Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto (AMERP)

Beneficios de la aplicación del Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto

©FAO/Alessia Pierdomenico / FAO

La pesca INDNR es un gran problema en el ámbito de la pesca de captura y representa una seria amenaza para la conservación y la ordenación eficaces de muchas poblaciones de peces. La aplicación del Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto debería aportar una serie de beneficios, como por ejemplo que: 

  • complementa los esfuerzos de los Estados del pabellón en el cumplimiento de sus responsabilidades en virtud del derecho internacional ‒proporciona una oportunidad para que los Estados rectores del puerto comprueben y verifiquen que los buques que no enarbolan su pabellón y solicitan permiso para entrar en sus puertos, o que ya se encuentran en sus puertos, no se dedican a la pesca INDNR;
  • mejora el control de los Estados del pabellón sobre los buques ya que requiere que el Estado del pabellón adopte ciertas medidas a petición del Estado rector del puerto o cuando se determine que los buques que enarbolan su pabellón han participado en actividades de pesca INDNR;
  • requiere una cooperación y un intercambio de información mejores y más eficaces entre los Estados ribereños, los Estados del pabellón y las organizaciones y acuerdos regionales de ordenación pesquera (OROP);
  • procura evitar la existencia de los llamados puertos de incumplimiento (anteriormente conocidos como puertos de conveniencia);
  • es una herramienta eficaz en función de los costos en cuanto garantiza el cumplimiento con la legislación nacional y las medidas regionales de conservación y ordenación adoptadas por las OROP;
  • contribuye a fortalecer la ordenación pesquera y la gobernanza a todos los niveles. La aplicación de las medidas del Estado rector del puerto a través de la legislación nacional otorgará un incentivo para establecer procedimientos coordinados y facilitar la cooperación dentro de los organismos;
  • tiene una influencia positiva sobre la conservación y la ordenación pesquera al contribuir a una recopilación de datos más precisa y completa, mejorar las notificaciones de los buques a las administraciones nacionales y las OROP, permitir realizar evaluaciones del grado en que los buques han cumplido con las autorizaciones operacionales y las licencias para pescar, fomentar la cooperación pesquera regional y la armonización entre los Estados ribereños y los miembros de las OROP y facilitar una aplicación más rigurosa de las normas internacionales de trabajo, seguridad y contaminación en los buques;
  • puede impedir que el pescado capturado mediante las actividades de pesca INDNR llegue a los mercados nacionales e internacionales. Al hacer más difícil la comercialización del pescado mediante la aplicación de medidas del Estado rector del puerto, se reduce el incentivo económico para participar en actividades de pesca INDNR. Además, muchos países también han decidido prohibir el comercio con países que no han adoptado medidas del Estado rector del puerto.