9. La Comisión recibío los informes de las 25a y 26a reuniones del Comité Ejecutivo, celebradas en Ginebra, del 10 al 13 de julio de 1979, y en Roma, del 26 al 27 de noviembre de 1979. Los informes de estas dos reuniones figuran en los documentos ALINORM 79/3 y ALINORM 79/4. El Presidente, al presentar y examinar los informes, indicó que todos los temas importantes que habían sido considerados por el Comité Ejecutivo, serían tratados por la Comisión al examinar los temas del programa relativos a las correspondientes cuestiones.
10. La Comisión había recibido la lista de los Miembros de la Comisión del Codex Alimentarius. Más abajo, se indica el número de los Miembros. La Comisión tomó nota de que, desde su último período de sesiones, un nuevo país - Botswana - había ingresado como Miembro de la Comisión, por lo que el actual número de Miembros de la Comisión era de 117. La delegación de India expresó la esperanza de que la Secretaría se pondría en contacto con aquellos países que todavía no eran Miembros de la Comisión, instándoles a hacerse Miembros. La Comisión estuvo de acuerdo con esta sugerencia.
AFRICA
ASIA
EUROPA
AMERICA LATINA
AMERICA DEL NORTE
PACIFICO SUDORIENTAL
11. La Comisión tuvo ocasión de examinar la lista completa de las normas recomendadas del Codex y de los límites máximos recomendados para residuos de plaguicidas, que se habían enviado a los gobiernos para su aceptación (ALINORM 79/5, Apéndice). La Comisión igualmente, tuvo ocasión de examinar la edición revisada del Resumen de aceptaciones de las Normas Recomendadas del Codex y de los Límites Máximos Recomendados del Codex para Residuos de Plaguicidas (CAC/ACEPTACIONES/Rev. 1). El Resumen contenía detalles completos relativos a las aceptaciones hasta el 30 de octubre de 1978. Estos datos del Resumen se habían puesto al día ulteriormente, mediante el documento ALINORM 79/5, que contenía información sobre las aceptaciones de Argentina, Bahamas, Egipto, Jordania, Reino Unido y EE. UU. La Secretaría completó ulteriormente esta información, e informó a la Comisión verbalmente acerca de estas notificaciones adicionales, que se habían recibido, de aceptaciones, o de las medidas que se pensaba adoptar y que, probablemente, tendrían como resultado otras aceptaciones. Estas notificaciones se habían recibido de Canadá, Chipre, Hungría, Nueva Zealandia, Noruega y EE. UU.
12. Canadá había notificado su aceptación de muchos de los límites máximos recomendados para los residuos de plaguicidas. Chipre había notificado su aceptación diferida de las Normas recomendadas para las mandarinas en conserva, tomates en conserva, melocotones (duraznos) en conserva y piña en conserva. Chipre había notificado, también, la aceptación diferida de muchos de los límites máximos recomendados para los residuos de plaguicidas, que figuraban en la publicación CAC/RS 65-1974, con la intención de pasar a su debido tiempo, a la aceptación completa. Hungría había notificado la aceptación de determinadas normas sobre productos lácteos y de los métodos de referencia correspondientes. Nueva Zelandia había enmendado recientemente su Reglamento, sobre alimentos y productos farmacéuticos. Este nuevo Reglamento permitía, actualmente, la importación de cualquier alimento que contenga proporciones de plaguicidas no mayores de las especificadas en la Cuarta, Quinta y Sexta Series de los Límites Máximos Internacionales Recomendados para los Residuos de Plaguicidas, CAC/RS 65, 71 y 100.
13. Noruega indicó que se había presentado al Parlamento noruego un Libro Blanco sobre los trabajos del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias y su importancia para Noruega. El Parlamento noruego había aprobado las conclusiones que figuraban en el Libro Blanco, es decir que: a) el logro de los fines del Codex Alimentarius sería de gran beneficio para todos los interesados, b) las actividades de la Comisión del Codex Alimentarius tenían gran importancia para Noruega y, por tanto, deberían respaldarse totalmente, y c) las autoridades competentes de Noruega deberían tomar las medidas pertinentes para considerar la aceptación oficial de las normas recomendadas del Codex. A este respecto, se habían creado varios grupos de trabajo en Noruega, y Noruega esperaba que podrían comunicar pronto la aceptación oficial de muchas de las normas del Codex, en una u otra forma. Los EE. UU. indicaron que todas las normas recomendadas del Codex estaban siendo consideradas.
14. En el curso del debate que se desarrolló después de la presentación de los citados documentos de información, varias delegaciones facilitaron a la Comisión información adicional relativa a la posición de sus países, por lo que respecta a las aceptaciones. La delegación de Kenya indicó que su país había decidido aceptar la mayoría de las normas recomendadas del Codex. Algunas de ellas se habían incorporado ya a la legislación de Kenya, y otras normas del Codex estaban siendo examinadas. La posición oficial de Kenya respecto a las normas del Codex se comunicará oportunamente a la Secretaría. La delegación de EE. UU. indicó que estaba en camino otra publicación dirigida a la Secretaría relativa a las aceptaciones. En esa comunicación se trataba de la Norma General Recomendada para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados y de otras varias normas sobre productos del Codex. La delegación de EE. UU. manifestó que no podría aceptar una serie de normas del Codex sobre grasas y aceites, pero que, sin embargo, los productos que se ajustasen a las normas del Codex serían autorizados a entrar en el territorio de los EE. UU.
15. La delegación de Senegal informó a la Comisión sobre las medidas que se estaban adoptando y los estudios que se estaban realizando en su país con vistas a la aceptación de algunos de los Límites Máximos Recomendados para Residuos de Plaguicidas. La delegación de Argentina indicó que se estaban estudiando en su país los Límites Máximos Recomendados para Residuos de Plaguicidas con vistas a otorgar su aceptación lo antes posible. El estudio comprendía los residuos de 38 plaguicidas y unos 400 productos alimenticios.
16. La delegación de Argelia destacó la importancia de la inspección de los alimentos, incluida la capacitación adecuada del personal de inspección y laboratorio. Argelia expresó la esperanza de poder aceptar a su debido tiempo la mayoría de las normas del Codex. El Reino Unido hizo referencia a su posición, expuesta en ALINORM 79/5, en relación con su notificación de Aceptación Diferida respecto a muchos de los Límites Máximos Recomendados por el Codex para Residuos de Plaguicidas. Desde el 1 de julio de 1979, la Aceptación Diferida se había convertido en Aceptación Limitada. La delegación del Reino Unido indicó que su país, por ser Miembro de la Comunidad Económica Europea, tal vez tendría que modificar su posición respecto a las aceptaciones.
17. La delegación de Nueva Zelandia indicó que su país notificaría pronto las aceptaciones relativas a los Límites Máximos Recomendados para Residuos de Plaguicidas. Asimismo, se estaba revisando la legislación alimentaria de Nueva Zelandia a la luz de las normas y recomendaciones del Codex. La delegación de Tanzania indicó que en su país se estaban examinando las normas del Codex y que, en particular, se pondrían a prueba y se utilizarían las normas del Codex para grasas y aceites. La delegación de Tanzania subrayó la importancia de que se reciba ayuda de la FAO y la OMS en el sector de la inspección de los alimentos.
18. La delegación de la India declaró que contribuiría ciertamente a facilitar el comercio internacional el hecho de que los países importadores que, por sus propias razones internas, no estuvieran en condiciones de aceptar una determinada norma del Codex, notificaran a la Secretaría que permitirán la entrada de los productos que cumplan la norma del Codex. La India experimentaba dificultades particulares al respecto, puesto que su legislación no establece ninguna distinción entre los productos destinados al consumo nacional y los productos para la importación. Por tanto, los productos destinados a la importación tienen que cumplie los reglamentos indios. La delegación de la India consideraba que algunas de las disposiciones de las normas del Codex en materia de higiene y contaminantes no eran realmente practicables. La India comunicaría pronto sus opiniones a la Secretaría.
19. La delegación de Uruguay indicó que esperaba los resultados de la labor regional del Codex en América Latina para comunicar a la Secretaría su posición en materia de aceptaciones. La delegación añadió que Uruguay ejercía un control estricto sobre los alimentos y que se estaban examinando las recomendaciones del Codex. La delegación de Finlandia indicó que, en su país, se seguía muy de cerca la labor del Codex y que las normas del Codex tenían mucha importancia en el trabajo de normalización de alimentos, que se realiza en Finlandia. Finlandia esperaba poder facilitar pronto a la Secretaría un informe sobre el estado de esta cuestión.
20. El Observador de la Comunidad Económica Europea indicó que la CEE seguía muy de cerca los trabajos del Codex y que las normas del Codex tenían una notable influencia en el contenido de las normas de la Comunidad. La CEE había otorgado su Aceptación con Excepciones Especificadas a una serie de normas del Codex para azúcares, y esperaba poder comunicar pronto su posición respecto de las normas del Codex para zumos de fruta y productos de cacao y chocolate. El observador de la CEE manifestó su interés por la opinión que el Comité Ejecutivo había expresado en su 25a reunión, en el sentido de que se daría un paso hacia adelante si los países que no pudieran aceptar oficialmente una norma del Codex estuviesen dispuestos a permitir la entrada de productos que se ajustasen a la norma del Codex. Se mostró de acuerdo con el Comité del Codex sobre Principios Generales en que éste era un modo positivo de actuar, e indicó que, probablemente, podría ser aceptado por la CEE. Se facilitó también a la Comisión información sobre la labor del Consejo de Asistencia Económica Mutua (CAEM) y su interés por las normas y recomendaciones del Codex.
21. La Comisión convino en que la influencia de las normas y recomendaciones del Codex estaba aumentando constantemente en todo el mundo y que, desde el 12o período de sesiones de la Comisión, se habían logrado notables progresos en materia de aceptaciones. Un signo evidente del interés cada vez mayor de los países en desarrollo y desarrollados por los trabajos y recomendaciones de la Comisión eran los informes sobre los progresos hechos, presentados hasta la fecha, y las declaraciones formuladas en el período de sesiones en curso. La Comisión hizo suyas las recomendaciones hechas por el Comité Ejecutivo en su 25a reunión sobre el tema de las aceptaciones y destacó, en particular, la importancia que tenía para facilitar el comercio internacional el hecho de que se permita la entrada de productos que se ajusten a las normas del Codex, en los casos en que no pueda otorgarse una aceptación. La Comisión acordó que en los programas de temas de los Comités de Productos del Codex y, cuando sea oportuno, de los Comités de Asuntos Generales del Codex, figure normalmente un tema relativo al examen de las aceptaciones de las normas elaboradas por cada Comité, y que se examinen igualmente, a nivel regional, las aceptaciones de las normas por los Comités Coordinadores del Codex.
22. La Comisión subrayó la necesidad de que la Secretaría del Codex continúe tratando de obtener de los gobiernos un mayor número de aceptaciones de las normas del Codex y de los límites máximos del Codex para residuos de plaguicidas, y de que intensifique su “campaña” sobre las aceptaciones a este respecto, y que preste ayuda a los Miembros de la Comisión, en las cuestiones relativas al uso y aplicación del Procedimiento de la Comisión para la aceptación de las normas.
23. La Comisión tuvo ocasión de examinar el documento ALINORM 79/6 y su Addendum. La Comisión hizo observar que la mayor parte de la información que figuraba en ALINORM 79/6 ya había sido sometida y considerada por el Comité Ejecutivo en su 25a reunión, celebrada en Ginebra, en julio de 1979. La información adicional, relativa a los gastos estimados para 1979, contenida en ALINORM 79/6, Addendum, y en ALINORM 79/4 párrafo 3, había sido analizada por el Comité Ejecutivo en su 26a reunión, celebrada en Roma, el 26 y 27 de noviembre de 1979.
24. El Jefe del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, al presentar dichos documentos, señaló a la atención de la Comisión los debates que se habían desarrollado acerca de este tema en el curso de la 25a y 26a reuniones del Comité Ejecutivo (ALINORM 79/3 párrafos 53–59 y ALINORM 79/4, párrafos 3–6). Indicó que en el actual bienio habrá un déficit. Este déficit se deberá, principalmente, a la producción de documentos (traducción e impresión), y debido también al hecho de que en el bienio 1978/79 se había previsto la celebración de dos períodos de sesiones de la Comisión, mientras que en el bienio 1976/77 solamente un período. No obstante, se esperaba que esta situación se normalizaría en el bienio 1980/81, en el que, de acuerdo con el ciclo de dieciocho meses para la celebración de los períodos de sesiones, establecido por la Comisión en su 11o período de sesiones, solamente se celebraría un período de sesiones de la Comisión.
25. La Comisión tomó nota de que el presupuesto para el programa relativo a 1980/81, según se indica en el párrafo 6 de ALINORM 79/6, había sido aprobado tanto por la Conferencia de la FAO como por la Asamblea de la Organización Mundial de la Salud. La OMS había previsto una contribución de 340 000 dólares al presupuesto común del Programa para 1980/81. Las estimaciones revisadas de los aumentos de costes, debidos al emplazamiento, en Roma, de la Oficina Conjunta, han indicado que dicha contribución tendría que ser aumentada a la suma de 371 000 dólares. Se informó a la Comisión que la OMS haría lo posible para facilitar la suma adicional de 31 000 dólares en el curso del bienio, procedente de economías. Se informó, además, a la Comisión que la Conferencia de la FAO había aprobado, también, el número de reuniones de los comités del Codex, propuesto por la Comisión en su 12o período de sesiones. A este respecto, sin embargo, el personal de categoría profesional de la Oficina Conjunta había llegado a la conclusión, después de hacer un examen muy pormenorizado del creciente volumen de trabajo, de que no podría dar un servicio satisfactorio a todas estas reuniones. En consecuencia, se propuso reducir el número de reuniones del Codex para 1980/81; los detalles de esta propuesta figuran en el documento ALINORM 79/32, que se someterá a la consideración de la Comisión.
26. Se informó a la Comisión de los puntos de vista del Comité del Programa de la FAO acerca de los actuales acuerdos sobre la distribución de costes entre la FAO y la OMS, respecto a los capítulos comunes de gastos del Programa Mixto FAO/OMS de Normas Alimentarias, es decir servicios de personal (salarios y costes comunes de personal), reuniones, consultores, viajes en Comisión de servicio e impresión y traducción externas. El Comité Ejecutivo, en su 25a reunión, había solicitadio que la OMS estudiase esta cuestión para tratar de resolverla favorablemente, a fin de que la OMS aumentase su contribución para sufragar los gastosd de las partidas comunes del presupuesto para 1982/83.
27. La delegación de los EE.UU. señaló a la atención de la Comisión los diversos debates, que se desarrollaron en el seno del Comité Ejecutivo, sobre el programa de trabajo y cuestiones presupuestarias, y recordó, igualmente, los debates que se habían desarrollado sobre estos asuntos en el curso del 11o y 12o períodos de sesiones de la Comisión. Las delegaciones subrayaron, en particular, el gran cuidado desplegado por la Comisión en su último período de sesiones para determinar sus prioridades relativas a qué comités deberían reunirse y a la frecuencia de sus reuniones. A este respecto, la delegación insistió en que los Comités del Codex sobre Aditivos Alimentarios y Residuos de Plaguicidas deberían continuar reuniéndose anualmente, debido a su utilidad para todos los Miembros de la Comisión y a la importancia de sus trabajos para otros Comités del Codex. La delegación de los EE.UU. señaló a la atención de la Comisión los debates desarrollados en la reunión del Comité Ejecutivo, en diversas ocasiones, concernientes a la naturaleza austera del presupuesto del Programa y a la creciente carge de trabajo que recaía sobre el personal del Programa. La Comisión, en su último período de sesiones, y el Comité Ejecutivo en diversas reuniones, habían expresado su preocupación acerca de la reducción, que se había experimentado en el transcurso de los años, del personal de categoría profesional de la Oficina Conjunta del Programa, en contraposición a un creciente trabajo del Codex, especialmente para los Comités de Asuntos Generales y para los Comités Coordinadores Regionales, a los cuales todos los Miembros de la Comisión reconocían su alta prioridad e importancia.
28. La delegación de los EE.UU. consideró que todo el personal, cuyos salarios sean pagados por la FAO y por la OMS, que constituía una Secretaría Conjunta FAO/OMS, debería reanudar la antigua práctica de informar y presentar informes directa y administrativamente a la Comisión y al Comité Ejecutivo, sobre los detalles de cualesquiera problemas relacionados con el personal, volumen de trabajo y funcionamiento del Programa. La delegación manifestó, además, que la Comisión y el Comité Ejecutivo deberían vigilar la carga de trabajo de la Secretaría, para tener la seguridad de que sus esfuerzos para servir a la Comisión del Codex Alimentarius y a sus órganos regionales no se desviaban en forma alguna, de esa labor. En concreto, la delegación estimó que el Jefe del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, que se había ocupado de otras obligaciones, debía informar con carácter regular acerca de estas cuestiones al Presidente de la Comisión del Codex Alimentarius. La delegación estimó además que, en vista de la posible mayor aportación de fondos, por parte de la OMS, de la reorientación y volumen de trabajo del Programa, era fundamental que ningún funcionario de la Secretaría del Codex, incluido el Jefe del Programa, se dedicase a otros trabajos que no fueran los propios del Codex, especialmente, teniendo en cuenta que el Comité del Programa de la FAO había pedido a la FAO que tratase de obtener una mayor contribución de la OMS para sufragar los gastos comunes del Programa.
29. Estos puntos suscitados por la delegación de los EE.UU. dieron lugar a un debate de carácter general acerca de las funciones y obligaciones del personal, y sobre la financiación del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias. Todos las delegaciones estuvieron de acuerdo en que el personal del Programa debería ocuparse totalmente en los trabajos del Codex, especialmente en un momento en que la carga de trabajo estaba aumentando. Una delegación insistió en que cualquier trabajo no relacionado directamente con el Codex, que se solicitase fuera realizado por personal del Programa, incluso aunque se tratase de un trabajo de suma importancia, fuese llevado a cabo por otro personal de la FAO, y pagado con fondos que no fuesen los fondos del Codex. Muchas delegaciones estimaron que debiera presentarse un informe a la Comisión, acerca de las actividades del personal del Programa.
30. Varias delegaciones lamentaron que, en el calendario propuesto de las reuniones del Codex para 1981, no se enumerasen las reuniones del Comité del Codex sobre Aditivos Alimentarios ni las del Comité del Codex sobre Residuos de Plaguicidas, indicando que desearían examinar esta cuestión más detenidamente al tratar del tema apropiado del Programa. Una delegación estimó que debiera estudiarse la posibilidad de ir suprimiendo gradual y progresivamente determinados Comités del Codex, que estaban finalizando sus cometidos actuales. Otra delegación consideró que tanto la FAO como la OMS debieran aumentar, de un modo general, la asignación de fondos para los trabajos del Codex. Esta delegación sugirió además que, en el futuro, la presentación del presupuesto del Programa debería contener una indicación acerca del porcentaje que representaba el presupuesto del Codex en los presupuestos de la FAO y de la OMS.
31. Varias delegaciones señalaron las muy importantes contribuciones que hacían al Programa aquellos gobiernos que hospedaban a los Comités del Codex. Una delegación se refirió al párrafo 7 de ALINORM 79/6, en el que se indicaba que se había experimentado una pequeña reducción en el presupuesto del Programa para 1980/81 en comparación con el presupuesto de 1978/79 con objeto de poder disponer de más fondos para los trabajos de control alimentario. Esta delegación manifestó que este asunto debería haberse sometido a la Comisión para su estudio. Otra delegación mencionó la necesidad de facilitar más documentación en el idioma español.
32. Respecto a la cuestión de la contribución de la OMS al Programa, la Comisión estuvo de acuerdo en que debería pedirse a la OMS que aumentase su contribución al Presupuesto Común del Programa, para el bienio 1982/83. A este respecto, el representante de la OMS indicó que esta petición se sometería a la atención de las autoridades competentes de la OMS. El representante de la OMS añadió que al examinarse una petición de aumentar los fondos, la OMS desearía que se le reiterase la seguridad de que todos los funcionarios del personal del Programa, cuyos salarios eran pagados por la FAO y la OMS, incluido el Jefe del Programa, trabajaban a tiempo pleno en las actividades del Programa.
33. Al responder a diversas preguntas relativas a las obligaciones del Jefe de la Secretaría Conjunta y de su personal de categoría profesional, se informó a la Comisión que, en 1971, el personal mixto FAO/OMS en Roma, estaba constituido por siete funcionarios de categoría profesional, incluido el Jefe del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, quien trabajaba con plena dedicación en calidad de Jefe de la Secretaría del Codex. Durante un período de dos años (1977 y 1978) el personal conjunto FAO/OMS estuvo constituido por cinco functionarios de categoría profesional, porque en dicha ocasión, el Jefe del Programa había sido designado temporalemente Jefe Interino de la Dirección de Política Alimentaria y Nutrición. El personal de categoría profesional del Programa estaba compuesto, actualmente, por seis funcionarios de categoría profesional, incluido el Jefe del Programa, cuyas obligaciones no le permitían dedicar todo su tiempo a los trabajos del Codex.
34. En vista de la reorientación y ampliación de las actividades de la Comisión, así como de la necesidad de asegurarse un mayor apoyo financiero por parte de la OMS, la Comisión llegó a la conclusión de que el Jefe del Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias debiera ocuparse únicamente de los trabajos del Codex, y que debería informar acerca de las actividades del personal conjunto FAO/OMS que prestaba sus servicios al Programa, en cada uno de los períodos de sesiones de la Comisión y del Comité Ejecutivo, y, también, cada seis meses al Presidente de la Comisión.