Japón

 

 

Reglamentos de Japón para el Pescado y Productos Pesqueros

Para más información sobre los requisitos de importación de Moluscos Bivalvos, haga clic AQUÍ

Requisitos generales para las importaciones

Manual para los Reglamentos de importación de productos agrícolas y pesqueros de 2009: proporciona orientación sobre el examen y la inspección de las importaciones de productos de la pesca.

Ley de Sanidad Alimentaria: ofrece orientación sobre los principios generales de importación e inspección de los capítulos I y VII.
- Capítulo I Disposiciones generales;
- Capítulo VII Inspecciones.

Además, esta Ley ofrece orientación sobre los procedimientos de importación, la obligación de los importadores de presentar la notificación de importación, los procedimientos de notificación de importación de alimentos y productos afines. La Ley especifica los requisitos reglamentarios para la importación de productos pesqueros a Japón con fines comerciales como alimentos para el consumo humano directo.

Los procedimientos y requisitos de importación están disponibles en el siguiente enlace:

www.mhlw.go.jp/english/topics/importedfoods/1.html.

Aditivos, contaminantes, antimicrobianos y residuos

Ley de Sanidad Alimentariat: ofrece orientación sobre los aditivos que se pueden añadir a los alimentos que se venden en Japón, sus normas y sus límites máximos. Se puede encontrar información específica en sus Capítulos II y V.

Capítulo II - Alimentos y aditivos; y
Capítulo V - Normas japonesas para aditivos alimentarios.

Especificaciones y normas para alimentos, aditivos alimentarios, etc. Según la Ley de Sanidad Alimentaria de 2010, abril de 2011: proporciona información adicional sobre los aditivos que se permite añadir a los alimentos, sus límites máximos y las normas. La lista de aditivos con normas de uso figura en su Tabla FA02 y la lista de aditivos sin normas de uso en su Tabla FA03.

Tabla FA02 - Aditivos alimentarios con normas de uso; y
Tabla FA03 - Aditivos alimentarios sin normas de uso.

Directrices para el establecimiento y la revisión de límites máximos de residuos para productos químicos agrícolas utilizados fuera del Japón: ofrece orientación sobre los procedimientos que deben aplicarse para el establecimiento y la revisión de límites máximos de residuos (MRLs) para productos químicos agrícolas en los alimentos. El documento establece los MRLs para: pesticidas y medicamentos
veterinarios..

Está disponible en el siguiente enlace: https: https://www.mhlw.go.jp/english/policy/health-medical/food/index.html

Criterios microbiológicos y orgánicos

Manual para los Reglamentos de importación de productos agrícolas y pesqueros de 2009: proporciona criterios microbiológicos para los productos pesqueros.

Trazabilidad

Directrices sobre el control de la higiene de los alimentos elaborados importados, Anexo a la Notificación Shoku-an No. 0605001 del 5 de junio de 2008: orientación sobre el control de la higiene de los alimentos elaborados importados y sobre el establecimiento de un sistema de responsabilidad de recuperación, medidas específicas de recuperación y procedimientos de notificación a los órganos administrativos pertinentes, que permiten a los importadores recuperar productos específicos.

Está disponible en el siguiente enlace:: https://www.mhlw.go.jp/topics/yunyu/dl/guideline080715.pdf

Ley de medidas especiales para reforzar la conservación y ordenación de los recursos atuneros: Ley de medidas especiales para reforzar la conservación y ordenación de los recursos atuneros

Además, la Organización para la Promoción de la Pesca Responsable del Atún (OPRT) es una iniciativa tomada por las industrias atuneras para combatir la pesca IUU y promover la utilización sostenible de los atunes. Esta organización sigue las medidas reguladoras de la Organización Regional de Ordenación Pesquera (RFMO), proporcionando orientación sobre: la reducción del total admisible de capturas de atún, el Sistema de Documentación de Capturas (CDS) para el atún rojo, el número de buques operativos para el atún y el pez espada.

Las medidas reglamentarias pertinentes pueden consultarse en los sitios web de:

- ICCAT (Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico);
- IOTC (Comisión del Atún para el Océano Índico);
-
IATTC (Comisión Interamericana del Atún Tropical;
- WCPFC (Comisión de Pesca del Pacífico Occidental y Central); y
- CCSBT (Comisión para la Conservación del Atún Rojo del Sur).

Están disponibles en el siguiente enlace:: http://oprt.or.jp/eng/major-regulatory-measures-in-rfmos/

Etiquetado y envasado

Ley de saneamiento alimentario:  el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar Social (MHLW) establece los criterios necesarios para el etiquetado de los alimentos en el capítulo IV de esta ley.

Capítulo IV - Etiquetado y publicidad.

¿Dónde se encuentra la última versión consolidada del Reglamento?

https://www.jetro.go.jp/en/reports/regulations/

 

Last update: 30/11/2018

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