DIA MUNDIAL DE LA ALIMENTACION
LA CONFERENCIA,
Considerando que la alimentación es un requisito da la supervivencia y al bienestar humano y un derecho humano fundamental;
Recordando que los Estados Miembros da la FAO, al aceptar su Constitución, se han comprometido a promover actividades separadas y colectivas con el fin, entre otras cosas, da aumentar los niveles da la producción agrícola y elevar los niveles da nutrición y vida, mejorar las condiciones da la población rural y liberar del hambre a la humanidad;
Teniendo presente la Declaración da la Conferencia Mundial da la Alimentación, celebrada en 1974, de que para 1984 "no haya ningún niño que tenga que acostarse sin haber satisfecho su hambre, ninguna familia que tema por el pan del día siguiente y que ni el futuro ni la capacidad da ningún ser humano resulten menoscabados por la malnutrición";
Preocupada por el hecho de que el problema de proporcionar una dieta equilibrada y adecuada para la población mundial sea hoy mayor que nunca y de que, según la mayor parte de los criterios, se haya deteriorado la situación alimentaria mundial;
Apreciando la prontitud con que responden los estados miembros, las organizaciones no gubernamentales y la población en general cuando se trata da facilitar asistencia a los países miembros afligidos por emergencias alimentarias;
Recordando las Resoluciones 3201 y 3202 aprobadas por la Asemblea General da las Naciones Unidas, referentes al establecimiento da un Nuevo Orden Económico Internacional, y la Declaración da Principios y Programas de Acción adoptada por la Conferencia Mundial sobre Reforma Agraria y Desarrollo Rural;
Convencida de la necesidad de movilizar y sostener el interés y apoyo que requiere la realización del necesario esfuerzo a largo plazo para vencer la malnutrición generalizada;
Convencida, asimismo, de que el establecimiento de un Día Mundial de la Alimentación sería un estímulo e incentivo material a ese respecto;
- 1. Decide establecer un Día Mundial de la Alimentación que se observará cada año el 16 de octubre, aniversario de la fundación de la Organización de las naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, con los siguientes objetivos:
- a. aumentar la conciencia pública de la naturaleza y las dimensiones del problema a largo plazo de la alimentación mundial, y fomentar todavía más el sentido de solidaridad nacional e internacional en la lucha contra el hambre, la malnutrición y la pobreza;
- b. estimular una mayor atención a la producción agrícola en todos los países y un mayor esfuerzo nacional, bilateral, multilateral y no gubernamental a ese fin;
- c. promover la transferencia de ciencia y tecnología a los países en desarrollo, en provecho, sobre todo, del pequeño agricultor y del campesino sin tierra, y dedicando atención a las posibilidades de realizar una nueva revolución agrícola mediante el establecimiento de nuevos métodos biológicos;
- d. señalar a la atención los éxitos conseguidos en materia de desarrollo alimentario y agrícola, así como las necesidades de emergencia y otras necesidades graves;
- e. promover la participación de las masas rurales en las decisiones y medidas que afectan a su desarrollo con el fin de salvar la diferencia entre los rendimientos actuales y potenciales, de fomentar una mayor autosuficiencia y de mejorar los niveles de vida de los campesinos pobres;
- f. estimular la cooperación económica y técnica entre países en desarrollo en los sectores de la agricultura, los montes y la pesca, la nutrición y el desarrollo rural;
- 2. Recomienda que las actividades centradas en el Día Mundial de la Alimentación se celebren a los niveles local, provincial, nacional, regional e internacional y consistan en actos y actividades apropiados a cada uno de esos niveles, como ceremonias, exposiciones, concursos, entregas de premios y medallas, programas especiales de televisión y radio, seminarios y otras actividades docentes, y que dichas actividades sean organizadas directamente, o en colaboración, por grupos rurales, autoridades gubernamentales, instituciones no gubernamentales, organizaciones y organismos internacionales y, en particular, por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación;
- 3. Recomienda, además, que, en la medida de lo posible, esas actividades sean autofinanciadas por autoridades, organizaciones, organismos e instituciones nacionales, regionales, bilaterales, no gubernamentales e internacionales, pero que, particularmente en los primeros años, se realicen con la asistencia de la FAO que sea necesaria;
- 4. Aprueba el empleo, de conformidad con el Reglamento Financiero, de las economías que se hagan en el Programa de Labores y Presupuesto par 1980-81 para los modestos gastos y asistencia de la FAO que puedan requerirse en 1980-81;
- 5. Autoriza al Director General a reunir información sobre las intenciones de los gobiernos de los estados miembros y de las distintas instituciones y organizaciones, y a facilitar el asesoramiento y la asistencia que se pida;
- 6. Pide al Director General que, por conducto de los Comités del Programa y de Finanzas, presente al Consejo, en su período de sesiones del otoño de 1980, un informe provisional sobre los preparativos que vaya haciendo y que haga los preparativos necesarios para asegurar el éxito de la organización del Primer Día Mundial de la Alimentación, el 16 de octubre de 1981.
(Aprobada el 28 de noviembre de 1979)