Ecuador
Según la FAO, la Agricultura Familiar (AF) “es una forma de agricultura, ganadería, silvicultura, pesca, acuicultura y pastoreo, que es administrada y operada por una familia y, sobre todo, que depende del trabajo familiar, tanto de mujeres como hombres” (FAO, 2014). En Ecuador, Wong (2007) utiliza a las Unidades de Producción Agropecuaria (UPAs por sus siglas en español) que no contratan mano de obra, como criterio para caracterizar la agricultura familiar del país (FAO-EC, 2014).
La AF también es determinada por la superficie de tierra, la cual permite evidenciar la polarización de la estructura agraria. En Ecuador, el 75% de las unidades de producción agropecuaria corresponden a pequeños agricultores (6-10 hectáreas), que a su vez ocupan nada más el 17% de la superficie agrícola del país (Carrión & Herrera, 2012).
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Importancia socioeconómica
De acuerdo al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), la AF provee alrededor del 60% de los alimentos de la canasta básica, genera entre el 80 y 90% de las divisas obtenidas a partir del café y cacao, representa aproximadamente el 80% de los empleos agrícolas directos y aporta entre el 3 y 4% del PIB (Carrión & Herrera, 2012). A partir del año 2006, la producción de la AF ha aportado alrededor de 200 millones de dólares a la economía nacional (Carrión & Herrera, 2012).
La agricultura familiar sustenta, aproximadamente, en arroz el 49%, papa (64%), leche fresca (42%), ganado porcino (71%), ganado ovino (82%), entre otros (MAGAP, 2014).
La persistencia y vitalidad de la AF constituyen una oportunidad para un desarrollo nacional más equitativo, el mejoramiento de las condiciones de vida de los pequeños productores y la contribución a la seguridad alimentaria y nutricional. Sin embargo, la falta de recursos productivos y políticas públicas adecuadas limitan dichas oportunidades (Carrión & Herrera, 2012).
Marco normativo e iniciativas para fortalecer la Agricultura Familiar
Dentro del marco normativo, las menciones en las políticas centrales son variadas. En la Constitución, si bien no se nombra directamente a la agricultura familiar, el Art. Nº 13, reconoce el derecho a la alimentación sana y culturalmente apropiada, producida preferentemente a nivel local. Además, los Art. Nº 281 y 288 hacen referencia a temas de soberanía alimentaria e inclusión de pequeños productores en los programas de provisión de alimentos. Junto con la Constitución, el Plan Nacional del Buen Vivir (2013-2017), la Ley Orgánica de Régimen de Soberanía Alimentaria (LORSA), el Código Orgánico de Ordenamiento Territorial y Descentralización (COOTAD) y la Conferencia Plurinacional e Intercultural de Soberanía Alimentaria (COPISA), también incluyen a la AF y promueven procesos participativos para su fortalecimiento y la elaboración de propuestas relacionadas con leyes en diversas temáticas relacionadas con la soberanía alimentaria (FAO-EC, 2014).
Cabe recalcar que dentro de la estructura organizativa del MAGAP, se destaca la creación del Viceministerio de Desarrollo Rural, con la competencia de aplicar las políticas y controlar las actividades correspondientes al desarrollo rural focalizadas en la Agricultura Familiar (FAO-EC, 2014). Actualmente la FAO se encuentra apoyando al proyecto “Fortalecimiento de los Procesos de Inclusión en la Agricultura Familiar en las compras públicas de alimentos”, el cual busca contribuir a los procesos de vinculación de la agricultura familiar y las compras públicas que realiza el Estado. Durante el desarrollo de este proyecto se han logrado llevar a cabo diferentes “ruedas de negocios inclusivos”, las cuales han permitido que los pequeños productores puedan ofertar sus productos y precios directamente a los consumidores (FAO, 2015). Entre otras acciones orientadas al mejoramiento de la calidad de vida de los productores familiares, la dinamización de la economía familiar y lucha contra la pobreza.
Este texto ha sido proporcionado gentilmente por las autoridades de este país.
Family farming lex
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