FAO en Chile

10 preguntas y respuestas sobre el Derecho a la Alimentación Adecuada

08/04/2022

En un aporte al proceso constituyente chileno, la Representación de la FAO en Chile elaboró “10 preguntas y respuestas sobre el derecho a la alimentación adecuada”, insumo que describe los aspectos más importantes de este derecho y la importancia de su consagración en la nueva Constitución. 

1. ¿Qué es el derecho a la alimentación adecuada?  

El derecho a la alimentación adecuada es un derecho humano que consiste en poder alimentarse con dignidad. Se define como el derecho a tener un acceso a los recursos, de manera regular, permanente y libre, que permitan acceder, directamente o mediante una compra por dinero, a alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones culturales de la población a que pertenece el consumidor y garantice una vida síquica y física, individual y colectiva, libre de angustias, satisfactoria y digna (Naciones Unidas: Comisión de Derechos Humanos, 2001). Así, no basta con que la alimentación evite el hambre, sino que debe evitar la malnutrición en todas sus formas, lo cual es particularmente relevante para Chile donde existen graves problemas de obesidad y sobrepeso.

Hablamos de un derecho a la alimentación adecuada cuando se cumplen cinco requisitos: la disponibilidad de alimentos (ya sea en forma directa o indirecta); la estabilidad de la oferta de alimentos en el tiempo y en cada lugar; la accesibilidad física y económica a alimentos; la sostenibilidad que permita garantizar la disponibilidad de alimentos también para las generaciones futuras; y la adecuación de la alimentación para las personas según su edad, sexo y otras necesidades biológicas, que atiendan a características particulares de cada individuo, siendo necesaria además una alimentación inocua y culturalmente aceptable. En ese sentido, el requisito de “adecuación” de la alimentación es particularmente importante considerando el contexto del país.

 2. ¿Es el derecho a la alimentación adecuada un derecho humano?

Sí, el derecho a la alimentación adecuada es un derecho humano esencial para garantizar la vida y el desarrollo digno de todas las personas. Se encuentra reconocido en diversos tratados internacionales de derechos humanos firmados y ratificados por Chile, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 25 (1), y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su artículo 11.

El derecho a la alimentación adecuada es interdependiente e indivisible de los demás derechos humanos. Es decir, se encuentra intrínsecamente vinculado a los demás derechos fundamentales y no puede separarse de ellos, debiendo comprenderse como un conjunto, pues sólo de esa forma pueden garantizarse y realizarse de forma efectiva. Así, el derecho a la alimentación adecuada es necesario para satisfacer otros derechos humanos y, a su vez, la satisfacción de otros derechos humanos es necesaria para satisfacer el derecho a la alimentación adecuada.

3. ¿Por qué es importante que todas y todos disfrutemos de este derecho humano?

La alimentación es una necesidad básica de toda persona para vivir y, por ello, el derecho humano a la alimentación adecuada es uno de los derechos humanos más básicos y esenciales para garantizar la vida de las personas. Garantizar que todas las personas tengan, de una u otra forma, acceso a alimentos suficientes en cantidad y calidad, permitirá hacer frente a los importantes problemas de inseguridad alimentaria y malnutrición en todas sus formas que enfrentamos en el país. Mientras una de cada diez personas se encuentra en situación de inseguridad alimentaria, tres de cada cuatro personas mayores de 15 años sufren de sobrepeso u obesidad. Esto no solo afecta la calidad de vida y el potencial de las personas para contribuir a la sociedad, sino también es una carga económica para el país.

La consagración del derecho a la alimentación adecuada de forma explícita en la nueva Constitución es una herramienta esencial para combatir el complejo panorama actual.

4. ¿Cómo se relacionan el derecho a la alimentación, la seguridad alimentaria y nutricional y la soberanía alimentaria?

Se trata de tres conceptos que se enmarcan en la lucha contra el hambre y la malnutrición. Como ya señalamos, el derecho a la alimentación adecuada es un derecho humano reconocido por el derecho internacional.

Por su parte, la seguridad alimentaria es un concepto técnico, que hace referencia a aquella situación fáctica en que todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos, a fin de llevar una vida activa y sana. Tiene componentes individuales y sociales, y, al fijar una meta, hace posible la existencia de diversos indicadores medibles que nos muestren qué tan cerca estamos de esa meta, midiendo, por ejemplo, cuántas personas experimentan dificultades en el acceso alimentos, para así monitorear el disfrute del derecho a la alimentación adecuada.

A su vez, la soberanía alimentaria es un término promovido a nivel internacional por diversas organizaciones de campesinos y campesinas, y se entiende como el derecho de los pueblos de definir su propio sistema alimentario, sus políticas y estrategias sostenibles de producción, distribución y consumo de alimentos nutritivos, culturalmente adecuados y accesibles, por lo que el foco, en este caso, está puesto en la etapa de producción y comercialización de alimentos, más que en el consumo, con una mirada eminentemente social. Si bien la FAO no ha adoptado una definición de soberanía alimentaria, sí se ha comprometido a promover un debate abierto sobre este concepto en instancias oficiales como, por ejemplo, la 32° Conferencia Regional de FAO en América Latina y el Caribe. Igualmente, durante la 31° Conferencia Regional de FAO en África, se recomendó que la Cumbre sobre los Sistemas Alimentarios de 2021 respondiese a la pregunta sobre cómo apoyar el involucramiento del sector privado, y qué tipo de sector privado se requiere, para permitir el crecimiento económico y la soberanía alimentaria en cada país.

Así, estos conceptos presentan distintas formas de abordar la lucha contra el hambre y la malnutrición, y no se excluyen necesariamente entre sí: mientras que el derecho a la alimentación proporciona un enfoque jurídico y de derechos humanos, la seguridad alimentaria facilita un enfoque técnico y de seguimiento, y la soberanía alimentaria entrega un enfoque político y socioproductivo.

5. ¿Cuál es la controversia que se ha dado por los tres términos anteriores, y cómo podría abordarse?

Si bien estos tres conceptos podrían considerarse complementarios, también es cierto que han surgido ciertas discrepancias. Esto se debe principalmente porque, si bien las dimensiones de sostenibilidad y agencia o arbitrio ya han sido propuestas como componentes de la definición de seguridad alimentaria, aún se encuentran en proceso de ser adoptadas nivel internacional. Es por esto que el concepto de seguridad alimentaria, por el momento, se centra más en resultados que en los medios para lograrlos. Por su parte, la soberanía alimentaria se enfoca en la forma en que producimos y comercializamos alimentos y, bajo determinadas interpretaciones, se ha entendido que ello podría limitar algunas formas de producción y comercialización de alimentos que contribuyen a garantizar la seguridad alimentaria a nivel local e internacional.

Desde FAO se promueve un enfoque de derechos humanos y, en ese sentido, consagrar el derecho a la alimentación adecuada resulta primordial. En cuanto a los conceptos de seguridad alimentaria y soberanía alimentaria, la fórmula y su interpretación que en definitiva se ampare dependerá de la realidad de cada país, debiendo privilegiarse siempre aquella que permita garantizar el disfrute del derecho a la alimentación adecuada, adoptando un enfoque de derechos humanos, acorde a las necesidades particulares del país. Por ello, la FAO convoca a todos los países a incluir, de manera expresa y con la mayor jerarquía normativa posible, el derecho a la alimentación adecuada en sus ordenamientos jurídicos.

6. ¿Existen países que hayan incluido el derecho a la alimentación adecuada en su Constitución?

En la actualidad 15 Estados de América Latina y el Caribe, y 30 países en todo el mundo, consagran el derecho humano a la alimentación adecuada en sus constituciones de forma explícita, sea para todas las personas, o para grupos específicos de la población como niños y niñas, mujeres embarazadas, personas mayores, personas desplazadas o personas privadas de su libertad. Por su parte, actualmente Chile aún no reconoce este derecho humano de forma explícita en la Constitución.

7. ¿Por qué es importante el reconocimiento explícito en la nueva Constitución?

El reconocimiento del derecho a la alimentación adecuada, de forma expresa y por sí mismo, esto es, sin entenderlo incluido de forma implícita en otros derechos, como el derecho a la salud, mejora la institucionalidad del mismo y evita ambigüedades.

Al reconocer el derecho a la alimentación adecuada de manera explícita en la Carta Magna, las responsabilidades de todos los actores son más claras y visibles. Se incrementan los niveles de cumplimiento y atención a las políticas públicas necesarias para llevar el derecho a la práctica y se fomenta su implementación por todos los órganos del Estado.

Asimismo, como la Constitución es la norma mayor jerarquía dentro del ordenamiento jurídico, todas las demás normas deben respetarla e interpretarse conforme a ella. Esto permite que las políticas y legislación que se adopten para dar protección y fortalecer el derecho a la alimentación sean más sólidas, difíciles de impugnar y durables en el tiempo. A esto debe sumarse una institucionalidad sólida, que permita dar aplicación al derecho, y el establecimiento de acciones de tutela constitucionales que permitan a las personas exigir su cumplimiento.

8. ¿Cómo se relacionan el derecho al agua, el derecho a un medio ambiente sano, y la promoción constitucional del desarrollo rural, con el derecho a la alimentación adecuada?

Al adoptar un enfoque de derechos humanos, el derecho a la alimentación adecuada no puede entenderse de forma aislada respecto de otros derechos fundamentales. Por una parte, el agua es esencial para la vida y su garantía y realización como derecho fundamental es una condición necesaria para el disfrute de otros derechos humanos, entre ellos el derecho a la alimentación adecuada, tanto para el consumo como para la producción de alimentos. Por otra parte, el derecho a la alimentación adecuada también se vincula estrechamente con el derecho a un medio ambiente sano, en tanto las prácticas no sostenibles en los sistemas agroalimentarios aceleran la degradación de los componentes del ambiente esenciales y, a su vez, un medio ambiente degradado es incapaz de sostener sistemas agroalimentarios que garanticen la disponibilidad, estabilidad, accesibilidad, sostenibilidad y adecuación de los alimentos y las dietas.

Finalmente, promover el desarrollo rural de manera debidamente regulada, considerando la importancia de los territorios rurales para la producción de alimentos y para la generación de ingresos que permitan a las personas que habitan en ellos acceder a una alimentación saludable, es igualmente esencial. Por ello, una regulación cohesionada del derecho a la alimentación adecuada con estos tres ejes es esencial para garantizar su realización.

9. ¿Cómo beneficia a los grupos humanos en situación de vulnerabilidad la consagración del derecho a la alimentación en la nueva Constitución?

Los grupos humanos en situación de vulnerabilidad son quienes sufren en mayor medida la inseguridad alimentaria y la malnutrición por exceso. Así, mientras el 40% de las personas en situación de pobreza extrema sufrían de inseguridad alimentaria durante la pandemia, sólo un 18% de quienes no se encuentran en dicha situación afrontan la misma situación. Asimismo, las mujeres tienen mayor prevalencia de obesidad que los hombres y, a su vez, tienen requerimientos nutricionales especiales durante períodos como la lactancia y el embarazo, al igual que, por ejemplo niños, niñas y adolescentes, o personas mayores, los cuales deben ser satisfechos de forma especial para garantizar su disfrute al derecho humano a la alimentación adecuada.

Una regulación que promueva una institucionalidad más robusta, con la protección que otorga una acción de tutela, y que tienda a garantizar la seguridad alimentaria y nutricional, beneficiará directamente a quienes requieren dicha protección, que son las personas en mayor condición de vulnerabilidad.

10. ¿Chile ha recibido recomendaciones de la FAO?

La FAO se encuentra comprometida en prestar asistencia a todos los países, en las diversas instancias institucionales que lo requieran, con el fin de erradicar el hambre y combatir la malnutrición en todas sus formas, sin dejar a nadie atrás.

En el proceso constituyente que se lleva a cabo en Chile, la FAO ha ofrecido asistencia técnica para todos y todas las constituyentes que lo requieran, ha puesto a disposición diversos documentos y material bibliográfico para promover la comprensión del derecho a la alimentación adecuada, ha realizado actividades de articulación entre las y los constituyentes y actores de la sociedad civil, para garantizar su participación, ha presentado en la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención, y ha presentado comentarios, previa solicitud, sobre una norma que busca garantizar el derecho a la alimentación.

En ese sentido la FAO, como agencia especializada de las Naciones Unidas, se encuentra comprometida con el apoyo al proceso constitucional del país, y seguirá prestando todo el apoyo que sea requerido.

Más información: Repositorio sobre el derecho a la alimentación adecuada.