Preguntas frecuentes
Auditoría interna
El Inspector General decide qué entidades auditables se incluirán en el plan de trabajo de auditoría interna de la Oficina del Inspector General (OIG), sobre la base de una evaluación del riesgo, las aportaciones de las propias entidades auditables y las solicitudes del personal directivo superior. El orden de prioridad de las auditorías se establece en coordinación con los demás órganos de supervisión (por ejemplo, auditoría externa, evaluación) para garantizar la complementariedad y evitar solapamientos.
Consúltelo con el Inspector General o con los jefes de las unidades de la Subdivisión de Auditoría Interna de la OIG. El Inspector General, teniendo en cuenta el contenido de la propuesta, decidirá si debe realizarse la auditoría.
Cada bienio, la OIG elabora un plan bienal de auditoría basado en los riesgos, que se basa en una evaluación de los riesgos de las unidades orgánicas y las funciones institucionales de la FAO (denominadas colectivamente “entidades auditables”). En la evaluación de los riesgos de cada entidad auditable se tiene en cuenta una combinación de criterios de riesgo (por ejemplo, fecha y resultados de la última auditoría, exposición financiera, estabilidad operacional, exposición pública, complejidad de las operaciones, indicadores clave de rendimiento y entorno de control). Los riesgos se ponderan con arreglo al criterio del auditor y a la información recabada en las reuniones con el personal directivo superior. El objetivo consiste en lograr una amplia cobertura de las auditorías, examinando los cocientes de riesgo más elevados con mayor frecuencia que las actividades menos expuestas al riesgo. Una vez elaborado, el Inspector General presenta el Plan de auditoría basado en el riesgo al Comité Consultivo de Supervisión para obtener sus aportaciones y, a continuación, al Director General para que dé su visto bueno. El plan se actualiza cada año en diciembre.
En la mayoría de los casos, el proceso de auditoría suele constar de cuatro fases: planificación, trabajo de campo, elaboración de informes y seguimiento. La participación del cliente es fundamental en cada fase del proceso de auditoría.
Profesionales con un profundo conocimiento de la cultura, los sistemas, los procesos, la gestión del riesgo, el control interno y los principios de buen gobierno de la Organización.
La auditoría interna se ajusta a las Normas Internacionales para el Ejercicio profesional de la Auditoría Interna del Instituto de Auditores Internos. Estas normas se sustituirán en 2025 por las nuevas Normas Globales de Auditoría Interna del Instituto de Auditores Internos.
Si bien son independientes de las actividades que auditan, los auditores internos forman parte de la Organización y evalúan continuamente todas las actividades. Los auditores internos centran su labor en emitir un dictamen sobre la eficacia de los procesos de gestión del riesgo, control interno y gobernanza. Los auditores externos son independientes de la FAO y su principal objetivo es emitir un dictamen anual sobre los estados financieros de la Organización. La labor de los auditores internos y externos debe coordinarse para lograr una eficacia y eficiencia óptimas.
El trabajo de la auditoría interna lo revisan periódicamente los auditores externos. Además, al menos una vez cada cinco años, un equipo de examen cualificado e independiente ajeno a la Organización lleva a cabo una evaluación externa de la auditoría interna. Los resultados de esta evaluación externa se presentan al Director General, al Comité Consultivo de Supervisión y al Comité de Finanzas. La última evaluación externa de calidad de la Subdivisión de Auditoría Interna (OIGA) tuvo lugar en 2023.
Al finalizar cada auditoría, el Inspector General solicita al cliente principal de la auditoría que cumplimente y devuelva un formulario de evaluación del servicio al cliente para determinar en qué aspectos se puede mejorar el servicio que presta la OIG. El Inspector General también agradece cualquier tipo de observación sobre la calidad, la puntualidad y la capacidad de respuesta de las auditorías de la OIG.
Cada auditoría tiene un ámbito y unos objetivos bien definidos. Cualquier auditor que le solicite información debe ser capaz de explicarle la finalidad y los objetivos de la auditoría, de modo que usted pueda comprender las razones que motivan las preguntas que se le formulan y proporcionar respuestas precisas. Cuando usted haya entendido el propósito de la auditoría, puede ayudar proporcionando la información pertinente o, si no es la mejor fuente de la información solicitada, indicando al auditor la persona u oficina adecuada. Si tiene preguntas o le preocupa algún aspecto de la información solicitada, es conveniente que se lo comente al auditor, a un jefe de unidad de la OIGA o al Inspector General.
Investigaciones
Sí. De conformidad con los reglamentos de la FAO, en el caso de que un miembro del personal de la FAO tenga conocimiento de una posible conducta indebida, o reciba información al respecto, será su obligación informar oportunamente del asunto a su supervisor o directamente a la Subdivisión de Investigación (OIGI).
Con arreglo a su Carta, corresponde a la OIG investigar las denuncias de conducta indebida que impliquen al personal de la FAO, así como las acusaciones de hechos sancionables que impliquen a entidades con las que la Organización celebre contratos o acuerdos. Las denuncias pueden estar relacionadas con fraude y otras prácticas corruptas, conflicto de intereses, acoso, abuso de autoridad, acoso sexual, explotación y abusos sexuales, incumplimiento de las Normas de conducta de la administración pública internacional, entre otras.
La FAO aplica una política de tolerancia cero ante el fraude en todas sus manifestaciones y no tolera, bajo ninguna circunstancia, ninguna forma de acoso sexual, explotación sexual o abuso de autoridad.
Es posible contactar con la OIGI a través de varios canales confidenciales:
- A través de la línea directa confidencial de la FAO (formulario en línea y por teléfono): fao.ethicspoint.com (los números de teléfono locales de los distintos países figuran en el sitio web, cuando están disponibles)
- Por correo electrónico: [email protected]
- Por correo postal: Oficina del Inspector General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura Viale delle Terme di Caracalla, 00153 Roma (Italia)
- Presencialmente, acudiendo a la Oficina del Inspector General en la Sede de la FAO en Roma (aplicable al personal de la FAO)
Las posibles conductas indebidas pueden denunciarse de forma anónima; sin embargo, las denuncias anónimas son más difíciles de investigar y se recomienda al personal que se identifique. Si se prefiere permanecer en el anonimato, la línea directa confidencial de la FAO (que gestiona un proveedor externo) ofrece una forma de comunicarse con la OIG sin necesidad de revelar la identidad. Otra posibilidad es que se facilite algún dato de contacto a la OIG (como una dirección de correo electrónico) o que se vuelva a contactar con la Oficina más adelante. Esto permitirá a la OIGI mantenerse en contacto con el denunciante en caso necesario, pedir aclaraciones o solicitar información adicional.
La confidencialidad en torno a la identidad y la información de los testigos se respeta en todo momento. No obstante, debido a la naturaleza del proceso de investigación, en ocasiones puede ser necesario revelar información para que puedan recabarse pruebas adicionales o para garantizar la imparcialidad de la investigación, proporcionando a alguien que presuntamente haya incurrido en conducta indebida la oportunidad de pronunciarse al respecto de las pruebas en su contra.
Comprometer la confidencialidad de una investigación puede constituir una conducta indebida y ser objeto de medidas disciplinarias. De igual manera, las represalias contra cualquier persona que haya denunciado de buena fe una posible conducta indebida o haya colaborado en una actividad de supervisión de la OIG (como una investigación) es una forma de conducta indebida que puede estar sujeta a medidas disciplinarias.
La Política de la FAO de protección de los denunciantes de irregularidades establece que nadie que notifique de buena fe su preocupación por una posible conducta indebida debe ser sometido a consecuencias negativas por haberlo hecho, aunque se equivoque al afirmar que se ha producido una conducta indebida. Pueden adoptarse medidas disciplinarias si se determina que la denuncia de conducta indebida se presentó a sabiendas de que era falsa o con la intención de desinformar.
El tiempo necesario para completar una investigación varía en función de su complejidad, la carga de trabajo general de la OIGI y la prioridad asignada al asunto.
Sí. El personal de la FAO está obligado a cooperar plenamente poniendo a disposición todo el material o información pertinente que se solicite en el curso de una investigación.
De conformidad con la Política de la FAO de protección de los denunciantes de irregularidades, la Oficina de Ética es la encargada de recibir las denuncias de represalias y las solicitudes de protección contra las represalias. La Oficina de Ética remite a la OIGI los asuntos en los que determina que hay indicios razonables de represalias, para que los investigue. Toda persona que denuncie de buena fe una posible conducta indebida está protegida frente a represalias en virtud de la Política. Se entiende por “represalia” toda acción perjudicial directa o indirecta del personal de la FAO que afecte negativamente a las condiciones de empleo o de trabajo de una persona, o que afecte negativamente a una persona o entidad externa a la Organización, cuando dicha medida haya sido recomendada, proferida en tono de amenaza o adoptada, en su totalidad o en parte, contra una persona o un tercero por haber denunciado faltas de conducta o cooperado con una actividad de supervisión. La represalia cuya existencia haya quedado demostrada constituirá una conducta indebida y podrá dar lugar a la adopción de medidas administrativas, incluidas medidas disciplinarias.
La OIGI está siempre disponible para responder a cualquier pregunta relacionada con la protección de los denunciantes.
La OIGI comunica los resultados de sus investigaciones al Director General o a la autoridad en quien haya delegado para que adopte las medidas administrativas o disciplinarias que considere oportunas. Los informes relativos a presuntas conductas indebidas de entidades con las que la FAO ha suscrito un contrato o acuerdo se presentan al Comité de Sanciones a los Proveedores de la FAO. En su Informe anual, la OIG incluye resúmenes anonimizados de sus informes de investigación, memorandos y recomendaciones.
En las normas y reglamentos de la FAO se establece que el Director General puede imponer medidas disciplinarias al personal que haya incurrido en conducta indebida. Las medidas disciplinarias pueden consistir en la amonestación por escrito, la suspensión de empleo y sueldo, la reducción de grado o el despido por conducta indebida. Del mismo modo, en los Procedimientos sancionadores a los proveedores de la FAO se establece que el Comité de Sanciones a los Proveedores puede recomendar la adopción de medidas en relación con los proveedores de servicios de la FAO y otros contratistas, incluida la inhabilitación.
En los casos de pérdida o desvío de fondos de la FAO, las sumas adeudadas a la FAO por el personal implicado o las entidades con las que la Organización haya suscrito un contrato o acuerdo se recuperarán sistemáticamente con cargo a los sueldos, las liquidaciones finales o los pagos pendientes. En función de las circunstancias de cada caso, la FAO podrá proceder a la recuperación por conducto de las autoridades judiciales nacionales del país donde se haya producido la pérdida.
En los casos de conducta sexual indebida, como el acoso sexual o la explotación y el abuso sexuales, los nombres de los infractores se incluyen en la base de datos de detección de todo el sistema de las Naciones Unidas, con el fin de impedir que sean contratados o vuelvan a ser contratados por entidades de las Naciones Unidas.