87. La Comisión examinó el documento ALINORM 71/17, habida cuenta de las recomendaciones formuladas por el Comité Ejecutivo en su 16o período de sesiones. La Comisión expresó su reconocimiento por la labor realizada por el Comité Nacional Danés del Codex, en relación con los planes de muestreo estadístico, y observó que un documento danés sobre este tema se había distribuido a los Puntos de Contacto del Codex y a los participantes en las reuniones del Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras.
88. El delegado de la República Federal de Alemania formuló una propuesta, que recibió el apoyo de otras delegaciones, encaminada a reunir varios planes de muestreo y datos sobre su aplicación práctica, con objeto de preparar un código de prácticas de muestreo. Dicho Código deberá contener, también, un capítulo sobre asuntos generales que describa los distintos propósitos de la toma de muestras y de los planes de muestreo. Varios delegados encarecieron la necesidad de indicar claramente la función de los planes de muestreo en las normas del Codex. Por lo tanto, la Comisión acordó que la Secretaría preparase un texto explicativo, con el fin de indicar la función de los planes de muestreo en relación con el Codex Alimentarius. La Comisión convino, asimismo, en que seria conveniente convocar un período de sesiones especial del Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras, con la participación de técnicos en estadistica y especialistas en inspección de los alimentos, pero añadió que sería prematuro celebrarlo sin antes haber adquirido experiencia en el empleo de los planes de muestreo, y de que se hubiesen finalizado los trabajos de la ISO sobre los procedimientos técnicos de muestreo y las definiciones de los términos utilizados en relación con la toma de muestras. La delegación de Cuba mantuvo su posición a favor de la publicación de los Planes de Muestreo como un Código de Prácticas Recomendado, que armonice las nécesidades del consumidor y las posibilidades del productor en las relaciones internacionales, por medio de niveles de calidad aceptables y niveles de calidad inaceptables como tolerancias para los defectos permitidos.
89. Algunos delegados subrayaron la necesidad de adquirir más experiencia en la aplicación de los planes de muestreo a los alimentos preenvasados, a los alimentos a granel, a los diferentes tipos de alimentos y a los distintos criterios, en particular a los que abarcan cuestiones sanitarias, como el empleo de aditivos alimentarios, residuos de plaguicidas y la presencia de microorganismos patógenos. 1 El delegado de India señaló que quizá no fuese posible proceder a la generalización de los planes de muestreo, debido a las más amplias tolerancias que se requerían para determinados productos. La Comisión tomó nota de que el Comité del Codex sobre Etiquetado de Alimentos tenía intención de examinar en su próximo periodo de sesiones los principios sobre los cuales deberán basarse los planes de muestreo estadistico para medir el contenido neto, con miras al posible desarrollo de dichos planes en consulta con los Comités de Productos del Codex interesados.
90. La Comisión dio su conformidad a las siguientes recomendaciones del Comité Ejecutivo:
1 Véase también el párrafo 72 de este Informe.
“Toma de muestras
27. Se sometió a la consideración del Comité Ejecutivo un documento preparado por la Secretaría sobre Planes de Toma de Muestras para las Frutas y Hortalizas Elaboradas producido por el Comité del Codex sobre Frutas y Hortalizas Elaboradas. El documento trata asimismo de la cuestión del muestreo en general. El Comité Ejecutivo tomó nota de que varios Comités de Productos del Codex habían hecho figurar en sus normas disposiciones en cuanto a los productos “defectuosos” y habían aplicado los planes de muestreo (NCA 6.5, probabilidad 95 por ciento, ALINORM 69/27) a dichos productos según se definen en las normas. Se hizo observar que la función primordial de adoptar planes convenientes de toma de muestras incumbía al Comité del Codex que establecía la norma aplicable al producto. El Comité Ejecutivo tomó nota también de que el Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras tenía en estudio un documento rèlativo a los procedimientos técnicos de toma de muestras. El Comité Ejecutivo consideró que era importante contar con un acuerdo internacional sobre planes de muestreo, a fin de poder imponer una norma de modo uniforme, aunque esta mejora pudiera no requerir una atención inmediata. Se señaló que la ISO había esbozado un programa de trabajo de. muestreo así como un glosario de los términos utilizados en relación con esta labor, pero que todavía había que establecer procedimientos detallados de toma de muestras. El Comité Ejecutivo tomó nota también de que no había duplicación entre los trabajos de la ISO sobre técnicas de muestreo y las actividades del Codex sobre planes de muestreo estadístico.
28. El Comité Ejecutivo acordó que los Planes de Muestreo se publiquen bajo el titulo de Planes de Toma de Muestras para los Alimentos Preenvasados, después de introducir las necesarias modificaciones de estilo. Quedó entendido que los Planes de Muestreo no serán de observación obligatoria, salvo en aquello que se relacione con los productos apropiadamente calificados de “defectuosos” en las normas del Codex. A este respecto, es necesario redactar nuevamente la sección relativa al “ámbito de aplicación”, para que este hecho quede claro y, al mismo tiempo, para describir la naturaleza y funciones adecuadas a los Planes de Muestreo.
29. Se indicó que los Comités de Productos del Codex deben prestar la debida atención a la clasificación (definición) de “defectuosos” y a la selección de niveles de calidad aceptables (NCA) antes de examinar la aplicación de los antedichos Planes de Muestreo u otros tipos de planes de muestreo. El Comité Ejecutivo tomó nota de que se dispone ya de una serie de Planes de Muestreo con un NCA que oscila entre menos de 0,1 y más de 25, y que esos planes se pondrán a disposición de los Comités de Productos del Codex si éstos lo desean.
30. Se estimó que no es necesario, por ahora, emplear un consultor y que tampoco parece necesaria la celebración de un período de sesiones especial del Comité del Codex sobre Métodos de Análisis y Toma de Muestras hasta que la ISO elabore nuevos textos detallados que puedan ser sometidos al examen del precitado Comité. Entretanto, los Comités de Productos del Codex que han decidido incluir en sus normas disposiciones relativas a “defectuosos”, o cualquier otro criterio que requiera el establecimiento de un NCA, deben examinar a fondo los actuales Planes de Muestreo (NCA-6.5) o cualesquiera otros planes de muestreo que sean apropiados.”