13. La Comisión tuvo ante sí la lista de los Miembros de la Comisión del Codex Alimentarius. A continuación se relacionan los miembros, al 9 de julio de 1971. La Comisión hizo notar que, desde el último período de sesiones celebrado, el número de miembros había aumentado de 75 a 89 países.
Región europea
América del Norte
América Latina
Africa
Pacífico Sudoccidental
Asia
14. La Comisión tomó nota del contenido de ALINORM 71/6; en este documento se indicaban las posiciones de los treces países (Argentina, Bolivia, China, Costa Rica, República Democrática del Congo, Irán, Israel, Liberia, Mónaco, Filipinas, Portugal, U.R.S.S. y EE. UU.) respecto a la aceptación de las cuatro Normas Recomendadas del Codex (Norma general para el etiquetado de los alimentos preenvasados, Norma para el Salmón del Pacífico en conserva, Norma regional europea para la miel 1 y Primera serie de tolerancias internacionales para residuos de plaguicidas), que se habían enviado a los gobiernos para su aceptación poco después del Séptimo período de sesiones de la Comisión. La Comisión, además de la información que figuraba en este documento, tomó nota de que China había indicado también que, por lo que respecta a las tolerancias internacionales recomendadas para los residuos de plaguicidas, este país tenía intención de pasar de la aceptación diferida a la aceptación completa, en 1973. La Comisión tomó nota, igualmente, de la declaración del delegado de Portugal, en el sentido de que Portugal, ahora, había ya notificado su aceptación completa a todas las cuatro Normas Recomendadas.
15. El Presidente, expresó la especial satisfacción de la Comisión por el hecho de que el Gobierno de Argentina, después de haber aceptado las cuatro primeras Normas Recomendadas del Codex, citadas en el párrafo 14, hubiese aceptado, además, un considerable número de la segunda serie de las Normas Recomendadas del Codex, que se habían enviado recientemente a los gobiernos para su aceptación.
Norma Europea Recomendada para la Miel
16. El delegado de México recordó que, en el Séptimo período de sesiones de la Comisión del Codex Alimentarius, la delegación de México había pedido que se le concediese, por lo menos, un año para estudiar la posible aceptación de la Norma Regional Europea para la Miel. El delegado de México informó a la Comisión que el estudio de la miel mexicana estaba dando resultados satisfactorios desde el punto de vista de esta Norma. Según las conclusiones del análisis de un estudio completo de los resultados finales, México indicará oportunamente su posición respecto a esta Norma. Esto dependerá, naturalmente, de la interpretación precisa del Procedimiento de aceptación que figura en los Principios Generales de la Comisión del Codex Alimentarius; este asunto, a juicio de la delegación de México, revestía una importancia capital para todas las actividades de la Comisión del Codex Alimentarius.
17. El delegado de Kuwait indicó que su Gobierno tenía un especial interés por los trabajos de la Comisión sobre la elaboración de normas internacionales alimentarias, subrayando la especial importancia que el Gobierno de Kuwait daba a la cuestión de la higiene alimentaria.
18. El delegado de Nigeria expresó, igualmente, el interés que su Gobierno tenía por la labor que llevaba a cabo la Comisión. El delegado de Nigeria llamó la atención respecto al hecho de que existían ciertas dificultades en relación con la aceptación de las Normas Recomendadas del Codex. Estas dificultades eran debidas, principalmente, a medios inadecuados para garantizar la observancia de las disposiciones de las normas. Además, la mayor parte de los productos alimenticios que eran objeto de normalización por parte de la Comisión, no podían considerarse como productos de primera necesidad en Nigeria, aunque muchos de los productos regulados por las normas, de hecho, se importaban en Nigeria. El delegado de Nigeria señaló, igualmente, el hecho de que en su país la moderna legislación alimentaria básica se encontraba todavía en fase de desarrollo y no se había establecido aún ningún sistema sistemático adecuado para tramitar las cuestiones relativas al Codex. El delegado de Nigeria estimaba que todas estas dificultades podrían resolverse a su debido tiempo, pero hizo mucho hincapié en la necesidad de crear instalaciones adecuadas (servicios de laboratorio, servicios de control, capacitación de personal, etc.), y, a este respecto, expresó la esperanza de que la FAO/OMS se encontrasen en condiciones de prestarles ayuda.
19. El representante de la OMS manifestó que la FAO/OMS habían recibido peticiones de ayuda para la creación de servicios de control e instalaciones de laboratorios, y que se tenía en estudio la posibilidad de facilitar los servicios de consultores, cuya función sería la de asesorar a los países en vías de desarrollo en todas estas cuestiones. Se llamó también la atención respecto a la posibilidad de que la OMS concediese becas al personal de los países en vías de desarrollo para su capacitación en el extranjero, y a la posibilidad de organizar cursos especiales de formación para tales personas.
20. El delegado de la República Arabe Unida manifestó igualmente el interés que su Gobierno tenía por la labor que viene desarrollando la Comisión, subrayando la conveniencia de poder contar con los documentos importantes del Codex en lengua árabe. Los asesores jurídicos de la FAO y de la OMS explicaron cuál era la posición de ambas Organizaciones por lo que se refiere al empleo del idioma árabe en estos organismos. El Presidente sugirió que aquellos países que estaban interesados en disponer de los documentos más importantes del Codex, preparados en lengua árabe, quizá deseasen presentar propuestas conjuntas sobre esta cuestión a la Secretaría de la Comisión, indicando específicamente qué documentos deseaban tener en lengua árabe. La Secretaría, entonces, podría tomar las disposiciones pertinentes para que este asunto fuese examinado por la FAO y la OMS.
21. La Comisión, al considerar los futuros acontecimiertos que probablemente han de producirse por lo que respecta a las aceptaciones de las Normas Recomendadas del Codex, tomó nota de las recomendaciones formuladas por el 17o período de sesiones del Comité Ejecutivo. La Comisión estuvo de acuerdo con las recomendaciones del Comité Ejecutivo, de que se pidiese a los Estados Miembros que facilitasen a la Secretaría, antes de la celebración de los períodos de sesiones de la Comisión, información acerca del estado de las aceptaciones, o sobre cualquier otra medida que se hubiese tomado respecto a cada una de las Normas, en el Trámite 9, respecto a las cuales no se hubiese recibido todavía una respuesta definitiva del Estado Miembro en cuestión. La Comisión convino, igualmente, en que, de acuerdo con la idea de facilitar la mayor cantidad de información posible a los Estados Miembros, sobre las medidas adoptadas por los diversos países que pudiesen influir en las aceptaciones de las Normas Recomendadas del Codex, sería útil que la Secretaría facilitase a los Estados Miembros textos y estudios legislativos relacionados con las Normas Recomendadas del Codex, y que llevase a cabo esta labor en cooperación con las Subdirecciones de Legislación de la FAO y de la OMS.
22. La Comisión se mostró de acuerdo, igualmente, con la propuesta del Comité Ejecutivo, de que la labor de examinar las respuestas de los Estados Miembros sobre las aceptaciones de cada una de las Normas Recomendadas del Codex, sería mejor que se confiase al Comité Ejecutivo, el cual, en el momento oportuno y apropiado, recomendaría la adopción de medidas u otros trámites pertinentes a la Comisión, tales como su traslado a los correspondientes Comités del Codex. La Comisión acordó, también, que el Comité Ejecutivo notificase a la Comisión si, en opinión de ésta, una determinada Norma Recomendada del Codex debiera o no publicarse en el Codex Alimentarius. La Comisión acordó que, en vista de la muy limitada experiencia que sobre las aceptaciones se había adquirido hasta ahora, estas medidas se considerasen como de carácter provisional y experimental. La Comisión reconoció que en una fase posterior, y a la luz de la experiencia adquirida, quizá fuese conveniente someter algunos aspectos de las anteriores cuestiones al Comité del Codex sobre Principios Generales, ya que este Comité había elaborado los diversos métodos de aceptación de las Normas del Codex.