9. La Comisión recibió los informes correspondientes a los 16o y 17o períodos de sesiones del Comité Ejecutivo celebradas en Ginebra del 9 al 11 de febrero y el 25 de junio de 1971, respectivamente. El Presidente, al presentar los informes, indicó que la Comisión se ocuparía le la mayoría de los temas esenciales considerados por el Comité Ejecutivo al examinar los temas relativos a los asuntos en cuestión. El informe del 17o período de sesiones del Comité Ejecutivo figura como Apéndice II de este Informe.
10. La Comisión tomó nota de que el artículo 12 del Reglamento de la Comisión, referente a los idiomas de la Comisión, en la forma modificada por la Comisión en su Séptimo período de sesiones, había sido aprobado por los Directores Generales de la FAO y de la OMS y confirmado por el Consejo de la FAO. La Comisión tomó nota, asimismo, de que el Consejo de la FAO había recomendado a la Decimosexta Conferencia de la FAO que acepte el informe del Séptimo período de sesiones de la Comisión relativo al Artículo VI.3, que regula la elaboración de las normas para regiones o grupos de países, y que sea la Comisión la llamada a juzgar la oportunidad y el momento de cualquier enmienda a dicho Artículo. La Comisión tomó nota además, de que se había informado al Consejo de la FAO de que el Procedimiento del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos Gubernamentales sobre el Código de Principios referentes a la Leche y los Productos Lácteos se había puesto en total armonía con el de la Comisión, según había solicitado la Decimocuarta Conferencia de la FAO. El Consejo había recomendado que se notificase este hecho a la Decimosexta Conferencia de la FAO.
11. La Comisión recordó que, en su Séptimo período de sesiones, decidió que no podían hacerse progresos ulteriores en el Proyecto de Norma General Europea para las Aguas Minerales Naturales, que tuvo ocasión de examinar en dicho período, en el Trámite 8, hasta tanto aquellos países que habían reconocido que determinadas aguas minerales naturales poseían propiedades beneficiosas para la salud se encontrasen en situación de facilitar los criterios que habían justificado dicho reconocimiento. Sobre esta cuestión se había recibido algún material de varios países interesados, el cual se había puesto, asimismo, a disposición de la OMS. La OMS, en mayo de 1971, convocó una reunión de expertos sobre aguas minerales naturales, y las conclusiones que se establecieron en dicha reunión se someterán al próximo período de sesiones del Comité Coordinador para Europa, que estudiará nuevamente el Proyecto de norma en el Trámite 7.
12. La Comisión tomó nota de que el Comité Ejecutivo había estudiado la posibilidad de adoptar una marca o símbolo del Codex para indicar que un alimento cumplía los requisitos del Codex Alimentarius. La Comisión observó que la Secretaría, en unión de los asesores jurídicos de la FAO y de la OMS, está estudiando esta cuestión en todos sus aspectos, y que la misma será objeto de ulterior consideración por parte del Comité Ejecutivo, en su 18o período de sesiones, a la luz de un informe que sobre esta cuestión habrá de preparar la Secretaría y los asesores jurídicos de la FAO y de la OMS.