaron su preocupación en cuanto a la disponibilidad de métodos analíticos para fines normativos y los límites de determinación (LD) bastantes elevados y variables para el cletodim y sus metabolitos en varios productos. El Comité decidió pedir a los gobiernos y a otras organizaciones interesadas, a través de una carta circular, que remitieran la información disponible y observaciones pertinentes sobre los métodos analíticos y LD para examen del Grupo de Trabajo Especial sobre Métodos de Análisis y Muestreo.

146. El Comité devolvió todos los proyectos de LMR al Trámite 6.

Tebuconazol (189)

(Véase el Anexo II.)

Haloxifop (194)

147. La delegación de los Países Bajos opinaba que el compuesto debería clasificarse como grasa (parcialmente) soluble. La delegación prefería LMR uniformes en el LD para los productos vegetales que podían aplicarse fácilmente, y establecer LMR para los productos de vacuno. La delegación de Australia informó al Comité de que en ese país se habían evaluado recientemente nuevos datos de residuos de haloxifop en varios cultivos, incluidos estudios de transferencia y reducción en el ganado vacuno mayor y animales lecheros, y que se habían propuesto varios LMR nuevos para piensos y productos animales. Los nuevos estudios estarían disponibles para la JMPR de 2001.

148. El Comité devolvió al Trámite 6 los LMR para productos que podían utilizarse como piensos y productos animales, en espera de recibir estudios de transferencia a animales.

Fenbuconazol (197)

(Véase el Anexo II)

Acido aminometilfosfonico (Ampa) (198)

149. La delegación de EE.UU. informó al Comité de que las BPA en las que la JMPR de 1997 basó su recomendación para el maíz, forraje seco de maíz y forraje verde de maíz habían cambiado, y que el AMPA era ahora una porción muy pequeña del residuo en la nueva variedad de maíz modificado genéticamente. El Comité devolvió los proyectos de LMR al Trámite 6.

Kresoxim-metil (199)

150. El observador de la CE informó al Comité de que había en preparación una propuesta de directiva que contenía LMR para productos de origen vegetal y animal y sería adoptada en los próximos meses. Manifestó que no estaba de acuerdo con la definición de residuo para productos animales, prefiriendo una definición más diferenciada en función del producto en cuestión.


[17] CX/PR 00/6, CX/PR 00/6-Add. 1, CRD 23 (observaciones de la CE).
[18] CX/PR 00/7; CRD 14 (observaciones de la GCPF), CRD 22 (observaciones de la CE).
[19] ALINORM 97/24A, párr. 40.
[20] CX/PR 00/8.
[21] Acido aminometilfosfórico.
[22] Véanse también el párr. 141.
[23] N-acetil-glufosinato
[24] Véanse también el párr. 149.
[25] CX/PR 00/9; CRD 15 (observaciones de la GCPF), Sección 2.7 Sensibilidad de lactantes y niños a los plaguicidas, Informe de la JMPR en 1999.
[26] CX/PR 00/10 (observaciones de Canadá, Noruega, la República de Eslovaquia, Sudáfrica, Tailandia, EE.UU. en respuesta a la CL 1999/31-PR), CX/PR 00/10-Add.1 (documento preparado por Alemania y observaciones de España), CX/PR 00/10-Add.2 (observaciones de la Red europea de asociaciones para el alumbramiento) y CRD 18 (observaciones de los Países Bajos).
[27] CX/PR 99/8 y CRD12 para la 31ª reunión.
[28] CL 1999/31-PR
[29] Las posiciones concertadas del CCPR sobre la estimación de LMRE se hallaban en el Apéndice VIII de ALINORM 99/24A.
[30] CX/PR 00/10-Add.1
[31] Ingestión diaria tolerable provisional.
[32] ALINORM 97/24A, párr.7.
[33] CX/PR 00/5, CX/PR 00/5-Add.1 (observaciones de Brasil, Alemania, Países Bajos, Nueva Zelandia, Sudáfrica, Tailandia, los Estados Unidos de América y la Comunidad Europea), CRD 7 (observaciones de los Estados Unidos de América), CRD 20 (observaciones de Francia).

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