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[OPINIÓN] Argentina comenzó a desandar el camino hacia una ley de etiquetado frontal de alimentos

Por: Martín Bordón Ramos, Asesor Parlamentario del Congreso de la Nación Argentina, Frente Parlamentario contra el Hambre - Capítulo Argentina.

Martín Bordón Ramos, Asesor Parlamentario del Congreso de la Nación Argentina, Frente Parlamentario contra el Hambre - Capítulo Argentina.

El jueves 29 de octubre el Senado de la Nación Argentina dio media sanción al proyecto de ley que regula el etiquetado frontal de los alimentos, su publicidad y la promoción de una alimentación saludable. Un enorme avance en la ampliación de derechos humanos de los argentinos, más precisamente al derecho a una alimentación adecuada y a la información veraz para la toma de decisiones.

Luego de un extenso debate, que se inició con el tratamiento en las comisiones de Salud e Industria con la escucha de todos los sectores, los aportes de especialistas de países que ya lo han implementado y con el trabajo de los asesores parlamentarios en la unificación de 15 proyectos sobre la temática -de los distintos bloques políticos-, se llegó a un dictamen único y a la aprobación con 64 votos afirmativos que enorgullece al poder legislativo.

Hace mucho tiempo que Argentina viene demorando esta política pública tan importante para la salud de toda la población. Hoy en el país, la malnutrición y el exceso de peso son los principales factores de riesgo de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles (diabetes, enfermedades cardiovasculares, cáncer, etc.), que representan la principal causa de muerte y los mayores costos al sistema de salud.

Los datos son elocuentes, la obesidad y el sobrepeso son una pandemia mundial. Más de 670 millones de adultos y120 millones de menores son obesos, más de 40 millones de niños tienen sobrepeso (1).

En Argentina el 67,9% de adultos tiene exceso de peso (34% sobrepeso y 33,9% obesidad), el 13,6% de los argentinos menores de 5 años posee exceso de peso (10% sobrepeso y 3,6% obesidad) y el 41,1% de la población argentina de 5 a 17 años, es decir niños/as y adolescentes en edad escolar, evidencia exceso de peso (20,7% sobrepeso y 20,4% obesidad). Además, menos del 15% de la población comprende la información nutricional del envase, lo que demuestra que el sistema vigente en nuestro país no funciona adecuadamente para informar a la mayoría de los consumidores, siendo concordante con la evidencia internacional (2).

Asimismo, la población con menor nivel educativo e ingresos más bajos lee aún menos las etiquetas de los productos, es decir que los sistemas complejos de información nutricional vigentes son menos accesibles para la población en situación de mayor vulnerabilidad.

En este contexto, resulta imprescindible el dictado de una normativa que tenga por objetivo promover la alimentación saludable y en ese sentido el etiquetado frontal de los alimentos es una política pública efectiva que brinda una información veraz, clara, sencilla y visible a la ciudadanía para la identificación de productos críticos.

El texto sancionado incorpora sellos de advertencia octogonales en los productos envasados, de color negro, brinda información sobre alimentos y bebidas que contienen excesos de azúcares, sodio, grasas (saturadas y totales) y calorías, señala mediante leyendas el contenido de cafeína y edulcorantes para que puedan evitarse en niños/as, prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de alimentos con ingredientes nocivos y promociona la alimentación saludable en todos los establecimientos educativos. Los valores máximos de cada categoría son los establecidos por el perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

Se tomó la evidencia científica disponible y los casos exitosos de países de América Latina como Chile, México y Uruguay para la confección de una norma que facilite la toma de decisiones informadas e incentivar a la industria de alimentos a reformular sus productos y hacerlos más saludables mediante el cambio de su matriz de producción hacia un sistema alimentario sustentable y sostenible.

El trámite parlamentario para convertirse en ley nacional continúa en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, cuyas autoridades originalmente habían girado el proyecto a 6 comisiones permanentes (Legislación General, Acción Social y Salud Pública, Defensa del Consumidor, Industria, Agricultura y Ganadería y Economía y Desarrollo Regional), en un hecho inédito y sin precedentes en la historia del parlamento argentino. Esta medida implicaba que difícilmente haya ley de etiquetado frontal en este año al tener que pasar tantas barreras técnicas y administrativas.

Finalmente, la presidencia de la Cámara rectificó la decisión inicial y eliminó 3 giros de esta iniciativa, que ahora se deberá definir en las comisiones de Legislación General, Acción Social y Salud Pública y Defensa del Consumidor antes de llegar al pleno para su votación.

Hay dos cuestiones importantes a tener en cuenta. La primera es el tiempo, ya que el 20 de noviembre próximo es el último día para que las comisiones puedan dictaminar un proyecto antes de la finalización de sesiones ordinarias y con ello poder aprobarse por mayoría simple en el recinto. El 30 de noviembre termina el período ordinario y si bien el Poder Ejecutivo de la Nación puede convocar a sesiones extraordinarias, en el decreto de llamado se debe establecer un listado acotado de temas.

La segunda es que, si las diputadas y los diputados le hacen modificaciones al texto de la media sanción aprobada en el senado, el mismo debe volver a ser tratado por lo senadores para avalar los cambios o ratificar el texto original. En síntesis, para convertirse en ley de manera inmediata la iniciativa debe aprobarse tal cual salió del senado.

A pesar de los obstáculos y las complicaciones descriptas, se ha dado un paso muy importante en la concreción de una política pública demorada por muchos años en el país. En este sentido es de destacar el trabajo, apoyo y compromiso de: FAO, UNICEF, Frente Parlamentario contra el Hambre, Observatorio del Derecho de la Alimentación y organizaciones de la sociedad civil.

En resumen, el Estado es el responsable de formular políticas públicas de salud dictando leyes y normas que transciendan en el tiempo. También de regular y controlar actividades de información, educación y comunicación masiva de alimentación saludable y en ese sentido Argentina comenzó a desandar el camino que lleva a respetar, proteger y garantizar el derecho a la alimentación adecuada de todos sus habitantes.  

Referencias:

(1) LAS ENT DE UN VISTAZO Mortalidad por enfermedades no transmisibles y prevalencia de sus factores de riesgo en la Región de las Américas. https://iris.paho.org/handle/10665.2/51752, Organización Panamericana de la Salud (OPS).

(2) 2º Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (ENNyS) Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, Septiembre 2019.

 

*IMPORTANTE: Las opiniones aquí expresadas son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan, necesariamente, el pensamiento de la FAO.