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Anteproyecto de Código de Practicas de Higiene para el Agua Embotellada (Que No Sea Agua Mineral)[22] (Tema 12 del programa)

54. Se informó al Comité de que algunos miembros del grupo de trabajo establecido para elaborar este texto se habían reunido durante el período de la quinta reunión del Comité del Codex sobre las Aguas Minerales Naturales, celebrada en Thun (Suiza), en octubre de 1996. El grupo de trabajo había examinado el anteproyecto de código y las observaciones recibidas y había efectuado varias enmiendas basadas en dichas observaciones. El jefe del grupo de trabajo solicitó el asesoramiento del Comité sobre algunas cuestiones clave que era necesario resolver antes de seguir elaborando el Código.

55. En cuanto a la cuestión de si debería llamarse “agua embotellada” o “agua envasada”, el Comité acordó hacer referencia a ambas definiciones en el Título y Definición, pero utilizar simplemente la de “agua embotellada” en el cuerpo del texto, para que fuera más claro y fácil de leer.

56. El Comité examinó el uso de la definición “agua de manantial (agua de abastecimiento)” y las definiciones correspondientes en francés (“eau brute”) y en español (“agua de manantial”). Como estas definiciones tenían diferentes matices en los distintos idiomas y eran difíciles de traducir a definiciones equivalentes en otros idiomas, se propuso que no fuera necesario definir la expresión sino que en lugar de ello se explicara el significado y uso de las palabras en el contexto apropiado, de cualquier contexto que se tratara. El Comité no pudo llegar a una conclusión sobre esta cuestión, y se recomendó que se estableciera una clara distinción entre las aguas subterráneas protegidas, relativamente inocuas, y otras fuentes de agua.

57. En cuanto a las disposiciones referentes al tratamiento, se acordó que la necesidad del tratamiento debía determinarse en base a un análisis de riesgos apropiado. Algunas delegaciones señalaron a la atención del Comité las deficiencias de los ensayos bacterianos utilizados como indicador apropiado de virus y/o protozoos, mientras que otras delegaciones hicieron referencia a la labor que, en caso de aguas naturalmente protegidas, establecía un vínculo entre esos organismos y la presencia de bacterias indicadoras. También se mencionó la necesidad de examinar la contaminación química derivada de elementos como el flúor, el bromo y el radón.

58. El Comité tomó nota de las propuestas de incluir una sección separada sobre el etiquetado, especialmente en lo referente a las declaraciones de propiedades dirigidas a grupos particulares de la población, como las personas inmunodeprimidos. La Unión Internacional de Consumidores expresó la convicción de que en la etiqueta de las botellas de agua debería figurar la información necesaria para que los consumidores pudieran elegir de manera fundada y segura. Convino en que las cuestiones de etiquetado debían excluirse del Código a menos que se dirigieran directamente a la higiene, y que las disposiciones de las Normas Generales para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados y otros documentos relacionados proporcionaran suficiente orientación sobre el etiquetado y las declaraciones de propiedades.

ESTADO DE TRAMITACION DEL CODIGO DE PRACTICAS DE HIGIENE PARA EL AGUA EMBOTELLADA (QUE NO SEA AGUA MINERAL NATURAL)

59. El Comité acordó devolver el proyecto al Trámite 2 para que se redactara de nuevo. Se acordó que Bélgica formaría parte del grupo de redacción, además de los miembros designados en la reunión anterior del Comité.

60. Se sugirió que la redacción del presente Código podría indicar que era necesario revisar el Código de Prácticas de Higiene para la Recolección, Elaboración y Comercialización de las Aguas Minerales Naturales (CAC/RCP 33-1985).


[22] CX/FH 96/13; CX/FH 96/13 - Add. 1 (observaciones de Australia, Brasil, la República Checa, Dinamarca, Francia, Malasia, Nueva Zelandia, el Reino Unido, Suiza, Uruguay, la Unión Internacional de Consumidores).

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