Órganos rectores de la FAO

Documentos de sesión

El Consejo

El Consejo de la FAO fue establecido en 1947, en el tercer período de sesiones de la Conferencia, para reemplazar al “Comité Ejecutivo” original.

El Consejo actúa como brazo ejecutivo de la Conferencia entre los períodos de sesiones de esta y ejerce funciones relativas al estado de la alimentación y la agricultura en el mundo, a posibles actividades de la Organización y a asuntos administrativos y constitucionales. El Consejo desempeña una función importante en la decisión y el asesoramiento sobre los asuntos relativos a la aplicación del programa y la ejecución del presupuesto, el seguimiento de la aplicación de las decisiones de gobernanza y la supervisión de la administración de la Organización.

El Consejo celebra cinco períodos ordinarios de sesiones en cada bienio. Recibe asistencia directamente del Comité del Programa, el Comité de Finanzas y el Comité de Asuntos Constitucionales y Jurídicos.

  • Consejo de la Organización (Vol. 1, art. V)
  • El Consejo (Vol. 1, Sec. B: RGO, B.)
  • Reglamento (Vol. 1, Sec. D)

Textos fundamentales de la FAO (2017)

Sr. Mina Rizk (Egipto)

2025-27

Nombramiento del Presidente Independiente del Consejo (Vol. 1, art. V.2)

Nombramiento del Presidente Independiente del Consejo (Vol. 1, Sec. B, RGO XXIII)

Textos fundamentales de la FAO (2017)

Miembros

El Consejo, elegido por la Conferencia, se compone de 49 Estados Miembros elegidos por mandatos trienales, asignados de tal forma que expiren en fechas escalonadas. Al seleccionar a sus miembros, la Conferencia considera la conveniencia de lograr una representación geográfica equilibrada y velar por la rotación de los miembros. Cada Estado Miembro tiene un representante y un voto.

La Conferencia se encarga igualmente de nombrar al Presidente Independiente del Consejo en cada uno de sus períodos de sesiones. El Presidente Independiente del Consejo no solo preside todas las reuniones del Consejo, sino que desempeña también una función entre los períodos de sesiones consistente en convocar consultas informales, dar pasos para lograr el consenso entre los miembros y mantener contactos con la Administración y los presidentes de otros órganos rectores. El Presidente Independiente del Consejo es elegido por un período de dos años, renovable una vez [artículo V.2 de la Constitución y artículo XXIII del Reglamento General de la Organización (RGO)].

Estados Miembros de la FAO por regiones a efectos de la elección para el Consejo


 

(a partir del 1 de julio de 2026)

  • Alemania3
  • Angola3
  • Arabia Saudita3
  • Argentina2,4
  • Australia3
  • Bangladesh1
  • Brasil2
  • Burundi1
  • Camerún3
  • Canadá2
  • Chile1
  • China1
  • Colombia2
  • Congo1,5
  • Dinamarca3
  • Egipto3
  • España1,15
  • Estados Unidos de América2
  • Filipinas1
  • Ghana2,6
  • Guatemala1
  • India3
  • Indonesia1
  • Irlanda1,7
  • Italia2,8
  • Jamaica2
  • Japón1
  • Jordania3
  • Kenya2
  • Kuwait1
  • Marruecos3
  • México 2
  • Níger2,9,10
  • Pakistán3,11
  • Perú1,12
  • Polonia1,13
  • Qatar2
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte3
  • República de Corea1
  • República Dominicana3
  • República Unida de Tanzanía1
  • Senegal2
  • Serbia2,14
  • Sudáfrica2
  • Sudán2,16
  • Suiza3
  • Tailandia3,17
  • Türkiye2
  • Uganda3

Información sobre los miembros

Mandato: desde el 1 de julio de 2024 hasta el final del 45.º período de sesiones de la Conferencia (2027).
Mandato: desde el final del 44.º período de sesiones de la Conferencia (2025) hasta el 30 de junio de 2028.
Mandato: desde el 1 de julio de 2026 hasta el final del 46.º período de sesiones de la Conferencia (2029).
La Argentina reemplazó a Honduras desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2028.
Se considera que el Congo ha renunciado a su puesto de conformidad con el artículo XXII.7 del Reglamento General de la Organización (RGO).
6
Se considera que Ghana ha renunciado a su puesto de conformidad con el artículo XXII.7 del RGO..
Irlanda reemplazó al Reino de los Países Bajos durante el resto de su mandato (desde el final del 44.º período de sesiones de la Conferencia [2025] hasta el final de su 45.º período de sesiones [2027]).
Italia reemplazará a Francia desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2028.
El mandato del Níger se extenderá desde el final del 44.º período de sesiones de la Conferencia (2025) hasta el 31 de diciembre de 2026 y el mandato de Burkina Faso, desde el 1 de enero de 2027 hasta el 30 de junio de 2028.
10
Se considera que el Níger ha renunciado a su puesto de conformidad con el artículo XXII.7 del RGO.
11
El mandato del Pakistán se extenderá desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2028 y el mandato de Uzbekistán, desde el 1 de julio de 2028 hasta el final del 46.º período de sesiones de la Conferencia (2029).
12
El Perú reemplazó al Ecuador desde el 1 de enero de 2026 hasta el final del 45.º período de sesiones de la Conferencia (2027).
13
Polonia reemplazó a Croacia durante el resto de su mandato (desde el final del 44.º período de sesiones de la Conferencia [2025] hasta el final de su 45.º período de sesiones [2027]).
14
Serbia reemplazará a Ucrania desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2028.
15
España reemplazará a Islandia desde el 1 de julio de 2026 hasta el final del 45.º período de sesiones de la Conferencia (2027).
16 
Se considera que el Sudán ha renunciado a su puesto de conformidad con el artículo XXII.7 del RGO.
17 
El mandato de Tailandia se extenderá desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027 y el mandato de Malasia, desde el 1 de enero de 2028 hasta el final del 46.º período de sesiones de la Conferencia (2029).

 

Mandato actual: Julio de 2024 - Junio de 2029


África

1 de julio de 2024 -

Junio 2027 (C 45)

Julio 2025 (C 44) -

30 de junio de 2028

1 de julio de 2026 -

Junio 2029 (C 46)

Burundi

Congo1

República Unida de Tanzanía

Ghana6

Kenya

Níger7,8

Senegal

Sudáfrica

Angola

Camerún

Marruecos

Uganda

Asia

1 de julio de 2024 -

Junio 2027 (C 45)

Julio 2025 (C 44) -

30 de junio de 2028

1 de julio de 2026 -

Junio 2029 (C 46)

Bangladesh

China

Filipinas

Indonesia

Japón

República de Corea

 

India

Pakistán13

Tailandia14

Europa

1 de julio de 2024 -

Junio 2027 (C 45)

Julio 2025 (C 44) -

30 de junio de 2028

1 de julio de 2026 -

Junio 2029 (C 46)

España4

Irlanda2

Polonia3

Italia9

Serbia10

Türkiye

Alemania

Dinamarca

Suiza

Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

América Latina y el Caribe

1 de julio de 2024 -

Junio 2027 (C 45)

Julio 2025 (C 44) -

30 de junio de 2028

1 de julio de 2026 -

Junio 2029 (C 46)

Chile

Guatemala

Perú5

Argentina11

Brasil

Colombia

Jamaica

México

República Dominicana

Cercano Oriente

1 de julio de 2024 -

Junio 2027 (C 45)

Julio 2025 (C 44) -

30 de junio de 2028

1 de julio de 2026 -

Junio 2029 (C 46)

Kuwait

Qatar

Sudán12

Arabia Saudita

Egipto

Jordania

América del Norte

1 de julio de 2024 -

Junio 2027 (C 45)

Julio 2025 (C 44) -

30 de junio de 2028

1 de julio de 2026 -

Junio 2029 (C 46)

 

Canadá

Estados Unidos de América

 
Pacífico Sudoccidental

1 de julio de 2024 -

Junio 2027 (C 45)

Julio 2025 (C 44) -

30 de junio de 2028

1 de julio de 2026 -

Junio 2029 (C 46)

  Australia

Información sobre los miembros


Se consideró que el Congo había renunciado a su puesto de conformidad con el artículo XXII.7 del Reglamento General de la Organización (RGO).
Irlanda reemplazó al Reino de los Países Bajos durante el resto de su mandato (desde el final del 44.º período de sesiones de la Conferencia hasta el final del 45.º período de sesiones de la Conferencia [2027]).
Polonia reemplazó a Croacia durante el resto de su mandato (desde el final del 44.º período de sesiones de la Conferencia hasta el final del 45.º período de sesiones de la Conferencia).
España reemplazó a Islandia desde el 1 de julio de 2024 hasta el final del 44.º período de sesiones de la Conferencia (2027).
Perú reemplazó a Ecuador desde el 1 de enero de 2026 hasta el 45.º período de sesiones de la Conferencia (2027).
Se consideró que Ghana había renunciado a su puesto de conformidad con el artículo XXII.7 del RGO.
El mandato de Níger se extiende desde el final del 44.º período de sesiones de la Conferencia hasta el 31 de diciembre de 2026 y el mandato de Burkina Faso, desde el 1 de enero de 2027 hasta el 30 de junio de 2028.
Se consideró que el Níger había renunciado a su puesto de conformidad con el artículo XXII.7 del RGO.
El mandato de Francia se extiende desde el final del 44.º período de sesiones de la Conferencia hasta el 30 de junio de 2026 y el mandato de Italia, desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2028.
10 
El mandato de Ucrania se extiende desde el final del 44.º período de sesiones de la Conferencia hasta el 30 de junio 2026 y el mandato de Serbia, desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2028.
11 
Argentina reemplazó a Honduras desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de junio de 2028.
12 
Se consideró que el Sudán había renunciado a su puesto de conformidad con el artículo XXII.7 del RGO.
13 
El mandato del Pakistán se extenderá desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2028, y el mandato de Uzbekistán tendrá vigencia desde el 1 de julio de 2028 hasta el final del 46.º período de sesiones de la Conferencia.
14 
El mandato de Tailandia se extenderá desde el 1 de julio de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027, y el mandato de Malasia tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2028 hasta el final del 46.º período de sesiones de la Conferencia.