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Revisión del Manual de Procedimiento (Tema 8 del Programa)


Proyecto de Principios Relativos a la Participación de las ONG Internacionales (Tema 8.1 del Programa)
Funciones Esenciales de los Puntos de Contacto del Codex (Tema 8.2 del Programa)

Proyecto de Principios Relativos a la Participación de las ONG Internacionales (Tema 8.1 del Programa)[24]

86. En respuesta a una petición formulada por la Comisión en su 22º periodo de sesiones, el Comité en su 13ª reunión examinó las propuestas para elaborar directrices relativas a la participación de las Organizaciones No Gubernamentales Internacionales en los trabajos del Codex. El Comité pidió a la Secretaría que revisara el proyecto propuesto en función de las discusiones y que lo difundiera para que se formulasen observaciones con anterioridad a la presente reunión.[25]

87. El Comité acogió con beneplácito las propuestas revisadas. Con respecto al párrafo relativo a la restricción de la admisión de distintas organizaciones que llevan a cabo actividades en la misma esfera, el Comité convino en que esa restricción podía limitar la participación legítima de una cantidad considerable de organizaciones más pequeñas que podían aportar distintos puntos de vista, y decidió suprimir ese párrafo. No obstante, en el Anexo sobre la "Información exigida a las ONG internacionales que solicitan la calidad de observador", el Comité mantuvo la exigencia de proporcionar información, lo cual permitiría seguir un método pragmático cuando se examinasen las solicitudes de organizaciones con competencias similares.

88. El Comité convino también en que la Lista de Organizaciones con calidad de Observadores publicada por la Secretaría especificase la índole de los miembros de las organizaciones, y en especial si representaban a grupos de comerciantes e industriales, a grupos de consumidores u otros sectores del público, o a grupos científicos y profesionales. Se señaló que esa distinción sería útil a fines de transparencia y también en relación con las propuestas efectuadas a la Comisión para que se admitiesen observadores en el Comité Ejecutivo, en función de su carácter representativo. La Secretaría señaló que la asignación de las organizaciones interesadas a uno u otro de esos grupos sería provisional en un primer momento, en espera de la información que suministrasen.

89. El Comité también acordó que en el Anexo sobre la información exigida a las organizaciones que soliciten la calidad de observador se incluyera una información sobre sus fuentes de financiación. El Observador de Consumers International señaló que esta información sería útil para determinar la bona fides de las organizaciones y además correspondía a las recomendaciones efectuadas por la Consulta de Expertos de la FAO sobre esta cuestión.[26]

Estado del Anteproyecto de Principios Relativos a la Participación de las Organizaciones No Gubernamentales Internacionales

90. El Comité acordó transmitir a la Comisión el Anteproyecto de Principios revisado, tal y como figura en el Apéndice IV del presente informe, para su adopción y publicación en el Manual de Procedimiento.

Funciones Esenciales de los Puntos de Contacto del Codex (Tema 8.2 del Programa)[27]

91. El Comité recordó que los Comités Regionales de Coordinación para Asia y Europa habían celebrado discusiones sobre las funciones esenciales de los Puntos de Contacto del Codex y que, en su última reunión, se había convenido en examinar este asunto basándose en las propuestas presentadas por el Comité de Coordinación para Asia.[28] Ulteriormente se envió una carta Circular a todos los Puntos de Contacto del Codex.

92. El Comité revisó el proyecto de Funciones Esenciales a la luz de los comentarios recibidos, con miras a simplificarlos y a conferirles una aplicabilidad más general. Se señaló que los países poseían distintos sistemas constitucionales y legislativos, así como estructuras administrativas, recursos y procedimientos diferentes, y que por consiguiente en el proyecto relativo a las Funciones Esenciales no se podía hacer referencia específica a los tipos de sistemas o estructuras gubernamentales que participaban en las actividades del Codex en el plano nacional. A este respecto, se incluyó una declaración introductoria.

93. También se señaló que, a pesar de que muchos países habían creado Comités del Codex nacionales, este modo de proceder no se había universalizado y dependía de las estructuras administrativas, recursos y prácticas en vigor en los diferentes países. El texto se enmendó para tomar en cuenta esto. El Observador de Consumers International expresó su preocupación por el hecho de que muchos países todavía no disponían de un Comité Nacional del Codex o de Puntos de Contacto del Codex, e instó a que se diera mayor prioridad a este asunto.

94. La Delegación de Tailandia propuso que los Puntos de Contacto del Codex se convirtiesen en unidades estratégicas de creación de capacidades e intercambio de información sobre asuntos decisorios y técnicos relacionados con los planes nacionales de inocuidad de los alimentos.

Estado del Proyecto de Funciones Fundamentales de los Puntos de Contacto del Codex

95. El Comité acordó transmitir a la Comisión el proyecto de Funciones Fundamentales, tal y como figura en el Apéndice V del presente informe, para su adopción y publicación en el Manual de Procedimiento.


[24] CL 1998/31-GP; CX/GP 99/11 (Comentarios de Alemania, Canadá, Estados Unidos, International Sweeteners Association, European Food and Feed Cultures Association, European Network of Childbirth Association, International Baby Food Action Network, Institute of Food Technologists, Center for Science in the Public Interest); y Documento de sesión número (Comentarios de Consumers International).
[25] ALINORM 97/37, párrs. 155-159; ALINORM 99/33, párrs. 71-78.
[26] Informe de la Consulta de Expertos de la FAO sobre la Integración del Interés de los Consumidores en el Control de Alimentos, Roma, 14-18 de junio de 1993. Publicado por la FAO (Roma).
[27] CL 1998/34 -GP; CX/GP 99/12 (Comentarios de Brasil, Canadá, Costa Rica, Estados Unidos y Malawi); Documento de sesión Nº 5 (Comentarios de Consumers International).
[28] ALINORM 99/30, párr. 7.

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