Proceso de reconocimiento
1. Preparación y presentación de propuestas de SIPAM
1.1. Los países miembros de la FAO u otras partes interesadas pueden elaborar una propuesta para reconocer un SIPAM (propuesta SIPAM) mediante la participación efectiva de las comunidades pertinentes y su consentimiento previo e informado. Los costos de elaboración de la propuesta correrán a cargo del país solicitante. El Secretariado SIPAM sirve de primer punto de entrada para obtener información sobre las reglas, procedimientos y los principios rectores para la posible propuesta SIPAM.
1.2. Las propuestas de SIPAM deben ser presentadas al secretariado SIPAM a través del canal gubernamental apropiado o el Comité Nacional de GIAHS (donde exista).
1.3. La propuesta explicará claramente la naturaleza única y las características específicas de las prácticas y sistemas agrícolas que exhiben características notables en el sitio propuesto, incluyendo pero no limitado a:
i) Seguridad alimentaria y de subsistencia;
ii) Agro-biodiversidad;
iii) Sistemas de conocimiento local y tradicional;
iv) Culturas, sistemas de valores y organizaciones sociales;
v) Paisajes terrestres o marinos.
2. Aceptación y evaluación de las candidaturas SIPAM
2.1. El Secretariado SIPAM recibe la propuesta y acusa recibo de la misma mediante notificación escrita;
2.2. Verifica que la propuesta cumpla con los requisitos estipulados en el párrafo 1. El secretariado SIPAM puede solicitar al candidato que revise la propuesta para cumplir con los requisitos o proporcionar información adicional;
2.3. Si la propuesta cumple con los requisitos del párrafo 1, el secretariado transmite la propuesta al Grupo Asesor Científico (SAG) para su evaluación.
3. Evaluación y reconocimiento de los SIPAM por el Grupo Asesor Científico (SAG)
El SAG prepara un informe de evaluación basado en la revisión de la propuesta de SIPAM y el resultado de la visita de campo
3.1. La visita al sitio será realizada por expertos asignados por el SAG, facilitados y apoyados por el país solicitante. La visita debe incluir la participación de las comunidades locales.
3.2. El SAG podrá solicitar información adicional para aclarar puntos sustanciales de la propuesta y podrá asesorar al solicitante para que la revise y vuelva a presentar.
3.3. El SAG puede tomar uno de los siguientes tres tipos de decisiones:
3.3.1. Reconocimiento como SIPAM;
3.3.2. Solicitar revisión y nueva presentación de la propuesta al país solicitante; y
3.3.3. Notificación de la declinación de la propuesta al solicitante.
3.4. El proceso desde la aceptación de la solicitud por el SAG a la decisión descrita en el párrafo 3.4 no debería tomar más de doce meses.
3.5.El SAG también puede adoptar su reglamento, directrices y metodología para la evaluación.
4. Certificación y registro
4.1. El reconocimiento de un sitio SIPAM se documentará mediante la concesión de un certificado de designación, firmado por el Director General de la FAO y el Presidente del SAG.
4.2. El reconocimiento oficial también se inscribirá en el Registro de SIPAM y se publicará en la página web de SIPAM.
5. Seguimiento y evaluación
5.1. Los países miembros que han designado sitios de SIPAM deberían monitorear y evaluar el estado y el progreso de la implementación de los planes de acción para la conservación dinámica de los SIPAM.
5.2. Las directrices para el seguimiento y la evaluación deberían ser hechas por el Grupo Asesor teniendo en cuenta la capacidad y viabilidad de los países en desarrollo.
6. Rectificaciones
6.1. Las enmiendas o rectificaciones de estas directrices pueden ser hechas por el SAG.
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