Dirección General
Dirección de Asuntos Internacionales
Foro Global en Seguridad Alimentaria y Nutrición
Ciudad de México, a 13 de diciembre de 2024
Por este medio, hago referencia al informe sobre “Conservación, fortalecimiento y promoción de los sistemas alimentarios y de conocimientos y las prácticas tradicionales de los pueblos indígenas en favor de los sistemas alimentarios sostenibles” del Comité de Seguridad Alimentaria (CSA) de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), por petición del Grupo de alto Nivel de Expertos en Seguridad Alimentaria y Nutrición (GANESAN).
Al respecto, me permito compartir en anexo los insumos por parte de este Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) del Gobierno de México.
Sin mas por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentament
Gabriela Andreina Molina Moreno
Directora de Asuntos Internacionales
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¿Está de acuerdo con los principios rectores indicados anteriormente?
Es fundamental que todos las consultas contengan un enfoque de derechos humanos, en particular, el consentimiento libre, previo e informado de los poseedores de los conocimientos indígenas, por lo que el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas del Gobierno de México considera conveniente los principios.
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¿Deberían los objetivos incluir la integración de los sistemas alimentarios y de conocimientos de los pueblos indígenas, y las enseñanzas adquiridas de los mismos, en beneficio de todos, o únicamente en beneficio de los pueblos indígenas como titulares de derechos?
Los conocimientos de los pueblos indígenas sobre sistemas alimentarios forman parte del acervo cultural de la humanidad, la socialización de dichos conocimientos debe ser para el bienestar de todas y todos, sin embargo, es necesario un reconocimiento a los pueblos indígenas como sus poseedores y practicantes
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¿Cuáles son los retos relacionados con el consentimiento libre, previo d informado y el acceso y la distribución de beneficios a la hora de promover y /o integrar ampliamente los sistemas alimentarios y de conocimientos de los pueblos indígenas?
En México, los sistemas alimentarios y de conocimientos de los pueblos indígenas forman parte de sus patrimonios culturales, de los cuales son titulares como sujetos de derecho público, conforme a la actual legislación nacional señalada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de la última reforma en materia de derechos de pueblos y comunidades indígenas del 30 de septiembre del presente año, y de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas (LFPPCPCIA).
Conforme a lo anterior, los pueblos y comunidades tienen el derecho a decidir respecto del acceso a dicho patrimonio, conforme a sus sistemas normativos, así como a los principios de bioculturalidad, comunidad, distribución justa y equitativa de beneficios, igualdad de género, igualdad de las culturas y no discriminación, libre determinación y autonomía de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, libre expresión de las ideas y manifestaciones de la cultura e identidad, pluralismo jurídico, pluriculturalidad e interculturalidad, y respeto a la diversidad cultural.
No obstante, existen retos como lo son la creación de canales de diálogo respetuosos y horizontales entre dichos pueblos y terceros que pretendan hacer uso consentido de su patrimonio cultural, así como la definición de una Ley General de Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, que establezca de forma puntual los actores y mecanismos para llevar a cabo consultas, así como su financiamiento; de igual manera la consideración respecto a la relación imprescindible que guardan los sistemas alimentarios, los sistemas de conocimientos y las prácticas tradicionales con el derecho a la propiedad tradicional de los pueblos indígenas, en particular al uso, disfrute, aprovechamiento y disposición de sus tierras y territorios.
Como se ha señalado, si bien existen retos en la agenda, es innegable señalar que el Estado Mexicano, a través de la reforma constitucional, antes referida, así como a la LFPPCPCIA, ha sentado las bases para el acceso al patrimonio cultural, siempre anteponiendo el reconocimiento y ejercicio de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.
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¿ Cómo puede el informe, garantizar la inclusión de los grupos marginados, la sostenibilidad y la protección contra los riesgos de comercialización de los sistemas alimentarios y de conocimientos de los pueblos indígenas?
Dando seguimiento y alineándose a las recomendaciones emitidas por parte de los Relatores Especiales de Naciones Unidas en la materia, en particular a la información concerniente al Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas a través de sus Informes Temáticos, a continuación se mencionan algunos lineamientos a considerar:
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Respetar el derecho a la alimentación significa respetar los derechos de los pueblos indígenas, a seguir leyes, costumbres y prácticas, alimentarias diferentes.
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Priorizar un enfoque de derechos humanos y el seguimiento al consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas, además de cooperar y colaborar de buena, fue con las personas que trabajan en zonas rurales.
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Respeto a los derechos colectivos.
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Conciliar la inversión agrícola, y el conocimiento tradicional, a fin de idear fórmulas adecuadas que permitan disminuir la emergencia climática y al mismo tiempo, promover prácticas transformadoras y sostenibles.
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Adoptar medidas para prevenir la sobre pesca y pesca ilegal, así como la creación y protección de zonas vedadas en conjunto con el consentimiento de las comunidades indígenas y costeras afectadas y cooperando con ellas.
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¿ Cómo deberían documentarse y tomarse como referencia los conocimientos y tradiciones orales en la elaboración del informe?
Si bien no existe un mecanismo puntual que lo defina, la LFPPCPCIA señala en su artículo 6 el deber del respeto a la libre determinación y autonomía, así como a las formas de gobierno, instituciones, sistemas normativos, procedimientos y formas de solución de controversias de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, por lo que, corresponde al Estado garantizar el ejercicio de dichos derechos.
Por otra parte, la referida Ley, establece la creación de un Registro Nacional del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, mismo que se encuentra en construcción, por lo que, el Estado Mexicano ha definido un mecanismo nacional para la documentación de los elementos que conformen los patrimonios culturales de los pueblos y comunidades indígenas.
Asimismo, el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, ha documentado a través de los años el patrimonio cultural a través de material audiovisual que incluye registros fotográficos, cinematográficos, de audio y video, así como sistemas de radiodifusión. De igual forma, se ha recabado información mediante el trabajo de campo y la investigación etnográfica.
Con los medios al alcance, el Gobierno de México fortalece la oralidad y la imagen que resultan fundamentales para mantener vivas las culturas, sus conocimientos y valores culturales y sociales que constituyen la memoria colectiva de los pueblos indígenas y afromexicano en México.
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¿ Qué dimensiones vinculadas a la capacidad de acción de los pueblos indígenas (p.ej. en cuestiones de gobernanza), podrían abordarse?
El Estado Mexicano reconoce el derecho a la propiedad del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y por tanto, el reconocimiento del derecho a decidir respecto del mismo, como una forma de ejercer su libre determinación y autonomía, por lo que, desde una perspectiva internacional, se considera que este reconocimiento podría tener diversas problemáticas.
Asimismo, es importante considerar el ejercicio de estos derechos al momento en que los pueblos y comunidades deciden sobre qué producir y qué consumir, considerando sus contextos, la identidad, sus recursos naturales, así como los conocimientos tradicionales de las comunidades, y de manera relevante, sus tierras y territorios.
En su conjunto, es posible apreciar la vinculación inseparable entre el derecho a su autonomía, entendida también como su derecho a definir su devenir histórico, su existencia como colectividad, su identidad, sus sistemas de gobierno y sistemas jurídicos con aquellos espacios que habitan conforme a sus cosmovisiones y que les permiten acceder a formas de vida correspondientes con sus sistemas alimentarios.
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¿ Faltan documentos e instrumentos normativos importantes/relevantes en la lista de los documentos fundacionales?
Se sugiere incorporar los siguientes documentos de referencia:
a) Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climatico:
Es un instrumento jurídico internacional que establece las bases para la acción internacional contra el cambio climático, se creó en 1992, tras la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro. Su objetivo es estabilizar la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera, se basa en el principio de responsabilidades comunes, pero diferenciadas y capacidades relativas. La CMNUCC Reconoce que los conocimientos, prácticas culturales y planes de estudio de los pueblos indígenas. Son recursos esenciales para adaptarse y mitigar el cambio climático.
Texto completo: https://unfccc.int/resource/docs/convkp/convsp.pdf
b) Convención de Nacines Unidas de Lucha contra la Desertificación
Es un acuerdo internacional que busque combatir la descertificación y mejorar las condiciones de vida en las zonas áridas, semiáridas y húmedas secas. Su objetivo es que las personas que viven en estas zonas tengan medios de vida resilientes y mejoren los ecosistemas. La CNULD Fomenta la participación de la sociedad civil y transferencia de ciencia y tecnología, y considera la participación de los pueblos indígenas en la lucha contra la descertificación, propone que los pueblos indígenas y comunidades rurales puedan participar en actividades para combatir la desertificación.
Texto completo: https://www.unccd.int/sites/default/files/2022-02/UNCCD_Convention_text_SPA.pdf
c) Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB)
Tratado internacional que busca conservar la diversidad biológica, utilizar los componentes de la diversidad biológica de madera sostenible y distribuir de manera equitativa los beneficios que se derivan del uso de los recursos genéticos, cubre la diversidad biológica a todos los niveles, incluyendo los ecosistemas, especies y recursos genéticos. También abarca la biotecnología e incluye disposiciones para proteger los conocimientos, innovaciones y prácticas de las comunidades indígenas y locales.
Texto completo: https://www.cbd.int/undb/media/factsheets/undb-factsheets-es-web.pdf
d) Documento sobre la creación del Órgano Subsidiario del Convenio sobre la Diversidad Biológica
En la reciente COP en 2024 se estableció la creación de un órgano subsidiario sobre el artículo 8 j) y otras disposiciones del Convenio sobre la Diversidad Biológica relativas a los pueblos indígenas y las comunidades locales, con el mandato de prestar asesoramiento a la Conferencia de las Partes, a otros órganos subsidiarios y, sujeto a que estas se lo soliciten, a la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología3 y la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Beneficios que se Deriven de su Utilización sobre asuntos de interés para los pueblos indígenas y las comunidades locales que estén comprendidos en el ámbito del Convenio y sus Protocolos,
Texto completo: https://www.cbd.int/doc/decisions/cop-16/cop-16-dec-05-es.pdf
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¿ Podría indicar referencias pertinentes que deberían tenerse en cuenta?
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El reconocimiento y valoración a las mujeres indígenas, que desempeñan una función integral y activa en la agricultura, la producción, preparación y preservación de alimentos, así como en la conservación de semillas, transmitiendo sus conocimientos y prácticas ancestrales a nivel intercomunitario e intergeneracional. Las mujeres indígenas contribuyen a la seguridad alimentaria en sus propias comunidades, y han sido capaces de definir y aplicar estrategias de producción y distribución sostenibles.
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Las semillas son particularmente símbolos de renacimiento y crecimiento que representan el ciclo de vida, para la mayoría de los pueblos indígenas La custodia de semillas corresponde a las mujeres, ya que las semillas se considera una parte de la identidad, conocimiento y poder de las mujeres.
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¿ Que mejores prácticas, normas éticas y estrategias para abordar el cambio climático deberían detectarse en el informe?
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En el contexto de la inestabilidad climática, los conocimientos ecológicos, perfeccionados que poseen las mujeres son más esenciales, la lectura de las señales de ecosistema requiere una observación minuciosa y atención a los detalles, como los cambios en la conducta de los insectos, las plantas, los animales, o las aves, los niveles de la humedad y las pautas de pluviosidad o de sequía. El conocimiento de las constelaciones y la relación con el ciclo lunar, tiene también importancia considerable para determinar los ciclos, estacionales, las lluvias y los sistemas de siembra.
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Disminuir o erradicar el uso de agroquímicos, como pesticidas, fungicidas y herbicidas, para acelerar los cultivos.
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¿Qué mejores prácticas o estrategias para promover el entendimiento intercultural, deberían destacarse en el informe?
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Policultivo, técnica agrícola, que permite la asociación de dos o más cultivos, la cual genera ingresos casi todo el año. Cabe mencionar que los terrenos de cultivos son pequeñas propiedades que van de la 0.25 a las 1.25 ha, son productores que suelen conservar los terrenos de generación en generación.
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Planificación de la siembra, guiándose por los ciclos lunares, según las fases de la luna, se determina el momento más propicio para sembrar, cosechar y almacenar, asegurándose de qué las condiciones climáticas sean favorables para el desarrollo de los cultivos.
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Organización comunitaria para el cuidado de bosques, Barrancas, nacimientos de agua, montañas, cuevas, especies, endémicas, etc. además de la creación de grupos brigadistas, grupos organizados que realizan faenas para realizar brechas contra fuego, limpieza y recolección de basura.
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Huertos familiares, como sistema productivo tradicional, donde se siembra para el autoconsumo y mini comercialización.
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Socializar el uso de términos técnicos, que a menudo perecieran nuevos descubrimientos, pero que para las comunidades indígenas no son nuevos, ya que han estado aplicando y desarrollando estos conocimientos y prácticas durante miles de años.
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¿ Son suficientes los documentos jurídicos anteriores, como el consentimiento, previo e informado, a la luz de esta evolución del pensamiento sobre los conocimientos indígenas, o es necesario revisarlos?
Se sugiere una revisión de los documentos propuestos en la pregunta 7 para garantizar un enfoque de derechos humanos, así como un ejercicio pleno de los derechos de los pueblos Indígenas ante temas que les conciernen.
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